#133 Los indicios son gracias a una modificación de ley contra el terrorismo del PP en 2015 que no tiene cabida en el marco jurídico de la UE: hasta en un desahucio pueden aplicar esa ley: literalmente. Una ley de intepretacion axa al albur de lo que se le pase por la.cabeza del juez de turno y en la que cabe intepretaciones de índole politico. Modificación que nadie se ha atrevido a tumbar.
Desde su aprobación pocos jueces se han atrevido...creo que un acez con aquí el asunto ridículos de los catalanes con pólvora (como afición para fuegos artificiales) y de la que tuvieron que recular de forma vergonzosa.
Ahora García Prevaricon se la ha sacado de la manga y la sala 2 del TS (la misma que Cosido dijo que controlaban por la puerta de atrás) le hace la seguidilla con unas acusaciones gravísimas cogidas con los apelos se sus huevos togados
El objetivo es hacer ruidos para tumbar el gobierno.... Hasta los más de derechas lo intuyen.
#7 sin discutir el fondo de lo que dices, las pruebas salen en un juicio tras una investigación. Para enjuiciar, en lo que se basan es en si hay indicios. Los argumentos que he escuchado sobre el tema es que se utiliza la fuerza y la amenaza para forzar al estado a que actúe en un sentido, y eso así contado es terrorismo. Que sea lógico o no, que la definición cuadre con la idea que tenemos de lo que debería ser, es lo de menos. Los jueces tienen que interpretar la ley y seguir los pasos del procedimiento.
Quién cambia la ley es el poder legislativo, si no están conformes ya saben lo que tienen que hacer.