anxoperez_1

#35 Exacto. Las matemáticas idiotizan porque solo admiten la resolución de problemas de una manera prefijada. Las letras nunca dan nada por correcto porque no existe nada correcto en sí, la realidad está formada por muchos elementos diferentes todos ellos verdad y todos ellos no verdad absoluta. Creo que el gran problema que tiene la sociedad actual es la visión cerrada del mundo que dan las mal llamadas ciencias puras, que no admiten discusión ni debate, solo seguimiento ciego de sus postulados, como una secta. Así es mucho más fácil manipular a las personas.

#43 Es totalmente al contrario. En las matemáticas hay cosas ciertas y por tanto no manipulables mientras que en las letras cualquier teoría por absurda que sea se acepta porque siempre va a haber un manipulador que la defienda.

D

#54 Es muy fácil manipular con las ciencias. Solo hace falta un experto apoyándose en alguna teoría compleja para defenderás ideas que le interesan. Es como por ejemplo los científicos que decían que no existe el cambio climático o los que aseguraban que fumar no es malo.

#57 La diferencia es que hasta para defender eso se basan en un estudio o algún dato. Para las letras no hace falta nada, simplemente que alguien diga que la materia está compuesta por cuatro elementos y aún lo tendrás escrito en libros de texto casi 3.000 años después.

D

#59 Pero una persona con buena capacidad de lectura y sentido crítico tiene buenas capacidades para discriminar el engaño y manipulación. Esos matices demagogos pueden ser captados con claridad con alguien con formación en letras

#67 Entonces el 99% de los periodistas no tienen formación en letras porque se las traigan todas.

Y no, alguien con formación de letras no tiene capacidad crítica porque le han enseñado a repetir lo que afirma gente con más prestigio por muy poco sentido que tenga. Sin embargo a los de ciencias nos enseñan el método científico, esto es, formular una hipótesis y contrastarla con los resultados.

D

#67 "capacidades para discriminar el engaño y manipulación. [...] Esos matices demagogos pueden ser captados" equivale a capacidades para el engaño y manipulación, esos matices demagogos pueden ser elaborados.

Por qué os empeñais en atribuir siempre buenas intenciones a los que estudian letras, cuando la realidad indica todo lo contrario (que las personas utilizan sus "capacidades" para su propio beneficio)?

D

#57 lo que en realidad estás queriendo decir es que es muy fácil manipular a un ignorante ¿ no ?

D

#88 No tiene por qué. Uno puede saber mucho de unas áreas pero muy poco de otras.

D

#91 a ver, leyendo lo que decías, es que cualquiera que se las dé un poco de experto va a engañar a cualquier otro. Bueno, precisemos, a cualquier otro no, si es alguien con cultura suficiente, enseguida va a desenmascarar al vendehúmos. Y si es alguien con capacidad crítica, sabrá que tiene que informarse, adquirir conocimiento o contrastar otras tesis porque sabe que fiarse ciegamente es algo que puede llevar al error.
Así que solo quedan engañables los ignorantes. Los que no saben ni tienen intención de enterarse. Yo al menos lo veo así.
Lo de saber mucho de un área y poco de otra puede ser ignorancia si uno se deja las áreas importantes en la vida por conocer.

O

#43 Gracias por demostrar que no tienes ni puta idea de lo que son las matemáticas ni las ciencias. Le facilitará el debate a los que quieran rebatirte

D

#43 Si fuera cierto, sabrás que ese experimento debe ser replicable a modo de prueba controlada aleatorizada, de lo contrario no puedes rechazar la hipótesis nula de que no hay efecto estadísticamente significativo.

aironman

#43 negativo por mentir. Las ciencias puras admiten discusión y debate, pero bajo las reglas del método científico. Si te sales de ellas, lógico que no te hagan caso.

La ciencia no es seguimiento ciego de sus postulados, si presentas argumentos con datos corroborables junto con un conjunto de experimentos comprobables por terceros, se te hará caso. Si no, pues no mucho.

Gotsel

#43 visión cerrada sobre las matemáticas la tieneson los que nunca las entendieron, quizás se acomplejen y formulen disparatadas teorías como la que expones. Sin las matemáticas y sus cerrados postulados todavía estaríamos en la edad media.

anxoperez_1

#193 Totalmente de acuerdo. El 99 por ciento de los profesores universitarios no saben enseñar su materia y se dedican a contar cuatro chistes malos creyéndose que son graciosos. Luego los alumnos suspenden porque el nivel que se exige en el examen ellos no lo aportan en las clases. Es una vergüenza. Los exámenes deberían ser corregidos por un equipo docente diferente al que imparte las clases, de esa manera se pondrían las cosas en su sitio y se evaluaría también el rendimiento de los profesores. El caso de este profesor de matemáticas lo que no se ha planteado es que, a lo mejor, sus clases son penosas y los alumnos no se enteran. Y eso no es culpa de los alumnos, es culpa del profesor.

