winchoper

#220 y también se olvida de que una manifestación/concentración debe ser comunicada cuando afecte al espacio público

winchoper

#3 error!!!!

Artículo 20

1. Los agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad podrán requerir, en el ejercicio de sus funciones de indagación o prevención, la identificación de las personas y realizar las comprobaciones pertinentes en la vía pública o en el lugar donde se hubiere hecho el requerimiento, siempre que el conocimiento de la identidad de las personas requeridas fuere necesario para el ejercicio de las funciones de protección de la seguridad que a los agentes encomiendan la presente Ley y la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.


fuente: http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/lo1-1992.html#a9

Así que la prevencion de la comisión de algún delito entra dentro de las funciones. Con lo cual, guste o no guste te pueden identificar si tienen el mínimo indicio de que puedes cometer alguna infracción penal o que ya la has cometido.

S

#218 Concretamente haber cometido infracción penal, administrativa o encontrarse en predisposición de un ilícito penal.

En las protestas donde lo que se hace es vulnerar la ley que ampara el derecho de manifestación lo que se hace es identificar para sancionar ya que una persona no puede disponer a su antojo de la calle para manifestarse sin cumplir unos requisitos que están perfectamente explicados en la L.O. de reunión y manifestación.

Siempre hay alguno que te salta con el artículo 21 de la CE pero se olvida que esos derechos se desarrollan a través de Leyes Orgánicas al ser derechos fundamentales.

winchoper

#220 y también se olvida de que una manifestación/concentración debe ser comunicada cuando afecte al espacio público

pkreuzt

#218 Indagación o prevención, como citas, correspondería al caso de "sospechosos". En ningún caso la prevención puede amparar la restricción de un derecho fundamental, como es el de manifestación. Ya lo escribí en otra noticia, la Declaración de Derechos Humanos alerta contra el peligro de las listas de ciudadanos (como las que estará elaborando este gobierno con esas identificaciones masivas) elaboradas para "filiar" a los ciudadanos de determinadas ideologías, religiones, razas. . . etc.

S

#223 No es el caso de sospechosos sino de infractores:

Los agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad podrán requerir, en el ejercicio de sus funciones de indagación o prevención, la identificación de las personas y realizar las comprobaciones pertinentes en la vía pública o en el lugar donde se hubiere hecho el requerimiento, siempre que el conocimiento de la identidad de las personas requeridas fuere necesario para el ejercicio de las funciones de protección de la seguridad que a los agentes encomiendan la presente Ley y la Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

En la presente ley, 1/92, se sanciona el hecho de:

23.c c) La celebración de reuniones en lugares de tránsito publico o de manifestaciones, incumpliendo lo preceptuado en los artículos 4.2, 8, 9, 10 y 11 de la Ley Orgánica 9/1983, de 15 de julio, Reguladora del Derecho de Reunión, cuya responsabilidad corresponde a los organizadores o promotores, siempre que tales conductas no sean constitutivas de infracción penal.

Vamos que la indentificación está amparada en poner la sanción administrativa de quien se manifiesta incumpliendo la ley que regula el derecho de manifestación.

La Declaración DDHH no puede alertar de nada porque es una declaración. Te referirás a AI que hace el ridículo con ese tipo de afirmaciones.

pkreuzt

#224 En ese caso el "regulador" a quien se debe pedir permiso para las reuniones es juez y parte, ya que es quien otorga el permiso (que obviamente no va a conceder si va contra sus intereses políticos) y quien sanciona después a los convocados según sus propias consideraciones. Es decir, son abiertamente sanciones políticas. Y tampoco he visto que sancionen a decenas de miles de personas en manifestaciones, con lo cual la sanción además claramente busca amedrentar al público con unos cuantos casos ejemplarizantes.
Por otro lado, el hecho de que el derecho de reunión esté limitado por una normativa cualquiera atenta contra los derechos humanos. En el caso español, más aún ya que la reglamentación lo que viene a decir es "hay derecho de reunión, siempre que a los que mandamos nos de la gana" (que es exactamente lo que estamos viendo). Al menos así es como están aplicando la normativa, aunque no dice exactamente eso. Lo que dice es esto (te has saltado algunas frases):

Así, se elimina el sistema preventivo de autorizaciones en el ejercicio del derecho y se garantiza el mismo mediante un procedimiento en sede judicial de carácter sumario que evite las complejas tramitaciones administrativas que hacían ineficaz el propio ejercicio del derecho, de conformidad con lo establecido en reiterada jurisprudencia constitucional.

