B

Creo que la frase del titular, como tal, es dificilmente cuestionable...

B

El artículo no aclara en qué consistía exactamente la "homofobia" de este señor, más allá de su pertenencia al Partido Republicano. En cualquier caso, el hecho de que alguian viva un comportamiento homosexual por el que siente inclinación como algo relativo únicamente a su vida privada más que como una orientación afectivo-sexual, y por lo tanto no lo haga público ni lo comparta con nadie, es un comportamiento sobre el que todos podemos tener nuestra opinión, negativa o positiva, pero me parece un comportamiento válido.

A mí lo que más me escandaliza de esta noticia es el comportamiento de la Policia y el sistema penal estadounidense, pero parece que a nadie le molesta esto. Quien se haya leído la noticia, verá que es el típico caso de incitación al delito por parte de la Policia, que crea una situación inexistente para que el reo cometa un delito por el que luego se le detiene. Si esto es condenable en todos los casos, en este caso además de lo que hablamos es de que este hombre invitó a su hogar a dos adultos en plenas condiciones físicas y mentales y con absoluta capacidad de decisión, y allí les mostró un video pornográfico y les ofreció drogas, sin tratar en ningún momento de coaccionarles de alguna forma. ¿De verdad por esto se merece ir a la cárcel, perder su empleo, y hacerle víctima de un escarnio público de proporcionales mundiales en el que incluso internautas españolas le lanzan comentarios llenos de odio en una web de noticias?

Aquí de lo que se trata es de una caza al hombre por parte del sistema, que convierte sus costumbres sexuales privadas en asunto de interés del sistema penal y del público en general a través de los medios de comunicación. Este colectivo homosexual ha equivocado la diana, que no debería ser este señor sino el sistema penal y, en general, el puritanismo norteamericano.

x

#37 Solo por ser republicano algunos dan por hecho que es homófobo. No encuentro ninguna declaración suya contra la homosexualidad. Igual que el reciente caso de un sheriff de Arizona, que no solo no había expresado ideas homófobas sino que es un moderado... pero por ser republicano se da por hecho muchas cosas.

Por supuesto que ha habido casos de tipos homófobos en público y gays en privado. Pero hay que ver caso por caso.

B

El disparatado discurso de que las leyes son blandas y nadie va a la cárcel ha calado tanto que poca gente se plantea estas cosas, pero todo aquel que ha estado en contacto con el sistema penal español se ha encontrado con un número incontable de historias dramáticas, de gente rehabilitada y con una vida ya rehecha que lo pierden todo o casi todo para pagar con creces por unos hechos ocurridos mucho años atrás y generalmente muy vinculados con alguna drogodependencia ya superada también.

No conozco las circunstancias de las personas indultadas, y a mí suele ser fácil convencerme de que un indulto está justificado por razones humanitarias, pero el discurso de Gallardón pierde toda validez cuando uno conoce que en los casos dramáticos que menciono arriba muchas veces el condenado ni se plantea solicitar un indulto porque sabe sobredamente que las posibilidades de conseguirlo son prácticamente nulas.

dineromuerte

#28 creo que hablas de personas humildes , del pueblo llano
los indultados por corrupcion , me parece que son otros

B

#35 No me refería a adolescentes que sufren abusos en la infancia y luego se meten en la industria del porno. Me refería a la situación nada disparatada, en la época de los móviles con cámara y el acceso universal a internet, de unas imágenes en las que intervenga algún menor en un contexto sexual que sea grabada por los propios menores (no como parte de ninguna industria ni para obtener dinero).

La posesión de tal imagen, al margen de cualquier otra circunstancia, es un delito.... y facilitar de algún modo su difusión o distribución puede llegar a acarrear una pena de 9 años de prisión, que nos lleva casi al límite inferior del homicidio (intencional), de 10 años.

#36 No sé hasta qué punto esas jurisdicciones respetan más a la infancia cuando, en el caso del país con penas más duras por esta clase de delitos (Estados Unidos), se juzga a niños como adultos, hasta hace no mucho era posible ser condenado a muerte por un delito cometido cuando se era menor de edad, se coloca de por vida a niños o menores en registros de delincuentes sexuales (que luego se hacen públicos) por cuestiones que en otras latidudes parecerían simplemente travesuras o relaciones socialmente aceptadas, o en el que hace poco mataron a un chico de 17 años y el autor de la muerte de momento no ha sido ni detenido ni imputado. Por no hablar del efecto de los limitados servicios sociales en los niños pobres.

De todas formas, una cosa es la incitación clara y evidente a cometer un delito (que ya puede ser penada sin que se cambie ninguna ley) y otra es perseguir penalmente actos que no inciden de ninguna forma sobre el bien jurídico protegido (como puede ser un dibujo o un relato de una escena sexual en la que intervengan menores). No hay derechos absolutos a cuya presunta protección se puedan supeditar el resto en cualquier medida (libertad de expresión, tutela judicial efectiva, etc.) Desde luego la libertad e indemnidad sexual de la infancia no lo es.

B

Claro que no son lo mismo, pero precisamente son asociaciones como la que promueve esta campaña las que prefieren que pensemos que en el caso de la "pornografía infantil" se trata de un contexto idéntico a la pornografía de adultos (es decir, un equipo más o menos profesional que produce unas imágenes con fines económicos), sólo que empleando a menores como actores.

No, si nos referimos a las imágenes criminalizadas en determinados países, de lo que se trata es de cualquier imagen que represente a un menor en un contexto sexual (en algunas jurisdicciones es suficiente inluso con que se trate de un dibujo, una imagen generada por ordenador, o un relato).

No importa que las imágenes representen actos que en sí mismos sean socialmente aceptados (por ejemplo, un menor masturbándose), que las imágenes las hayan tomado los propios menores (webcams, móviles con cámara, etc.), o que aunque las imágenes efectivamente representen un abuso sobre un menor la toma de las imágenes fuera sólo algo accesorio y no la razón por la que se produjo el abuso.

Todas esas circunstancias son irrelevantes y sin embargo el sentido común (y alguna sentencia del Tribunal Supremo) sugiere que decriben el contexto en el que con mayor frecuencia se toman estas imágenes (en contraposición a la idea de una industria multimillonaria que produce estas imágenes con el fin de obtener un beneficio económico, como ocurre con el cine porno).

