Publicado hace 10 años por --216577-- a ayudaleyprotecciondatos.es

Siempre que se envían comunicaciones comerciales no solicitadas, ya sea vía SMS, fax, email, etc., se corre el riesgo de que el receptor conocedor de sus derechos proceda a denunciar el hecho ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) y este organismo sancione al emisor del spam por vulneración de la Ley General de Telecomunicaciones (LGT) y/o la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información (LSSI). Pero lo que resulta francamente falto de toda lógica es enviar spam… a la propia AEPD.

Comentarios

arolasecas

Es como ir a robar a la comisaría m'hijo

D

El spam más absurdo jamás visto es hacer spam con los enlatados Spam, mientras se escribe una pagina diciendo que se trata del spam más absurdo jamás visto.