D

#238 mejor para la democracia, yo no quiero que se investiguen ni se persigan las burradas contra los politicos que se puedan decir en un chat privado.

anxoperez_1

#234 Pues ya está, si lo tienes tan claro, tú tienes razón y yo no, nada más que hablar. Lo que les pasé, de todas formas, lo decidirá un juez si es válida o no la denuncia, que, por cierto, ha presentado un miembro de ese grupo de whatsapp, no han sido terceros los que han interceptado la comunicación. Hala, asunto zanjado, ve a defenderlos ante el juez.

D

#235 No va a haber ni imputacion, asi que no hay que defender nada.

anxoperez_1

#237 Pues mejor para ellos.

D

#238 mejor para la democracia, yo no quiero que se investiguen ni se persigan las burradas contra los politicos que se puedan decir en un chat privado.

anxoperez_1

#226 Jueces tiene el Poder Judicial para decidir sobre eso. Yo creo que da igual que sea en público o en privado, todo depende de si los investigados convencen al juez de que era de broma o se ratifican en sus palabras. Esto, por otra parte, en otros países como Francia o Alemania está muy claro, ya estarían en prisión preventiva.

D

#230 "Esto, por otra parte, en otros países como Francia o Alemania está muy claro, ya estarían en prisión preventiva."

por lo que digas en un grupo de whatsapp???? tu deliras.
No va a pasar nada porque no hay delito ninguno, ni falta si quiera. Y no da igual publico o privado:
https://www.mundojuridico.info/el-delito-de-odio/

"a) Quienes públicamente fomenten, promuevan o inciten directa o indirectamente al odio, hostilidad, discriminación o violencia contra un grupo, una parte del mismo o contra una persona determinada por razón de su pertenencia a aquél, por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia, raza o nación, su origen nacional, su sexo, orientación o identidad sexual, por razones de género, enfermedad o discapacidad."

quienes PUBLICAMENTE!!!

anxoperez_1

#234 Pues ya está, si lo tienes tan claro, tú tienes razón y yo no, nada más que hablar. Lo que les pasé, de todas formas, lo decidirá un juez si es válida o no la denuncia, que, por cierto, ha presentado un miembro de ese grupo de whatsapp, no han sido terceros los que han interceptado la comunicación. Hala, asunto zanjado, ve a defenderlos ante el juez.

D

#235 No va a haber ni imputacion, asi que no hay que defender nada.

anxoperez_1

#237 Pues mejor para ellos.

D

#238 mejor para la democracia, yo no quiero que se investiguen ni se persigan las burradas contra los politicos que se puedan decir en un chat privado.

anxoperez_1

#219 http://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Poder-Judicial/Noticias-Judiciales/El-juez-condena-a-un-hombre-a-4-meses-de-prision-por-amenazar-a-su-expareja-a-traves-de-cien-mensajes-de-WhatsApp- Hay más buscando en la web que te adjunto. No siempre se aceptan pero es habitual aceptar los mensajes de whatsapp como prueba. La jurisprudencia es muy reciente, tanto que es de 2015, pero en general se aceptan.

D

#225 PERO ES QUE YO NO DIGO que no se acepte whasapp como prueba, por supuesto que es una prueba, me refiero que el delito SEA COMETIDO EXCLUSIVAMENTE por lo que se diga en whastapp en privado y sin que sea dirigido a la persona.
El delito de odio requiere que sea PUBLICO, leete los enlaces que he dado.
Y aparte, la amenaza tiene que ser creible y fundada, no burradas en plan coña, TU CREES QUE SI UNA PERSONA quiere matar a la alcaldesa lo va a decir delante de 100 policias? es que decis cosas demenciales.

anxoperez_1

#226 Jueces tiene el Poder Judicial para decidir sobre eso. Yo creo que da igual que sea en público o en privado, todo depende de si los investigados convencen al juez de que era de broma o se ratifican en sus palabras. Esto, por otra parte, en otros países como Francia o Alemania está muy claro, ya estarían en prisión preventiva.

D

#230 "Esto, por otra parte, en otros países como Francia o Alemania está muy claro, ya estarían en prisión preventiva."

por lo que digas en un grupo de whatsapp???? tu deliras.
No va a pasar nada porque no hay delito ninguno, ni falta si quiera. Y no da igual publico o privado:
https://www.mundojuridico.info/el-delito-de-odio/

"a) Quienes públicamente fomenten, promuevan o inciten directa o indirectamente al odio, hostilidad, discriminación o violencia contra un grupo, una parte del mismo o contra una persona determinada por razón de su pertenencia a aquél, por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia, raza o nación, su origen nacional, su sexo, orientación o identidad sexual, por razones de género, enfermedad o discapacidad."

quienes PUBLICAMENTE!!!

anxoperez_1

#234 Pues ya está, si lo tienes tan claro, tú tienes razón y yo no, nada más que hablar. Lo que les pasé, de todas formas, lo decidirá un juez si es válida o no la denuncia, que, por cierto, ha presentado un miembro de ese grupo de whatsapp, no han sido terceros los que han interceptado la comunicación. Hala, asunto zanjado, ve a defenderlos ante el juez.