Shane

las imágenes las hayan tomado los propios menores #33

Los menores conforman su identidad de acuerdo a la sociedad y familia de la que forman parte. La chica de la que hablo en #31 era muy promiscua en la adolescencia con hombres debido a los abusos a los que le sometió su padre. Estuvo a punto de hacer porno (casi casi fue a un casting) y afortunadamente, me conoció (no estoy en contra de que una adulta SIN TRAUMAS haga porno, pero sí de que una adulta en sus circunstancias personales, lo haga). Lo que no podemos es decir que las menores (parto de que te refieres a adolescentes y no a niños/as de 3 años, claro) son unas putas (no digo que tú digas esto, pero son discursos que se pueden escuchar por ahi) o cosas así para justificar la pornografia infantil, porque es la sociedad/familia la que nos constituye en tanto individuos.

B

#35 No me refería a adolescentes que sufren abusos en la infancia y luego se meten en la industria del porno. Me refería a la situación nada disparatada, en la época de los móviles con cámara y el acceso universal a internet, de unas imágenes en las que intervenga algún menor en un contexto sexual que sea grabada por los propios menores (no como parte de ninguna industria ni para obtener dinero).

La posesión de tal imagen, al margen de cualquier otra circunstancia, es un delito.... y facilitar de algún modo su difusión o distribución puede llegar a acarrear una pena de 9 años de prisión, que nos lleva casi al límite inferior del homicidio (intencional), de 10 años.

#36 No sé hasta qué punto esas jurisdicciones respetan más a la infancia cuando, en el caso del país con penas más duras por esta clase de delitos (Estados Unidos), se juzga a niños como adultos, hasta hace no mucho era posible ser condenado a muerte por un delito cometido cuando se era menor de edad, se coloca de por vida a niños o menores en registros de delincuentes sexuales (que luego se hacen públicos) por cuestiones que en otras latidudes parecerían simplemente travesuras o relaciones socialmente aceptadas, o en el que hace poco mataron a un chico de 17 años y el autor de la muerte de momento no ha sido ni detenido ni imputado. Por no hablar del efecto de los limitados servicios sociales en los niños pobres.

De todas formas, una cosa es la incitación clara y evidente a cometer un delito (que ya puede ser penada sin que se cambie ninguna ley) y otra es perseguir penalmente actos que no inciden de ninguna forma sobre el bien jurídico protegido (como puede ser un dibujo o un relato de una escena sexual en la que intervengan menores). No hay derechos absolutos a cuya presunta protección se puedan supeditar el resto en cualquier medida (libertad de expresión, tutela judicial efectiva, etc.) Desde luego la libertad e indemnidad sexual de la infancia no lo es.

Shane

en algunas jurisdicciones es suficiente incluso con que se trate de un dibujo, una imagen generada por ordenador, o un relato #33

Sí, en las jurisdicciones que respetan más la infancia!
Aquí no, aquí venga hacer dibujos de violaciones a niños por parte incluso de su padre, y luego venga meternos con otros paises y culturas e ir de feministas e igualitaristas frente a esos paises supuestamente más atrasados. Ahora quieren enviar a un imán a la cárcel por supuestamente decir que hay que pegar a las mujeres que no se comportan debidamente ¿por qué? ¿qué diferencia hay con la difusión de dibujos de violaciones a niños/as? Ese imán no ha pegado a nadie y ninguna mujer ha sido pegada a consecuencia de sus manifestaciones (al menos todas las de su comunidad lo defienden). Es normal que haya preocupación por los sermones del imán porque realmente hay un problema con la violencia de género pero es que también hay un problema brutal con la pederastia (18% niños; 22% niñas* datos extraídos de encuestas con una muestra de miles de adultos) como para relativizar sobre la difusión de dibujos o relatos sobre violaciones a niños/as.

PD: mejor ver dibujos que PI con niños reales, eso es evidente y realmente no sé si hay que prohibir su producción y difusión o no; pero dudo mucho que a las victimas de abuso sexual les haga mucha gracia (a la chica que conozco, que como digo ahora es lesbiana y está casada con una mujer, te puedo decir que le disgustan) y digo yo que si hemos tenido tanta consideración con las victimas de pederastia de la iglesia católica, también habrá que tener consideración con el resto de victimas ¿o es que solo era para joder a la iglesia...?.

B

#42 No es cierto, las leyes actuales en Canadá son muy restrictivas en cuanto a la posesión y uso de armas de fuego.

Por otra parte, no hay que olvidar que más incluso que la presunta seguridad ciudada y autodefensa, el argumento originario para permitir a la gente poseer armas en Estados Unidos es el miedo a la corona británica (y en cierta medida, posteriormente, a sus gobernantes). Una idea que podría tener sentido en el S. XVIII pero que actualmente, cuando existe un desequilibrio absoluto entre las armas que puede poseer un ejército y las que puede poseer la población, no lo tiene tanto. Pero EEUU se diferencia de otras naciones en que sus actos fundacionales están mas relacionados con ideas que con mitos o conceptos de nacionalidad y, claro está, separarse de ellas se considera un ataque a la nación y les cuesta mucho.

B

#50 Eso de que aquí si te defiendes "estás jodido" es un mantra que se suele repetir pero que no se corresponde en absoluto con las leyes españolas. Ahora bien, si "defenderte" significa atacar con un lanzallamas a un tipo que ves huir llevándose tu bicicleta, sí puedes acabar jodido.

B

Enésimo cambio en el mismo sentido de siempre de endurecer las penas y crear nuevos delitos, mientras que la criminalidad no aumenta y las cárceles siguen colapsadas y la población reclusa se multiplica. A la sociedad le siguan gustando los sacrificios humanos.

B

En estas últimas décadas Florida se ha ido convertiendo en unos de los estados con las leyes y prácticas policiales y judiciales más ridículas de toda la unión, expresión absoluta de los principios conservadores en cuanto a derecho penal y seguridad ciudadana que tanto venden por aquí incluso en gente por lo demás bastante sensata.

