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JuanFolgar el 14-08-2012 03:08 UTC publicado: 14-08-2012 15:35 UTC

El magistrado del Tribunal Constitucional Andrés Ollero, exdiputado del PP, catedrático de Filosofía del Derecho y declarado antiabortista desde hace más de 25 años, cuando empezó a escribir artículos contra la ley del aborto,se encargará de redactar como ponente la sentencia al recurso presentado por el PP contra la reforma aprobada por el Gobierno socialista en 2010.Ollero también se ha manisfestado contra el matrimonio homosexual, cuyo debate irá al primer pleno, el 13 de septiembre.
etiquetas: aborto, andrés ollero, tribunal constitucional negativos:
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Esa frase te vale para todo lo que quieras
Pero ?qué valor tiene la vida de una mujer ante un ovulo fecundado?.
Este señor es un declarado antiabortista por tanto no es el mas indicado para redactar dicha sentencia.
El fallo del TC no sera en ningun caso el fallo de Andres Ollero, sino el fallo del TC porque asi lo habran avalado el resto de miembros del Tribunal.
Y lo segundo es que prohibir a los miembros del Opus acceder al TC es, precisamente, una discriminacion por razon de religion. Si un juez dicta sentencias contra los homosexuales a sabiendas de que estas son injustas, comete prevaricacion. Denuncialo. Si sus sentencias son ajustadas a derecho, el juez tendra sus opiniones que nos pareceran mejores o peores, pero son sus opiniones.
Naturalmente, en aquellos puntos en los que la ley sea interpretable, el juez la interpretara con arreglo a sus convicciones. Pero eso es inevitable. Habra jueces del Opus, como los habra de izquierdas, de derechas, nacionalistas, etc. Por que habria que filtrar a los del Opus y no a los otros? Una vez abierta la puerta inquisitorial acerca de las creencias o ideas de cada uno, es un punto de no retorno. Hoy prohibimos el acceso a los del Opus, manana quiza sean otros quien se lo prohiban a los comunistas.
A ti todo eso de conflicto de intereses, nepotismo, etc. noo.... ¿no, verdad?
En cuanto a nepotismo... o te explicas mejor o habre de concluir que no sabes lo que significa esa palabra.
Sin embargo el estado en sí no existe como ente independiente. El estado somos todos pero más concretamente, el estado son el Gobierno, el poder judicial.. Ellos son el estado en la práctica. Son las personas. Es como si creas un periódico de deportes, los periodistas son miembros de los Ultra Sur, y luego declaras que el periódico es imparcial. No tiene mucho sentido.
Creo que a veces somos más papistas que el Papa. ¿Que sentaría un mal precedente? pues mira, pues tal vez sí si luego el poder estuviese de nuevo en las manos de esa gente. Pero evitarlo es precisamente el fin. En Alemania se ha prohibido cualquier referente nazi y eso no sirve de precedente para prohibir cualquier otra cosa. Tienen claro que esa opción no es válida, y creo que aquí debería de ser igual, pero la diferencia es que aquí en 1939 ganaron los malos.
La mayoría de las prohibiciones sólo representan fallos del sistema educativo.
Es decir, puede comulgar con las ideas del Opus Dei pero no debería pertenecer a él, más que nada porque sería mucho más fácil que usara su puesto para beneficiar a su organización (para devolver un favor o por presiones) por encima del interés general.
También creo que los jueces del constitucional deberían ser más tirando a progresistas que a conservadores y a ser posible no religiosos, pero esto ya es una opinión muy personal.
www.meneame.net/story/opina-aborto-miembro-opus-dei-redactara-sentenci
Por cierto, no entro a la falacia. Que las leyes penales las hagan los reos. Que la guerra la declaren los militares, no los civiles. Que los salarios de los políticos sean fijados por los políticos...
Ups.
En cuanto al poder judicial, ninguna sorpresa a estas alturas ¿Acaso les quedaba algún mínimo indicio de credibilidad?
