j

#5 la relevancia es la que cada uno quiera darle. La admisión de un recurso contencioso como éste se limita a comprobar que existe legitimidad para interponerlo y competencia objetiva para conocer. Dándose estos requisitos se admite el trámite. Lo relevante será la resolución sobre el fondo como han comentado más arriba

MoñecoTeDrapo

#8 #9 salvando las diferencias, ya que aquí no existe delito, pero los principios jurídicos son los mismos:
En el trámite de admisión de una denuncia o querella, el órgano jurisdiccional debe en primer lugar realizar un primer juicio sobre el carácter delictivo de la conducta. En caso de que los hechos, tal como se describen en la denuncia o querella, no constituyesen delito, el Juez o Tribunal debe inadmitirla, motivando debidamente dicha resolución (arts. 269 y 313 LECrim).
“El artículo 313 de la LECRIM ordena al Juez de Instrucción rechazar la querella (…) cuando los hechos no sean constitutivos de delito” (Auto TS de 31 de octubre de 2019, FJ 2; Auto TS de 1 de abril de 2019, FJ 2; Auto de 25 de febrero de 2019, FJ 2).

Tal inadmisión, debidamente motivada, no atenta contra los derechos del querellante o denunciante. La interposición de denuncia o querella no da derecho a su admisión ni a la práctica de diligencias, sino solo a recibir una respuesta motivada en Derecho, que bien puede ser la inadmisión. Esta respuesta, cuando los hechos descritos en la denuncia no tienen carácter delictivo, es la debida y satisface plenamente el derecho al proceso (ius ut procedatur) (STC 26/2018, de 5 de marzo, FJ 3; STC 138/1997, FJ 5)

A lo que voy es que no basta con cualquier fundamento si este es somero y estúpido, y que la admisión a trámite no solo se limita a aspectos formales (legitimidad y competencia).

j

#11 apelas a principios jurídicos pero lo que comentas son fundamentos de derecho de la ley de enjuiciamiento criminal, cuyas diferencias no pueden salvarse para hacer una comparación con el caso que nos ocupa. Sea en el ámbito contencioso como en el civil o social, la admisión de una demanda se restringe a normas de legitimidad y competencia salvando ciertas excepciones en ámbito civil en donde en ciertos procedimientos se exigen requisitos especiales de admisión como en procedimientos especiales de la Lec. No hay normas que permitan al juzgador inadmitir directamente si no se dan esos requisitos de legitimidad y competencia. En el ámbito penal pasa diferente: el juez de instrucción si de la lectura de la denuncia o querella no ve indicios de delito en los hechos puede inadmitir contra cuyo auto cabe apelación, por supuesto.
Por tanto, no se puede comparar pq simplemente son jurisdicciones con normas y principios distintos

MoñecoTeDrapo

#14 si, creo que tienes razón. Lo que me consuela e indigna simultáneamente. Por un lado por el automatismo de la decisión y por otro por los recursos públicos utilizados para que un partido político filibustee.

j

#16 para mí no cabe duda de la instrumentación que se hace de la justicia desde la política, en este caso por parte del PP madrileño en su afán de autoproclamada resistencia al gobierno. No les importa el precio de los recursos públicos siempre que sea para cumplir sus fines. En este caso, el PP habla de ideología en la ley, pero más ideológico es su demanda. Dan vergüenza

j

#99 si que es cierto lo que comentas. Quizás descongestionar sea más difícil (aunque tb es cierto que no lo comentaba como la panacea para repoblar zonas). Pero como herramienta para la conciliación, aunque solo sea parcial (uno de los dos de la pareja) e incluso no todos los días, ya merece la pena. A partir de ahí todo es necesariamente mejorable. Yo, que disfruto de dos días a la semana (que no es que sea tanto) me hace un mundo a la hora de conciliar y solo espero que aumenten. Por desgracia el tejido industrial de España no permite un porcentaje mayor del que hay de puestos de trabajo potencialmente desarrollables a distancia