Otro ejemplo muy revelador son las condenas a cadena perpetua sin posibilidad de libertad condicional (como a un asesino "en primer grado" que dicen ellos) por tener en el ordenador imágenes sexuales de menores.

B

Vaya manía con lo de "notación anglosajona". Será notación estadounidense, pero no anglosajona. En Inglaterra hoy es 14/3, no 3/14.

gaussianos

#2 Ups, cierto, gracias por el aviso

B

¿Un militar hablando de sublevación?

En todo caso nos sublevaremos nosotros, tú a callar.

D

#9 #11 habeis oido hablar de la revolucion de los claveles?

#8 expulsado, si, por sucesivos "expedientes disciplinarios" por expresar ante los medios de comunicacion ideas tan "subversivas" como exigir un ejército profesional y la abolición del servicio militar obligatorio.

Es un soplo de aire fresco pero mucho me temo que los militares en activo ni se plantearian apoyar una revuelta popular. Son muchos años y muchas soflamas de juramentos y fidelidad que a mi me parecen vacíos pero a ellos no.

B

En la práctica, lo de a personas relacionadas con el terrorismo significa a personas que consideren o acusen de estar relacionadas con el terrorismo

B

#49 ¿Y por qué no podría ser que el resultado con juego óptimo fuera tablas? Yo creo que no lo sabemos.

pawer13

#51 Define mediocre, a mí me ganan... lol Pero sí, cualquier jugador bueno gana fácilmente a una máquina. Siguiendo la conversación de #44 sobre posibles jugadas:
...there are between factorial(361) and 361^(3^361) possible games of Go without repeating positions

Fuente: http://senseis.xmp.net/?CompareGoToChess

B

#47 Lo mio tampoco es la química, pero entiendo que simplemente están asumiendo que todo el universo es hidrógeno, más que ignorando cualquier otro elemento. De todas formas el hidrógeno es el 75% de la masa del universo, según wikipedia (http://en.wikipedia.org/wiki/Hydrogen), así que no iba a cambiar mucho la estimación.

La cita de Shannon que pones se refiere al número de posiciones, no al número de variantes posibles en un número determinado de jugadas (que es lo que la máquina debería calcular). Por lo visto a ese número se le número de Shannon. En su artículo de wikipedia (http://en.wikipedia.org/wiki/Shannon_number) tienes la cita del articulo que puse antes donde se menciona esa cifra de 10^120.

Por otra parte no veo que el teorema de Zermelo pruebe que la ventaja blanca es suficiente para ganar la partida haciendo cierto movimiento o siguiendo cierta estrategia...

gobo

#48 no dice que sea la posición blanca lo que dice es que en este tipo de juegos existe estrategia ganadora para alguno de los dos.

Podría ser perfectamente para el jugador de negras aunque y aquí entramos en las creencias personales lo dudo.

B

#49 ¿Y por qué no podría ser que el resultado con juego óptimo fuera tablas? Yo creo que no lo sabemos.

pawer13

#51 Define mediocre, a mí me ganan... lol Pero sí, cualquier jugador bueno gana fácilmente a una máquina. Siguiendo la conversación de #44 sobre posibles jugadas:
...there are between factorial(361) and 361^(3^361) possible games of Go without repeating positions

Fuente: http://senseis.xmp.net/?CompareGoToChess

B

#178 ...si recibe una denuncia de detención ilegal por sus padres está obligado a detener...

Pues nada, insiste en el error. Yo más no puedo hacer. Y claro que no puedo olvidarme de "todo eso", cuando estás citando un artículo de una Ley y "todo eso" son las partes del articulo que no sirven a tu argumentación y de hecho la contradicen. Esas dos condiciones que has pegado establece la obligación de detener incluso en el caso de que el presunto culpable no esté procesado en el caso de que sus antecedentes o las circunstancias del hecho hicieren presumir que no comparecerá cuando fuere llamado por la Autoridad judicial:

3.- Al procesado por delito a que esté señalada pena inferior, si sus antecedentes o las circunstancias del hecho hicieren presumir que no comparecerá cuando fuere llamado por la Autoridad judicial.

Se exceptúa de lo dispuesto en el párrafo anterior al procesado que preste en el acto fianza bastante, a juicio de la Autoridad o agente que intente detenerlo, para presumir racionalmente que comparecerá cuando le llame el Juez o Tribunal competente.

4.- Al que estuviere en el caso del número anterior, aunque todavía no se hallase procesado, con tal que concurran las dos circunstancias siguientes:

Que la Autoridad o agente tenga motivos racionalmente bastantes para creer en la existencia de un hecho que presente los caracteres de delito.

Que los tenga también bastantes para creer que la persona a quien intente detener tuvo participación en él.

#179 La obligación de detener, en estos supuestos, por parte de los agentes de policía judicial,
viene determinada por los dos requisitos de éste n.° 4.° y a los que ya nos hemos
referido: «Que la Autoridad o agente tenga motivos racionalmente bastantes para creer
en la existencia de un hecho que presente los caracteres de delito». «Que los tenga también
bastantes para creer que la persona a quien intente detener tuvo participación en
él.»
La ley no incluye otras exigencias: ni ofertas ni aceptación de fianzas para, en su
caso, eludir la detención.
La frase del texto: «Al que estuviere en el caso del número anterior...», ha de entenderse
extensible a la persona que cometiere un delito a que esté señalada pena inferior
a prisión correccional (o prisión menor), porque es esta proposición la que constituye el
núcleo del n.° 3.° (el «anterior» de nuestro texto). Las excepciones, recogidas en su párrafo
segundo, no son parte del supuesto, sino las que se apartan del mismo.


Es verdad que la frase: «al procesado por delito a que esté señalada pena inferior»,
está continuada y completada por esta oración condicional: «Si sus antecedentes o las
circunstancias del hecho hicieren presumir que no comparecerá cuando fuere llamado
por la Autoridad judicial». Pero esta condición es sólo aplicable a este número tres, que
versa sobre sujetos pasivos de detención en situación de procesamiento, sobre los que
gravita, como ya hemos hecho constar más arriba, una requisitoria de «llamada y búsqueda
», pero no de captura
.