En relación a las reuniones en lugares de tránsito público y manifestaciones, se exige la comunicación previa a la autoridad, que sólo podrá prohibirlas cuando existan razones fundadas de alteración de orden público, con peligro para personas o bienes, siguiendo de esta forma las normas recogidas en el art. 21 de la Constitución.

Por último, se mantiene la vigencia de las normas de carácter especial, en tanto no recojan preceptos contrarios a la Constitución, definiéndose esta Ley como general y supletoria respecto a los regímenes especiales que se mantengan en vigor dentro de la Constitución.


Como en las manifestaciones en que hemos visto identificaciones masivas no se han producido "alteraciones de orden público" (al menos hasta las cargas de la policía) ni "peligro para personas o bienes", me queda preguntarte exactamente a que delito o sospecha corresponden dichas identificaciones y sanciones, ya que pareces saberlo de primera mano.

winchoper

#225 error!! el govierno no da permiso, simplemente se le tiene que informar previamente de la realización de una manifestación/concentración. Así que la mitad de las cosas que has escrito no tienen sentido

n

#181 Naturalmente, y la policía dirá cuando el servicio exige lo contrario: cada vez que le da la real gana.
#224 Y siguiendo vuestro hilo conductor, sois los policías quienes interpretais que se da esa situación ¿no?

Desde luego que tienes labia, aunque el argumentario sea más pobre que Carpanta.

n

#224 En lugar de tanto artículo y tanta ley -se nota que te has preparado para el exámen-, procura hablar más de lo que hace la policía antidisturbios, no de lo que DEBERIA HACER, son cosa casi excluyentes en este caso.

Y NUNCA, NUNCA, se puede dejar que los mismos que han de obedecer órdenes y pegar palos, como animales irracionales que pueden llegar a ser, sean los que interpreten las leyes que les obligan, sería un DESPROPÓSITO enorme y una irracionalidad, lo disfraces como lo disfraces, caperucito.

winchoper

#26 Pues si entiendo perfectamente el concepto de neutralidad y equidistancia, pero gracias.

Probablemente me haya equivocado contigo, así que te pido sinceras disculpas, pero es que son taaaaantos los usuarios de menéame contra la policía y a favor de las supuestas víctimas... que claro, quieras que no ya cuesta diferenciar.

He tenido la suerte o la desgracia de vivir casos de nuestras queridas instituciones y su repartición "igualitaria" de la justicia y por un caso de estos, que parece MUY grave si es realmente así, hay 2.000 en los que las garantías de los presuntos criminales prevalecen por encima de todo, algo que me parece lamentable.

winchoper

#22 Vale nos creemos la versión de los encausados porque los que fueron testigos clave en el juicio ahora ya no están en la Guardia Urbana, ergo mintieron, vale.

Entonces imagino que opinarás lo mismo respecto a esto http://www.elperiodico.com/es/noticias/sociedad/20091116/testigo-clave-condena-mossos-acepta-declarar-por-dinero/240102.shtml no?

Quitando máscara en 3, 2, 1...

BiRDo

#25 Vale nos creemos la versión de los encausados porque los que fueron testigos clave en el juicio ahora ya no están en la Guardia Urbana ¿Qué me estás contando? Yo he escrito esto: dos policías que ya ni siquiera trabajan como tales por haber sido apartados del oficio y condenados por ser extremadamente golfos, violentos y mentirosos. Estos tipos eran unos indeseables antes, durante y después de haber estado dentro de un cuerpo armado. ¿Eres de los que confunde neutralidad con equidistancia? Todo mi apoyo por llevar este asunto al Tribunal Internacional de Derechos Humanos.

Respecto al caso que me enlazas, creo que también queda plenamente claro: una señora intenta acusar falsamente a unos mossos. Hay pruebas de que miente. ¿Qué hay que discutir aquí? ¿Te piensas que voy a defender a una mentirosa que cobra por declarar en contra de un policía?

