jdelacueva

#6 No es así. Cuando el País sacó su herramienta de la que se podía hacer copy/paste, se llevaban ya dos horas trabajando en esta tabla. Puedes comprobarlo en los tiempos de las URLs de los tuits que tienes en #4

jdelacueva

#5 En el CREA hay 1044 casos de uso de "dineros": http://corpus.rae.es/cgi-bin/crpsrvEx.dll?MfcISAPICommand=buscar&tradQuery=1&destino=0&texto=dineros&autor=&titulo=&ano1=&ano2=&medio=1000&pais=1000&tema=1000 No tiene plural, pero su uso no es infrecuente y estaríamos ante la típica discusión de si la lengua la hacen las academias o el uso.

jdelacueva

#2 Luis, cuando@adelgado llama a la acción era justo a las 12:01 PM

y todavía no estaba colgada la herramienta de El País, que sale a las 14H y así lo anuncia Raul Rivero, una persona y un profesional admirable

Esa y no otra fue la razón de la iniciativa: que cuando lo propone@adelgado todavía El País no lo ha publicado y, por tanto, era imposible de todo punto copiar y pegar nada puesto que la herramienta todavía no había salido.

Saludos.

jdelacueva

#4 Sí, para qué pensar más.

jdelacueva

Son dos enlaces diferentes. En la noticia de hoy es que sólo les quedan 26 diputados por apadrinar y piden ayuda para acabarlo. La noticia de #1 es cuando comenzaron.

jdelacueva

#13 En un pleito siempre hay un abogado que ataca y otro que defiende. Me da que hay un sesgo cognitivo que hace que sólo se piense en los abogados que atacan, olvidándose de los que defienden.

jdelacueva

#11 Por un lado, las asesorías jurídicas de los bancos. Por el otro, el Consejo General de la Abogacía Española. Los primeros solicitan las ejecuciones de las hipotecas y, por tanto, los desahucios. El segundo ponen a disposición de los afectados (y de los abogados de los afectados) un escrito para defenderse de los bancos (y de los abogados de los bancos).

Y sobre el cambio de la ley, la suspensión se solicita también porque el Tribunal de Justicia de la Unión Europea está a punto de decir si la norma de ejecuciones hipotecarias española es conforme con la directiva europea. La abogada de la Comunidad Europea ya ha dicho que nuestra legislación atenta contra la normativa europea y el Tribunal europeo sigue el criterio de la Abogada en un altísimo porcentaje de casos. De ahí que, para evitar situaciones irreparables, se solicita al juez la suspensión hasta que el Tribunal europeo dicte sentencia, sentencia que llegará en breve.

jdelacueva

#9 Claro, ¿se le dices tú a las asesorías jurídicas de los bancos que no presenten las ejecuciones?

jdelacueva

El documento puesto a disposición por el CGAE está en formato pdf. Está transformado en formato doc en el siguiente enlace: https://docs.google.com/document/d/14D3DeNWpgm29hGIecc-zYl4Mj_r91BOkAx5usfi49Bc/edit

jdelacueva
jdelacueva

#1 Tienes razón, ambos posts incluyen la clasificación.

jdelacueva

#47 Con ánimo de entendimiento, simplemente quisiera decirte que en el artículo se analizan dos grupos de valores éticos: los referentes a la auto-estima y los relacionados con la virtud hacia el otro. Y se verifican qué prácticas concretas de los desarrolladores de software libre (olvídemonos del mercado) encajan en una o en otra.

Siendo objeto del artículo el análisis de los actos concretos de los desarrolladores de software libre, es indiferente el mercado. Esto es como si en un artículo sobre los actos de encarnizamiento terapéutico realizados por los médicos (si dichos actos son virtuosos o no) dijésemos que hay que tener en cuenta el mercado. No era esa la intención del artículo, desde luego.

jdelacueva

#31 Pues eso:

El propósito del presente artículo es referenciar los conceptos tratados por estos autores, describir las prácticas concretas que realizan los autores de software libre, la condición de procomún digital de sus desarrollos, y señalar cómo esas prácticas pueden generar mejores ciudadanos que se adaptan a las categorías éticas enumeradas y descritas en el artículo.

Te puedo asegurar con total certeza que el tema comercial no es el objeto del artículo y que al autor del mismo ni se le pasó ese enfoque por la cabeza cuando lo escribió ya que su única pretensión era la de comentar y desarrollar el artículo de Benkler y Nissembaum.

jdelacueva

#27 Es que el propósito del artículo no es señalar el objetivo de esos procesos ni de esa filosofía sino simplemente explicar qué prácticas (no filosóficas sino en la elaboración de código) se realizan. Este artículo parte de la base de que el lector ya sabe cuál es ese objetivo y esa filosofía.

jdelacueva

#20 El objeto del artículo es, sencillamente, granular más la perspectiva analizada por Benkler y Nissenbaum y ver en la práctica cómo funciona lo que ellos han señalado para la teoría.

jdelacueva

Pues sí, es repetida. Cuando la envié, pasó todos los filtros pues es otra URL. Pero debiéramos diferenciar entre repetidas que no pasan a portada y repetidas que ya fueron portada. La otra (sólo hay una repetida, y no dos) no precisaba el verdadero alcance del problema y pasó sin pena ni gloria.

Esta, sin embargo, iba como un cohete hasta que se señaló que era repetida. Y tardó mucho en señalarse tal repetición. En fin, supongo que hay normas mejorables a través de la aplicación de excepciones.

jdelacueva

Cuando el primer comentario a una noticia es de un troll, es que algo bueno pasa.

jdelacueva

#18 Muchas gracias, fast_edi, tienes toda la razón puesto que se trata de deudores. Ya está corregido en el artículo principal. Saludos y, nuevamente, gracias.