Hace 4 años | Por Olarcos a elmundo.es
Publicado hace 4 años por Olarcos a elmundo.es

Gonzalo Boye, abogado de Puigdemont, y Laura Borràs, portavoz del PDeCAT en el Congreso, se han presentado en la Cámara Baja con el fin de prometer "por imperativo legal" la Constitución en lugar de los dos prófugos. En definitiva, hacerlo mediante poderes.

Comentarios

o

Zas en toda la boca.

e

Como se promete acatar algo y la vez eres profugo de eso? meloxplique

D

#32 me has pillado enseñando a un compañero de trabajo como modificar la extensión de nCage para trollear mejor a los que se dejan sin bloquear el ordena.

Tengo cosas más importantes que hacer que darte bola en definitiva.

D

#10 Estais siempre amenazando con tribunales extranjeros sea el TEDH o el TJUE, pero luego no os dan la razón.

Esperemos primero que el Puigdemont presente las demanada ante el TJUE y esta sea admitida. Aburre mucho estas amenazas de demanda a través de los medios de comunicación.

D

#12 Ahora puede presentar la demanda, antes no podía

D

#13 Pues que la presente, para eso están los tribunales.

Llevamos años y años de "procés" y siempre la misma cantinela: "Habrá demandas, los tribunales nos darán la razón...". Luego nunca pasa nada. El objetivo es seguir en los medios de comunicación.

lorips

#14 Pasa el tiempo y nadie me convence de lo que mola españa....

D

Bueno, ahora empieza el embrollo jurídico, ha ido con un notario belga, supongo que ahora pondrá una demanda en el TJUE , a ver como acaba la cosa

D

#3 Como supongo sabes un frances ( nacionalidad) puede presentarse como eurodiputado ( tratado de Lisboa) y ser elegido por la circunscripción española, el tema es si ese ciudadano frances tiene la obligación de jurar/prometer la constitución local ?

Por cierto.. https://elpais.com/politica/2015/12/28/actualidad/1451300675_108981.html

D

#7 si se presenta para representar a España, tendrá que cumplir la legalidad española, y esta implica jurar la CE ante la JEC, como dice el artículo 224 del régimen electoral.

Igual que si un español se presenta en Alemania, tendrá que cumplir la alemana, sea la legalidad que sea.

editado:
Por cierto, a los diputados españoles no se les aplica el 224, que es para europarlamentarios, y habla explícitamente de jurar la CE ante la junta:

"Artículo 224
1. La Junta Electoral Central procederá, no más tarde del vigésimo día posterior a las elecciones, al recuento de los votos a nivel nacional, a la atribución de escaños correspondientes a cada una de las candidaturas y a la proclamación de electos.

2. En el plazo de cinco días desde su proclamación, los candidatos electos deberán jurar o prometer acatamiento a la Constitución ante la Junta Electoral Central. Transcurrido dicho plazo, la Junta Electoral Central declarará vacantes los escaños correspondientes a los Diputados del Parlamento Europeo que no hubieran acatado la Constitución y suspendidas todas las prerrogativas que les pudieran corresponder por razón de su cargo, todo ello hasta que se produzca dicho acatamiento.

3. Asimismo la Junta Electoral Central será la competente para la realización de las restantes operaciones de escrutinio general no previstas en el artículo anterior."


Para los diputados creo que es el 108:

"En el momento de tomar posesión y para adquirir la plena condición de sus cargo, los candidatos electos deben jurar o prometer acatamiento a la Constitución , así como cumplimentar los demás requisitos previstos en las leyes o reglamentos respectivos."

Que habla de jurarla simplemente.

D

#9 veremos, supongo que almenos estaremos de acuerdo que el tema ahora lo dirimirá el TJUE que es quien tiene jurisdicción

D

#10 estaré de acuerdo en que no lo sé. Hasta donde conozco, las competencias electorales no están transferidas a la UE, así que no sé si pueden meter mano.

Los tratados exigen que se respete la legalidad interna, si no es algo que hayan cedido, no creo que puedan meter mano.

Pero a ver que ocurre.

rogerius

#9 ¿Dónde dice que sea en persona? ¿Dónde dice que no pueda ser a través de representante legal?

D

#16 ¿por qué me preguntas lo mismo en otros meneos? Boye no logra acreditar a Carles Puigdemont como eurodiputado/c200#c-200

rogerius

#17 Es la misma cuestión. Todavía no has respondido.

D

#18 está respondido.

rogerius

#19 No, en absoluto. Ley y artículo. ¿Dónde dice «en persona»? Las declaraciones del irpf se hacen ante Hacienda. Pero no tienes que ir en persona a la oficina.

D

#21 ¿tienes la ley de Hacienda que dice lo de "ante"? Y solo lo de ante, imagino que no hay más regulación que esa y será un ejemplo idéntico al caso.

rogerius

#22 Yo pregunté antes.

D

#24 y ya te respondí, ahora pones un ejemplo "igual" y yo te pido que lo demuestres, simplemente.

rogerius

#25 No me has respondido. No me has dicho dónde dice eso de «en persona». Hala, sé bueno y contesta.

O no respondas. A tu bola.

D

#26 vamos, que te has inventado lo de Hacienda, triste.

rogerius

#27 ¿Qué dices que me he inventado?

D

#28 goto #21

rogerius

#29 Te juro que Hacienda existe.

D

#30 la catalana no.

rogerius

#31 Has tardao en pensarla. Minus two points.

D

#16 porque en derecho administrativo, lo que no está explícitamente permitido está prohibido. Es decir, que es lo contrario de lo que tú dices. Si no está puesto en una ley que se puede hacer por poderes, entonces no se puede hacer. #9

vicvic

Algunos no quieren enterarse que el estado de derecho y la democracia siempre gana y que los malos (en este caso un ex secuestrador colaborador de ETA, PIERDEN). Que ganas de hacer perder el tiempo a todo el mundo...

WarDog77

Aquí lo importante es si esta permitdo, y en que circunstancias o no acreditarse por poderes.