¿Entiendes que son dos casos distintos? Yo no estoy diciendo "La policía siempre miente", ni espero que tú estés diciendo "los testigos siempre mienten en el caso de torturas". Estamos hablando de este caso concreto en el que la policía cambió su versión para adaptarse mejor al perfil de los detenidos. Estamos hablando de una jueza claramente politizada con más de una sentencia escandalosa. Estamos hablando de unos policías cuyas actividades delictivas eran conocidas por muchísima gente (y en una de sus andanzas les cazaron por fin, les tocó otro juez y los expulsaron del cuerpo). ¿Tengo yo que linkarte más casos donde sea evidente que la policía ha mentido en sus declaraciones? Esos en los que los jueces desestiman incluso vídeos como pruebas. No hace falta, ¿verdad? El caso es que esos ejemplos a mí no me darían más razón en este que debatimos.

Espero que tengas mucha suerte en tu vida y no termines en las instituciones más kafkianas que tenemos en este país, o a lo mejor te hace falta vivirlo por ti mismo para darte cuenta de cómo son las cosas, porque como decía mi abuela "nadie escarmienta en cabeza ajena".

winchoper

#26 Pues si entiendo perfectamente el concepto de neutralidad y equidistancia, pero gracias.

Probablemente me haya equivocado contigo, así que te pido sinceras disculpas, pero es que son taaaaantos los usuarios de menéame contra la policía y a favor de las supuestas víctimas... que claro, quieras que no ya cuesta diferenciar.

He tenido la suerte o la desgracia de vivir casos de nuestras queridas instituciones y su repartición "igualitaria" de la justicia y por un caso de estos, que parece MUY grave si es realmente así, hay 2.000 en los que las garantías de los presuntos criminales prevalecen por encima de todo, algo que me parece lamentable.

winchoper

Pues el problema surge cuando pide mails sin motivación, porqué en una posterior revisión del caso pueden invalidar dichos mails y aunque en ellos ponga que ha matado a JFK y que sodomiza al rey poco se podría hacer con la falta de motivación en una intervención del secreto de comunicaciones como en este caso. Así que puede dejar en libertad al ¿señor? este y sin pruebas para un futuro.

winchoper

#77 No faltaré a ver si consigo leer las noticias de menéame desde ese prisma mágico

winchoper

#37 Policia gana más que un bombero en Catalunya? jajajja cuéntate otro!!!

Por cierto #32, te ha faltado añadir que són más altos, más morenos, más guapos y que cocinan mejor...

winchoper

#21 el dia que te entren a robar a casa llama a un bombero será por decir gilipolleces que dan Karma?

winchoper

#73 vale, sí, es todo una súper conspiración judeo-masónica... repito, te has leído el artículo?
Cito textualmente: "[..]Un reciente informe jurídico de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) da respuesta a una consulta planteada por un ciudadano[..]"
A ver si de esta manera ves que es una consulta de UN CIUDADANO!!! Ministerior de interior: NO, Ciudadano: SI.

eltiofilo

#76 Estás citado en el Comité Central de Planificación de Conspiraciones Funcionariales a las 17:30 h. lol

winchoper

#77 No faltaré a ver si consigo leer las noticias de menéame desde ese prisma mágico

winchoper

#56 Entiendo que puedes comprender la relación entre empleados públicos de empleo para poder llegar a generalizar con todos los empleados públicos, puesto que los de empleo no gozan de una normativa distinta al resto de empleados públicos.
Si tu haces una consulta sobre los empleados de la empresa cárnicas Hermanos López, entenderás que no haga distinciones entre empresas del sector i que afecte a todas no?

elpayito

#69 Si, pero en una materia como la intimidad en el ámbito laboral también entiendo que todos deberíamos tener los mismo derechos trabajemos para quien trabajemos.
Esto simplemente lo ha hecho la agencia a petición expresa del ministerio del interior para poder enmarronarnos cuando grabemos a algún policía apaleando a alguien y creo que les va a salir el tiro por la culata.

winchoper

#73 vale, sí, es todo una súper conspiración judeo-masónica... repito, te has leído el artículo?
Cito textualmente: "[..]Un reciente informe jurídico de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) da respuesta a una consulta planteada por un ciudadano[..]"
A ver si de esta manera ves que es una consulta de UN CIUDADANO!!! Ministerior de interior: NO, Ciudadano: SI.