Yo es así como lo veo, y entiendo que sí está obligado. Como no nos vamos a poner de acuerdo (ni los propios miembros del TS lo hacen), que decidan los tribunales lol (un saludo y hasta mañana!)

B

#43 Seguramente Kasparov se refería al número de variantes posibles en una partida (que es lo relevante si estamos hablando de la posibilidad de "resolver" el ajedrez), no al número de posiciones posibles sobre un tablero en un momento determinado.

Este primer número que, como digo, es el relevante, Shannon (te sonará) lo estimó en 10^120 para una partida limitada a 40 jugadas (http://archive.computerhistory.org/projects/chess/related_materials/text/2-0%20and%202-1.Programming_a_computer_for_playing_chess.shannon/2-0%20and%202-1.Programming_a_computer_for_playing_chess.shannon.062303002.pdf). Para el número de átomos en el universo no hace falta que te molestes, es una estimación que mucha gente ha tratado de hacer antes desde hace mucho tiempo, y se suele dar una cifra de 10^78 a 10^82 (http://www.universetoday.com/36302/atoms-in-the-universe/), muy inferior al 10^120 de la partida de ajedrez de 40 jugadas.

gobo

#46 si no entiendo mal el articulo que enlazas hablan solo de átomos de Hidrógeno que si bien es el elemento más común en el universo no es el único.

Igual me estoy columpiando no digo que no la química nunca ha sido lo mío y realmente aquí piso terreno pantanoso.

Reconozco que el número de variantes posibles que das me sorprende enormemente y tras revisar el texto de Shanon que enlazas lo que encuentro es esto

The number of possible positions, of the general order of 64! / 32!(8!)^2 (2!)^6, or roughly 10^43, naturally makes such a design unfeasible.

Bastante por debajo de cualquiera de los otros valores, pero si he cometido un error, me encantaría saber donde, de verdad.

Sabemos que hay estrategia ganadora, es lo que demostró el teorema de Zemelo por lo tanto no es tablas ni nada por el estilo, hay una estrategia ganadora y es posible llegar a ella con un número finito de cálculos.

A parte de las dudas que me suscitan tus afirmaciones, que repito estaré encantado de que me expliques donde está mi error, creo que no vamos a llegar a ningún lado discutiendo una y otra vez si el hecho de que hoy por hoy no sea posible significa que el juego está resuelto.

B

#47 Lo mio tampoco es la química, pero entiendo que simplemente están asumiendo que todo el universo es hidrógeno, más que ignorando cualquier otro elemento. De todas formas el hidrógeno es el 75% de la masa del universo, según wikipedia (http://en.wikipedia.org/wiki/Hydrogen), así que no iba a cambiar mucho la estimación.

La cita de Shannon que pones se refiere al número de posiciones, no al número de variantes posibles en un número determinado de jugadas (que es lo que la máquina debería calcular). Por lo visto a ese número se le número de Shannon. En su artículo de wikipedia (http://en.wikipedia.org/wiki/Shannon_number) tienes la cita del articulo que puse antes donde se menciona esa cifra de 10^120.

Por otra parte no veo que el teorema de Zermelo pruebe que la ventaja blanca es suficiente para ganar la partida haciendo cierto movimiento o siguiendo cierta estrategia...

gobo

#48 no dice que sea la posición blanca lo que dice es que en este tipo de juegos existe estrategia ganadora para alguno de los dos.

Podría ser perfectamente para el jugador de negras aunque y aquí entramos en las creencias personales lo dudo.

B

#49 ¿Y por qué no podría ser que el resultado con juego óptimo fuera tablas? Yo creo que no lo sabemos.

pawer13

#51 Define mediocre, a mí me ganan... lol Pero sí, cualquier jugador bueno gana fácilmente a una máquina. Siguiendo la conversación de #44 sobre posibles jugadas:
...there are between factorial(361) and 361^(3^361) possible games of Go without repeating positions

Fuente: http://senseis.xmp.net/?CompareGoToChess

B

#42 Me refería a juegos con reglas definidas y finitas en los evidentemente no intervenga el azar...

Sobre el tema de SHA-1 y los algoritmos criptográficos, aunque insistas en ignorar las consideraciones sobre las necesidades de capacidad de cálculo (la complejidad), si el SHA-1 se puede considerar roto es precisamente porque se ha encontrado un ataque que permite romper el algoritmo empleando (muchos) menos cálculos que los necesarios para romperlo por fuerza bruta. En el caso del ajedrez lo que tú propones es comprobar todas las variaciones posibles hasta el final (=fuerza bruta). El caso análogo al de SHA-1 sería que propusieras un método para "resolver" el ajedrez empleando menos cálculos que los necesarios para hacerlo por "fuerza bruta".

El teorema de Zemelo, demostró que todo juego de información perfecta, con suma nula y con dos jugadores, se determina de forma estricta. Es decir, existe una estrategia ganadora para uno de los jugadores, lo que no conocemos es cual.

Muy bien, hay una estrategia ganadora (¿o quizás el juego perfecto conduce a tablas? No lo sabemos). Pero como no la conocemos, ni sabemos cómo calcular (salvo "resolver" el juego por fuerza bruta, calculando todas las variaciones posibles), no puedes contestar a mis preguntas, y el juego no está resuelto.

B

#37 En realidad el problema es tuyo por usar los términos de forma distinta a como lo hace todo el mundo.

A ver si así nos explicamos: actualmente es posible a partir de una posición de ajedrez con un número muy limitado de piezas jugar de un modo perfecto y conocer exactamente cuál será el desenlace si se juega de modo perfecto. Lo mismo ocurre con juegos como las damas desde la posición inicial. Pues bien, en el ajedrez a medida que crece el número de piezas sobre el tablero esto mismo deja de ser posible, y por supuesto desde la posición inicial (con todas las piezas) no lo es. Por ello se habla de que el ajedrez con menos de cierto número reducido de piezas, o juegos como las damas, están "resueltos", mientras que otros como el ajedrez (sin reducir el número de piezas) no están "resueltos".

