al_tanteo

No se para que inventan nada... Si no hace falta.
Ahí están las imágenes de tv viendo como apalean a un madero. No es necesario criminalizar nada.

Graphbeat

#220 por cada manifestante muerto habrá 4 más.

al_tanteo

#224 es decir 5 manis muertos no?... 1 + 4...

al_tanteo

#220 Primero indicarle que no estoy buscando pareja ni tenemos la confianza para estar con cariño, cielo, tesoro, mi vida, bonito...
Segundo. En el artículo no pone que tuvieran una órden, ni que no la tuvieran (ni falta que les hace) y menos dar una copia de nada a familiares ... ni preceptiva ni obligatoria...
Creo que ha caído Vd. en argumento ad ignorantiam (falacia) al afirmar que dado que no lo pone no la tienen; que tanto teniendo estudios de derecho como de periodismo debería saber, y en periodismo también se estudia cómo escribir correctamente, expresar ideas, ética.... de lo que veo también carece.-
Los enlaces que Vd. ha colgado son:
www.boe.es/buscar/pdf/1912/BOE-A-1912-1123-consolidado.pdf;
www.elperiodico.com/es/noticias/politica/entidad-impulsada-julio-angui...;
www.meneame.net/story/policia-pillado-video-inventandose-cargos-contra....; y ya está.-

Estará orgulloso... ¡qué argumentación!
A mo ser que quiera añadir los enlaces del que parece su compañero de catre Atiqueteimporta que son del mismo corte (abc, elconfidencial, el pais, eldiario....)
Le reitero que revise #72 y #92 donde el usuario fernandisco expone de una forma tan sencilla y directa el tema de la confidencialidad que hasta VD. puede entenderlo, y deja el siguiente enlace
http://www.agpd.es/portalwebAGPD/canaldocumentacion/informes_juridicos/cesion_datos/common/pdfs/2008-0133_Comunicacion-de-datos-a-la-Policia-Judicial-sin-mandamiento-judicial.pdf donde se deja bien claro todo....
ahora recuerde Policía Judicial=Policía=Asuntos internos
La AEPD no juzga delitos;
Apropiación indebida en grado de tentativa (de lo mejor) no corresponde... bien jurídico que Vd. quiere defender intimidad u honor.-
La policía debe iniciar de "motu proprio" como tú dices una investigación si tiene conocimiento de un hecho... o están esperando a que un hecho llegue a oídos de un juez y que se lo ordene... venga hombre.-
En el #182 hay unas pocas perlas.... Abuso de fuerza Nuevo delito señores.... al rico delito nuevo... si no existe Loki se lo inventaaaaa es cojonudo como periolisto mal pero como habogado te sales. Lo pone encima de donde lo has copiado Agravantes.... Delito de coacciones por violencia moras o psíquica... ¿cuando un policía te pregunta la hora piensas que te está llegando la hora y es una amenaza?... si te pregunta dónde vives ya es de cajón que te va a ir a buscar a la puerta una noche de estas.-
en el mismo post "revelación de información reservada".. pa'mear y no echar gota... dices que la AEPD se tendrá que pronunciar... arriba tienes cómo se pronunció.-
#189 Te montas tu peliculita imaginando cómo ha sido... no se si practicas el onanismo mientras te figuras cómo hombres duros con porras te preguntan cosas ... pero me da la impresión de que tienes fantasías íntimas y recurrentes con ese temita. No se si esos sueños te los protege la AEPD.-
#193 Arg. ad logicam
#199 De lo bueno lo mejor... más película que vemos donde no hay, la poli vende el informe a un periolisto como tú.-
Resumen de sandeces y te vas olvidando de otras... y todavía insisten en refutar cosas... ¡Qué huevos tienes!