eltiofilo

#76 Estás citado en el Comité Central de Planificación de Conspiraciones Funcionariales a las 17:30 h. lol

winchoper

#77 No faltaré a ver si consigo leer las noticias de menéame desde ese prisma mágico

winchoper

#9 Me encanta la gente que solo lee lo que quiere, si se le hace una cuestión sobre empleados públicos no va a responder la Agencia sobre el oro de Moscú... es que de verdad que lo vuestro es quejarse por quejarse...

elpayito

#45 Bueno, se le hace una consulta sobre los empleados públicos del servicio estatal de empleo y lo generalizan a todos los empleados publicos, no se porqué no han englobado todos los empleados en general. ¿O es que los empleados de la empresa privada no tenemos los mismos derechos en materia de intimidad?

eltiofilo

#56 Nunca le atribuyas a la maldad lo que puedas explicar con la estupidez, y posiblemente este sea el caso. A nadie en su trabajo se le puede grabar sin su consentimiento o conocimiento. Sea empleado público o su porquero. Pero basta que se hable de determinados colectivos, que se dispara antes de preguntar.

elpayito

#58 Entonces ¿Se puede o no grabar a un empleado de empresa privada que esta realizando su trabajo en la vía pública?

eltiofilo

#63 Pues es un tema que suele ir frecuentemente a los tribunales y hay sentencias para todos los gustos, dependiendo de si es idóneo. Poner una cámara en la puerta de una caja fuerte que custodia un señor no es lo mismo que grabar a hurtadillas con un móvil a otros señor y subirlo a Youtube. Ante la duda un abogado te dirá que le informes, pues si no te cruje el juzgado te cruje la Agencia.

#59 Esa es una buena pregunta que no me atrevo a contestar.

#62 Para varias de esas hazañas se necesita autorización judicial o se te avisa previamente.

D

#71 Me pregunto cuan dificil le resulta a un organismo oficial justificar la invasión de tu privacidad teniendo en cuenta que han detenido a gente solo por pasar cerca de una manifestación, con las nuevas leyes se criminalizan cosas que no es justificable criminalizar y si pueden criminalizar actividades banales como la reunión en la calle pueden encontrar cualquier excusa para investigarte.

D

#58 conozco algun negocio que tiene camaras en el local y los empleados no lo saben...

winchoper

#56 Entiendo que puedes comprender la relación entre empleados públicos de empleo para poder llegar a generalizar con todos los empleados públicos, puesto que los de empleo no gozan de una normativa distinta al resto de empleados públicos.
Si tu haces una consulta sobre los empleados de la empresa cárnicas Hermanos López, entenderás que no haga distinciones entre empresas del sector i que afecte a todas no?

elpayito

#69 Si, pero en una materia como la intimidad en el ámbito laboral también entiendo que todos deberíamos tener los mismo derechos trabajemos para quien trabajemos.
Esto simplemente lo ha hecho la agencia a petición expresa del ministerio del interior para poder enmarronarnos cuando grabemos a algún policía apaleando a alguien y creo que les va a salir el tiro por la culata.

winchoper

#73 vale, sí, es todo una súper conspiración judeo-masónica... repito, te has leído el artículo?
Cito textualmente: "[..]Un reciente informe jurídico de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) da respuesta a una consulta planteada por un ciudadano[..]"
A ver si de esta manera ves que es una consulta de UN CIUDADANO!!! Ministerior de interior: NO, Ciudadano: SI.

eltiofilo

#76 Estás citado en el Comité Central de Planificación de Conspiraciones Funcionariales a las 17:30 h. lol

winchoper

#77 No faltaré a ver si consigo leer las noticias de menéame desde ese prisma mágico

winchoper

#68 lee #45

atordo

#150 No problemo.

winchoper

#88 claro, y ese comentario es de una web tan neutral como kaosenlared... amosnomejodas...

winchoper

#46 porque claro, debes de conocer toda la instrucción judicial no? o te crees que te la van a contar en una noticia todas las investigaciones...

winchoper

#27 ya, pero es que como la gente solo ve las fotos y no lee, les pasa por alto todo eso... en fin, the new menéame...

winchoper

#18 di asco de Audiencia Nacional que es quien manda el registro

hay que leerse toda la noticia y no solo el titular

winchoper

#32 que mas dará, si en menéame ya se ha escogida declarar que toda los mossos y aun más la BRIMO toman coca

winchoper

#23 dios mío que bien relatas... que tendrá que ver el GEI con eso? sabes a que se dedican? vamos que ni p.... idea