Kosh22

#136 El problema es que es un órgano que debe tener autonomía frente al Gobierno, esa es la razón por la que lo creó la CE.

Kosh22

#128 Que no sea poder judicial no significa que no sea importante que tenga su autonomía. El CGPJ se creó precisamente para crear un órgano autónomo frente al Gobierno. Antes de la CE, sus funciones las realizaba directamente el Ministerio de Justicia.

Y efectivamente, no es un problema de separación de poderes. Pero la Constitución establece que debe ser un órgano autónomo, por eso configura su elección a un amplio consenso (3/5 partes de las Cámaras).

Kosh22

#110 Ya, ¿pero sabes qué pasa? Que el CGPJ no es poder judicial, como me canso siempre de explicar, es un órgano administrativo con funciones administrativas, ya que ni juzga ni hace ejecutar lo juzgado. Y además, los jueces deben de estar sometidos únicamente a la Ley, que es donde está representada de la voluntad popular. Ahí está el fundamento democrático del poder judicial, cualquier otro es pervertir la separación de poderes. Claro que podemos hacer que los ciudadanos participen en la justicia (de ahí la existencia del Jurado, por ejemplo), pero esas cosas no siempre terminan bien

Por cierto, en la sociedad estamental los jueces los nombraba el Rey, ya que impartían justicia en su nombre. Algo que se parece más a la reforma que plantea ahora el Gobierno, haciendo que una mayoría absoluta, al alcance de casi cualquier ejecutivo, pueda nombrar a los vocales del CGPJ y de ahí a los concretos jueces que conformarán el TS y otros Tribunales .

Es justo lo contrario a hacer que los jueces sean autónomos a la hora de elegir a sus vocales.

D

#111 por cumplir la ley no se es automáticamente democrático.
Si el CGPJ no es poder judicial y es un mero órgano administrativo, no hay separación de poderes que haya que observar. Lo podría nombrar el gobierno por decreto o el ministerio de justicia por una norma interna de quinto rango.
No sé, me parece que tu argumento no es muy consistente.

Kosh22

#128 Que no sea poder judicial no significa que no sea importante que tenga su autonomía. El CGPJ se creó precisamente para crear un órgano autónomo frente al Gobierno. Antes de la CE, sus funciones las realizaba directamente el Ministerio de Justicia.

Y efectivamente, no es un problema de separación de poderes. Pero la Constitución establece que debe ser un órgano autónomo, por eso configura su elección a un amplio consenso (3/5 partes de las Cámaras).

Kosh22

#70 1º las asociaciones judiciales están politizadas porque llevan décadas siendo parasitadas por el PP y el PSOE. En realidad no todas están politizadas, solamente dos lo están, si hace falta escribo sus nombres aquí, pero está bastante claro cuales son. Las otras dos no están politizadas (entendiendo que no son brazos políticos del PP o del PSOE), por eso, junto con los jueces que no están asociados, sus miembros no obtienen casi plazas ni en el CGPJ ni en tribunales como el TS.

2º Los jueces del llamado "cuarto turno" no son jueces titulares de la carrera judicial, son jueces sustitutos, cuando un juez se pone enfermo o está de baja por la razón que sea hay que sustituirlo, obviamente, y se recurre para ello a determinados juristas como abogados, catedráticos, etc. Como he dicho no son jueces de carrera ni optan a las plazas del TS, AN, etc; así como tampoco pueden ser miembros del CGPJ en calidad de jueces, ya que NO lo son. No tiene sentido mencionarlos aquí.

3º Claro, votando todos los jueces que quieran participar, y asegurando la justa representatividad a todas las asociaciones así como a los no asociados, que como he dicho hay un montón.

4º El poder judicial debe ser independiente. Si no es independiente, nos cargamos la separación de poderes, sea esa independencia atacada por los partidos políticos, por el Gobierno, por las Cortes Generales o por el mismo pueblo. Los jueces y magistrados se deben únicamente a la LEY, que es la representación de la voluntad popular. Cualquier otra cosa es vulnerar el imperio de la ley y el principio de legalidad.

5º Por otro lado, la gente se sigue confundiendo. El CGPJ NO es poder judicial, es un órgano ADMINSITRATIVO, que realiza funciones ADMINSITRATIVAS. Lo importante es que esas funciones se realicen con acuerdo a la ley, sin injerencias de ninguno de los poderes del Estado. Y si quieres que las Cortes tengan algún papel en su elección, ya lo tienen eligiendo a los 8 vocales no jueces del CGPJ, que la propia CE ya manda que sean elegidos por 3/5 partes de cada cámara.