D

#235 No va a haber ni imputacion, asi que no hay que defender nada.

anxoperez_1

#237 Pues mejor para ellos.

anxoperez_1

#203 Claro, pero yo puedo opinar que hay que matar a medio Madrid, con tal de que no tenga un arma y mi amenaza no sea creible más allá de una vulgar conversación pues no pasa nada. Si yo te digo que Carmena debería morir ( ya de por sí una amenaza) y además, todas las noches salgo con un arma a la calle y soy funcionario público y puedo saber cómo llegar hasta ella, entonces estamos hablando de otra cosa, ya no es una amenaza privada o una ida de olla. Todo lo relacionado con derechos fundamentales es muy delicado de determinar. Dicho esto, yo no he defendido que los procesen ni nada parecido. Creo que tanto el juez como el propio Ayuntamiento deben evaluar la posibilidad de una amenaza real y actuar en consecuencia. En Estados Unidos, que son muy especiales para todo esto porque defienden a muerte la libertad de expresión, ya estaría como mínimo suspendidos de empleo y sin su arma reglamentaria a la espera de que concluyera una investigación.

anxoperez_1

#202 El problema es que la justicia no considera un grupo de whatsapp un chat privado. Y no sé, pero tú no tienes un arma todos los días entre manos ni puedes acercarte a Rajoy tan facilmente como un policía municipal a Carmena, digo yo eh, que a lo mejor me equivoco y eres del CNI. Yo con esto no digo que esté de acuerdo o no, digo lo que los tribunales entienden como chat privado y amenazas o discurso del odio. Además, sólo se han abierto diligencias, ya el juez decidirá si los imputa o investiga y a dónde llega el asunto.

D

#207 "El problema es que la justicia no considera un grupo de whatsapp un chat privado"
Eso esta por ver.
" Yo con esto no digo que esté de acuerdo o no, digo lo que los tribunales entienden como chat privado y amenazas o discurso del odio"
me puedes decir una sola persona en españa condenada por decir algo en un grupo de whatsapp???

anxoperez_1

#219 http://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Poder-Judicial/Noticias-Judiciales/El-juez-condena-a-un-hombre-a-4-meses-de-prision-por-amenazar-a-su-expareja-a-traves-de-cien-mensajes-de-WhatsApp- Hay más buscando en la web que te adjunto. No siempre se aceptan pero es habitual aceptar los mensajes de whatsapp como prueba. La jurisprudencia es muy reciente, tanto que es de 2015, pero en general se aceptan.

D

#225 PERO ES QUE YO NO DIGO que no se acepte whasapp como prueba, por supuesto que es una prueba, me refiero que el delito SEA COMETIDO EXCLUSIVAMENTE por lo que se diga en whastapp en privado y sin que sea dirigido a la persona.
El delito de odio requiere que sea PUBLICO, leete los enlaces que he dado.
Y aparte, la amenaza tiene que ser creible y fundada, no burradas en plan coña, TU CREES QUE SI UNA PERSONA quiere matar a la alcaldesa lo va a decir delante de 100 policias? es que decis cosas demenciales.

anxoperez_1

#226 Jueces tiene el Poder Judicial para decidir sobre eso. Yo creo que da igual que sea en público o en privado, todo depende de si los investigados convencen al juez de que era de broma o se ratifican en sus palabras. Esto, por otra parte, en otros países como Francia o Alemania está muy claro, ya estarían en prisión preventiva.

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#230 "Esto, por otra parte, en otros países como Francia o Alemania está muy claro, ya estarían en prisión preventiva."

por lo que digas en un grupo de whatsapp???? tu deliras.
No va a pasar nada porque no hay delito ninguno, ni falta si quiera. Y no da igual publico o privado:
https://www.mundojuridico.info/el-delito-de-odio/

"a) Quienes públicamente fomenten, promuevan o inciten directa o indirectamente al odio, hostilidad, discriminación o violencia contra un grupo, una parte del mismo o contra una persona determinada por razón de su pertenencia a aquél, por motivos racistas, antisemitas u otros referentes a la ideología, religión o creencias, situación familiar, la pertenencia de sus miembros a una etnia, raza o nación, su origen nacional, su sexo, orientación o identidad sexual, por razones de género, enfermedad o discapacidad."

quienes PUBLICAMENTE!!!

