B

En el fondo, hablar de subvenciones a los combustibles fósiles es cómo hablar de que con tu sueldo te vas a subvencionar el transporte al trabajo.

cdya

#4 Y de paso a la extinción del planeta una buena carambola.

B

#140 Si lo que vas a hacer es argumentar que el TC sólo se debe a la constitución porque lo ponen unos papeles y punto tampoco me interesa esta conversación. Es un análisis tan pobre...

tdgwho

#141 Al menos digo motivos.

agur

G

#141 Ya que pones negativos y no argumentas lo más mínimo, te copio las funciones del TC según la Constitución, igual aprendes algo hoy:

Artículo 161
El Tribunal Constitucional tiene jurisdicción en todo el territorio español y es competente para conocer:

a) Del recurso de inconstitucionalidad contra leyes y disposiciones normativas con fuerza de ley. La declaración de inconstitucionalidad de una norma jurídica con rango de ley, interpretada por la jurisprudencia, afectará a ésta, si bien la sentencia o sentencias recaídas no perderán el valor de cosa juzgada.

b) Del recurso de amparo por violación de los derechos y libertades referidos en el artículo 53, 2, de esta Constitución, en los casos y formas que la ley establezca.

c) De los conflictos de competencia entre el Estado y las Comunidades Autónomas o de los de éstas entre sí.

d) De las demás materias que le atribuyan la Constitución o las leyes orgánicas.

El Gobierno podrá impugnar ante el Tribunal Constitucional las disposiciones y resoluciones adoptadas por los órganos de las Comunidades Autónomas. La impugnación producirá la suspensión de la disposición o resolución recurrida, pero el Tribunal, en su caso, deberá ratificarla o levantarla en un plazo no superior a cinco meses.

tdgwho

#139 Si, lo digo en serio, solo se debe a la constitución.
Lo pone bien claro.

Si lo que vas a hacer es dudar de la separación porque patata, no me interesa esta conversación.

B

#140 Si lo que vas a hacer es argumentar que el TC sólo se debe a la constitución porque lo ponen unos papeles y punto tampoco me interesa esta conversación. Es un análisis tan pobre...

tdgwho

#141 Al menos digo motivos.

agur

G

#141 Ya que pones negativos y no argumentas lo más mínimo, te copio las funciones del TC según la Constitución, igual aprendes algo hoy:

Artículo 161
El Tribunal Constitucional tiene jurisdicción en todo el territorio español y es competente para conocer:

a) Del recurso de inconstitucionalidad contra leyes y disposiciones normativas con fuerza de ley. La declaración de inconstitucionalidad de una norma jurídica con rango de ley, interpretada por la jurisprudencia, afectará a ésta, si bien la sentencia o sentencias recaídas no perderán el valor de cosa juzgada.

b) Del recurso de amparo por violación de los derechos y libertades referidos en el artículo 53, 2, de esta Constitución, en los casos y formas que la ley establezca.

c) De los conflictos de competencia entre el Estado y las Comunidades Autónomas o de los de éstas entre sí.

d) De las demás materias que le atribuyan la Constitución o las leyes orgánicas.

El Gobierno podrá impugnar ante el Tribunal Constitucional las disposiciones y resoluciones adoptadas por los órganos de las Comunidades Autónomas. La impugnación producirá la suspensión de la disposición o resolución recurrida, pero el Tribunal, en su caso, deberá ratificarla o levantarla en un plazo no superior a cinco meses.

B

#12 El TC, en contra de la visión común generalizada, NO es poder judicial. No es un poder aparte del poder político en ningún lugar donde existe y no debe serlo. La constitución es un acuerdo político y es de cajón que su interpretación está siempre cargada de intencionalidad política, aunque no se quiera. Es un conflicto irresoluble e inevitable. Bueno, es evitable convirtiendo al TC en una suerte de grupo de ayatolás. Pero en una democracia es un conflicto con el que hay que aprender a vivir, con un sistema de elección de miembros adecuado y con una cultura democratica basada en el respeto mutuo y la aceptación de que los conflictos sólo se resuelven mediante el diálogo y la apelación a los ciudadanos. Casi todo ha fallado en este caso, pero no tiene nada que ver con la separación de poderes, porque el TC no es un tribunal judicial que deba tenerla en lo mismos términos que el supremo u otras instancias.

tdgwho

#135 Porque lo digo YO!

El Tribunal Constitucional es independiente de los demás órganos constitucionales – no forma parte del Poder Judicial - y está sometido solo a la Constitución y a su propia Ley Orgánica.

Yo no he hablado en ningún momento de poder judicial. Hablo de separación de poderes, y como ves, el TC tiene su propio poder separado del resto.