Es absurdo en este contexto considerar que un juego está resuelto en base a algo como "oye, si tuviera una máquina que pudiera considerar todas las combinaciones posible, algún resultado obtendría...", ¿a qué juego no podrías aplicar eso? Sería como decir que todos los algoritmos criptográficos están "rotos" porque con una máquina suficientemente potente podría probar todas las combinaciones posibles.

Mira, una prueba muy sencilla: se colocan las piezas en una partida de ajedrez en su posición inicial y le toca mover al blanco, ¿hay una jugada que le garantice al blanco la victoria? ¿hay alguna con la que vaya a perder necesariamente? ¿hay otras que garanticen tablas? El día que podamos contestar a esas preguntas, el juego estará resuelto.

Sakai

#37 ¿Me puedes decir cual es esa "estrategia ganadora"? Si eso fuese así no habría miles de aperturas diferentes en ajedrez. #39 está en lo cierto, se puede jugar de un modo perfecto en los finales, con las llamadas tablas de nalimov, pero esto no es posible desde el inicio de la partida. Solo cuando sobre el tablero quedan 6 o menos piezas. El ajedrez no está resuelto.

m

#40 yo opino como tu, que el ajedrez no está resuelto y al menos nosotros no lo veremos resuelto, pero quería puntualizar sobre el tema de finales, aparte de las nalimov, hay otras tablas de finales utilizadas por programas, como las gaviota etc.. se están creando nalimov para 7 piezas aunque aun no están terminadas y la última vez que lo miré calculaban que si los avances en hardware y avances en la mejora de crear tablas de finales con el proyecto de Miguel A. Ballicora "gaviota" para optimizar, seguían el crecimiento exponencial que se estaba dando tardarían mas de 10 años en terminar los finales para 8 piezas...
No recuerdo de dónde sale esta frase, pero le oí decir a Kasparov que matemáticos habían calculado que "hay mas posibles posiciones en el ajedrez que atomos en el sistema solar."

gobo

#41 mira que tengo la quimica oxidada pero esa frase tuya "hay mas posibles posiciones en el ajedrez que atomos en el sistema solar."...

Un MOL es el número de átimos en 12g de carbono:

Los 12 g de carbono-12, que se toman como referencia, contienen 6,022·10^23 átomos

no se realmente cuanto carbono hay en el sistema solar pero me imagino que probablemente más de 12Kg así que vamos a multiplicar ese número por 1.000... claro que ahora que lo pienso igual 12Kg es poco para toooodo el sistema solar te parece que pongamos 12 Toneladas y volvemos a multiplicar por 1.000?... claro que ahora que lo pienso hay otras cosas como no se hierro por ejemplo y hay alguna que otra tonelada también que digo yo que tendrán átomos.

No se a mi me sale un numero bastante grande pero si tu dices que se lo oíste a Kasparov pues mejor me dejo el sentido común en casa y me creo que hay más posiciones que átomos en el sistema solar.

Por cierto he una vez escuché a Bill Clinton decir que hay más golfas en estados unidos que estrellas en el cielo que lo habían calculado unos matemáticos con gafas de pasta.

B

#43 Seguramente Kasparov se refería al número de variantes posibles en una partida (que es lo relevante si estamos hablando de la posibilidad de "resolver" el ajedrez), no al número de posiciones posibles sobre un tablero en un momento determinado.

Este primer número que, como digo, es el relevante, Shannon (te sonará) lo estimó en 10^120 para una partida limitada a 40 jugadas (http://archive.computerhistory.org/projects/chess/related_materials/text/2-0%20and%202-1.Programming_a_computer_for_playing_chess.shannon/2-0%20and%202-1.Programming_a_computer_for_playing_chess.shannon.062303002.pdf). Para el número de átomos en el universo no hace falta que te molestes, es una estimación que mucha gente ha tratado de hacer antes desde hace mucho tiempo, y se suele dar una cifra de 10^78 a 10^82 (http://www.universetoday.com/36302/atoms-in-the-universe/), muy inferior al 10^120 de la partida de ajedrez de 40 jugadas.

gobo

#46 si no entiendo mal el articulo que enlazas hablan solo de átomos de Hidrógeno que si bien es el elemento más común en el universo no es el único.

Igual me estoy columpiando no digo que no la química nunca ha sido lo mío y realmente aquí piso terreno pantanoso.

Reconozco que el número de variantes posibles que das me sorprende enormemente y tras revisar el texto de Shanon que enlazas lo que encuentro es esto

The number of possible positions, of the general order of 64! / 32!(8!)^2 (2!)^6, or roughly 10^43, naturally makes such a design unfeasible.

Bastante por debajo de cualquiera de los otros valores, pero si he cometido un error, me encantaría saber donde, de verdad.

Sabemos que hay estrategia ganadora, es lo que demostró el teorema de Zemelo por lo tanto no es tablas ni nada por el estilo, hay una estrategia ganadora y es posible llegar a ella con un número finito de cálculos.

A parte de las dudas que me suscitan tus afirmaciones, que repito estaré encantado de que me expliques donde está mi error, creo que no vamos a llegar a ningún lado discutiendo una y otra vez si el hecho de que hoy por hoy no sea posible significa que el juego está resuelto.

B

#47 Lo mio tampoco es la química, pero entiendo que simplemente están asumiendo que todo el universo es hidrógeno, más que ignorando cualquier otro elemento. De todas formas el hidrógeno es el 75% de la masa del universo, según wikipedia (http://en.wikipedia.org/wiki/Hydrogen), así que no iba a cambiar mucho la estimación.

La cita de Shannon que pones se refiere al número de posiciones, no al número de variantes posibles en un número determinado de jugadas (que es lo que la máquina debería calcular). Por lo visto a ese número se le número de Shannon. En su artículo de wikipedia (http://en.wikipedia.org/wiki/Shannon_number) tienes la cita del articulo que puse antes donde se menciona esa cifra de 10^120.

Por otra parte no veo que el teorema de Zermelo pruebe que la ventaja blanca es suficiente para ganar la partida haciendo cierto movimiento o siguiendo cierta estrategia...

gobo

#41 He calculado un poquito por encima aproximadamente el 0.2% de la tierra es carbono, la tierra pesa aproximadamente 5.975 mil trillones de toneladas.