D

#100 vaya....

Asi q el CGPJ NO es poder judicial....

Entonces cual es el problema? El poder judicial esta aparte....

Kosh22

#136 El problema es que es un órgano que debe tener autonomía frente al Gobierno, esa es la razón por la que lo creó la CE.

Kosh22

#58 Las dos noticias a las que haces referencia no hablan de nepotismo dentro de la carrera judicial, sino de nepotismo en los órganos técnicos asesores del CGPJ y del TS respectivamente. Algo que suele pasar en España con el llamado "personal eventual", que no son funcionarios, y que no tiene absolutamente nada que ver con el tema del que estamos hablando...

Kosh22

#62 lo mismo que te puse en #88

Kosh22

#8 Para mí la imparcialidad se consigue mediante un sistema de selección y una formación que asegure la profesionalidad de los futuros jueces. Lo que daña la imparcialidad es precisamente cosas como las que se ven: que determinadas asociaciones de jueces actúen como brazos de los partidos políticos de turno y que los jueces sean calificados como conservadores o progresistas en función del partido que los haya propuesto para ser vocal. Se daña tanto la imparcialidad como la independencia.

Evitando toda interacción de los partidos políticos en la justicia es como realmente se consiguen jueces imparciales y, sobre todo, independientes.

Kosh22

#4 Creo que algunos tenéis un cacao mental importante con las funciones del CGPJ. El CGPJ no elige quién es juez. Los jueces entran por el sistema de oposición libre.

Lo que decide el CGPJ, entre otras cosas, son los procedimientos de provisión de puestos de trabajo. Es decir, se reparten las concretan plazas que quedan vacantes dentro de la carrera judicial, que sólo pueden copar gente que sea juez. Ejemplo: un juez del TS se jubila, hay que cubrir la plaza. Los magistrados que reúnen los requisitos presentan su solicitud y se resuelve mediante un concurso en donde se valoran los méritos de los candidatos (antigüedad, trabajo realizado...) que obviamente son todos jueces de carrera...

Eso se hace así en todos los cuerpos de funcionarios, son comités formados por los propios funcionarios los que resuelven esos procedimientos de provisión de puestos de trabajo. La única excepción son los puestos de libre designación, donde el Gobierno de turno decide directamente a quien pone en ese puesto, siempre que reúna unos requisitos (generalmente, ser funcionario de carrera de rango A1).

Yo no veo el problema en que esos procedimientos sean realizados por un CGPJ que, al menos en 12 de sus miembros, estén formados por jueces elegidos por los propios jueces en un sistema que asegure la justa representación de todas las asociaciones judiciales, así como de los jueces que no están asociados (que son bastantes).

D

#40 si metemos en el saco a las asociaciones judiciales....maaaalo, todas están politizadas.
No todos los jueces entran por oposición libre, es más, muchísimos entran por 3,4, 5 turno....
Elecciones entre jueces, nominativas, donde voten todos los jueces. Nada de hacer el juego a las asociaciones que son brazos políticos togados.
Y desde luego una cuota que sea elegida por el congreso, el poder Judicial por mucho que sea independiente, no puede ser manejado sólo por jueces, y más cuando entrar en la carrera judicial....está minado. Si la Constitución dice que el poder está en el pueblo, y a través del congreso y Senado el pueblo elige representantes.....tanto Congreso como Senado, deben elegir vocales si o si....porque si no, nos vamos a un estado paralelo, como lo es de facto en la actualidad la Guardia Civil, donde 30 Generales hacen y deshacen a su antojo en todo un cuerpo del Estado.
Más independencia SI, más endogamia, NO.

Kosh22

#70 1º las asociaciones judiciales están politizadas porque llevan décadas siendo parasitadas por el PP y el PSOE. En realidad no todas están politizadas, solamente dos lo están, si hace falta escribo sus nombres aquí, pero está bastante claro cuales son. Las otras dos no están politizadas (entendiendo que no son brazos políticos del PP o del PSOE), por eso, junto con los jueces que no están asociados, sus miembros no obtienen casi plazas ni en el CGPJ ni en tribunales como el TS.

