Publicado hace 12 años por harlam a politiqueces.blogspot.com.es

"Parecía que por fin se iba a regularizar la cobertura sanitaria de todos los desempleados españoles, gracias a la nueva Ley General de Salud Pública 33/2011. Eso parecía… Como quiera que estoy en el paro (desde hace mucho tiempo) y que tengo la tarjeta sanitaria de persona sin recursos, se me ocurrió que con esta nueva Ley podría sustituir dicha tarjeta (que en Madrid requiere ser renovada cada año, con un papeleo tocacojones que solivianta al más pintado) por una nueva igual a la que tiene todo el mundo que cotiza a la seguridad social..."

Comentarios

Aneris

Por si os sirve:

SE APLICARÁ A AQUELLAS PERSONAS QUE YA TENGAN O HAYAN TENIDO TARJETA SANITARIA

Las personas que han agotado las prestaciones antes del 1 de enero de 2012 deben solicitar la inclusión en un Centro de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS). No hay límite en el tiempo respecto al agotamiento de las prestaciones para poder tener asistencia por esta vía(llamada situación adicional 221).
Admite beneficiarios.
Esta situación prevalece sobre la condición de beneficiario y sobre el reconocimiento por vía R.D. 1088/1989.

Nota: En cada CC.AA. varía el procedimiento. Es interesante acudir al INSS previamente para saber a qué acogerse

Saludos

h

#1 Joer, esto lo cambia todo...¿de dónde has sacado ese texto?

Aneris

#2 Disculpa que no te haya contestado antes; generalmente no accedo a esto desde el curro.
Trabajo en un centro de salud. Nos enviaron el texto desde altas instancias, pero se encuentra en el BOE número 240 de 2011, disposición adicional sexta (página 29). Espero que te sirva.