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#234 Pues ya está, si lo tienes tan claro, tú tienes razón y yo no, nada más que hablar. Lo que les pasé, de todas formas, lo decidirá un juez si es válida o no la denuncia, que, por cierto, ha presentado un miembro de ese grupo de whatsapp, no han sido terceros los que han interceptado la comunicación. Hala, asunto zanjado, ve a defenderlos ante el juez.

anxoperez_1

#178 A mi en este caso lo único que me preocupa es que los que realizan esas amenazas, sea en público o en privado, lleven un arma y sean funcionarios públicos, lo demás me da igual.

D

#197 ES QUE No son amenazas, son coñas en un chat privado, por definicion la amenaza tiene que ser publica o dirigida a la persona, si yo le digo a mi mujer que voy a matar a rajoy, no me puede denunciar un vecino que lo oye por la pared...y menos si es en plan coña

anxoperez_1

#202 El problema es que la justicia no considera un grupo de whatsapp un chat privado. Y no sé, pero tú no tienes un arma todos los días entre manos ni puedes acercarte a Rajoy tan facilmente como un policía municipal a Carmena, digo yo eh, que a lo mejor me equivoco y eres del CNI. Yo con esto no digo que esté de acuerdo o no, digo lo que los tribunales entienden como chat privado y amenazas o discurso del odio. Además, sólo se han abierto diligencias, ya el juez decidirá si los imputa o investiga y a dónde llega el asunto.

D

#207 "El problema es que la justicia no considera un grupo de whatsapp un chat privado"
Eso esta por ver.
" Yo con esto no digo que esté de acuerdo o no, digo lo que los tribunales entienden como chat privado y amenazas o discurso del odio"
me puedes decir una sola persona en españa condenada por decir algo en un grupo de whatsapp???

anxoperez_1

#219 http://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Poder-Judicial/Noticias-Judiciales/El-juez-condena-a-un-hombre-a-4-meses-de-prision-por-amenazar-a-su-expareja-a-traves-de-cien-mensajes-de-WhatsApp- Hay más buscando en la web que te adjunto. No siempre se aceptan pero es habitual aceptar los mensajes de whatsapp como prueba. La jurisprudencia es muy reciente, tanto que es de 2015, pero en general se aceptan.

D

#225 PERO ES QUE YO NO DIGO que no se acepte whasapp como prueba, por supuesto que es una prueba, me refiero que el delito SEA COMETIDO EXCLUSIVAMENTE por lo que se diga en whastapp en privado y sin que sea dirigido a la persona.
El delito de odio requiere que sea PUBLICO, leete los enlaces que he dado.
Y aparte, la amenaza tiene que ser creible y fundada, no burradas en plan coña, TU CREES QUE SI UNA PERSONA quiere matar a la alcaldesa lo va a decir delante de 100 policias? es que decis cosas demenciales.

anxoperez_1

#226 Jueces tiene el Poder Judicial para decidir sobre eso. Yo creo que da igual que sea en público o en privado, todo depende de si los investigados convencen al juez de que era de broma o se ratifican en sus palabras. Esto, por otra parte, en otros países como Francia o Alemania está muy claro, ya estarían en prisión preventiva.

anxoperez_1

#178 No hombre, yo no doy mi opinión en estos foros, ya opino suficiente en otros. Además, opine lo que opine, mi opinión es irrelevante ya que ni soy diputado, ni pertenezco a ningún partido, ni puedo cambiar la legislación para que no sea delito. Mi aportación era solo para arrojar algo de luz desde el punto de vista jurídico. A mi todo lo que sea coartar la libertad de expresión me parece mal.

D

#196 "A mi todo lo que sea coartar la libertad de expresión me parece mal."
pues eso ya es una opinion, y es muy parecida a la mia.

anxoperez_1

#203 Claro, pero yo puedo opinar que hay que matar a medio Madrid, con tal de que no tenga un arma y mi amenaza no sea creible más allá de una vulgar conversación pues no pasa nada. Si yo te digo que Carmena debería morir ( ya de por sí una amenaza) y además, todas las noches salgo con un arma a la calle y soy funcionario público y puedo saber cómo llegar hasta ella, entonces estamos hablando de otra cosa, ya no es una amenaza privada o una ida de olla. Todo lo relacionado con derechos fundamentales es muy delicado de determinar. Dicho esto, yo no he defendido que los procesen ni nada parecido. Creo que tanto el juez como el propio Ayuntamiento deben evaluar la posibilidad de una amenaza real y actuar en consecuencia. En Estados Unidos, que son muy especiales para todo esto porque defienden a muerte la libertad de expresión, ya estaría como mínimo suspendidos de empleo y sin su arma reglamentaria a la espera de que concluyera una investigación.

anxoperez_1

#171 En fin. No te preocupes que no lo decidiremos ni tú ni yo, lo decidirá el juez y, en su caso, un tribunal. Podrán interponer los recursos que el sistema judicial les da, no hay problema.