Un trillón es 1.000.000.000.000.000.000

así que hay aproximadamente 1195 trillones de toneladas de carbono en la tierra vamos a redondear a 1.000 trillones de toneladas solo por si acaso...

1.000.000.000.000.000.000.000 toneladas de carbono.
1.000.000.000.000.000.000.000.000 kilogramos de carbono.
1.000.000.000.000.000.000.000.000.000 gramos de carbono.
1.000 * 10^24 gramos de carbono solo en la tierra

82 * 10^24 grupos de 12 gramos redondeando nuevamente hacia abajo solo en la tierra y solo de carbono

suponiendo que solo hay 6 *10^23 átomos de carbono por cada 12 gramos

hablamos de unos 500 * 10^47 átomos de carbono solo en la tierra si quieres te lo pinto pero eso es un 5 seguido de 49 ceros solo de carbono y solo en la tierra y tu hablas de todo el sistema solar...

Si no me he equivocado, que es muy posible, porque ni se me da bien la química ni he contrastado mis fuentes te has pasado tres pueblos con la comparación.

pawer13

#51 Define mediocre, a mí me ganan... lol Pero sí, cualquier jugador bueno gana fácilmente a una máquina. Siguiendo la conversación de #44 sobre posibles jugadas:
...there are between factorial(361) and 361^(3^361) possible games of Go without repeating positions

Fuente: http://senseis.xmp.net/?CompareGoToChess

Sakai

#41 Pensé que las nalimov eran las únicas, gracias por la información.
#42 El go también es un juego determinista, para dos jugadores y no está ni mucho menos resuelto. Ni siquiera las máquinas son capaces de ganar a un jugador humano mediocre.

gobo

#39 A que juego no puedes aplicar eso...

A multitud de juegos, por ejemplo a los chinos, al parchis, a la oca, al poker... el ajedrez es determinista se parte de una situación de base conocida y se conocen los mecanismos para resolverlo, ahora que como hoy por hoy hay que aplicar podas creéis que no está resuelto pues vale, no creo que se pueda discutir más ese punto.

Un algoritmo criptográfico se considera inseguro "roto" desde el momento que se demuestra que es matemáticamente posible romperlo independientemente de que se considere más o menos posible llevarlo a la práctica con la tecnología actual, un ejemplo de esto es el algoritmo SHA-1 muy utilizado hoy por hoy pero que se sabe que su seguridad ya está comprometida y se trabaja para reducir el numero de ataques necesarios para romperlo.

Volviendo a tu ejemplo desde tu punto de vista SHA-1 seguiria siendo seguro porque aun no hay una web que lo rompa como el MD5.

Me alegra sobre manera esta última frase:

Mira, una prueba muy sencilla: se colocan las piezas en una partida de ajedrez en su posición inicial y le toca mover al blanco, ¿hay una jugada que le garantice al blanco la victoria? ¿hay alguna con la que vaya a perder necesariamente? ¿hay otras que garanticen tablas? El día que podamos contestar a esas preguntas, el juego estará resuelto.

El teorema de Zemelo, demostró que todo juego de información perfecta, con suma nula y con dos jugadores, se determina de forma estricta. Es decir, existe una estrategia ganadora para uno de los jugadores, lo que no conocemos es cual.

Ahora que podemos contestar a tu pregunta el juego sigue sin estar resuelto claro.

B

#42 Me refería a juegos con reglas definidas y finitas en los evidentemente no intervenga el azar...

Sobre el tema de SHA-1 y los algoritmos criptográficos, aunque insistas en ignorar las consideraciones sobre las necesidades de capacidad de cálculo (la complejidad), si el SHA-1 se puede considerar roto es precisamente porque se ha encontrado un ataque que permite romper el algoritmo empleando (muchos) menos cálculos que los necesarios para romperlo por fuerza bruta. En el caso del ajedrez lo que tú propones es comprobar todas las variaciones posibles hasta el final (=fuerza bruta). El caso análogo al de SHA-1 sería que propusieras un método para "resolver" el ajedrez empleando menos cálculos que los necesarios para hacerlo por "fuerza bruta".

El teorema de Zemelo, demostró que todo juego de información perfecta, con suma nula y con dos jugadores, se determina de forma estricta. Es decir, existe una estrategia ganadora para uno de los jugadores, lo que no conocemos es cual.

Muy bien, hay una estrategia ganadora (¿o quizás el juego perfecto conduce a tablas? No lo sabemos). Pero como no la conocemos, ni sabemos cómo calcular (salvo "resolver" el juego por fuerza bruta, calculando todas las variaciones posibles), no puedes contestar a mis preguntas, y el juego no está resuelto.

B

#176 Del Guardia Civil no se puede esperar que comprenda las leyes con la misma profundidad que un jurista, pero hombre, hasta la literalidad de artículos que le conciernen directamente sí que debe llegar. Y en este caso, todo Guardia Civil sabe que no existe ninguna obligación de detener porque exista una denuncia (contrariamente a lo que decías en el primer comentario), que una cosa es no ignorar una denuncia, hacer indagaciones, y e incluso tomar declaracion a alguien, y otra muy distinta la detención, que es la medida más lesiva de derechos de todas las que puede realizar por iniciativa propia.

La frase "Cuando el apartado 4 del artículo 492 hace remisión al artículo 3, hace referencia a la situación del futuro detenido o procesado, no a su excepción." no la comprendo.

Y sobre la noticia en concreto, desde un primer momento he pensado que faltaban datos para opinar. Sólo puntualizaba que para nada existe una obligación de detener por parte de la Policia.

#177 Olvídate de todo eso y céntrate en estos dos puntos:
-Que la Autoridad o agente tenga motivos racionalmente bastantes para creer en la existencia de un hecho que presente los caracteres de delito.

-Que los tenga también bastantes para creer que la persona a quien intente detener tuvo participación en él.


Olvídate de la subjetividad del agente...si recibe una denuncia de detención ilegal por sus padres está obligado a detener, porque se puede tratar de un delito (que finalmente lo determina el Juez) y el presunto delincuente está identificado. Otra cosa es que denuncie que le abdujo con un OVNI o que le secuestró Michael Jackson...o lo que sea, y la denuncia no se sostenga por sí sola (o simplemente, que en el período que refiera haber estado detenida/secuestrada, el propio agente la haya visto por ahí de fiesta...).

