Publicado hace 14 años por rogerius a republicaconstitucional.wordpress.com

Si el Rey matara a Doña Sofía, no podría ser procesado. La economía de mercado está reconocida en la constitución y los que son contrarios al capitalismo son inconstitucionales. La constitución del 78 es un adefesio que debería ser reescrito. Todas estas y algunas cosas más que no sabías de la constitución española te dejarán patidifus@.

Comentarios

russell

#1 Mi perro es también inconstitucional porque no sale. Conio, y yo mismo ¿sabrá este iluminao que, en un Estado de Derecho, está permitido lo que no está prohibido expresamente?

No sigo porque me canso... ¡Qué atrevida es la ignorancia! O qué en auge la intoxicación.

D

#10 Si pretendes que las regiones históricas desaparezcan les tendrás que preguntar si están de acuerdo, y sino que se queden fuera de España... ¿no?

Si es así conpletamente de acuerdo contigo! (yo es que soy muy radical, o todo o nada )

D

#28 Si no.
completamente.

D

Ajá...

brainsqueezer

Si el rey matase a la reina no podría ser procesado. Es que se nos ocurre cosa.... cómo iba el rey a matar a alguien, sobretodo alguier cercano, como un hermano o así. Oh wait!

D

D

Hoy en día se menea cualquier cosa

D

Tampoco recoge el derecho de autodeterminación y dice que la unidad de España se garantizará por las armas.

rogerius

Ché, iros a leer el asunto y comentar después.

erbauer

#7 Aprende a usar el imperativo y luego da órdenes. roll

tocameroque

Noticia errónea y absurda. Imperfecta pero es una democracia. Esto no se lo admito yo a nadie y Zapatero es mi presidente, por mucho que me joda y no le votara. Y espero que como me representa me tome en cuenta...

rogerius

Eso se deduce de la constitución tal como está redactada.

jotape

ikipol

Esto es una gilipollez como un piano. La gente parece que no lee lo que envía, joder.

D

Que ida de pinza mas grande.

.hF

rob3ro

Hay un punto interesante, el tema del mandato imperativo :

"...La prohibición del mandato imperativo va acompañada de la configuración de los votantes como cuerpo electoral cuya tarea es elegir a la Cámara pero cuya voluntad no puede predeterminar en modo alguno la libre voluntad del representante. Aún más, la firme convicción del liberalismo de que el libre debate en el Parlamento es la conditio sine qua non para la adopción de una decisión coherente con el interés nacional exige la más absoluta libertad del representante, que en modo alguno puede verse coartada por aprioris o mandatos esencialmente perturbadores."
Fuente : http://www.congreso.es/consti/constitucion/indice/sinopsis/sinopsis.jsp?art=67&tipo=2

Según esto el voto de cada diputado debería ser libre, cosa que no ocurre, todos se pliegan a la disciplina de partido. Luego si se podría hablar de in-constitucionalidad de las leyes votadas en democracia. Necesitamos listas abiertas.

Catacroc

Lo que el autor del articulo no sabe, asi son las mayorias de las constituciones.

rogerius

Sí, sugaret. Ergo España es un estado de partidos o partitocracia.

a

y según el articulo 87 como la mejor dictadura

Iniciativa popular

De Wikipedia, la enciclopedia libre
Saltar a navegación, búsqueda
La iniciativa popular, también conocida como iniciativa ciudadana se refiere a la posibilidad amparada en la constitución de que las personas presenten peticiones, cargo de justicia, avalada por sus firmas, para que se tome a consideración política un determinado asunto público, como puede ser una reforma de un estatuto o una ley, o incluso una enmienda constitucional.

La iniciativa puede ser directa o indirecta. Si es directa, la presentación de la iniciativa desemboca en un referéndum para aprobarla o rechazarla. En el caso de las iniciativas indirectas, la petición es tomada en consideración por el legislativo, quien decide si se convoca o no el correspondiente referendo.

En algunos países, la iniciativa popular tiene una regulación específica que establece algunas especialidades en su tramitación.

Contenido [ocultar]
1 Regulación por países
1.1 España
2 Véase también
3 Referencias
4 Enlaces externos


Regulación por países

editado:
España
editado:
En el artículo 87.3 de la Constitución se contempla la posibilidad -regulada por la Ley Orgánica 3/1984-[1] de que los ciudadanos hagan propuestas respaldadas por un mínimo de 500.000 firmas, propuestas denominadas por ley ILPs (Iniciativas Legislativas Populares). Sin embargo, estas iniciativas, tienen una serie de limitaciones:

No pueden reformar ley Orgánica alguna, ni regular materia propia de ley Orgánica, lo que excluye el Código Penal, los Estatutos de Autonomía, la Ley Electoral, la del Defensor del Pueblo, la del Tribunal Constitucional, la de Educación, la del Derecho de Reunión, la de Libertad Sindical, la de Libertad Religiosa, la de Partidos Políticos, etc
No pueden reformar ley tributaria alguna, lo que excluye la Ley General Tributaria, la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, la Ley sobre el IRPF, la Ley del IVA, etc
No pueden reformar ley alguna de carácter internacional.
Partiendo de dichas iniciativas no puede elaborarse ley alguna referente a la prerrogativa de gracia, el indulto, que según el artículo 62.i de la Constitución corresponde al Rey, con arreglo a la Ley.
No pueden reformar ni el Consejo Económico y Social, ni los parámetros de redistribución de la riqueza, ni la armonización entre regiones, ni la planificación de la actividad económica; tampoco pueden proponerse los Presupuestos Generales del Estado ni enmiendas a éstos.
Además, según el artículo 166 de la Constitución, sólo puede reformarse la Constitución

rogerius

tocameroque, las cosas son así, no las he inventado yo. Lo siento mucho, pero los diputados obedecen a su partido, no al electorado.

rogerius

Esas propuestas, a1789, además quedan sujetas a la sanción de los partidos que, por cierto, reciben sustanciosas subvenciones del estado y prefieren que las cosas sigan como están.

Añadir entonces, que no hay libertad política:

De http://diariocr.com:

«La libertad política permite a los gobernados elegir y deponer a sus gobernantes. Es fácil caer en el error de considerar la libertad política como una consecuencia natural de las libertades civiles (como la libertad de expresión, de asociación, etc.) e identificarla con el derecho al voto. Nada más lejos de la realidad. La libertad presupone la existencia de libertades civiles, pero no a la inversa: la existencia de libertades civiles no garantiza la libertad política. Para asegurar la existencia y permanencia de la libertad política en una verdadera democracia, los mecanismos necesarios deben estar incorporados a las reglas recogidas en la constitución (separación de poderes y representatividad).»

a

y despues del articulo 87, los ciudanos como mucho, podemos elegir el color del chalet del presidente.

Iniciativa popular

De Wikipedia, la enciclopedia libre
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La iniciativa popular, también conocida como iniciativa ciudadana se refiere a la posibilidad amparada en la constitución de que las personas presenten peticiones, cargo de justicia, avalada por sus firmas, para que se tome a consideración política un determinado asunto público, como puede ser una reforma de un estatuto o una ley, o incluso una enmienda constitucional.

La iniciativa puede ser directa o indirecta. Si es directa, la presentación de la iniciativa desemboca en un referéndum para aprobarla o rechazarla. En el caso de las iniciativas indirectas, la petición es tomada en consideración por el legislativo, quien decide si se convoca o no el correspondiente referendo.

En algunos países, la iniciativa popular tiene una regulación específica que establece algunas especialidades en su tramitación.

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1 Regulación por países
1.1 España
2 Véase también
3 Referencias
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Regulación por países

editado:
España
editado:
En el artículo 87.3 de la Constitución se contempla la posibilidad -regulada por la Ley Orgánica 3/1984-[1] de que los ciudadanos hagan propuestas respaldadas por un mínimo de 500.000 firmas, propuestas denominadas por ley ILPs (Iniciativas Legislativas Populares). Sin embargo, estas iniciativas, tienen una serie de limitaciones:

No pueden reformar ley Orgánica alguna, ni regular materia propia de ley Orgánica, lo que excluye el Código Penal, los Estatutos de Autonomía, la Ley Electoral, la del Defensor del Pueblo, la del Tribunal Constitucional, la de Educación, la del Derecho de Reunión, la de Libertad Sindical, la de Libertad Religiosa, la de Partidos Políticos, etc
No pueden reformar ley tributaria alguna, lo que excluye la Ley General Tributaria, la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, la Ley sobre el IRPF, la Ley del IVA, etc
No pueden reformar ley alguna de carácter internacional.
Partiendo de dichas iniciativas no puede elaborarse ley alguna referente a la prerrogativa de gracia, el indulto, que según el artículo 62.i de la Constitución corresponde al Rey, con arreglo a la Ley.
No pueden reformar ni el Consejo Económico y Social, ni los parámetros de redistribución de la riqueza, ni la armonización entre regiones, ni la planificación de la actividad económica; tampoco pueden proponerse los Presupuestos Generales del Estado ni enmiendas a éstos.
Además, según el artículo 166 de la Constitución, sólo puede reformarse la Constitución

rogerius

Cuándo se ha visto que se pueda demandar a un partido por no cumplir su programa electoral. Además, lo vuelven a votar. El mandato imperativo está corrompido; como no emana del elector sino del partido, todas las leyes desde el 78 hasta aquí son papel mojado.

Y si miráis el art.93, como les de por meternos en una cápsula y vendernos como abono, pues se hace no pasa nada.

rogerius

erbauer, idos vos a freir huevos.

Catacroc

#15 otra vez mal, 'huevos' en imperativo es 'cojones'