D

#177 pero tu que opinas??? debe ser falta o delito lo que uno diga en un chat privado?????? porque si opinas asi, cerremos whatsapp

anxoperez_1

#178 No hombre, yo no doy mi opinión en estos foros, ya opino suficiente en otros. Además, opine lo que opine, mi opinión es irrelevante ya que ni soy diputado, ni pertenezco a ningún partido, ni puedo cambiar la legislación para que no sea delito. Mi aportación era solo para arrojar algo de luz desde el punto de vista jurídico. A mi todo lo que sea coartar la libertad de expresión me parece mal.

D

#196 "A mi todo lo que sea coartar la libertad de expresión me parece mal."
pues eso ya es una opinion, y es muy parecida a la mia.

anxoperez_1

#203 Claro, pero yo puedo opinar que hay que matar a medio Madrid, con tal de que no tenga un arma y mi amenaza no sea creible más allá de una vulgar conversación pues no pasa nada. Si yo te digo que Carmena debería morir ( ya de por sí una amenaza) y además, todas las noches salgo con un arma a la calle y soy funcionario público y puedo saber cómo llegar hasta ella, entonces estamos hablando de otra cosa, ya no es una amenaza privada o una ida de olla. Todo lo relacionado con derechos fundamentales es muy delicado de determinar. Dicho esto, yo no he defendido que los procesen ni nada parecido. Creo que tanto el juez como el propio Ayuntamiento deben evaluar la posibilidad de una amenaza real y actuar en consecuencia. En Estados Unidos, que son muy especiales para todo esto porque defienden a muerte la libertad de expresión, ya estaría como mínimo suspendidos de empleo y sin su arma reglamentaria a la espera de que concluyera una investigación.

anxoperez_1

#178 A mi en este caso lo único que me preocupa es que los que realizan esas amenazas, sea en público o en privado, lleven un arma y sean funcionarios públicos, lo demás me da igual.

D

#197 ES QUE No son amenazas, son coñas en un chat privado, por definicion la amenaza tiene que ser publica o dirigida a la persona, si yo le digo a mi mujer que voy a matar a rajoy, no me puede denunciar un vecino que lo oye por la pared...y menos si es en plan coña

anxoperez_1

#202 El problema es que la justicia no considera un grupo de whatsapp un chat privado. Y no sé, pero tú no tienes un arma todos los días entre manos ni puedes acercarte a Rajoy tan facilmente como un policía municipal a Carmena, digo yo eh, que a lo mejor me equivoco y eres del CNI. Yo con esto no digo que esté de acuerdo o no, digo lo que los tribunales entienden como chat privado y amenazas o discurso del odio. Además, sólo se han abierto diligencias, ya el juez decidirá si los imputa o investiga y a dónde llega el asunto.

D

#207 "El problema es que la justicia no considera un grupo de whatsapp un chat privado"
Eso esta por ver.
" Yo con esto no digo que esté de acuerdo o no, digo lo que los tribunales entienden como chat privado y amenazas o discurso del odio"
me puedes decir una sola persona en españa condenada por decir algo en un grupo de whatsapp???

anxoperez_1

#219 http://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Poder-Judicial/Noticias-Judiciales/El-juez-condena-a-un-hombre-a-4-meses-de-prision-por-amenazar-a-su-expareja-a-traves-de-cien-mensajes-de-WhatsApp- Hay más buscando en la web que te adjunto. No siempre se aceptan pero es habitual aceptar los mensajes de whatsapp como prueba. La jurisprudencia es muy reciente, tanto que es de 2015, pero en general se aceptan.

anxoperez_1

#164 Si es tu mujer la que te graba, sí puede haber delito de amenazas. Si es un tercero no. Y sí, se puede denunciar a alguien por lo que diga, dependiendo qué, en un chat, en una conversación privada o en otro tipo de foro. Puede estar bien o mal, ser correcto o incorrecto, pero es legal.

D

#167 Porque las AMENAZAS van dirigidas a mi interlocutor; es un caso diferente. Seria falta o delito si el whatsapp va dirigido a la carmena.
" Y sí, se puede denunciar a alguien por lo que diga"
NO, falso, si son injurias o delitos de odio, no es valido si no se hace con caracter publico, o dirigido a la persona injuriada.

anxoperez_1

#171 En fin. No te preocupes que no lo decidiremos ni tú ni yo, lo decidirá el juez y, en su caso, un tribunal. Podrán interponer los recursos que el sistema judicial les da, no hay problema.

D

#177 pero tu que opinas??? debe ser falta o delito lo que uno diga en un chat privado?????? porque si opinas asi, cerremos whatsapp

anxoperez_1

#178 No hombre, yo no doy mi opinión en estos foros, ya opino suficiente en otros. Además, opine lo que opine, mi opinión es irrelevante ya que ni soy diputado, ni pertenezco a ningún partido, ni puedo cambiar la legislación para que no sea delito. Mi aportación era solo para arrojar algo de luz desde el punto de vista jurídico. A mi todo lo que sea coartar la libertad de expresión me parece mal.

