Hace 6 años | Por --562282-- a m.telemadrid.es
Publicado hace 6 años por --562282-- a m.telemadrid.es

En estos informes se incluye por ejemplo un estudio sobre el "impacto de género" en el soterramiento de la M-30. Sobre todo ello se le preguntó a la portavoz municipal en la rueda de prensa posterior a la Junta de Gobierno de los jueves.

Comentarios

BobbyTables

#3 lol lol lol lol lol

si vuelves a llamarme Ferreras te reviento.... que yo soy Ana Pastor

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"Asegura que "por supuesto" aquella obra y en general el reparto de espacio público "afecta de forma diferente a hombres y mujeres" wall

i

#8 Qué forma tan descarada de subvencionar a las asociaciones feministas. Están obligados a encargarles un informe. Las feminazis tiran de plantilla y se embolsan la pasta.

D

Estas son las paguitas que hace Podemos a sus amigos

P

#2 copiadonde otro comentario:

"Los impactos de género son normativa. Afortunadamente la UE y también el Estado español han ido asumiendo como una obligación administrativa, en la buena gestión de las políticas públicas, cómo afectan todo tipo de políticas públicas al género, cuáles son los impactos de género".

mas info en la documento original:
https://sede.madrid.es/UnidadesDescentralizadas/PerfilContratante/PC_Areas/2015Junio/PC_EconHac/2017/ficheros/PPT%20300201700911.pdf

D

#6

El impacto de género de soterrar una calle es normativa? Búscame esa normativa. Porque esto tiene tufo a todo lo que han vivido en sus vidas laborales: subvenciones absurdas, paguitas por estudios ridículos ...

P

#7 a sus ordenes!

http://contratodeobras.com/images/Ley-de-Contratos_Memoria-de-impacto-normativo.pdf

4. IMPACTO POR RAZÓN DE GÉNERO.

La Ley de Contratos del Sector Público persigue también objetivos en materia
de género además de regular el régimen jurídico de la contratación pública y
transponer la Directiva 2014/23/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de
26 de febrero de 2014, relativa a la adjudicación de contratos de concesión; la
Directiva 2014/24/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero
de 2014, sobre contratación pública y por la que se deroga la Directiva
2004/18/CE.
En la medida en que las mencionadas nuevas Directivas persiguen objetivos
sociales existe un claro impacto de género en el texto del Anteproyecto.
El artículo 200.2, relativo a las consideraciones sociales como condiciones de
ejecución del contrato, hace referencia a distintos tipos de consideraciones
sociales y, entre ellas, a la eliminación de las desigualdades entre el hombre y
la mujer en el mercado laboral.