Hace 10 años | Por --239514-- a naiz.info
Publicado hace 10 años por --239514-- a naiz.info

Llama la atención que la Audiencia de Barcelona les ha aplicado condenas más bajas de las previstas por el Código Penal para casos de atentado contra la integridad, algo que ha ocurrido al aplicárseles un atenuante por las dilaciones indebidas en el proceso judicial. Unas dilaciones de las que la acusación ejercida por los reclusos ha responsabilizado durante años precisamente a los acusados. Resulta también sorprendente que la sentencia no reconozca las agresiones a los reclusos como torturas, rechazando la tesis de la acusación y fiscalía.

Comentarios

Guanarteme

Indulto a la de uno....

D

#2 ya te digo Bergen belsen? me cago en.. va me callo

m

#10 creo que a efectos penales no es tortura si no habia intencion de obtener información o confesión; tambien se admite el castigo o venganza por un hecho, no se cuales son lso hechos probados en sentencia pero seguramente no entiende que esas agresiones sean por venganza.

m

#12 De todas forma veo mano blanda, han aplicado las penas mas genericas estando la de torturas que es más especifica y que más condena tiene en comparación con las otras.

Amonamantangorri

#12 Puede ser para obtener información, una autoinculpación, como medida de coherción o castigo, o porque se te pone en la punta de la picha cascarle a un preso. Los tratados internacionales hablan de "Tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes" cometidos por instituciones paraestatales. El objetivo de la tortura es lo de menos.

Estaremos atentos, a ver si no pasa lo habitual: Indulto o una reducción de pena, y vuelta al curro en el mismo lugar donde estaban antes.

m

#14 lo mismo que dicho

m

#16 a parte me refiero al codigo penal 174 no a convenios, de todas forma habrá que leer la sentencia haber por que aplicado esas penas, no intento defenderlo, ya e dicho que me parece unas penas bajas y que se debio aplicar la pena mas especifica

v

#12 A los efectos de la presente Convención, se entenderá por el término "tortura" todo acto por el cual se inflija intencionadamente a una persona dolores o sufrimientos graves, ya sean físicos o mentales, con el fin de obtener de ella o de un tercero información o una confesión, de castigarla por un acto que haya cometido, o se sospeche que ha cometido, o de intimidar o coaccionar a esa persona o a otras, o por cualquier razón basada en cualquier tipo de discriminación, cuando dichos dolores o sufrimientos sean infligidos por un funcionario público u otra persona en el ejercicio de funciones públicas, a instigación suya, o con su consentimiento o aquiescencia. No se considerarán torturas los dolores o sufrimientos que sean consecuencia únicamente de sanciones legítimas, o que sean inherentes o incidentales a éstas.

Yo creo que claramente podría entrar en lo que he resaltado en negrita, aunque dicen No se considerarán torturas los dolores o sufrimientos que sean consecuencia únicamente de sanciones legítimas, o que sean inherentes o incidentales a éstas. Pero si fuesen sanciones legítimas no se les habría condenado.

D

La condena, estricto sensu, no es por torturas, el propio artículo lo dice.

Soriano77

#5 Es cierto, así es sensacionalista. Si #0 pide que se cambie el titular en la fisgo se puede arreglar, sería una pena que esto no se difundiera aquí por ese fallo.

v

Una buena noticia, aunque ha sido una pena que no les dejasen intentar demostrar que había habido torturas antes del motín y que esta fué la causa de él, ya que hay gente que está condenada por dicho motín y se habría podido reabrir el caso alegando autodefensa.

Según los reclusos los los golpes venían de bastante antes y fué cuando golpearon a un chico entre varios en el patio, sin la oscuridad con la que venian haciendolo en las celdas o en aislamiento cuando estalló el motín.

D

2 activistas de 15-M por participar en un piquete, acusados de coaccionar fueron condenados a mas de 3 años de cárcel y un médico acusado de torturar le cae la misma pena.

Este sistema está enfermo y la sociedad también, por consentir al sistema tantos desmanes.

D

¿Y cómo se llama el delincuente?

D

Xavier Martínez Redondo... parece que le gusta correr... pues que sepa que le tendrían que correr a él... a gorrazos:
http://www.runedia.com/runbook.php?urlrunner=xavier-martinez-redondo

D

.. y que tal un poco de su Medicína?

Uzer

Luego la gente se extraña cuando actúan con la prepotencia que actúan.
A estos hay que darles un susto, es él único lenguaje que entienden

D

Supongo que para este funcionario el código deontológico de los médicos debe ser alguna cosa de los dientes...

Está claro que cuando en una prisión o cuartel se practican torturas y estas no salen a la luz es por la connivencia de médicos y forenses. Supongo que en estos casos su selección suele ser de un perfil muy específico, no vayan a topar con algún médico normal y corriente que denuncie a los funcionarios.

m

El tribunal explica en su sentencia que no tiene duda de que "el centro penitenciario sufrió un desgobierno, donde los funcionarios tomaron básicamente las riendas y en esa posición de fuerza, anulado el director del centro, y sin impedimentos de los mandos intermedios que allí se encontraban, realizaron el 'pasillo' a los internos que iban a trasladar", que recibieron golpes, insultos y vejaciones.

Según la sentencia, esta acción "comporta el delito de atentado contra la integridad moral, pues la duración de ese 'pasillo' no fue excesiva, no tuvo carácter permanente, el resultado lesivo no fue grave y respondía, que no lo justifica, a una alteración de los funcionarios por los graves incidentes ocurridos unas horas antes".

El tribunal ha rechazado la tesis del ministerio público de que estos maltratos fueran torturas y tuvieran la finalidad de obtener información de los agredidos sobre la posible participación de otros internos en dichos altercados.

fuente: http://www.lavanguardia.com/sucesos/20130702/54377150864/tres-anos-carcel-exsubdirector-medico-quatre-camins.html

La excusa esta en la duración de la acción para no aplicar torturas, conforme al codigo penal español; clramente es de apreciación, vamos le pudo caer las dos opciones y ha sido la pena mas baja.

A

La noticia habla de torturas pero la condena no es por torturas. La diferencia con el atentado contra la integridad moral está en la finalidad con la que se actúa.

oriola

Un Mengele venido a menos. Esta gente no merece estar a cargo de la seguridad ni la salud de nadie.

D

la justicia al servicio de sus amos, nada nuevo bajo el sol.

Vattenfall

Pobrecitos presos. Con lo majos que son se amotinan y les dan

b

Al titular le deberían de sobrar dos palabras: "prisión por"

D

Debe tratarse de un discípulo del doctor menguele.

m

por otro lado el hecho de aplicar la atenuante de dilaciones indebidas también es para cojerlo con pinzas, por que no se cual de las partes habrá atrasado mas el caso, por que para que dure 8 años, tela