2º Los jueces del llamado "cuarto turno" no son jueces titulares de la carrera judicial, son jueces sustitutos, cuando un juez se pone enfermo o está de baja por la razón que sea hay que sustituirlo, obviamente, y se recurre para ello a determinados juristas como abogados, catedráticos, etc. Como he dicho no son jueces de carrera ni optan a las plazas del TS, AN, etc; así como tampoco pueden ser miembros del CGPJ en calidad de jueces, ya que NO lo son. No tiene sentido mencionarlos aquí.

3º Claro, votando todos los jueces que quieran participar, y asegurando la justa representatividad a todas las asociaciones así como a los no asociados, que como he dicho hay un montón.

4º El poder judicial debe ser independiente. Si no es independiente, nos cargamos la separación de poderes, sea esa independencia atacada por los partidos políticos, por el Gobierno, por las Cortes Generales o por el mismo pueblo. Los jueces y magistrados se deben únicamente a la LEY, que es la representación de la voluntad popular. Cualquier otra cosa es vulnerar el imperio de la ley y el principio de legalidad.

5º Por otro lado, la gente se sigue confundiendo. El CGPJ NO es poder judicial, es un órgano ADMINSITRATIVO, que realiza funciones ADMINSITRATIVAS. Lo importante es que esas funciones se realicen con acuerdo a la ley, sin injerencias de ninguno de los poderes del Estado. Y si quieres que las Cortes tengan algún papel en su elección, ya lo tienen eligiendo a los 8 vocales no jueces del CGPJ, que la propia CE ya manda que sean elegidos por 3/5 partes de cada cámara.

D

#100 vaya....

Asi q el CGPJ NO es poder judicial....

Entonces cual es el problema? El poder judicial esta aparte....

Kosh22

#136 El problema es que es un órgano que debe tener autonomía frente al Gobierno, esa es la razón por la que lo creó la CE.

Kosh22

#19 Partes de la premisa errónea de que existe "nepotismo y corporativosmo" en los jueces, cuando lo que existe es una injerencia de los partidos políticos (en concreto PP y PSOE) en la Justicia que todas las asociaciones de jueces llevan décadas denunciando...

porcorosso

#31 No es una premisa errónea
¿Nepotismo en el Tribunal Supremo? La importancia de tener buenos contactos en España
https://hayderecho.expansion.com/2014/04/01/nepotismo-en-el-tribunal-supremo-la-importancia-de-tener-buenos-contactos-en-espana/
Varapalo de los jueces al Consejo General del Poder Judicial por nombrar a “familiares”
https://www.elplural.com/sociedad/tribunales/varapalo-de-los-jueces-al-consejo-general-del-poder-judicial-por-nombrar-a-familiares_95953102

Kosh22

#58 Las dos noticias a las que haces referencia no hablan de nepotismo dentro de la carrera judicial, sino de nepotismo en los órganos técnicos asesores del CGPJ y del TS respectivamente. Algo que suele pasar en España con el llamado "personal eventual", que no son funcionarios, y que no tiene absolutamente nada que ver con el tema del que estamos hablando...

Kosh22

#62 lo mismo que te puse en #88

porcorosso

#31 No es una premisa errónea
Nepotismo en el Tribunal Supremo? La importancia de tener buenos contactos en España
https://hayderecho.expansion.com/2014/04/01/nepotismo-en-el-tribunal-supremo-la-importancia-de-tener-buenos-contactos-en-espana/
Varapalo de los jueces al Consejo General del Poder Judicial por nombrar a “familiares"
https://www.elplural.com/sociedad/tribunales/varapalo-de-los-jueces-al-consejo-general-del-poder-judicial-por-nombrar-a-familiares_95953102

Kosh22

#11 La CE da a entender que los 12 vocales jueces los elijan ellos mismos, estando representadas todas las categorías judiciales:

122.3 CE: "El Consejo General del Poder Judicial estará integrado por el Presidente del Tribunal Supremo, que lo presidirá, y por veinte miembros nombrados por el Rey por un período de cinco años. De éstos, doce entre Jueces y Magistrados de todas las categorías judiciales, en los términos que establezca la ley orgánica. [...]"

Esto fue pervertido en el año 1985 cuando se cambió la ley para que esos 12 vocales no fueran elegidos por los jueces, sino también por el Congreso y el Senado, como los 8 vocales no jueces.