Y así el resto.-
Consejo: escribe un poco mejor... ya sabes trabaja estilo y expresión. Menor expresiones tipo gritos... zas en la jeta.. caritas (emoticonos)... aprovecha la educación que tus padres te pagaron con tanto esfuerzo y que no has sabido aprovechas. Y repasa derecho perolístico entre otras cosas.-

D

#223

>Primero indicarle que no estoy buscando pareja ni tenemos la confianza

Segundo indicarte que si tu tienes la desfachatez de mentirnos e intentar decir cosas falsas con la candidez de un niño yo tenga el atrevimiento de tratarte como tal

>Segundo. En el artículo no pone que tuvieran una órden, ni que no la tuvieran

Tercero: Claro, pequeño detalle que los redactores obvian, caso que no seria publicado ni anunciado por los familiares ni por los periodistas -ni el nombre del juzgado o juez encargado- ...tampoco dice que los "policías" pegaran a los medico, pero aplicando tu selectiva ¿inteligencia? vamos entonces a suponer que si ¿no?...cosas que se saltan para ajustar a la realidad y tal...
Venga, tu eres quien tiene que demostrar que la tenían, ya que en la noticia no viene. A partir de ahí, cualquier tontería que quieras poner, pero que te deja como cagancho en las ventas
lolXXDXDXDXDXDXDXD
Hay que ser de los muy muy listos, de verdad..pero no pienses que el resto no lo somos.

>Estará orgulloso... ¡qué argumentación!

Pues si, triplica en enlaces a los tuyos, y esta bien fundamentado...


>www.agpd.es/portalwebAGPD/canaldocumentacion/informes_juridicos/cesion

D

#223 Pierdes el tiempo. Insisto. En el momento en el que ha dejado clara su postura anti-policial ya ningún argumento lógico le va a resultar válido. Aunque salga una sentencia ( que no va a salir porque no hay denuncia admisible porque no hay delito denunciado ni denunciable ) dirá que la justicia es una mierda... etc.

Te encontrarás al usuario en todo meneo en el que se ponga a caldo a la policía... probablemente por una experiencia negativa vivida y a partir de ahí extrapolará cualquier hecho a negativo y en cuanto se le desborde con razonamientos innegables empezará con insultos como podrás ver en su historial. Rabia contenida.

Mi consejo. Déjalo ya y ponle ignore.

De todas formas gracias por intentar seguir la lógica sin prejuzgar.

al_tanteo

#55 para empezar yo no te he insultado... Ni me he montado ninguna película... Me ciño a lo que dice la ley.
Suponiendo que ese hombre huye, no se si llegó a efectuar algún disparo, y se cruza con una persona que va en su coche (tu madre por ejemplo) le levanta la tapa de los sesos de un tiro y se fuga con el coche. Y sabemos que es capaz porque lo ha hecho anteriormente.
,¿ te parece que hay riesgo para terceras personas o sigues pensando poli kaka?
Tu sigue pensando en leyes de hace décadas y llegaras al derecho de pernada.
Un saludo.

al_tanteo

#36 Ley Orgánica 2/86 art. 5.2.d Solamente deberán utilizar las armas en las situaciones en que exista un riesgo racionalmente grave para su vida, su integridad física o las de terceras personas, o en aquellas circunstancias que puedan suponer un grave riesgo para la seguridad ciudadana y de conformidad con los principios a que se refiere el apartado anterior.

Enhorabuena veo que eres de los que siguen pensando que la policía actual es policía franquista. Antes de que respondas alguna salvajada que sepas que no soy policía.
Enhorabuena también a los que han votado positivo un comentario tan sesudo y acertado.
Un saludo.

dreierfahrer

#53 el q una persona este armada y huyendo no es riesgo racionalmente grave para la vida de un policia q le dispara por la espalda. Sin embargo si q justificaba su asesinato la ley de fugas.

Y se q no eres policia, eres gilipollas. Y tienes unas peliculas montadas en la caneza q dan miedo

D

#55 en las situaciones en que exista un riesgo racionalmente grave para su vida, su integridad física o las de terceras personas, o en aquellas circunstancias que puedan suponer un grave riesgo para la seguridad ciudadana

No que va, una persona armada y huyendo que ya ha matado antes y que encima se pone a pegar tiros a un vehículo tripulado no es un riesgo para nadie.

Por cierto, no hace poco comentabas que te parecía indignante que te quitaran el derecho a defenderte dejando las armas en manos de la policía, y ahora te quejas de que la policía emplee las armas para abatir a un asesino peligroso. Lo tuyo es tomarla con la policía haga lo que haga y ya está, ¿no?

dreierfahrer

#56 Si a alguien le disparan por la espalda es que en ese momento no era un riesgo para el que le ha disparado.

No me he leido la noticia, pero es que me da igual: si la policia mata a alguien de un tiro en la espalda espero que lo pueda justificar muy bien.

