Hace 11 años | Por chisqueiro a ccaa.elpais.com
Publicado hace 11 años por chisqueiro a ccaa.elpais.com

El principio de “libertad de elección de centro”, consagrado en el artículo 24.1 de la Constitución española, es un arma de doble filo. El Tribunal Supremo ha desestimado un recurso de casación contra de la Confederación Católica de Padres de Alumnos de la Comunidad Valenciana (Concapa-CV), que pedía la extensión del transporte escolar a los centros concertados en el municipio valenciano de Alboraia.

Comentarios

WarDog77

Leida la noticia y encontrada totalmente logica la sentencia, si eliges llevar a tus hijos a un centro que no te corresponde por cercania (digo elijes, no que te toca por falta de plazas)el tranporte escolar hasta ese centro te lo pagas tu.

ochoceros

#1 Estaría de acuerdo contigo si no fuese por cosas sangrantes como estas:
Carmen Quintanilla, diputada del PP, apoya el cierre de escuelas rurales y pide "comprensión"

Hace 11 años | Por campomojao a lanzadigital.com

Lista de los 60 municipios de Castilla-La Mancha que cerrarán su escuela al terminar el curso


Porque hoy en día se cierran escuelas y se obliga a desplazarse a los alumnos a otros municipios. Y le suele tocar a gente sin recursos, claro.

WarDog77

#2 Es que eso es lo que no se puede permitir, por obligacion si, por gusto no

elektroduende

Y no han pedido también que les subvencionen los cilicios?