17 meneos
107 clics

Si tu vivienda pierde vistas, puedes devolverla

El comprador de una vivienda sobre plano puede resolver el contrato de compraventa y recuperar las cantidades entregadas a cuenta, siempre y cuando la vivienda haya experimentado una alteración sustancial al perder 'vistas' o las condiciones de tranquilidad y ausencia de ruidos, según establece una sentencia del Tribunal Supremo, de 28 de noviembre de 2012.
etiquetas: vivienda, tribunal supremo, sentencia
negativos: 6   usuarios: 15   anónimos: 2  
compartir:  twitter  facebook  tuenti  
  1. #1   Y si tiene una ventana que da a una catarata, ¿qué haces?
    12  votos: 0   link
    el 07-01-2013 12:12 UTC por hamahiru hamahiru
  2. #2   #1 Depende de lo que construyan en la catarata.
    20  votos: 1   link
    el 07-01-2013 12:18 UTC por jorozez jorozez
  3. #3   #1 #2 ¿Te refieres a una catarata de agua, o que cuando miras por la ventana y tienes cataratas no ves nada?
    En el primer caso yo llamaría a un fontanero, ya que posiblemente se le ha roto una tubería a la vecina de arriba, en el segundo te recomiendo ir al oculista.
    Pero creo que en ninguno de los dos casos puedes devolver la vivienda.
    20  votos: 1   link
    el 07-01-2013 12:32 UTC por pmg1 pmg1
  4. #4   Puesto que estamos hablando de viviendas compradas sobre plano, yo diría que es complicado demostrar que hayan perdido vistas o condiciones de tranquilidad...
    10  votos: 0   link
    el 07-01-2013 13:13 UTC por AitorD AitorD
comentarios cerrados

menéame