Y espero que la policia se lo piense muy mucho antes de disparar a nadie y que cuando lo haga no se acabe con un 'se lo merecia' o alguna payasada de esas que hay en los primeros comentarios sino con una investigacion objetiva que diga si ese tio puede o no seguir siendo policia.

Por cierto, no hace poco comentabas que te parecía indignante que te quitaran el derecho a defenderte dejando las armas en manos de la policía, y ahora te quejas de que la policía emplee las armas para abatir a un asesino peligroso

No me quejo si era necesario hacerlo. Si no lo era por supuesto que me quejo, no lo debieran hacer ni se debiera tapar si lo hacen. Sobre lo de mis quejas? seguramente habra sido a alguno que me haya dicho la chorrada de 'y si te roban a quien llamas?' pues hombre, claro, si me prohiben la posibilidad de defenderme a mi mismo y ademas quiera o no les tengo que pagar el sueldo... todavia les voy a tener que lamer el falo...

No es tomarla con la policia, es que la tengan controlada: matar a alguien por la espalda suena mal... que se aclare...


PD: Si, la policia me da el mayor asco del mundo, no se equivoque nadie, pero esto no tiene nada que ver con eso. Entiendo que si se ven en apuros tienen que usar sus armas... pero si se ven en apuros y eso no casa bien con un tiro por la espalda...

Que tampoco digo que no este justificado, probablemente lo este (un tiroteo, vale, es probable) pero lo que me jode es que todo lo que van a investigar va a ser tomar declaracion a los policias que dispararon (que son todos parte) y puerta al asunto.

al_tanteo

#55 para empezar yo no te he insultado... Ni me he montado ninguna película... Me ciño a lo que dice la ley.
Suponiendo que ese hombre huye, no se si llegó a efectuar algún disparo, y se cruza con una persona que va en su coche (tu madre por ejemplo) le levanta la tapa de los sesos de un tiro y se fuga con el coche. Y sabemos que es capaz porque lo ha hecho anteriormente.
,¿ te parece que hay riesgo para terceras personas o sigues pensando poli kaka?
Tu sigue pensando en leyes de hace décadas y llegaras al derecho de pernada.
Un saludo.

al_tanteo

#7 si huye armado y sabiendo que es capaz de matar...

dreierfahrer

#31 Se llamo 'ley de fugas' y permitio la ejecucion extrajudicial de opositores al regimen franquista.

Enhorabuena, veo que las mayores salvajadas del franquismo son cosas que te parecen razonables...

al_tanteo

#36 Ley Orgánica 2/86 art. 5.2.d Solamente deberán utilizar las armas en las situaciones en que exista un riesgo racionalmente grave para su vida, su integridad física o las de terceras personas, o en aquellas circunstancias que puedan suponer un grave riesgo para la seguridad ciudadana y de conformidad con los principios a que se refiere el apartado anterior.

Enhorabuena veo que eres de los que siguen pensando que la policía actual es policía franquista. Antes de que respondas alguna salvajada que sepas que no soy policía.
Enhorabuena también a los que han votado positivo un comentario tan sesudo y acertado.
Un saludo.

dreierfahrer

#53 el q una persona este armada y huyendo no es riesgo racionalmente grave para la vida de un policia q le dispara por la espalda. Sin embargo si q justificaba su asesinato la ley de fugas.

Y se q no eres policia, eres gilipollas. Y tienes unas peliculas montadas en la caneza q dan miedo

D

#55 en las situaciones en que exista un riesgo racionalmente grave para su vida, su integridad física o las de terceras personas, o en aquellas circunstancias que puedan suponer un grave riesgo para la seguridad ciudadana

No que va, una persona armada y huyendo que ya ha matado antes y que encima se pone a pegar tiros a un vehículo tripulado no es un riesgo para nadie.

Por cierto, no hace poco comentabas que te parecía indignante que te quitaran el derecho a defenderte dejando las armas en manos de la policía, y ahora te quejas de que la policía emplee las armas para abatir a un asesino peligroso. Lo tuyo es tomarla con la policía haga lo que haga y ya está, ¿no?

dreierfahrer

#56 Si a alguien le disparan por la espalda es que en ese momento no era un riesgo para el que le ha disparado.

No me he leido la noticia, pero es que me da igual: si la policia mata a alguien de un tiro en la espalda espero que lo pueda justificar muy bien.