Porque, si nos ponemos así, otros podrían considerar peligroso ser "comunista" (o lo que sea) y prohibirles ejecer un cargo público.
#7 ¿y quién define qué es una secta? Lo siento, no creo que se deba prohibir a nadie ser cargo público por pertenecer a cualquier asociación.
A la gente hay que juzgarla por sus actos, no por a qué grupo/asociación/religión pertenece.
Ese fallo que redacte tiene que ser aprobado por el pleno del TC y si no se ajusta a la opinión de la mayoría, o si no quiere dar su brazo a torcer, el Presidente nombrará otro ponente y a otra cosa mariposa.
Por otra parte tiene razón Ollero cuando dice que "cuando se accede al Constitucional, con 60 años o más, resulta muy difícil no haberse pronunciado sobre todos los asuntos polémicos". El caso que se apunta de Perez Tremps era muy diferente, el había cobrado de la Generalitat por redactar un documento relacionado con el Estatut.
Aqui no importa que sea catedratico y tal...eso son menudeces. Aqui lo que importa es que es un antiabortista del diablo,un maluto y un...mata gatitos!!. Viva egpaña!
Seguramente serian mas consecuentes con sus ciudadanos
Si queréis la libertad absoluta, no os quedéis con una democracia. Coger otro sistema.
Cualquier persona si es Juez, llevará unas ideas propias, y que esté de acuerdo o no de acuerdo a ellas, no debería de impedir ejercer la Justicia como tal. Para eso existen vía de demostrar que esa persona a sido imparcial y que no se ajustó a derecho, entonces se recurre y se gana. Otra cosa es que haya corrupción y demás, entonces no se pelea contra la Justicia si no contra el Sistema, que es lo que realmente falla.
El sistema falla en el momento que pones una persona, esa persona tiene ideas propias y pensamiento propio, tiene su propia moral y ética, la cual evidentemente siempre le influirán en sus sentencias. La única forma de evitarlo, sería que lo hicieran maquinas carentes de ética, moral, prejuicios, y sentimientos. pero como eso de momento es inviable, pues damos confianza en gente que se supone que está preparada, y que es capaz de cuando realiza su trabajo abstraerse de sus creencias, y pensamientos. Y aplicar Justicia. Tela ese trabajo, ese trabajo se trae tela.
Recuerdo bien un caso de un padre que se dijo que había violado y matado a su hija, y toda la sociedad le culpó, incluido los meneantes
www.meneame.net/story/fallece-nina-fue-violada-novio-madre/1
Pero que pasó, oh! sorpresa, era inocente, pues si la mayoría de la gente que comentó la noticia fuera juez, ya lo habría culpado, condenado y EJECUTADO, por que hay que leer los comentarios, que vaya tela.
Con esto no estoy diciendo que ese juez, (el abortista) sea parcial. No lo sé, no he leído nunca ninguna de sus sentencias. Así que no puedo dar mi opinión al respecto. Pero cuidado, que el trabajo de los jueces, de los buenos jueces, es muy, muy, muy complicado. Y ajustarse a la ley, no siempre es bonito, ni quedas bien delante de la sociedad.
Por cierto la noticia anterior, al final quedó así:
www.meneame.net/story/punto-final-pesadilla-hombre-falsamente-acusado-
Pero la persecución que hicieron públicamente nadie se la quita, y su honor se ha visto comprometido, pocos medios pidieron disculpas, y lo llamaron de todo "educadamente"
A finales de 1977, después de la XXVII asamblea del episcopado, la iglesia del reino hizo saber sus condiciones para aceptar la constitución futura:
1.- Reconocimiento de la Iglesia católica por encima del resto de confesiones.
2.- Escuelas religiosas privadas con garantías en los planos jurídico, económico y social.
3.- No al aborto.
4.- Santidad del matrimonio.
Todos los puntos fueron aceptados. En los dos últimos ha habido algunas victorias.
