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#45 Eso sí, otra cosa es lo que hay escrito y lo que ello comporta.

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No son daños, es una falta de deslucimiento de bienes inmuebles que no importa su cuantía siempre es falta del 626 CP. Confunden el concepto penal de daños con deslucimiento.

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#45 Eso sí, otra cosa es lo que hay escrito y lo que ello comporta.

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#53 No voy a contestarte, lee la Constitución, la LO de procedimiento de Habeas Corpus, La Ley de Enjuiciamiento Criminal y la LOPJ.

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#58 #56 creo que no habéis pillado el sarcasmo de #53. La policía no puede meter a nadie en prisión. Los meten en el calabozo. Se supone deberían haber dicho que "evitaron que lo llevaran al calabozo". De ahí el chiste del Habeas Corpus y sobre que la vecina no tenia derecho a descansar. Esto no pasaría si los policías fueran Jueces (Dredd seal of aproval) (es sarcasmo, por si acaso).

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Dejad de protestar desde casa y sacaros el bocata de la boca: salid a la calle, estudiad y sed políticos y opositad y preparaos oposiciones para que cambiéis las cosas. Desde casita y pataleando lo único que estáis cambiando es vuestro colesterol.

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¿"Los testigos impidieron que acabara en prisión"?

c

#45 si, iba a prisión, no a calabozos, lo juzgaron y condenaron los 12 policíos pero los testigos pidieron nun habeas corpus y dijeron que estaba tocando allí a petición popular, que solo le molestaba a una vecina molesta que no tiene derecho a descansar.

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#53 No voy a contestarte, lee la Constitución, la LO de procedimiento de Habeas Corpus, La Ley de Enjuiciamiento Criminal y la LOPJ.

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#58 #56 creo que no habéis pillado el sarcasmo de #53. La policía no puede meter a nadie en prisión. Los meten en el calabozo. Se supone deberían haber dicho que "evitaron que lo llevaran al calabozo". De ahí el chiste del Habeas Corpus y sobre que la vecina no tenia derecho a descansar. Esto no pasaría si los policías fueran Jueces (Dredd seal of aproval) (es sarcasmo, por si acaso).

D

#53 MIENTES. Si tuvieras un poquito de idea, un poquito, sabrías que los vecinos no pueden pedir un habeas Corpus.

Deja de hacer el payaso y de perturbar el uso normal de este sitio.

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Curioso, todos opinais y ninguno ha preguntado si la sentencia ha sido publicada para constatar la información.

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Pues ya podían haber bajado el horario o dado días en el descuento del 5% del 2010 y en este +o-5% de ahora.

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¿ más el sueldo de ex ministro no ?

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#24 En vegamediapress.com busca por preeminencia y esta la denuncia

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La Policía está del lado de la Ley. Cambiad la Ley y cambiará la Policía.

mfaustino

#40 Eso crea una paradoja, ya que quién manda a la policía son los políticos que hacen las leyes.

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#102: Veamos, prisión preventiva sí, ¿dónde está el auto?¿ alguien ha visto al atestado judicial (que incluye el policial)? Es que veo noticias a diario donde la gente habla, critica y realmente no conoce la información ni lo juzgado, sólo los hechos contados por una de las partes. me parece vergonzoso, criticáis a los jueces cuando ellos al menos deciden sobre hechos (que aquí por lo que veo no conoceis en su totalidad).

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Estoy cansado de tanta noticia sensacionalista, ¿dónde coño está publicada la sentencia? Veamos lo que ha pasado antes de decir nada, ¿no?

D

#101 ¿Qué sentencia? Aquí se habla de la prisión preventiva.

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#102: Veamos, prisión preventiva sí, ¿dónde está el auto?¿ alguien ha visto al atestado judicial (que incluye el policial)? Es que veo noticias a diario donde la gente habla, critica y realmente no conoce la información ni lo juzgado, sólo los hechos contados por una de las partes. me parece vergonzoso, criticáis a los jueces cuando ellos al menos deciden sobre hechos (que aquí por lo que veo no conoceis en su totalidad).