Y espero que la policia se lo piense muy mucho antes de disparar a nadie y que cuando lo haga no se acabe con un 'se lo merecia' o alguna payasada de esas que hay en los primeros comentarios sino con una investigacion objetiva que diga si ese tio puede o no seguir siendo policia.

Por cierto, no hace poco comentabas que te parecía indignante que te quitaran el derecho a defenderte dejando las armas en manos de la policía, y ahora te quejas de que la policía emplee las armas para abatir a un asesino peligroso

No me quejo si era necesario hacerlo. Si no lo era por supuesto que me quejo, no lo debieran hacer ni se debiera tapar si lo hacen. Sobre lo de mis quejas? seguramente habra sido a alguno que me haya dicho la chorrada de 'y si te roban a quien llamas?' pues hombre, claro, si me prohiben la posibilidad de defenderme a mi mismo y ademas quiera o no les tengo que pagar el sueldo... todavia les voy a tener que lamer el falo...

No es tomarla con la policia, es que la tengan controlada: matar a alguien por la espalda suena mal... que se aclare...


PD: Si, la policia me da el mayor asco del mundo, no se equivoque nadie, pero esto no tiene nada que ver con eso. Entiendo que si se ven en apuros tienen que usar sus armas... pero si se ven en apuros y eso no casa bien con un tiro por la espalda...

Que tampoco digo que no este justificado, probablemente lo este (un tiroteo, vale, es probable) pero lo que me jode es que todo lo que van a investigar va a ser tomar declaracion a los policias que dispararon (que son todos parte) y puerta al asunto.

al_tanteo

#55 para empezar yo no te he insultado... Ni me he montado ninguna película... Me ciño a lo que dice la ley.
Suponiendo que ese hombre huye, no se si llegó a efectuar algún disparo, y se cruza con una persona que va en su coche (tu madre por ejemplo) le levanta la tapa de los sesos de un tiro y se fuga con el coche. Y sabemos que es capaz porque lo ha hecho anteriormente.
,¿ te parece que hay riesgo para terceras personas o sigues pensando poli kaka?
Tu sigue pensando en leyes de hace décadas y llegaras al derecho de pernada.
Un saludo.

al_tanteo

Murió de parada cardiorrespiratoria como todo el mundo.

al_tanteo

Esto lo tenían que aplicar a ciertas personas condenadas... Imagina por la calle a un político con cartel colgado diciendo yo he sido condenado por malversación... Bueno primero debe se condenado y hoy en día lo veo imposible.

al_tanteo

Nada nuevo en el horizonte... Ni en el vídeo.

al_tanteo

Como en todos los países hay de todo.
La pena que los rumanos trabajadores se van de España por falta de trabajo y se quedan los que roban y dan mala fama al colectivo porque en este país hay menos trabas legales y es más fácil delinquir que trabajar.-

al_tanteo

#218 si que sacas tu información extra de ese artículo. Lo que estas diciendo no viene en ese artículo sólo dice que la policía fue al hospital... Por lo visto tu sabes que no hay ninguna investigación abierta, que no tiene conocimiento ningún juez, etc estas inventando información y las fuentes de las que te hablo son el CP, la LECrim, jurisprudencia (todo esto puedes buscarlo pero no te viene en el diario.es abc.es el país.com etc) y la experiencia personal... No creo que con el conocimiento que demuestras hayas asistido a algún juicio ni hayas tenido diligencias policiales en la mano. Te repito que cuando se toma declaración a un persona en sede judicial o manifestación en jucio oral el acusado (mejor dicho su defensa) ya ha tenido acceso a los datos contenidos en el atestado incluyendo partes de lesiones o informes médicos porque sino no se puede practicar una defensa. Además hace falta el informe medico para en este caso saber si el "ictus" ha sido causado por un golpe o por una afección previa y eso solo lo puede decir un medico.
El resto de lo que te he expuesto es el procedimiento habitual de la practica de diligencias previas a la vista. Ni más ni menos y te repito que desde la experiencia personal siempre es así.
El simple oficio del instructor (policía) solicitando el informe ya es una petición formal.