El punto número 1 es más que evidente (y para mí el más vergonzoso) si miramos la evolución del capítulo II referente a los derechos fundamentales de culto y libertad religiosa:
Propuesta de redactado, de la Constitución de la República Española de 1931:
España no tiene religión oficial.
1ª modificación:
El estado español es aconfesional.
2ª modificación, borrador filtrado a la prensa el 22 de noviembre de 1977:
El estado español es no confesional. Se garantiza la libertad religiosa y de cultos, con la única limitación del orden público protegido por las leyes.
3ª modificación, anteproyecto del 5 de enero de 1978:
Ninguna confesión tendrá carácter estatal. Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación.
4ª modificación, anteproyecto del 17 de abril de 1978 y redacción definitiva del Artículo 16.3:
Ninguna confesión tendrá carácter estatal. Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones.
El punto número 3 se contempla en el artículo 15 de la constitución: "Todos tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral, sin que, en ningún caso, puedan ser sometidos a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes. Queda abolida la pena de muerte, salvo lo que puedan disponer las Leyes penales militares para tiempos de guerra."
En un principio se propuso "Todos tienen derecho a la vida y a la integridad física", pero los progresistas habían visto cómo en la Alemania de 1975 se declaraba inconstitucional la despenalización del aborto de 1974 por culpa de ese redactado, así que propusieron "Todas las personas tienen derecho a la vida y a la integridad física".
No prosperó. Con la oposición de los partidos de izquierda se logró que prevaleciera la formulación del texto vigente. Por » ver todo el comentario
Hablar del respeto a la separación de poderes cuando este señor ha pasado varios lustros como diputado del PP y ahora ha sido elegido por este partido para ocupar un puesto en el TS es una tomadura de pelo.
El principal problema de este país no es que la Administración de Justicia esté en manos de miembros de sectas fundamentalistas (aunque sí que es un problema). El Principal problema es que seguimos guiándonos por criterios morales particulares para aprobar o condenar leyes cuando, en casos como este, deberíamos guiarnos por criterios científicos: definir de una vez, de manera científica, cuando un embrión empieza a ser un ser humano con todos los derechos. Aunque conociendo a los Peperos, se pasarían la vida pidiendo informes "científicos" hasta encontrar uno que les convenga. Para mí, un embrión de un sólo día de vida no es un ser humano y un feto de nueve meses menos un día es evidente que sí lo es por lo que habría que establecer claramente cuando ese embrión pasa a ser un ser humano y esto ocurre, como dijo Carl Sagan en un artículo sobre este tema, cuando el feto comienza a tener actividad cerebral del mismo tipo que cualquier ser humano ya nacido y esto pasa en torno a los cuatro o cinco meses.
este tribunal lo que es , es un parto en toda regla. aguien me dice el nº de mujeres, que desconozco, y que con toda certeza se acercarán a 0.
INCREIBLE, estamos al nivel del Santo Oficio...
Y ahora pregunto, por que vale un tipo que sea abortista para hacer la ponencia, pero no vale uno que sea antiabortista???? alguien me lo explica?
La constitucion dice que la pena de muerte queda abolida (salvo casos de guerra), quiero eso decir que si alguien esta a favor de la pena de muerte no puede ser juez??? te puedo poner muchos mas ejemplo; el resumen es como te dice otro que te responde; no se puede discriminar por las ideas; juzga los actos; y si alguien comete una ilegalidad, a por el.
En el caso particular que nos ocupa, el aborto no es ningun derecho, no viene reconocico como tal ni por la ONU, ni por la OMS, ni por ninguna declaracion internacional, u organizacion internacional, y te reto a que me encuentres una sola referencia al derecho al aborto en alguna organizacion internacional o declaracion firmada por la mayoria de paises (claro que la encontraras en organizaciones abortistas, pero yo te puedo entonces pegar links de las antiabortistas). BUSCA, BUSCA; que no encotraras