Hace 5 años | Por MerchiCuadrado a legalitas.com
Publicado hace 5 años por MerchiCuadrado a legalitas.com

En las ordenanzas municipales, cada ayuntamiento establece un grado de infracción sobre las prohibiciones en las playas y, por ejemplo, jugar a las palas dentro del agua, lavarse en el mar usando jabón o champú en Benidorm, se considera infracción leve y se sanciona con hasta 750€ y en esa localidad, la multa podría llegar a los 3.000€ las sanciones por las consideradas como infracciones muy graves, en este apartado entran actividades como realizar cualquier ocupación con instalación fija o desmontable sin contar con preceptiva autorización.

Comentarios

D

¿Dónde acaba el límite municipal de los pueblos de costa? ¿Es competencia suya (del municipio) la custodia de las 12 millas náuticas, o solo hasta donde se hace pie en la playa?

T

#0 ¿En los masters de la UCM no enseñan a variar las fuentes?

MerchiCuadrado

#1

D

Pues hay familias que más parecen tribus, con su parafernalia de mesas, sillas, tumbonas, parasoles y paravientos que son mas aparatosos que un chiringuito.

k

#2 En Almería hay gente que se lleva hasta pergolas, barbacoas y hasta algunos meten la fragoneta.