al_tanteo

#216 argumentos te he dado de sobra. No ve el que no quiere...
1 policía tiene conocimiento de un hecho delictivo. Un funcionario de policía es el instructor de citado atestado y normalmente va auxiliado de otro llamado secretario. Realizará los cometidos necesarios para esclarecer los hechos... Como por ejemplo interesarse por las lesiones sufridas por la víctima, identificar al agresor, tomar manifestaciones... Etc o bien mandar a algún subordinado a realizar estas averiguaciones de uniforme o paisano es lo de menos, son policías igual....
De todo esto da cuenta a....
2 juzgado de instrucción... Que instruirá la causa y decidirá si existen indicios racionales de delito. Que no se archiva, que sí pos para adelante... Cuando tengan todo se remite a juzgado de lo penal, donde otro juez juzgará los hechos si es delito... Si es una falta se queda en el de instrucción y juicio al canto.
3 la AEPD no juzga nada y ya se ha pronunciado que en una investigación policial se pueden recabar esos datos... Porque si no en el atestado no figura que tipo de lesiones de que origen o naturaleza son.
Y lo de apropiacion y esas cosicas ya te he dado mi opinión.
De las coacciones lo mismo...
Te repito que si crees que es un delito lo denuncies que es un delito público y sin ser parte interesada puedes hacerlo. Aportas las pruebas y nos lo cuentas aquí.
Un abrazo.

D

#217 >argumentos te he dado de sobra.

No. Has dado opiniones, ni fuentes, ni argumentos que respalden lo que dices ni nada. Cuando no afirmas absolutas insensateces para nuestro sistema judicial español -aclaradas por que lo son en mis enlaces específicos- demostrado tu desconocimiento del tema del que intentas hablar, y que si no tratas de ignorar porque no tienes respuesta.
Tu eres el que tiene que demostrar aun lo que dices.
Por mucho que continúes en tu circular justificacion sigues sin explicar -porque no puedes- el motivo de la carencia de la peticion formal y legal de esos datos, porque de existir estos se habrian aportado, y no habrían tenido que irse sin ellos.
Este intento de interpretar algo como legal cuando no lo es, sobra a partir de ese momento...

Puedes definir 20 veces -incluso recurriendo a la pareja habitual de funcionarios en un atestado con investigacion abierta QUE RESPONDEN APROCEDIMIENTO ABIERTO ANTE UNA INFRACCION ABIERTA EN EL JUZGADO, COSA QUE AQUI NO SE HA HECHO que recaba información- y que en este caso, sin orden, sin la adecuada identificación y sin juez que les respaldara en sus actuaciones por detrás.

Aporta esa informacion, caso, juez, quienes , porque no se identifican como tales, copia a los familiares - tiene que estar informados,etc...;)
NO TIENES NI TENDRAS EXPLICACION ya que, como has podido ver, la informacion medica es informacion personal de especial protección.

Asi que,a partir de ahí, sigue enlodandote

al_tanteo

#218 si que sacas tu información extra de ese artículo. Lo que estas diciendo no viene en ese artículo sólo dice que la policía fue al hospital... Por lo visto tu sabes que no hay ninguna investigación abierta, que no tiene conocimiento ningún juez, etc estas inventando información y las fuentes de las que te hablo son el CP, la LECrim, jurisprudencia (todo esto puedes buscarlo pero no te viene en el diario.es abc.es el país.com etc) y la experiencia personal... No creo que con el conocimiento que demuestras hayas asistido a algún juicio ni hayas tenido diligencias policiales en la mano. Te repito que cuando se toma declaración a un persona en sede judicial o manifestación en jucio oral el acusado (mejor dicho su defensa) ya ha tenido acceso a los datos contenidos en el atestado incluyendo partes de lesiones o informes médicos porque sino no se puede practicar una defensa. Además hace falta el informe medico para en este caso saber si el "ictus" ha sido causado por un golpe o por una afección previa y eso solo lo puede decir un medico.
El resto de lo que te he expuesto es el procedimiento habitual de la practica de diligencias previas a la vista. Ni más ni menos y te repito que desde la experiencia personal siempre es así.
El simple oficio del instructor (policía) solicitando el informe ya es una petición formal.

al_tanteo

#214 ya ni te leo... Pati la perra gorda... Que no tienes ni puta idea habogado paso de discutir contigo. No me has rebatido ni desmontado nada... Repasa un pelin la lecri. Venga con dios. Estas preparado/a para ir a sede judicial y encima te dedicas a vitarme negativo...

