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Puede pedir la nacionalidad ecuatoriana y luego ser nombrado por Correa "agregado cultural de la embajada de Ecuador en UK". Al pasar a ser personal diplomático UK no podría detenerle .

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René, ya he mandado una mail a socios para explicar que no ha sido un intento de engaño si no una mala jugada de mi gestor de correo que ha puesto "gabinete de prensa" en vez de mi nombre al enviarlo. Me avisó Queru para confirmar si era yo el que lo habia enviado y si era consciente de ello.
En general es bueno comprobar este tipo de cosas antes de hacerlo público.

Saludos

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Realmente es tan distinto de esto?


mover el mouse solo con el movimiento de la cabeza.

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Software Libre para Windows con estética M$ http://sol4win.org ...patrocinado por Hispalinux. El colmo de Cafka

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Al menos uno tiene vergüenza:
ENRIQUE CURIEL ALONSO, Portavoz Adjunto del Grupo Parlamentario Socialista, al amparo de lo establecido en el art.117.1 del Reglamento de la Cámara, formula mediante este escrito un VOTO PARTICULAR al Dictamen de la Comisión sobre el Proyecto de Ley para el acceso electrónico de los ciudadanos a las Administraciones Públicas.

En cumplimiento del art.117.2 anuncia el propósito de defender ante el Pleno del Senado este voto particular, solicitando la vuelta al texto remitido por el Congreso de los Diputados, en lo modificado por las enmiendas nº 19 y 21 del GPSNV y nº 78, 80, 113 y 119 del G.P.Popular .

Este tiene mi voto en las próximas elecciones.

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Aqui está la disertación perfecta de lo que está ocurriendo realmente.
legalventure.com/blog/files/constitucion_digital.pdf

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Más mejoras

4. En la elaboración de ambos Esquemas se tendrán en cuenta las recomendaciones de la Unión Europea, estándares abiertos y estándares internacionales reconocidos, la situación tecnológica de las diferentes Administraciones Públicas, así como los servicios electrónicos ya existentes.

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Yo veo sustanciales avances respecto a la V1 y a la V2

Artículo 45. Reutilización de sistemas y aplicaciones de propiedad de la Administración.

1. Las administraciones titulares de los derechos de propiedad intelectual de aplicaciones, desarrolladas por sus servicios o cuyo desarrollo haya sido objeto de contratación, podrán ponerlas a disposición de cualquier Administración sin contraprestación y sin necesidad de convenio.

2. Las aplicaciones a las que se refiere el apartado anterior podrán ser declaradas como de fuentes abiertas, cuando de ello se derive una mayor transparencia en el funcionamiento de la Administración Pública o se fomente la incorporación de los ciudadanos a la Sociedad de la información

Artículo 46. Transferencia de tecnología entre Administraciones.

1. Las Administraciones Públicas mantendrán directorios actualizados de aplicaciones susceptibles de reutilización, especialmente en aquellos campos de especial interés para el desarrollo de la Administración electrónica y de conformidad con lo que al respecto se establezca en el Esquema Nacional de Interoperabilidad.

2. La Administración General del Estado, a través de un centro para la transferencia de la tecnología, mantendrá un directorio general de aplicaciones susceptibles de reutilización, prestará asistencia técnica para la reutilización de aplicaciones e impulsará el desarrollo de aplicaciones, formatos y estándares comunes de especial interés para el desarrollo de la Administración electrónica.

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Del Anexo

c) Aplicación de fuentes abiertas: aquella que se distribuye con una licencia que permite la libertad de ejecutarla, de conocer el código fuente, de modificarla o mejorarla y de redistribuir copias a otros usuarios.

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pero bueno ¿Es que no sabeis leer?

i) Principio de neutralidad tecnológica y de adaptabilidad al progreso de las técnicas y sistemas de comunicaciones electrónicas garantizando, a través de la utilización de estándares abiertos y estándares internacionalmente reconocidos, la independencia en la elección de las alternativas tecnológicas por los ciudadanos y por las Administraciones Públicas, así como la libertad de desarrollar e implantar los avances tecnológicos en un ámbito de libre mercado.

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El término oficial acuñado en España por la Administración Pública es "Software Libre y de fuentes abiertas". -remarcando la conjunción Y (algunos proponían O, pero les ganamos :)-
Podeis verlo en http://www.csi.map.es/csi/pg5s44.htm

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Pues dejarlo neutro: "la carga de la prueba del software libre"

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Otra cosa. ¿no puedo rectificar el titulo? quizá sea interesante para casos como este (quizá dejandolo de manifiesto en el historico o algún tipo de "tachado" para evitar suspicacias) Hay que tener en cuenta que un servicio como este se mejora con la interacción de mucha gente y habrá muchas posibles rectificaciones/modificaciones/mejoras a los textos y titulos

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Por cierto no me dejaba meter http://socios.hispalinux.es/node/10257 como enlace en el titulo y le meti un .htm al final para que tragase. No me atrevo a decir que sea un defecto porque no sé si lo habeis hecho explicitamente por alguna razón pero ¿no habría que habilitar algún mecanismo para meter ese tipo de URL? ...son muy habituales en los CMS

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Pues yo pensaba que la "carga de la prueba" era cuando te favorecía y el contrincante tenía que aportar evidencias de lo contrario....En todo caso lo lamento ¿se puede cambiar para que la gente no lo confunda? (aunque yo sigo confundido con esa frase,la verdad)