D

#196 "A mi todo lo que sea coartar la libertad de expresión me parece mal."
pues eso ya es una opinion, y es muy parecida a la mia.

anxoperez_1

#203 Claro, pero yo puedo opinar que hay que matar a medio Madrid, con tal de que no tenga un arma y mi amenaza no sea creible más allá de una vulgar conversación pues no pasa nada. Si yo te digo que Carmena debería morir ( ya de por sí una amenaza) y además, todas las noches salgo con un arma a la calle y soy funcionario público y puedo saber cómo llegar hasta ella, entonces estamos hablando de otra cosa, ya no es una amenaza privada o una ida de olla. Todo lo relacionado con derechos fundamentales es muy delicado de determinar. Dicho esto, yo no he defendido que los procesen ni nada parecido. Creo que tanto el juez como el propio Ayuntamiento deben evaluar la posibilidad de una amenaza real y actuar en consecuencia. En Estados Unidos, que son muy especiales para todo esto porque defienden a muerte la libertad de expresión, ya estaría como mínimo suspendidos de empleo y sin su arma reglamentaria a la espera de que concluyera una investigación.

anxoperez_1

#178 A mi en este caso lo único que me preocupa es que los que realizan esas amenazas, sea en público o en privado, lleven un arma y sean funcionarios públicos, lo demás me da igual.

D

#197 ES QUE No son amenazas, son coñas en un chat privado, por definicion la amenaza tiene que ser publica o dirigida a la persona, si yo le digo a mi mujer que voy a matar a rajoy, no me puede denunciar un vecino que lo oye por la pared...y menos si es en plan coña

anxoperez_1

#202 El problema es que la justicia no considera un grupo de whatsapp un chat privado. Y no sé, pero tú no tienes un arma todos los días entre manos ni puedes acercarte a Rajoy tan facilmente como un policía municipal a Carmena, digo yo eh, que a lo mejor me equivoco y eres del CNI. Yo con esto no digo que esté de acuerdo o no, digo lo que los tribunales entienden como chat privado y amenazas o discurso del odio. Además, sólo se han abierto diligencias, ya el juez decidirá si los imputa o investiga y a dónde llega el asunto.

anxoperez_1

#153 Ni pido ni dejo de pedir, solo digo lo que aceptan los tribunales como prueba en un juicio. Y no solo hay esa prueba en este caso, por lo que se dice hay una denuncia de un miembro de ese whatsapp. Supongo que llamarán a los miembros del chat y declarán algunos como investigados y otros como testigos. De todo eso, el juez calificará los hechos como considere oportuno en función de las pruebas que tenga.

D

#163 PERO siguiendo tu argumento, fijate que absurdo. Si yo en mi casa, en mi habitacion, en privado, a mi mujer, le suelto una burrada, y tengo un micro espiando, esa burrada no puede ser considerada injurias a nadie, en ningun caso.
Otra cosa es que le diga donde esta el cadavez del vecino. ves la diferencia?
El delito de DECIR algo nunca puede serlo en la privacidad, otra cosa es el contenido de prueba de otros delitos diferentes.
" Supongo que llamarán a los miembros del chat y declarán algunos como investigados y otros como testigos. De todo eso, el juez calificará los hechos como considere oportuno en función de las pruebas que tenga."
me parece demencial que ni siquiera estemos discutiendo que se puede llamar a nadie por lo que se diga en un chat de whatsapp, y no si la peña esta troleando.

anxoperez_1

#164 Si es tu mujer la que te graba, sí puede haber delito de amenazas. Si es un tercero no. Y sí, se puede denunciar a alguien por lo que diga, dependiendo qué, en un chat, en una conversación privada o en otro tipo de foro. Puede estar bien o mal, ser correcto o incorrecto, pero es legal.

D

#167 Porque las AMENAZAS van dirigidas a mi interlocutor; es un caso diferente. Seria falta o delito si el whatsapp va dirigido a la carmena.
" Y sí, se puede denunciar a alguien por lo que diga"
NO, falso, si son injurias o delitos de odio, no es valido si no se hace con caracter publico, o dirigido a la persona injuriada.

anxoperez_1

#171 En fin. No te preocupes que no lo decidiremos ni tú ni yo, lo decidirá el juez y, en su caso, un tribunal. Podrán interponer los recursos que el sistema judicial les da, no hay problema.

D

#177 pero tu que opinas??? debe ser falta o delito lo que uno diga en un chat privado?????? porque si opinas asi, cerremos whatsapp

anxoperez_1

#178 No hombre, yo no doy mi opinión en estos foros, ya opino suficiente en otros. Además, opine lo que opine, mi opinión es irrelevante ya que ni soy diputado, ni pertenezco a ningún partido, ni puedo cambiar la legislación para que no sea delito. Mi aportación era solo para arrojar algo de luz desde el punto de vista jurídico. A mi todo lo que sea coartar la libertad de expresión me parece mal.

