Hace 11 años | Por Maldito a barrapunto.com
Publicado hace 11 años por Maldito a barrapunto.com

En breve entrarán en vigor las nuevas tasas judiciales, que suponen el tener que pagar una tasa para poder acudir al Juzgado a hacer valer nuestros derechos. La reforma implica dos novedades: la primera y más importante, que se aplicará tanto a personas físicas como jurídicas (hasta ahora sólo debían pagarlas las personas jurídicas), y la segunda, un aumento en la cuantía de las tasas. Aunque se ha hablado mucho del tema, conviene aclarar algunos puntos sobre la reforma.

Comentarios

H

Lo que nadie dice, ni siquiera los abogados, es que las tasas judiciales son parte de las costas procesales (art. 241.1 7 LEC) y que si al demandante se le da completamente la razón, el demandado deberá abonar las tasas que el demandante pagó primeramente, como parte de las costas procesales(art. 394 LEC sensu contrario).

Y esto es un problema para los abogados, porque les obliga, si es que son buenos y buscan el beneficio del cliente, ponderar los petitum de sus demandas y no entrar "como un elefante en una cacharrería" pidiendo "el oro y el moro". Amén de intentar un arreglo extraprocesal en los casos dudosos o de difícil interpretación, pues como siempre, es preferible un acuerdo a enfrentarse a la maldición gitana: "pleitos tengas y los ganes"

Tomaydaca

¡Obviamente, como siempre a las clases bajas!. Tendremos que renunciar a plantear demandas.

D

A todos. Siempre y cuando no seas uno de los suyos.

D

la respuesta para la pregunta quiénes sufren los recortes siempre es y será la misma: los pobres. esto a ricos y politicos ni les salpica,ellos tendran exención de pago...