Hace 11 años | Por PepeMiaja a laregion.es
Publicado hace 11 años por PepeMiaja a laregion.es

En una sentencia, la Sala Primera del Tribunal Constitucional ha anulado sendos autos en los que se inadmitía una demanda laboral formulada por un arquitecto contra su empresa porque en el escrito figuraban expresiones de semejante tenor a pesar de que, habiendo sido requerido para subsanarlas, declinó hacerlo.

Comentarios

JefeBromden

Manda carallo na Habana...

javiy

Malos tiempos para la anacrónica cortesía procesal