J

#29 esa es la clave.

El PSOE pervertido el sistema y el PP lo ha violado.

Nadie parece tener la categoría para hacer lo correcto.

D

#29 Entre ellos no se pueden elegir porque la Constitución dice que todos los poderes el estado emanan del pueblo, es decir que tiene que haber decisión democrática y ciudadana.
Lo ideal son elecciones similares a las que se hacen para el Parlamento.

#39 obviamente los propios jueces no pueden elegir a los jueces. Pero en la edad media se podía porque era una sociedad estamental y si nacías en una determinada posición social, te quedabas ahí para siempre. No existía igualdad, ni democracia, ni justicia, ni era un mundo del que mereciera la pena conservar nada.

Kosh22

#110 Ya, ¿pero sabes qué pasa? Que el CGPJ no es poder judicial, como me canso siempre de explicar, es un órgano administrativo con funciones administrativas, ya que ni juzga ni hace ejecutar lo juzgado. Y además, los jueces deben de estar sometidos únicamente a la Ley, que es donde está representada de la voluntad popular. Ahí está el fundamento democrático del poder judicial, cualquier otro es pervertir la separación de poderes. Claro que podemos hacer que los ciudadanos participen en la justicia (de ahí la existencia del Jurado, por ejemplo), pero esas cosas no siempre terminan bien

Por cierto, en la sociedad estamental los jueces los nombraba el Rey, ya que impartían justicia en su nombre. Algo que se parece más a la reforma que plantea ahora el Gobierno, haciendo que una mayoría absoluta, al alcance de casi cualquier ejecutivo, pueda nombrar a los vocales del CGPJ y de ahí a los concretos jueces que conformarán el TS y otros Tribunales .

Es justo lo contrario a hacer que los jueces sean autónomos a la hora de elegir a sus vocales.

D

#111 por cumplir la ley no se es automáticamente democrático.
Si el CGPJ no es poder judicial y es un mero órgano administrativo, no hay separación de poderes que haya que observar. Lo podría nombrar el gobierno por decreto o el ministerio de justicia por una norma interna de quinto rango.
No sé, me parece que tu argumento no es muy consistente.

Kosh22

#128 Que no sea poder judicial no significa que no sea importante que tenga su autonomía. El CGPJ se creó precisamente para crear un órgano autónomo frente al Gobierno. Antes de la CE, sus funciones las realizaba directamente el Ministerio de Justicia.

Y efectivamente, no es un problema de separación de poderes. Pero la Constitución establece que debe ser un órgano autónomo, por eso configura su elección a un amplio consenso (3/5 partes de las Cámaras).

Kosh22

#81 Pero no se trata de si el hecho nos parece justo o injusto, sino de que si la ley no lo consideraba delito no hay nada que hacer.

A mí también me parece mejor la legislación actual que fija la edad en 16 años (yo hasta lo subía a 18), teniendo en cuenta, eso sí, la posibilidad de que menores de edad lo suficientemente maduros puedan tener relaciones con otros menores o incluso mayores de edad, pero similares en cuanto al grado de desarrollo y madurez (de lo contrario sería caer en una tesis bastante "carca"), que más o menos es lo que ocurre en actual Código Penal.

Pero la cuestión es que eso no se lo puedes aplicar a hechos que ocurrieron antes de que esa Ley estuviera vigente, como es lógico.

D

#86 No, si eso no lo discuto. Yo soy consciente de que muchos menores ya con 13 años tienen sexo entre ellos, y entiendo que en su momento se pensase que lo sencillo era dejar que a los 13 fuesen libres para montárselo con quien quisiesen, pero también veo lo problemático que resulta que otros se aprovechen. No sé si la edad de consentimiento debería estar en 16 o en 18, pero me parece curioso que alguien que legalmente no puede votar o beber alcohol pueda consentir relaciones sexuales con un señor de 50.

Kosh22

#43 No sé a que te refieres exactamente, pero la orden de protección es la misma para todos los casos de violencia familiar, porque ni siquiera está regulada en la LIVG, sino en una norma anterior de 2003.

Y la LIVG consideró delito (antes eran faltas) las lesiones leves entre parejas o ex-parejas, fueran del sexo que fueran, aunque la pena es un poco mayor para casos de violencia de género (prisión de 6 meses a 1 año si se trata de violencia de género, frente a 3 meses a 1 año si es cualquier otro tipo de violencia familiar).