B

#136 Separado del resto? Y lo dices en serio?

tdgwho

#139 Si, lo digo en serio, solo se debe a la constitución.
Lo pone bien claro.

Si lo que vas a hacer es dudar de la separación porque patata, no me interesa esta conversación.

B

#140 Si lo que vas a hacer es argumentar que el TC sólo se debe a la constitución porque lo ponen unos papeles y punto tampoco me interesa esta conversación. Es un análisis tan pobre...

tdgwho

#141 Al menos digo motivos.

agur

G

#141 Ya que pones negativos y no argumentas lo más mínimo, te copio las funciones del TC según la Constitución, igual aprendes algo hoy:

Artículo 161
El Tribunal Constitucional tiene jurisdicción en todo el territorio español y es competente para conocer:

a) Del recurso de inconstitucionalidad contra leyes y disposiciones normativas con fuerza de ley. La declaración de inconstitucionalidad de una norma jurídica con rango de ley, interpretada por la jurisprudencia, afectará a ésta, si bien la sentencia o sentencias recaídas no perderán el valor de cosa juzgada.

b) Del recurso de amparo por violación de los derechos y libertades referidos en el artículo 53, 2, de esta Constitución, en los casos y formas que la ley establezca.

c) De los conflictos de competencia entre el Estado y las Comunidades Autónomas o de los de éstas entre sí.

d) De las demás materias que le atribuyan la Constitución o las leyes orgánicas.

El Gobierno podrá impugnar ante el Tribunal Constitucional las disposiciones y resoluciones adoptadas por los órganos de las Comunidades Autónomas. La impugnación producirá la suspensión de la disposición o resolución recurrida, pero el Tribunal, en su caso, deberá ratificarla o levantarla en un plazo no superior a cinco meses.

B

#31 De hecho, lo que habría que hacer es programarle un vuelo cada vez que se acerque una DANA. A ver si de tanto ir el cántaro a la fuente...

B

No lo entendéis. Están esperando a que llueva para que se limpien solos.

B

Turistizar, turistizar... Ya llegarán las quejas.

p

#27 #95 això

B

#7 Así como un acto de interferencia ilícita en la seguridad aérea.

B
B

#82 Si se prohiben las subvenciones seguirán usándolo como arma arrojadiza. Dirán cosas del tipo sectarismo cultural de la izquierda que financia sus chiringuitos de la agenda progre y mierdas de ese tipo. No hay que dejar de tomar decisiones y ser un pusilánime por miedo al discurso de los reaccionarios. Hay que hacer justo lo contrario, presentar batalla y prohibir esta clase de espectáculos indignantes para cualquiera con la más mínima moral

Varlak

#172 Si, pero no es la misma queja "Los rojos ya no me regalan cientos de millones de dinero público" que "los rojos han prohibido los toros"

B

#8 Perdón, dedazo, te lo he compensado en otro.

Más allá de ello, el tema: un régimen presidencialista es incompatible con todo el sistema autonómico y difícilmente gestionable en un país con semejante fractura territorial. Es suficiente con ver cómo vota una parte de España y como vota la otra para entender que eso sólo llevaría al conflicto y la fractura. Aquí las reformas razonables pasarían primero por una verdadera federalización del estado, con un congreso que de verdad represente la soberanía nacional y un Senado que de verdad represente a las comunidades autónomas (estados federados). Pero a nadie interesa porque todo el mundo está muy bien viviendo políticamente del actual estado de las cosas.

B

#4 Si el PSOE, Sánchez, expresa al rey su voluntad de ir a investidura, el rey podría teóricamente impedirlo si no tiene los apoyos garantizados. Pero algo así es completamente inviable políticamente para la casa real, pues estaría provocando un conflicto muy grave con el principal partido que sustenta el régimen monárquico y provocaría una crisis que tarde o temprano pondría en cuestión la existencia misma de la monarquía.

B

#104 Yo también afirmó que los turistas son una plaga. Y es por ello que hace años que conscientemente he renunciado a hacer turismo. Una actividad que, promotora parte, es hija de la globalización y completamente prescindible para el bienestar propio.

B

#15 No, porque existían soluciones en aquel caso que no comprometían la continuidad del sistema económico.

hasta_los_cojones

#48 eso es verdad.

Es el punto débil de mi argumento.

B

#2 Lo segundo ya ha pasado, y él lo sabe. Su sin vivir debe estar más en ver que no cambiamos de rumbo para no seguir agravando la situación y el ser consciente que vamos a enfrentar esa catástrofe en un contexto de disponibilidad de recursos decreciente.