j

#53 te respondo a ti como podría ser a cualquier otro. Estoy de acuerdo con que hubo que teletrabajar a pesar de las disficultades para llevar a cabo todas las funciones propias del puesto. Pero, en mi opinión, el camino debe ser ir hacia delante removiendo obstáculos para facilitar las funciones. En mi trabajo tb era imposible hacer todo desde casa, pero se están dando pasos para que sea posible y ahora prácticamente el 100% se puede hacer desde casa. El obstáculo más importante para su implantación, allá donde se puede, es el cultural: la concepción del "si estás en casa no trabajas".
El teletrabajo no sólo es una herramienta para ayudar a descongestionar ciudades (ignoro la porcentual de trabajadores que pueden trabajar a distancia, pero seguro que puede ser mayor que la actual) y contaminar menos al reducir el transporte (que ya es) sino que sirve para una conciliación del trabajo-hogar importante: el dinero ahorrado por el transporte y sobre todo el tiempo en desplazamiento aunmenta la calidad de vida y la conciliación familiar.
No podemos hacer otra cosa que no sea ir en esta dirección

M

#81 Coincido contigo en que, en aquellos trabajos que sea posible, lo ideal sería la dar la posibilidad (no obligar) a la gente a que teletrabaje.
Pero eso es para los trabajos dónde es posible. Ni de lejos en todos los trabajos es posible teletrabajar. Y aun siendo posible, hay gente a la que no le gusta teletrabajar.

Me da la sensación de que hay gente que piensa que todo en mundo puede teletrabajar y no es, ni mucho menos el caso.

crycom

#3 #20 #26 #27 Llevo dos años teletrabajando y sí, con un combustible cada vez más caro y si se quiere apuntalar ciertas ciudades (no para resucitar pueblos muertos a los que no quiere ir nadie ni cobrando literalmente, como dice #37) , las de 25k-30k, de #92 el teletrabajo es el camino como dice #81, pero la clave es lo que dice #43 de poco sirve si en la pareja no lo hacen los dos y si además el teletrabajo es parcial como dice #53 porque si puntualmente tengo ir que a la oficina, una vez a la semana, lo de irse a 180 Km no es tan idílico.
Por todo ello dudo que la concentración de población se reduzca o se frene si quiera, otra cosa es que pasemos a áreas metropolitanas más grandes con más gente viviendo en adosados a 50-100 Km de la oficina porque tienen la suerte de ser los dos en la pareja picateclas #31, pero el futuro de esas zonas rurales está muerto y el de muchas ciudades medianas también, como en el resto de Europa.

j

#99 si que es cierto lo que comentas. Quizás descongestionar sea más difícil (aunque tb es cierto que no lo comentaba como la panacea para repoblar zonas). Pero como herramienta para la conciliación, aunque solo sea parcial (uno de los dos de la pareja) e incluso no todos los días, ya merece la pena. A partir de ahí todo es necesariamente mejorable. Yo, que disfruto de dos días a la semana (que no es que sea tanto) me hace un mundo a la hora de conciliar y solo espero que aumenten. Por desgracia el tejido industrial de España no permite un porcentaje mayor del que hay de puestos de trabajo potencialmente desarrollables a distancia

j

#135 imagino que opinarás lo mismo del Consejo de ministros. Imagino que opinarás que tampoco es democrático puesto que no se elige en elecciones y es elegido "a dedo" por el Presidente del Gobierno.

s

#137 Yo prefiero tener la oportunidad de elegir a quien se supone que me va a representar. Luego hay gente que se molesta cuando se dice que esto no es una democracia o cuando se dice que la UE no es una institución democrática.

pablisako

#121 Suiza, Estados Unidos

j

#97 a ver. En España la elección del presidente del gobierno (art. 99 de la Constitución) como decía antes no tiene por qué ser el miembro de una lista, ni siquiera un diputado electo (un vistazo al artículo lo aclara). Lo que pasa es que en España la cultura politica es la de que el cabeza de lista de cada partido será el candidato a presidente.
En Europa es igual pero la cultura política sigue más la línea teorica de nuestra constitución.
Esto no hace a España más o menos democrática que a las instituciones europeas. Como tampoco los distintos sistemas de los países miembros son mejores o peores. Son distintos y representan sus distintas culturas políticas.
Por cierto, que para saber cómo se elige al alto representante de la Unión Europea (Borrel) también está en el TUE

s

#104 La Comisión Europea no es un órgano democrático al igual que muchas otras instituciones europeas donde no se eligen a sus representantes por elecciones sino que se elige a dedo a un grupo y luego queda uno que es al final el que desempeña el cargo.