Kosh22

#62 Este tipo de cosas las he visto más veces. Por ejemplo, muchas feministas cuelgan en twitter o en foros noticias parecidas a esta, pero en donde absuelven a hombres (por eso sé que existen) o donde estos son condenados a penas "bajas" (generalmente porque son tocamientos, no violaciones stricto sensu), para indignarse, victimizarse y denunciar el "machismo inherente a la sociedad y a la justicia". El modus operandi es simular aquí.

D

#70 A mí es que en general el hecho de que alguien de más de 30 mantenga relaciones sexuales con adolescentes me parece algo terrible. Y tampoco por el hecho de que la gran mayoría de ellas sean causadas por hombres cabe justificar las protagonizadas por mujeres. Aunque lo justo siempre es mirar si parece que hay circunstancias excepcionales en las sentencias. Este caso suena más a legislación de mierda (en temas de protección de menores) que a privilegio de género.

Kosh22

#81 Pero no se trata de si el hecho nos parece justo o injusto, sino de que si la ley no lo consideraba delito no hay nada que hacer.

A mí también me parece mejor la legislación actual que fija la edad en 16 años (yo hasta lo subía a 18), teniendo en cuenta, eso sí, la posibilidad de que menores de edad lo suficientemente maduros puedan tener relaciones con otros menores o incluso mayores de edad, pero similares en cuanto al grado de desarrollo y madurez (de lo contrario sería caer en una tesis bastante "carca"), que más o menos es lo que ocurre en actual Código Penal.

Pero la cuestión es que eso no se lo puedes aplicar a hechos que ocurrieron antes de que esa Ley estuviera vigente, como es lógico.

D

#86 No, si eso no lo discuto. Yo soy consciente de que muchos menores ya con 13 años tienen sexo entre ellos, y entiendo que en su momento se pensase que lo sencillo era dejar que a los 13 fuesen libres para montárselo con quien quisiesen, pero también veo lo problemático que resulta que otros se aprovechen. No sé si la edad de consentimiento debería estar en 16 o en 18, pero me parece curioso que alguien que legalmente no puede votar o beber alcohol pueda consentir relaciones sexuales con un señor de 50.

Kosh22

#37 Pues puede ser que tengas razón, eso ya me computa más.

Kosh22

"Le corta los testículos" y "condenada a 4 meses de cárcel", es algo que no computa, cuando la pena oscila entre los 6 y los 12 años de prisión (149 CP). O las lesiones fueron leves o aquí hay algo más que no se dice. Típico de la prensa.

Misth

#23 porque los 4 meses son por saltarse la orden de alejamiento... Lo de los testiculos se juzgará en otro momento... Digo yo. Al menos es lo que he entendido.

Kosh22

#37 Pues puede ser que tengas razón, eso ya me computa más.

D

#23 Aquí lo único que hay es que el criminal no tiene pene por lo que la ley no se aplica en su totalidad.

Kosh22

Sabéis que hay mil sentencias absolviendo a hombres mayores de edad por mantener relaciones sexuales con mujeres de 15, 14 o 13 años, ¿verdad?

Sobretodo cuando los hechos son anteriores a 2015 (año en que la edad de consentimiento pasó a ser de 16, antes eran 13), como este caso.

Tened en cuenta que mantener relaciones consentidas entre personas de 13 años o más era en principio legal, sin importar la diferencia de edad, salvo que se demostrase en algunos casos que había engaño, etc., es diferente si los hechos ocurriesen ahora.

D

#53 Si ya es difícil que en Menéame la gente se lea las noticias, imagina lo complicado que resulta que alguien se tome la molestia de consultar la legislación aplicable a la época en la que ocurrieron los hechos.

A mí también me chocaba el hecho de que hubiese que examinar en qué condiciones obtuvo el consentimiento la tía para condenarla, hasta que me acordé del cambio en la edad mínima de consentimiento sexual en España y comprobé que es posterior a estos hechos.

Kosh22

#62 Este tipo de cosas las he visto más veces. Por ejemplo, muchas feministas cuelgan en twitter o en foros noticias parecidas a esta, pero en donde absuelven a hombres (por eso sé que existen) o donde estos son condenados a penas "bajas" (generalmente porque son tocamientos, no violaciones stricto sensu), para indignarse, victimizarse y denunciar el "machismo inherente a la sociedad y a la justicia". El modus operandi es simular aquí.