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Cualquiera que tenga una página web y se la cierre esta comisión podrá interponer una denuncia ante los Tribunales ordinarios por vulneración de los derechos fundamentales de libertad de expresión e información, ya que en las páginas web donde se comparten enlaces también se comparten muchas otras cosas, y el cierre del sitio web corresponde a los Tribunales ordinario de Justicia quienes son los encargados de juzgar y hacer ejecutar lo juzgado. El Gobierno, es decir el poder legislativo, no puede realizar esta función ya que es inconstitucional. Se añade además la indefensión del dueño y de los ciudadanos que utilizan ese sitio web por ser dicha comisión Juez y parte en el proceso con un objetivo claro de imparcialidad y vulneración del principio de separación de poderes como se desprende por lo relatado anteriormente.

La jurisprudencia se ha pronunciado ya sobre qués páginas sí violan derecho de propiedad intelectual y cuáles no, al ejecutivo no le gusta y se inventa esta patraña inconstitucional. Habrá que ver si los tribunales ordianrios al ver estas denuncias de cierre de sitios webs interpone una cuestión de inconstitucionalidad al TS, y éste a su vez emite una Sentencia sobre ello.

Poco más que decir..

D

Me parece muy bien que gente como David Bravo & Cia, escriban sobre la ley sinde. El problema es que las palabras no sirven, igual que no sirve el #15m y otros movimientos similares relacionados. Si de verdad creen en lo que dicen que la lleven a los tribunales, que abogados precisamente no les faltan para hacerlo y que se dejen de autopublicitarse con el tema.

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#17 +1

D

#17 ¿unknet ? No disimules, eres Homer Simpson...

Autarca

#17 El problema es que hasta que no se cierre una página no se puede recurrir la ley.

Pakipallá

#26 Exácto... ya dijeron algunos de ésos abogados más activos con el tema que ahora tocaba esperar a que la ley se pusiera en práctica, precisamente para tener base con que ir a los tribunales.
Y yo espero (aunque de la justicia española no suelo esperar nada bueno) que los propios jueces se den cuenta de que no es lógico que apoyen una ley que directamente les ningunéa a ellos, quitándoles sus atribuciones en favor de un ente administrativo.

Kuco

#15 La cuestión de inconstitucionalidad no se envía al Tribunal Supremo (TS), se envía al PPSOE al Tribunal Constitucional; y los magistrados del Tribunal Constitucional son elegidos mayoritariamente por el PPSOE (3/5 partes del Congreso, 3/5 del Senado.... )

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#22 Sí, me he equivocado al poner las siglas

D

#15 Puntualización: El gobierno detenta el poder ejecutivo, es decir, ejecutar. El poder legislativo, legislar o hacer leyes, es del Parlamento. El Gobierno no tiene ningún poder para hacer leyes. Sí es cierto que tiene un poder normativo, pero es menor y muy limitado en comparación con el Parlamento.

Todo lo que tenga rango de Ley, lo hace el Parlamento.

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Siempre ha habido zurdos, otra cosa es que practiques con el otro miembro y puedas realizar tareas con él, pero donde tienes mayor destreza y fuerza es tu miembro preferente, que para los derechos son la derecha y para los zurdos la izquierda.

Info: http://es.wikipedia.org/wiki/Zurdera

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Habría que añadir al título "funcionarios valencianos", ¿no?

yoma

#94 Habría que retirarla ya que está totalmente desmentido toda la noticia.
El sindicato UGT desmiente un hipotético recorte salarial del 10% a funcionarios

Hace 12 años | Por yoma a eleconomista.es

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La diputación permanente puede hacerlo. Está distribuida por 21 miembros repartidos proporcionalmente a los escaños de los grupos parlamentarios. Lo cierto es que su utilidad es para casos de urgencia... pero en España pasa de todo: fraude de ley para formar grupos parlamentarios, corrupción de miembros de partidos políticos de forma indiscriminada... algunos se arrepienten de no haber utilizado la guillotina en su momento.

r

como dice #13, la Ley Sinde ya está aprobada. Es irrelevante lo de la diputación permanente del parlamento que comentan en #8
Lo que se debería haber dicho es que se pretende aprobar el Real Decreto que desarrolla, reglamentariamente, la disposición llamada "ley sinde". Eso lo puede hacer el Gobierno (no el Parlamento), incluso en funciones, aunque, efectivamente, esa aprobación no es un 'trámite ordinario' que es lo que marca la legalidad vigente en cuanto al poder de un gobierno en funciones. de todos modos, el día 22 de diciembre Rajoy puede derogar ese Real Decreto.
Errónea, por tanto