j

#135 imagino que opinarás lo mismo del Consejo de ministros. Imagino que opinarás que tampoco es democrático puesto que no se elige en elecciones y es elegido "a dedo" por el Presidente del Gobierno.

s

#137 Yo prefiero tener la oportunidad de elegir a quien se supone que me va a representar. Luego hay gente que se molesta cuando se dice que esto no es una democracia o cuando se dice que la UE no es una institución democrática.

j

#95 claro. Igual que en España solo se puede elegir al candidato que presenta el Rey. La diferencia es que aquí estamos acostumbrados a que el cabeza de lista de un partido es el candidato a presidente de gobierno. En teoría candidato no tiene por qué ser el cabeza de lista, sino a quién el rey elija y el parlamento vote favorablemente. En Europa es algo distinto. No hay un cabeza de lista como tal que será candidato. Lo propone el Consejo y, OJO, lo elije el parlamento europeo (votados por los ciudadanos europeos). Sí no resulta electo, se tiene que repetir proceso porponiedo el consejo a otro presidente y votándose por el Parlamento

pablisako

#96 En España tampoco hay democracia

j

#116 entiendo. ¿Y dónde sí la hay?

j

#116 entiendo. ¿Y dónde sí la hay?

pablisako

#121 Suiza, Estados Unidos

j

#46 tampoco votamos en España ni en ningún país a los ministros, que son elegidos por el presidente del gobierno, en el caso español.
La elección de los comisarios tb se establece en el art. 17.7 segundo párrafo del TUE

j

#36 vamos a ver. El presidente de la Comisión es elegido por el Parlamento europeo a propuesta del Consejo Europeo. Se trata de información de fácil acceso (art. 17.7 de Tratado de la Unión Europea)

pablisako

#90 Pues solo se pueden presentar los candidatos que propone el consejo europeo.No es una elección (elegir). Lo que hacen es refrendar.

j

#95 claro. Igual que en España solo se puede elegir al candidato que presenta el Rey. La diferencia es que aquí estamos acostumbrados a que el cabeza de lista de un partido es el candidato a presidente de gobierno. En teoría candidato no tiene por qué ser el cabeza de lista, sino a quién el rey elija y el parlamento vote favorablemente. En Europa es algo distinto. No hay un cabeza de lista como tal que será candidato. Lo propone el Consejo y, OJO, lo elije el parlamento europeo (votados por los ciudadanos europeos). Sí no resulta electo, se tiene que repetir proceso porponiedo el consejo a otro presidente y votándose por el Parlamento

pablisako

#96 En España tampoco hay democracia

j

#116 entiendo. ¿Y dónde sí la hay?

j

#116 entiendo. ¿Y dónde sí la hay?

pablisako

#121 Suiza, Estados Unidos

j

#1 bueno, eso de que no la hemos votado no es exactamente correcto. Votamos a los parlamentarios europeos los que a su vez eligen a la presidenta de la Comisión. Igual que hacemos aquí con el Presidente del Gobierno

pablisako

#24 La presidenta es elegida a dedp por la comisión

Pablosky

#36 Corrígeme si me equivoco. ¿Los miembros de la comisión no los votamos verdad?

pablisako

#46 No

Pablosky

#55 Oh, que maravillosa democracia...

pablisako

#56 En España nunca ha habido democracia

Sofa_Knight

#46 si y no. En realidad no, pero técnicamente lo elijen nuestros representantes en cada país, que han sido elegidos desde el congreso, parlamento, etc... de cada país. (Si no voy equivocado).

j

#46 tampoco votamos en España ni en ningún país a los ministros, que son elegidos por el presidente del gobierno, en el caso español.
La elección de los comisarios tb se establece en el art. 17.7 segundo párrafo del TUE

misterPCR

#36 el presidente del gobierno español está de acuerdo con esas sanciones. O tampoco te gusta cómo ha sido Pedro elegido?

suppiluliuma

#35 #36 Excepto que von der Leyen no preside el Consejo de Europa, que además es un órgano que no pertenece a la UE. Es la presidenta de la https://es.wikipedia.org/wiki/Comisión_Europea [[Comisión Europea]]. Los presidentes de la Comisión son elegidos por el Consejo Europeo, y esa elección tiene que ser refrendada por el https://es.wikipedia.org/wiki/Comisión_Europea#Nombramiento_y_composición [[Parlamento Europeo]].