D

#70 A mí es que en general el hecho de que alguien de más de 30 mantenga relaciones sexuales con adolescentes me parece algo terrible. Y tampoco por el hecho de que la gran mayoría de ellas sean causadas por hombres cabe justificar las protagonizadas por mujeres. Aunque lo justo siempre es mirar si parece que hay circunstancias excepcionales en las sentencias. Este caso suena más a legislación de mierda (en temas de protección de menores) que a privilegio de género.

Kosh22

#81 Pero no se trata de si el hecho nos parece justo o injusto, sino de que si la ley no lo consideraba delito no hay nada que hacer.

A mí también me parece mejor la legislación actual que fija la edad en 16 años (yo hasta lo subía a 18), teniendo en cuenta, eso sí, la posibilidad de que menores de edad lo suficientemente maduros puedan tener relaciones con otros menores o incluso mayores de edad, pero similares en cuanto al grado de desarrollo y madurez (de lo contrario sería caer en una tesis bastante "carca"), que más o menos es lo que ocurre en actual Código Penal.

Pero la cuestión es que eso no se lo puedes aplicar a hechos que ocurrieron antes de que esa Ley estuviera vigente, como es lógico.

D

#86 No, si eso no lo discuto. Yo soy consciente de que muchos menores ya con 13 años tienen sexo entre ellos, y entiendo que en su momento se pensase que lo sencillo era dejar que a los 13 fuesen libres para montárselo con quien quisiesen, pero también veo lo problemático que resulta que otros se aprovechen. No sé si la edad de consentimiento debería estar en 16 o en 18, pero me parece curioso que alguien que legalmente no puede votar o beber alcohol pueda consentir relaciones sexuales con un señor de 50.

Kosh22

"Dicen los expertos en ello que en aquel país existe una conciencia colectiva de protección nacional forjada en la Segunda Guerra Mundial."

Pero si Suecia no entró en la 2ª guerra mundial...

Kosh22

#268 No, son hechos. La gente no se está quejando de que los conguitos sean negros, se quejan de otra cosa. Luego puedes estar de acuerdo o no con dicha queja,

D

#273 Se quejan de los conguitos por el solo hecho de ser negros, es un problema de caracter estructural que impregna toda la sociedad hasta llegar a alcanzar incluso a la regaliz.

D

#267 Ya lo sé. Son dogmas de fé, pero no quería provocar.

Kosh22

#268 No, son hechos. La gente no se está quejando de que los conguitos sean negros, se quejan de otra cosa. Luego puedes estar de acuerdo o no con dicha queja,

D

#273 Se quejan de los conguitos por el solo hecho de ser negros, es un problema de caracter estructural que impregna toda la sociedad hasta llegar a alcanzar incluso a la regaliz.

Kosh22

#7 Digo yo que si el término es despectivo o no lo sabrán ellos mejor que nadie. Los sami también consideran el termino lapón como ofensivo. Nosotros como no tenemos contacto cotidiano con ellos no lo percibimos, pero seguramente en Escandinavia el término siempre ha sido irrespetuoso.

Kosh22

#60 El problema no es que los conguitos sean negros o blancos, me sorprende que mucha gente de verdad piense eso, es de no pisparse lo más mínimo de donde está el problema.

El problema es que se representa a gente negra de manera estereotipada, bajita, negra como el ébano y con los labios rojos y grandes. De hecho con cambiar esa imagen y poner la última que ha puesto #49 se solucionaría el problema (ya que no se representa gente negra, sino los "conguitos"), aunque yo sigo viendo los conguitos con el dibujo estereotipado habitual en donde los suelen vender.

editado:
de hecho estos aún me parecen mejores: https://barradeideas.com/wp-content/uploads/2011/09/Ampliada11-1.jpg

Tanenbaum

#72 es que antes incluso llevaban lanzas, pero ahora, la imagen en si, no tiene nada de racista.
Otra cosa es a los que hemos vivido con la primera imagen, que inevitablemente nos la recuerda, el propio nombre incluso, pero bueno.

Rosquis

#94 #72 Ahora vuelven a ser iguales que hace décadas, pero sin lanza. (#80)

D

#72 Gracias por dictaminar donde está el problema. Como nadie más puede opinar, esto es definitivo.

Kosh22

#143 Hay cosas que no son opiniones.