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#178 A mi en este caso lo único que me preocupa es que los que realizan esas amenazas, sea en público o en privado, lleven un arma y sean funcionarios públicos, lo demás me da igual.

anxoperez_1

#8 Los chats de Whatsapp son privados hasta que uno los hace públicos o los denuncia como parece ser el caso puesto que un agente lo denunció. Hay abundante jurisprudencia al respecto y existen responsabilidades incluso penales, así que cuidado con las conversaciones e whatsapp. http://www.economistjurist.es/articulos-juridicos-destacados/el-caso-whatsapp-las-aplicaciones-de-mensajeria-instantanea-como-medio-de-prueba-en-el-procedimiento-judicial/

D

#106 UNA COSA Es usar whatsapp como prueba de otros hechos, que usarlo como prueba en sí unica para los hechos en sí, en este caso, injurias o similar.
Si meterse con un politico por whastapp debe ser perseguido, entonces hay que cerrar whatsapp, cuidado con lo que pedis....

anxoperez_1

#153 Ni pido ni dejo de pedir, solo digo lo que aceptan los tribunales como prueba en un juicio. Y no solo hay esa prueba en este caso, por lo que se dice hay una denuncia de un miembro de ese whatsapp. Supongo que llamarán a los miembros del chat y declarán algunos como investigados y otros como testigos. De todo eso, el juez calificará los hechos como considere oportuno en función de las pruebas que tenga.

D

#163 PERO siguiendo tu argumento, fijate que absurdo. Si yo en mi casa, en mi habitacion, en privado, a mi mujer, le suelto una burrada, y tengo un micro espiando, esa burrada no puede ser considerada injurias a nadie, en ningun caso.
Otra cosa es que le diga donde esta el cadavez del vecino. ves la diferencia?
El delito de DECIR algo nunca puede serlo en la privacidad, otra cosa es el contenido de prueba de otros delitos diferentes.
" Supongo que llamarán a los miembros del chat y declarán algunos como investigados y otros como testigos. De todo eso, el juez calificará los hechos como considere oportuno en función de las pruebas que tenga."
me parece demencial que ni siquiera estemos discutiendo que se puede llamar a nadie por lo que se diga en un chat de whatsapp, y no si la peña esta troleando.

anxoperez_1

#164 Si es tu mujer la que te graba, sí puede haber delito de amenazas. Si es un tercero no. Y sí, se puede denunciar a alguien por lo que diga, dependiendo qué, en un chat, en una conversación privada o en otro tipo de foro. Puede estar bien o mal, ser correcto o incorrecto, pero es legal.

D

#167 Porque las AMENAZAS van dirigidas a mi interlocutor; es un caso diferente. Seria falta o delito si el whatsapp va dirigido a la carmena.
" Y sí, se puede denunciar a alguien por lo que diga"
NO, falso, si son injurias o delitos de odio, no es valido si no se hace con caracter publico, o dirigido a la persona injuriada.

anxoperez_1

#171 En fin. No te preocupes que no lo decidiremos ni tú ni yo, lo decidirá el juez y, en su caso, un tribunal. Podrán interponer los recursos que el sistema judicial les da, no hay problema.

anxoperez_1

#192 El delito es sustracción de menores (no secuestro) y una vez devueltos los niños ya no consideran que pueda volver a reiterar el delito ni se mantiene ya, por tanto la peligrosidad que se supone para decretar prisión provisional no existe. Además, tampoco se arriesgaría a fugarse. En su momento la juzgarán por el delito de sustracción de menores y desobediencia. Está invesigada por dos delitos, los dos con penas de prisión.

salteado3

#193 Creo que al final van a tener que prohibir que se sepa el sexo del progenitor investigado para que haya justicia.

"Un progenitor se ha llevado a los hijos comunes y no los quiere devolver. El juez así lo ha dictaminado, pero pasa, por lo que está en búsqueda y captura. Tiene un asesor que sabe donde está."

Se le da la orden a la guardia civil y a ver qué hubiera pasado.

anxoperez_1

#96 Que estés condenado a una pena inferior a dos años es uno de los requisitos del Artículo 80 del Código Penal, pero tienes que cumplir más requisitos, no solo ese. Y sí, es ley, no es costumbre, lo que ocurre es que hay factores subjetivos que quedan al arbitrio del juez si cumples los objetivos.

anxoperez_1

#154 Claro, pero para eso debería haber denunciado dónde debía y cuándo debía. No se puede cometer un delito porque piensas que se puede cometer otro.

anxoperez_1

#82 Habría causa justificada si ella hubiera denunciado malos tratos EN ITALIA, pero como no lo hizo, en este caso no hay causa justificada, o si la hay nadie la ha explicado hasta ahora.

anxoperez_1

#149 Es que la detuvieron cuando fue a declarar ante el juez. No se presentó ella voluntariamente, la detuvo la Policía antes cumpliendo la orden judicial.