D

#215 Que si, que si, hala, cuando tengas argumentos, nos cuentas... y a llorar a la via...
ciaooo;)

al_tanteo

#216 argumentos te he dado de sobra. No ve el que no quiere...
1 policía tiene conocimiento de un hecho delictivo. Un funcionario de policía es el instructor de citado atestado y normalmente va auxiliado de otro llamado secretario. Realizará los cometidos necesarios para esclarecer los hechos... Como por ejemplo interesarse por las lesiones sufridas por la víctima, identificar al agresor, tomar manifestaciones... Etc o bien mandar a algún subordinado a realizar estas averiguaciones de uniforme o paisano es lo de menos, son policías igual....
De todo esto da cuenta a....
2 juzgado de instrucción... Que instruirá la causa y decidirá si existen indicios racionales de delito. Que no se archiva, que sí pos para adelante... Cuando tengan todo se remite a juzgado de lo penal, donde otro juez juzgará los hechos si es delito... Si es una falta se queda en el de instrucción y juicio al canto.
3 la AEPD no juzga nada y ya se ha pronunciado que en una investigación policial se pueden recabar esos datos... Porque si no en el atestado no figura que tipo de lesiones de que origen o naturaleza son.
Y lo de apropiacion y esas cosicas ya te he dado mi opinión.
De las coacciones lo mismo...
Te repito que si crees que es un delito lo denuncies que es un delito público y sin ser parte interesada puedes hacerlo. Aportas las pruebas y nos lo cuentas aquí.
Un abrazo.

D

#217 >argumentos te he dado de sobra.

No. Has dado opiniones, ni fuentes, ni argumentos que respalden lo que dices ni nada. Cuando no afirmas absolutas insensateces para nuestro sistema judicial español -aclaradas por que lo son en mis enlaces específicos- demostrado tu desconocimiento del tema del que intentas hablar, y que si no tratas de ignorar porque no tienes respuesta.
Tu eres el que tiene que demostrar aun lo que dices.
Por mucho que continúes en tu circular justificacion sigues sin explicar -porque no puedes- el motivo de la carencia de la peticion formal y legal de esos datos, porque de existir estos se habrian aportado, y no habrían tenido que irse sin ellos.
Este intento de interpretar algo como legal cuando no lo es, sobra a partir de ese momento...

Puedes definir 20 veces -incluso recurriendo a la pareja habitual de funcionarios en un atestado con investigacion abierta QUE RESPONDEN APROCEDIMIENTO ABIERTO ANTE UNA INFRACCION ABIERTA EN EL JUZGADO, COSA QUE AQUI NO SE HA HECHO que recaba información- y que en este caso, sin orden, sin la adecuada identificación y sin juez que les respaldara en sus actuaciones por detrás.

Aporta esa informacion, caso, juez, quienes , porque no se identifican como tales, copia a los familiares - tiene que estar informados,etc...;)
NO TIENES NI TENDRAS EXPLICACION ya que, como has podido ver, la informacion medica es informacion personal de especial protección.

Asi que,a partir de ahí, sigue enlodandote

al_tanteo

#218 si que sacas tu información extra de ese artículo. Lo que estas diciendo no viene en ese artículo sólo dice que la policía fue al hospital... Por lo visto tu sabes que no hay ninguna investigación abierta, que no tiene conocimiento ningún juez, etc estas inventando información y las fuentes de las que te hablo son el CP, la LECrim, jurisprudencia (todo esto puedes buscarlo pero no te viene en el diario.es abc.es el país.com etc) y la experiencia personal... No creo que con el conocimiento que demuestras hayas asistido a algún juicio ni hayas tenido diligencias policiales en la mano. Te repito que cuando se toma declaración a un persona en sede judicial o manifestación en jucio oral el acusado (mejor dicho su defensa) ya ha tenido acceso a los datos contenidos en el atestado incluyendo partes de lesiones o informes médicos porque sino no se puede practicar una defensa. Además hace falta el informe medico para en este caso saber si el "ictus" ha sido causado por un golpe o por una afección previa y eso solo lo puede decir un medico.
El resto de lo que te he expuesto es el procedimiento habitual de la practica de diligencias previas a la vista. Ni más ni menos y te repito que desde la experiencia personal siempre es así.
El simple oficio del instructor (policía) solicitando el informe ya es una petición formal.