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eliatron el 25-09-2009 14:19 UTC publicado: 25-09-2009 14:45 UTC
[c&p] El letrado demostró que usó los CD para copiar juicios, que son actos públicos, y que por tanto no los había utilizado para reproducir obras protegidas por derechos de propiedad intelectual.
etiquetas: canon, sgae, sevilla, devolución negativos:
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Y pensandolo bien, seguro que dichas empresas "importantes" tienen otro tipo de intereses en este asunto. Ya sean políticos o de otro tipo
Hay cosas tan de perogrullo que son faciles de defender pero difíciles de costear a la hora de decirselo a un juez.
Mal que nos pese, esto no es más que una anécdota
Se llama jurisprudencia cuando las "anécdotas" se acumulan.
Con la jurisprudencia en una mano y tu caja de DVD's con tus fotos y vídeos de vacaciones en la otra: a los juzgados.
El canón digital es un timo legal. Y uso timo porque se usa el engaño -sin fuerza- para conseguir el dinero.
Lo que más me jode es que además de cobrarte el canon, te llaman pirata. Ellos... menudos carapétreas.
Yo ya he reclamado no sólo la devolución del canon si no que también derechos de autor ya que mis trabajos se pueden copiar en soporte informático. De momento llevan 3 meses pensando la respuesta. Después les llegará la demanda. Pero hemos de ser todos a una.
Basta una pequeña busqueda en google.
www.google.es/#hl=es&q=jueces+para+la+democracia+sgae&meta=&am
DVDs, CDs, discos duros, lápices usb, escáners... que se cuentan por cientos de miles. Hablamos de millones de € que paga en canon a cargo de las cuentas públicas.
Canon con iva incluido = roba la SGAE y el Estado es cómplice necesario.
De ahí que todo esté como está.
Lo siento mucho por las tiendas Españolas y por el paro que se pueda generar pero llevo un año comprando los CDs y DVDs en el extranjero, con una logística impecable y a un 60% del precio que pagamos en España gastos incluidos.
Efectivamente, y luego esperar (sentados) a que la entidad de gestion le reembolse el dinero entregado (o se lo descuente de la siguiente partida).
Y yo que tengo que hacer ir al juzgado con todos los cds que he utilizado para datos y pedir que me devuelvan el dinero??.....
Que mala leche me ponen estos ladrones de la sgae..........
¿Nadie conoce la demanda contra el canon que la web de Javier de la Cueva (derecho-internet.org) está promoviendo? Viene el procedimiento a seguir con pelos y señales, pudiendo hacerlo cualquiera sin prácticamente idea de leyes, sin necesitar abogado ni procurador y sin riesgo a costas judiciales.
No se le puede pedir más a una sociedad en la que la diferencia de las clases sociales está representada por su majestad Juan Carlos de Barbon y los demás somos súbditos insignificantes.
Artículo 31.2.1º de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en cuanto al abogado y 23.2.1º de la misma en cuanto al procurador.
Edito: #34, no lo van a entender y te van a votar negativo
el canon va contra la "presunción de inocencia" (base de la justicia) y la transforma en "presunción de culpabilidad".
No se que hacen las asociaciones de consumidores, los defensores del pueblo, los políticos concienciados, permitiendo este atropello por este loby todopoderoso (que seguro que "toca" políticos jueces, formadores de opinion....)
Yo ahora mismo estoy en una residencia de estudiantes. Tengo que pagar £150 de depósito, que me devuelven al final del año si no he provocado ningún desperfecto en la propiedad. Cuando alquilas un coche, pasa exactamente lo mismo. ¿Se pasa todo el mundo la Constitución por el forro o qué está pasando?
El canon es exactamente lo mismo. Ellos cobran una cantidad por si optas por hacer una copia privada de algún producto regulado por la SGAE (a lo cual, por cierto, tienes derecho). Si finalmente no lo haces, ellos te tienen que devolver ese dinero (como ha salido en el juicio, y como dicen en varios comentarios).
Este es el punto de vista que justifica el canon, no es que se viole la presunción de inocencia ni nada así.
Otra cosa es que haya mucho que discutir sobre el tema: ¿Realmente la copia privada representa una pérdida para los artistas por la que haya que compensarlos? ¿Gravar los productos con los que se puede hacer la copia en lugar de los productos que se pueden copiar tiene algún sentido? ¿Es la cuantía razonable? ¿Es razonable la cantidad de molestias que ha de pasar el usuario para que se devuelva un dinero que, aún siendo un depósito, es suyo? ¿Por qué una empresa puede percibir un canon de productos que no manufactura ella? Etc, etc...
Por otro lado, no es cierto que la beneficiaria de dicho impuesto admita la devolución del mismo en caso de dedicarse el soporte informático a otros fines. Por muy asequible que pueda ser en determinados casos el acceso a la Justicia (justicia gratuita o intervención no preceptiva de abogado ni procurador), la presentación de una demanda y el posterior proceso implican conflicto, disconformidad o disparidad de intereses. En el caso de la devolución de la fianza, esta implica el comportamiento contractual debido dada una determinada situación (la devolución de la posesión del bien inmueble y sus partes accesorias en perfecto estado)
En cualquier caso, has dicho "Lo primero constituye una figura muy antigua en Derecho, que tiene un objeto perfectamente justificable, lo segundo es un impuesto privado que no debería tener cabida en nuestro ordenamiento". Aunque lo expreses tan categóricamente, eso es una opinión, no un hecho, y no la argumentas o yo no te he interpretado bien, que puede ser.