#54 Si tu lees mi comentario verás que comienzo diciendo "que si la empresa comete una irregularidad, o delito, esto deberá ser valorado y sancionado como corresponda". Yo únicamente trataba de hacer una puntualización sobre el titular de esta noticia, en el sentido de que no es lo mismo una obligación coactiva (con fuerza o violencia física o psíquica que se ejerce sobre una persona para obligarla a decir o hacer algo contra su voluntad), que una petición innecesaria, irregular, o ilegal en el contexto de una selección de personal en este caso. Resumiendo, no es lo mismo que yo te obligue a desnudarte utilizando la fuerza, o que te pida "amablemente" que te desnudes. En este caso cuando el titular habla de obligación creo que utiliza el término de forma sensacionalista ya que intuyo que cualquiera de las candidatas estaban en plenas facultades y libertad absoluta de negarse a hacerlo. Lo cual, evidentemente, no anula el hecho de que sea ilegal dentro del marco jurídico que regula los procesos de selección de personal.
Ya que tu respuesta no parece muy elaborada voy a tirar por el camino más corto: te felicito por tener la capacidad de flotar tan bien en el mismo vaso de agua en el que yo me ahogo