D

#184 ahhh ok, y solo se pasó una hora... bueno..
Esperemos que se celebre un juicio y si es culpable. que personalmente no lo dudo, cumpla con lo estipulado por la ley.
Desgraciadamente quien va a pagar todo esto son los hijos.. ademas de todo lo que han pagado ya.
Saludos.

anxoperez_1

#101 No, el delito está cometido ya que es la violación en sí, pero si te detienen por ese delito la Fiscalía o el Juez pueden considerar que eres un mierdecilla que no supone un peligro para la sociedas, que no vas a volver a violarla o que no vas a huir mientras esperas juicio. Entonces te dejan en libertad provisional y cuando llegue el juicio se te cae el pelo porque irás a la cárcel por la violación sí o sí. En un caso de violación, depende de la peligrosidad, lo más probable es que la Fiscalía pida prisión como medida cautelar.

salteado3

#182 En este caso el delito (secuestro) también está cometido y entiendo que a Juana la consideran una mierdecilla pero que más adelante ya la juzgarán. Ok.

anxoperez_1

#192 El delito es sustracción de menores (no secuestro) y una vez devueltos los niños ya no consideran que pueda volver a reiterar el delito ni se mantiene ya, por tanto la peligrosidad que se supone para decretar prisión provisional no existe. Además, tampoco se arriesgaría a fugarse. En su momento la juzgarán por el delito de sustracción de menores y desobediencia. Está invesigada por dos delitos, los dos con penas de prisión.

salteado3

#193 Creo que al final van a tener que prohibir que se sepa el sexo del progenitor investigado para que haya justicia.

"Un progenitor se ha llevado a los hijos comunes y no los quiere devolver. El juez así lo ha dictaminado, pero pasa, por lo que está en búsqueda y captura. Tiene un asesor que sabe donde está."

Se le da la orden a la guardia civil y a ver qué hubiera pasado.

anxoperez_1

#2 No, esto afecta únicamente a las medidas cautelares, el proceso por sustracción de menores continúa, solo que la Fiscalía entiende que ya no hace falta que entre en prisión. Antes sí porque se continuaba con el delito de sustracción, ahora ese delito ha cesado, pero será juzgada por él claro, lo que no se considera imprescindible es la prisión, mientras el delito persistía sí porque los niños estaban desaparecidos y podía huir con ellos. Pero el delito será juzgado porque ella sigue investigada. Ten en cuenta que mantuvo el delito durante un año, eso se acaba pagando.

anxoperez_1

#101 Se les imputa porque son posibles cooperadores necesarios en la comisión de un delito porque, lógicamente, antes de su huída, los familiares deberían saber dónde están los niños. En cuanto a las dos del centro de la mujer, la señora esta que se presenta como asesora, como legalmente no lo puede ser, entonces tiene que declarar como posible inductora de un delito de sustracción de menores porque si Juana actuó inducida por esta señora, es decir "asesorada" por ella como dice, es autora también del delito. Y la psicóloga se imputó ella misma con una nota que publicó en los medios al reconocer que veía y trataba a los niños. Evidentemente, sabiendo que hay una orden de entrega, tu obligación como profesional es poner esos hechos en conocimiento de las autoridades. Ambas pueden ser acusadas como autoras del delito por cooperación necesaria y no te extrañe que la jueza dicte medidas cautelares como prisión provisional. En cuanto a los familiares, tienen que saber dónde están los niños porque si no el caso podría empeorar aún más para Juana, que ya lo tiene muy jodido para no acabar en prisión y, sobre todo, perder la patria potestad de los niños. No los va a ver en 10 años.

anxoperez_1

#19 No lo expliques más que se te entiende, excepto el que no quiere entender. Si España recortara en lo que debe recortar también le iría bien, pero como recorta en Educación y Sanidad básicamente pues le va mal. En lo que no recorta España es el choriceo, que sigue.

anxoperez_1

#5 El artículo no destiente nada de lo dicho, ha revertido recortes, cosa que en España no ha ocurrido por mucho que lo diga el artículo porque los salarios de los funcionarios, por ejemplo, siguen siendo más bajos que antes de la crisis y en Portugal no. En cuanto a la indexación de las pensiones al IPC quiere decir ni más ni menos que han puesto lo que había aquí antes de que Rajoy lo quitara. Aquí las pensiones bajan, en Portugal se mantienen. Es decir, el artículo viene a decir que Portugal ha hecho lo contrario de lo que le han mandado y le sale bien porque hay otra política económica posible, pero eso la extrema derecha española no puede consentir que se sepa y saca artículos que se contradicen en sí mismos.

anxoperez_1

#26 Excepto en la jurisdicción civil para asuntos relacionados con la legislación foral, no confundir con las competencias transferidas, sino con la legislación foral civil propia de determinadas comunidades. Ahí sientan jurisprudencia los tribunales superiores.