Así que von del Leyen sí ha sido elegida, aunque de manera indirecta por partida doble: por los presidentes y primeros ministros de los países miembros de la UE, y por los diputados del Parlamento Europeo.

R

#66 Muy buena explicación. El funcionamiento de la UE no es especialmente sencillo, y cuando hay que empezar a diferenciar entre Consejo Europeo, Consejo de Europa y Consejo de la Union Europea te das cuenta que ademas no estuvieron muy acertados con los nombres

j

#36 vamos a ver. El presidente de la Comisión es elegido por el Parlamento europeo a propuesta del Consejo Europeo. Se trata de información de fácil acceso (art. 17.7 de Tratado de la Unión Europea)

pablisako

#90 Pues solo se pueden presentar los candidatos que propone el consejo europeo.No es una elección (elegir). Lo que hacen es refrendar.

j

#95 claro. Igual que en España solo se puede elegir al candidato que presenta el Rey. La diferencia es que aquí estamos acostumbrados a que el cabeza de lista de un partido es el candidato a presidente de gobierno. En teoría candidato no tiene por qué ser el cabeza de lista, sino a quién el rey elija y el parlamento vote favorablemente. En Europa es algo distinto. No hay un cabeza de lista como tal que será candidato. Lo propone el Consejo y, OJO, lo elije el parlamento europeo (votados por los ciudadanos europeos). Sí no resulta electo, se tiene que repetir proceso porponiedo el consejo a otro presidente y votándose por el Parlamento

pablisako

#96 En España tampoco hay democracia

j

#116 entiendo. ¿Y dónde sí la hay?

j

#116 entiendo. ¿Y dónde sí la hay?

s

#24 El presidente del gobierno va en una lista de un partido de los que votamos. ¿Borrell en qué lista iba para estar donde está ahora mismo?

j

#97 a ver. En España la elección del presidente del gobierno (art. 99 de la Constitución) como decía antes no tiene por qué ser el miembro de una lista, ni siquiera un diputado electo (un vistazo al artículo lo aclara). Lo que pasa es que en España la cultura politica es la de que el cabeza de lista de cada partido será el candidato a presidente.
En Europa es igual pero la cultura política sigue más la línea teorica de nuestra constitución.
Esto no hace a España más o menos democrática que a las instituciones europeas. Como tampoco los distintos sistemas de los países miembros son mejores o peores. Son distintos y representan sus distintas culturas políticas.
Por cierto, que para saber cómo se elige al alto representante de la Unión Europea (Borrel) también está en el TUE

s

#104 La Comisión Europea no es un órgano democrático al igual que muchas otras instituciones europeas donde no se eligen a sus representantes por elecciones sino que se elige a dedo a un grupo y luego queda uno que es al final el que desempeña el cargo.

j

#135 imagino que opinarás lo mismo del Consejo de ministros. Imagino que opinarás que tampoco es democrático puesto que no se elige en elecciones y es elegido "a dedo" por el Presidente del Gobierno.

s

#137 Yo prefiero tener la oportunidad de elegir a quien se supone que me va a representar. Luego hay gente que se molesta cuando se dice que esto no es una democracia o cuando se dice que la UE no es una institución democrática.

PowTime

#24 Ya. Pero entonces no serías un demagogo de mierda votado por una marabunta de analfabetos, que es lo que se lleva por aquí.

j

#100 o de alguien que solo comenta buscando karma

Autarca

#23 No sería tan raro

La mayoría de españoles no lo hace.

Normal, apenas sabemos que se cuece en el panorama local, Bruselas y Estrasburgo son el laberinto de Creta. Por no decir que los augustos dirigentes europeos tienen exactamente el mismo deber legal con sus promesas y programas que los patrios, absolutamente ninguno.