Sé objetivo: una chica denuncia a su padre por detención ilegal, ¿puede ser eso un delito? SÍ, ¿puede haberse cometido? SÍ ¿pudo haber sido el padre? SÍ. Por huevos tiene que detener, quiera o no, da igual que pueda estar justificado o no, eso lo decide el Juez, que es quien entra en el fondo del asunto.

¿Que el Guardia Civil no tenga obligación de detener? pues claro, todo lo que no esté encuadrado en el 492

B

#178 ...si recibe una denuncia de detención ilegal por sus padres está obligado a detener...

Pues nada, insiste en el error. Yo más no puedo hacer. Y claro que no puedo olvidarme de "todo eso", cuando estás citando un artículo de una Ley y "todo eso" son las partes del articulo que no sirven a tu argumentación y de hecho la contradicen. Esas dos condiciones que has pegado establece la obligación de detener incluso en el caso de que el presunto culpable no esté procesado en el caso de que sus antecedentes o las circunstancias del hecho hicieren presumir que no comparecerá cuando fuere llamado por la Autoridad judicial:

3.- Al procesado por delito a que esté señalada pena inferior, si sus antecedentes o las circunstancias del hecho hicieren presumir que no comparecerá cuando fuere llamado por la Autoridad judicial.

Se exceptúa de lo dispuesto en el párrafo anterior al procesado que preste en el acto fianza bastante, a juicio de la Autoridad o agente que intente detenerlo, para presumir racionalmente que comparecerá cuando le llame el Juez o Tribunal competente.

4.- Al que estuviere en el caso del número anterior, aunque todavía no se hallase procesado, con tal que concurran las dos circunstancias siguientes:

Que la Autoridad o agente tenga motivos racionalmente bastantes para creer en la existencia de un hecho que presente los caracteres de delito.

Que los tenga también bastantes para creer que la persona a quien intente detener tuvo participación en él.

#179 La obligación de detener, en estos supuestos, por parte de los agentes de policía judicial,
viene determinada por los dos requisitos de éste n.° 4.° y a los que ya nos hemos
referido: «Que la Autoridad o agente tenga motivos racionalmente bastantes para creer
en la existencia de un hecho que presente los caracteres de delito». «Que los tenga también
bastantes para creer que la persona a quien intente detener tuvo participación en
él.»
La ley no incluye otras exigencias: ni ofertas ni aceptación de fianzas para, en su
caso, eludir la detención.
La frase del texto: «Al que estuviere en el caso del número anterior...», ha de entenderse
extensible a la persona que cometiere un delito a que esté señalada pena inferior
a prisión correccional (o prisión menor), porque es esta proposición la que constituye el
núcleo del n.° 3.° (el «anterior» de nuestro texto). Las excepciones, recogidas en su párrafo
segundo, no son parte del supuesto, sino las que se apartan del mismo.


Es verdad que la frase: «al procesado por delito a que esté señalada pena inferior»,
está continuada y completada por esta oración condicional: «Si sus antecedentes o las
circunstancias del hecho hicieren presumir que no comparecerá cuando fuere llamado
por la Autoridad judicial». Pero esta condición es sólo aplicable a este número tres, que
versa sobre sujetos pasivos de detención en situación de procesamiento, sobre los que
gravita, como ya hemos hecho constar más arriba, una requisitoria de «llamada y búsqueda
», pero no de captura
.


Yo es así como lo veo, y entiendo que sí está obligado. Como no nos vamos a poner de acuerdo (ni los propios miembros del TS lo hacen), que decidan los tribunales lol (un saludo y hasta mañana!)

B

#1 El artículo habla de otras empresas, no sólo de google.

Muy interesante.

B

#30 Bueno, no es necesario que exista detención para que se produzca un "juicio rápido"... y también puede haber detención y puesta a disposición judicial sin que se siga el procedimiento por la via del "juicio rápido".

otrosidigo

#34 Por supuesto. Me estaba refiriendo al hecho de que lo hubieran detenido sin comprobar nada que refería el meneante. Por supuesto el asunto del enjuiciamiento inmediato es algo más extenso y yo solo lo he expuesto "a grosso modo".(arts. 795 y ss LECrim)

B

#21 Como decía en mi (negativizado) comentario a la anterior noticia, la Policia no tiene ninguna obligación de detener simplemente porque exista una denuncia. Faltaría más.

#19 Esto es meneame

otrosidigo

#26 Salvo en los supuestos contemplados para los juicios "rápidos" en los que el denunciado es detenido hasta pasar a disposición judicial. Normalmente al día siguiente aunque no siempre.
En este caso al padre se le ha detenido antes de enjuiciar la veracidad de los hechos denunciados.

B

#30 Bueno, no es necesario que exista detención para que se produzca un "juicio rápido"... y también puede haber detención y puesta a disposición judicial sin que se siga el procedimiento por la via del "juicio rápido".

otrosidigo

#34 Por supuesto. Me estaba refiriendo al hecho de que lo hubieran detenido sin comprobar nada que refería el meneante. Por supuesto el asunto del enjuiciamiento inmediato es algo más extenso y yo solo lo he expuesto "a grosso modo".(arts. 795 y ss LECrim)

B

#142 ¿Te has leído el artículo que citas? Lo que has señalado en negrita se aplica sólo a "si sus antecedentes o las circunstancias del hecho hicieren presumir que no comparecerá cuando fuere llamado por la Autoridad judicial". Fíjate que el punto 4 se aplica a "al que estuviere en el caso del número anterior".

Lo que dijiste en #11 es una chorrada, ya que además estabas hablando de que la GC debía detener simplemente porque había recibido una denuncia. Y como verás si vuelves a leer lo que has pegado verás que eso ni siquiera es cierto en el caso de que efectivamente crean que se ha cometido el delito. Lo cual es muy lógico, teniendo en cuenta que la detencíon es una medida extraordinariamente lesiva de derechos...

Y, por cierto, ¿sabías que se puede tomar declaración a alguien sin necesidad de detenerle?