D

#267 Ya lo sé. Son dogmas de fé, pero no quería provocar.

Kosh22

#268 No, son hechos. La gente no se está quejando de que los conguitos sean negros, se quejan de otra cosa. Luego puedes estar de acuerdo o no con dicha queja,

D

#273 Se quejan de los conguitos por el solo hecho de ser negros, es un problema de caracter estructural que impregna toda la sociedad hasta llegar a alcanzar incluso a la regaliz.

#72 El Congo Belga es posiblemente el ejemplo mas descarnado de explotación deshumanizacizada en pos dinero por alguien que ya tenía el poder fuera de lo normal de un rey europeo y en una época muy tardia. De ahí vienen expresiones como "Vale un Congo". La imagen de las chocolatinas fueron concebidas por un publicitario con la idea del Congo Belga en la cabeza (era la época que la colonia obtuvo la independencia).

https://www.elperiodicodearagon.com/noticias/aragon/juan-tudela-ferez-hoy-no-habria-dibujado-asi_44262.html
https://es.wikipedia.org/wiki/Congo_Belga

Kosh22

#155 Los criterios de reparto son el momento en que presuntamente sucedieron los hechos objeto de enjuiciamiento, así que difícilmente se puede controlar eso.

GatoMaula

#193 ???? De donde sacas eso? En teoría los proponen las juntas de jueces a su puta bola, y las aprueba la Sala de Gobierno del TSJ.
En la realidad del día a día los proponen, aprueban, y deciden los secretarios de los decanatos y ya luego si eso, se cumple con los paripés legales que exige la LOPJ.

Kosh22

#106 En penal la competencia es en función de cuando sucedieron los hechos que van a ser enjuiciados (en este caso el 8M), no de cuando presentas la denuncia/querella (que no demanda, esto es penal).

Kosh22

#24 Algunos daimyos lo hicieron por pragmatismo y por debilitar a los monjes budistas, eso me lo puedo llegar a creer. Pero en los campesinos, la mayoría de los conversos, fue completamente sincera. El cristianismo, a diferencia de otras religiones del área, otorgaba un lugar a los campesinos, igualandolos con los nobles dándoles la posibilidad de salvarse y optar a la vida eterna en el paraíso, incluso Jesús decía que era más fácil para un pobre que para un rico entrar en el reino de los cielos ("es más fácil que un camello entre por el ojo de una aguja, que el que un rico entre en el Reino de los Cielos").

Por eso tuvo mucho éxito entre esta clase social, por eso las revueltas de cristianos del siglo XVII en Japón fueron llevadas a cabo mayoritariamente por campesinos, y por eso los daimyos y el Shogun (con ayuda de los monjes budistas) buscaron a toda costa eliminar el cristianismo de Japón, entre otras razones.

Kosh22

#15 Incomprensible sería, pero tuvieron un éxito moderado, hasta que se prohibió el cristianismo y se reprimió duramente.

Y a pesar de todo, siguen existiendo cristianos en Japón que datan desde esa época, practicando su religión y manteniendo vivas sus creencias en secreto.

S

#23 Los japoneses algunos lo adoptaron por pragmatismo, era la forma de comerciar y que llegasen mosquetes y armas occidentales por el siglo XVI auqnue no creyesen en la religión. Muy pocos lo hicieron por convicción.....pero los hubo. Luego se cerró por completo el país y ni por conveniencia.

Kosh22

#24 Algunos daimyos lo hicieron por pragmatismo y por debilitar a los monjes budistas, eso me lo puedo llegar a creer. Pero en los campesinos, la mayoría de los conversos, fue completamente sincera. El cristianismo, a diferencia de otras religiones del área, otorgaba un lugar a los campesinos, igualandolos con los nobles dándoles la posibilidad de salvarse y optar a la vida eterna en el paraíso, incluso Jesús decía que era más fácil para un pobre que para un rico entrar en el reino de los cielos ("es más fácil que un camello entre por el ojo de una aguja, que el que un rico entre en el Reino de los Cielos").

Por eso tuvo mucho éxito entre esta clase social, por eso las revueltas de cristianos del siglo XVII en Japón fueron llevadas a cabo mayoritariamente por campesinos, y por eso los daimyos y el Shogun (con ayuda de los monjes budistas) buscaron a toda costa eliminar el cristianismo de Japón, entre otras razones.