#24 Cualquier día se van a presentar nuestros magníficos gobernantes en nuestras casas a sodomizarnos sin amor ni vaselina, y alguna gente solo dirá "es que los hemos votado"

Más o menos, ya lo hacen.

j

Aunque no estamos libres de malos profesionales o, en su caso, de una mala práctica concreta de un funcionario, en este caso un juez, no por ello cabe hacer afirmaciones que sugieran que ésta es una práctica generalizada.
En el artículo se habla de que es una práctica común ese "corta-pega", pero no da datos reales que permitan ver qué porcentaje permite al autor del artículo afirmar que se trata de una "práctica común" sin más fuente que lo que han comentado "varios abogados en Twitter" aparte del abogado familiar suyo.
Solo en Madrid capital un juzgado de primera instancia dicta alrededor de 300 sentencias al año. Son más de 100 juzgados de ese tipo. A esos hay que sumar todos los sociales, contenciosos, mercantiles y los diversos tipo de penales de cada comunidad autónoma. Al final tenemos decenas de miles de sentencias al año en España. Cuántas son copia-pega para poner el grito en el cielo?
Por otro lado, y no menos importante, cualquier sentencia (o la inmensa mayoría) por zafia que sea es recurrible en apelación y, en su caso, casación.
En mi opinión, a veces de genera un ruido que no tiene más fundamento que el querer desacreditar una justicia que, a pesar de sus escasos recursos, resulta en líneas generales eficiente. Más allá de hechos que puedan eventualmente convertirse en noticia por una mala praxis.

j

Querido, Espinosa de los Monteros, en el decreto que acompaña al auto de despacho de ejecución, justo al final se indica el número de IBAN, el beneficiario (el juzgado respectivo) y en el concepto u observaciones, el número a indicar. Evidentemente eso lo sabe su procurador, pero ahora ya no tiene excusa

f

#76 Hay tres opciones: es un mendrugo y se cree por encima de la ley, quiere hacerse la "victima" para su electorado o ambas cosas.

B

#76 y si no lo sabe leer? Eh? Que os ponéis muy picajosos por nada ...

j

#4 la medida viene referida a profesionales de la justicia: "El citado grupo de trabajo, que cuenta con representantes de la abogacía, los procuradores y los graduados sociales, ha alcanzado una postura común entre ellos y con el Ministerio, incorporando sus peticiones al texto del Anteproyecto de Ley de Eficiencia Procesal, según ha iformado el CGAE.
Para los funcionarios esos días de Navidad serán como los del mes de agosto, es decir, inhábiles lo que significa que simplemente los plazos no corren y no se registran demandas ni escritos salvo cautelares urgentes.
Se trata de una medida en beneficio de abogados y procuradores. Se habla incluso de suspensión de plazos en periodo de maternidad o paternidad.
Me parecen medidas razonables

j

Hola, Susana. Gracias por participar.
Hago una pequeña intro: mi novia es asistente social en Italia, trabajando en el ámbito de la reinserción de penados y procesados. Ha iniciado muy recientemente una tesis doctoral. Ésta, sin entrar en detalles, gira entorno a la figura del voluntariado buscando además establecer una comparativa con el sistema español procesal-penal, pero también saber cómo operan las asociaciones de voluntariado en este ámbito. No en vano ya sabía de la existencia de Con un pie fuera cuando inició el proyecto buscando información y con seguridad visitará la asociación.
La pregunta o preguntas que hago por ella y que creo son las más fáciles de contestar, serían: ¿Qué requisitos tienen que cumplir quienes quieren ser voluntarios de la asociación?. ¿Hacéis cursos de formación?... ¿cuáles son las actividades que normalmente desenvuelven los voluntarios?. ¿Cómo es la relación de la asociación con los servicios sociales penitenciarios?.
Muchas gracias.

patchgirl

#14 Respondido en 25:55

j

A mí me llama la atención que diga que el chiringuito es él, que no hay nadie más, pero luego hable en plural: "...ya estamos pensando en..."
O hay más gente o el ego que tiene es digno de reproducir en libros de autoayuda

warheart

#14 está haciendo una demostración del plural mayestático como primera labor de su absolutamente necesaria nueva posición.

j

#12 únicamente me he limitado a comentar sobre la posibilidad de que el protocolo fuera correcto por las causas que expuse. No obstante, y habiendo visto el vídeo y leído por otros medios, parece claro que hubo un desprecio misójino evidente a la Von Der Layen y para más inri tampoco su compañero, el presidente del Consejo Europeo, protestó por el gesto. Por tanto, me retracto del anterior comentario

Cesc_

#17 Este es el protocolo que a mismos puestos de responsabilidad se dió a los europeos cuando eran todos hombres.

Bolgo

#17 No era mi intención ningunear a nadie, había leído la noticia antes en el País