#164 Estás haciendo una interpretación ilógica de la Ley. El Guardia Civil no es un intérprete, lo que estás diciendo tu es que entre en el fondo del asunto y prejuzgue la denuncia, lo cual no es competencia suya, y lo que he dicho no es una chorrada: Cuando el apartado 4 del artículo 492 hace remisión al artículo 3, hace referencia a la situación del futuro detenido o procesado, no a su excepción.
Si ves las noticias que vinieron después de esta, la chica incluso tenía un moratón en la cara...así que si eres GC, viene alguien a presentar denuncia y no detienes al denunciado, ya puedes ir rezando porque el Juez, el abogado del denunciante o el Ministerio Fiscal no se metan en eso, porque la puedes tener muy gorda (y reza porque el denunciado no agreda por la causa que sea al denunciante).

Sí, claro que se puede tomar declaración sin necesidad de estar detenido.

B

#176 Del Guardia Civil no se puede esperar que comprenda las leyes con la misma profundidad que un jurista, pero hombre, hasta la literalidad de artículos que le conciernen directamente sí que debe llegar. Y en este caso, todo Guardia Civil sabe que no existe ninguna obligación de detener porque exista una denuncia (contrariamente a lo que decías en el primer comentario), que una cosa es no ignorar una denuncia, hacer indagaciones, y e incluso tomar declaracion a alguien, y otra muy distinta la detención, que es la medida más lesiva de derechos de todas las que puede realizar por iniciativa propia.

La frase "Cuando el apartado 4 del artículo 492 hace remisión al artículo 3, hace referencia a la situación del futuro detenido o procesado, no a su excepción." no la comprendo.

Y sobre la noticia en concreto, desde un primer momento he pensado que faltaban datos para opinar. Sólo puntualizaba que para nada existe una obligación de detener por parte de la Policia.

#177 Olvídate de todo eso y céntrate en estos dos puntos:
-Que la Autoridad o agente tenga motivos racionalmente bastantes para creer en la existencia de un hecho que presente los caracteres de delito.

-Que los tenga también bastantes para creer que la persona a quien intente detener tuvo participación en él.


Olvídate de la subjetividad del agente...si recibe una denuncia de detención ilegal por sus padres está obligado a detener, porque se puede tratar de un delito (que finalmente lo determina el Juez) y el presunto delincuente está identificado. Otra cosa es que denuncie que le abdujo con un OVNI o que le secuestró Michael Jackson...o lo que sea, y la denuncia no se sostenga por sí sola (o simplemente, que en el período que refiera haber estado detenida/secuestrada, el propio agente la haya visto por ahí de fiesta...).

Sé objetivo: una chica denuncia a su padre por detención ilegal, ¿puede ser eso un delito? SÍ, ¿puede haberse cometido? SÍ ¿pudo haber sido el padre? SÍ. Por huevos tiene que detener, quiera o no, da igual que pueda estar justificado o no, eso lo decide el Juez, que es quien entra en el fondo del asunto.

¿Que el Guardia Civil no tenga obligación de detener? pues claro, todo lo que no esté encuadrado en el 492

B

#178 ...si recibe una denuncia de detención ilegal por sus padres está obligado a detener...

Pues nada, insiste en el error. Yo más no puedo hacer. Y claro que no puedo olvidarme de "todo eso", cuando estás citando un artículo de una Ley y "todo eso" son las partes del articulo que no sirven a tu argumentación y de hecho la contradicen. Esas dos condiciones que has pegado establece la obligación de detener incluso en el caso de que el presunto culpable no esté procesado en el caso de que sus antecedentes o las circunstancias del hecho hicieren presumir que no comparecerá cuando fuere llamado por la Autoridad judicial:

3.- Al procesado por delito a que esté señalada pena inferior, si sus antecedentes o las circunstancias del hecho hicieren presumir que no comparecerá cuando fuere llamado por la Autoridad judicial.

Se exceptúa de lo dispuesto en el párrafo anterior al procesado que preste en el acto fianza bastante, a juicio de la Autoridad o agente que intente detenerlo, para presumir racionalmente que comparecerá cuando le llame el Juez o Tribunal competente.

4.- Al que estuviere en el caso del número anterior, aunque todavía no se hallase procesado, con tal que concurran las dos circunstancias siguientes:

Que la Autoridad o agente tenga motivos racionalmente bastantes para creer en la existencia de un hecho que presente los caracteres de delito.

Que los tenga también bastantes para creer que la persona a quien intente detener tuvo participación en él.

#179 La obligación de detener, en estos supuestos, por parte de los agentes de policía judicial,
viene determinada por los dos requisitos de éste n.° 4.° y a los que ya nos hemos
referido: «Que la Autoridad o agente tenga motivos racionalmente bastantes para creer
en la existencia de un hecho que presente los caracteres de delito». «Que los tenga también
bastantes para creer que la persona a quien intente detener tuvo participación en
él.»
La ley no incluye otras exigencias: ni ofertas ni aceptación de fianzas para, en su
caso, eludir la detención.
La frase del texto: «Al que estuviere en el caso del número anterior...», ha de entenderse
extensible a la persona que cometiere un delito a que esté señalada pena inferior
a prisión correccional (o prisión menor), porque es esta proposición la que constituye el
núcleo del n.° 3.° (el «anterior» de nuestro texto). Las excepciones, recogidas en su párrafo
segundo, no son parte del supuesto, sino las que se apartan del mismo.


Es verdad que la frase: «al procesado por delito a que esté señalada pena inferior»,
está continuada y completada por esta oración condicional: «Si sus antecedentes o las
circunstancias del hecho hicieren presumir que no comparecerá cuando fuere llamado
por la Autoridad judicial». Pero esta condición es sólo aplicable a este número tres, que
versa sobre sujetos pasivos de detención en situación de procesamiento, sobre los que
gravita, como ya hemos hecho constar más arriba, una requisitoria de «llamada y búsqueda
», pero no de captura
.


Yo es así como lo veo, y entiendo que sí está obligado. Como no nos vamos a poner de acuerdo (ni los propios miembros del TS lo hacen), que decidan los tribunales lol (un saludo y hasta mañana!)