SICAV, paraíso fiscal. Para no pagar por su dinero nada más que el 1% sólo tienen que invertirlo en [...]
, aquí tienen un resumen del libro.
#2:
Parece el mundo al revés. Si el Impuesto sobre el Patrimonio pretende gravar a las rentas más altas y a las grandes fortunas, no tiene mucho sentido que precisamente las rentas del capital sean las más beneficiadas ante Hacienda. Pero así es, por mucho que el Gobierno se diga "socialista". Una persona que obtenga únicamente plusvalías de su sicav pagará mucho menos por este tributo (si es que llega a implantarse) que un alto ejecutivo que reciba unos ingresos similares como rendimientos del trabajo o de actividades económicas.
Esta es una de las 'aberraciones' de este tributo que lo hacían "anacrónico, injusto e ineficaz", como dijo el presidente Rodríguez Zapatero cuando tomó la decisión de suprimirlo en 2008. La explicación reside en el llamado "límite conjunto de Renta-Patrimonio" establecido en el artículo 31 de la Ley de este impuesto, una norma que establece que la cantidad que uno paga por la suma del IRPF y el Impuesto de Patrimonio no puede superar el 60% de la base imponible del primero. Traducido, esto significa que a las personas con elevados patrimonios les interesa tener muy pocas rentas, es decir, bajar todo lo posible la base imponible del IRPF, porque eso rebajará su factura de Patrimonio. De ahí que muchos empresarios no se pongan un sueldo o lo cobren a través de una sociedad.
Pero aún hay más. Resulta que para el cómputo de esa base imponible no cuentan las plusvalías por inversiones, que, como es sabido, también tienen un trato privilegiado en el IRPF (tributación máxima del 21%). Por tanto, interesa generar toda la renta posible en forma de plusvalías, algo bastante sencillo a través del vehículo favorito de inversión de las fortunas españolas, las sicav. Hay una precisión: esas plusvalías deben ser generadas a más de un año, porque Patrimonio mantiene la antigua distinción del IRPF que desapareció con la llegada del PSOE al poder, pero que no se eliminó de este tributo. Y como ahora no se ha tocado su configuración, vuelve a ser relevante pese a estar obsoleta.
La mejor forma de verlo es un ejemplo. Supongamos dos personas que tienen un patrimonio de 10 millones de euros (excluida la vivienda habitual) y que ganan una renta de un millón al año, con la diferencia de que una lo percibe como rendimientos del trabajo, de actividades económicas e intereses de sus cuentas bancarias, y la otra, como plusvalías a más de un año de su sicav. La primera discriminación la tendríamos en renta, donde el primero tributaría al 45% por ese millón, es decir, 450.000 euros; el segundo, al tratarse de la base del ahorro, sólo pagaría 209.880 euros.
Pero la gran diferencia se da en Patrimonio. En ambos casos, una vez restado el mínimo exento de 700.000, tendríamos una base imponible de 9,3 millones. Esto supone un gravamen aproximado, según la escala que acaba de reinstaurarse, de 150.00 euros en ambos casos. Si lo sumamos a lo que estas dos personas han pagado de IRPF, nos salen 600.000 euros en el primer caso y 359.880 en el segundo.
Y ahí es donde entra el límite conjunto de Renta-Patrimonio. Para la primera, ese 60% del millón de euros que gana al año son 600.000 euros, justo lo que ha pagado de impuestos. Pero para la segunda, como las plusvalías no entran, la base imponible se reduce a cero. La Ley impone un mínimo para estos casos, que es el 20% de lo que le correspondería pagar en Patrimonio: 30.000 euros en este ejemplo. Eso es lo que pagaría por este impuesto. Sumado al IRPF, la segunda persona pagaría 239.880 euros, es decir, 360.120 euros menos que la primera con el mismo patrimonio y los mismos ingresos.
Una subvención del 80% del impuesto
"En el fondo, de lo que se trata es de una subvención del 80% del Impuesto del Patrimonio para las rentas del capital", explica un asesor fiscal de una firma internacional. Lógicamente, interesa que las rentas de otras actividades se perciban directamente por la sicav (u otras sociedades intermedias) y que el contribuyente se limite a ir sacando dinero de este vehículo. Con la única precaución de que ese dinero corresponda a plusvalías a más de un año, como se ha explicado antes.
Esta vía de escape es muy habitual entre los contribuyentes obligados a tributar por Patrimonio. De hecho, es la vía de escape de este tributo más utilizada, junto a la llamada exención de la empresa familiar, que deja fuera del impuesto las participaciones en empresas superiores al 5% del capital.
Parece el mundo al revés. Si el Impuesto sobre el Patrimonio pretende gravar a las rentas más altas y a las grandes fortunas, no tiene mucho sentido que precisamente las rentas del capital sean las más beneficiadas ante Hacienda. Pero así es, por mucho que el Gobierno se diga "socialista". Una persona que obtenga únicamente plusvalías de su sicav pagará mucho menos por este tributo (si es que llega a implantarse) que un alto ejecutivo que reciba unos ingresos similares como rendimientos del trabajo o de actividades económicas.
Esta es una de las 'aberraciones' de este tributo que lo hacían "anacrónico, injusto e ineficaz", como dijo el presidente Rodríguez Zapatero cuando tomó la decisión de suprimirlo en 2008. La explicación reside en el llamado "límite conjunto de Renta-Patrimonio" establecido en el artículo 31 de la Ley de este impuesto, una norma que establece que la cantidad que uno paga por la suma del IRPF y el Impuesto de Patrimonio no puede superar el 60% de la base imponible del primero. Traducido, esto significa que a las personas con elevados patrimonios les interesa tener muy pocas rentas, es decir, bajar todo lo posible la base imponible del IRPF, porque eso rebajará su factura de Patrimonio. De ahí que muchos empresarios no se pongan un sueldo o lo cobren a través de una sociedad.
Pero aún hay más. Resulta que para el cómputo de esa base imponible no cuentan las plusvalías por inversiones, que, como es sabido, también tienen un trato privilegiado en el IRPF (tributación máxima del 21%). Por tanto, interesa generar toda la renta posible en forma de plusvalías, algo bastante sencillo a través del vehículo favorito de inversión de las fortunas españolas, las sicav. Hay una precisión: esas plusvalías deben ser generadas a más de un año, porque Patrimonio mantiene la antigua distinción del IRPF que desapareció con la llegada del PSOE al poder, pero que no se eliminó de este tributo. Y como ahora no se ha tocado su configuración, vuelve a ser relevante pese a estar obsoleta.
La mejor forma de verlo es un ejemplo. Supongamos dos personas que tienen un patrimonio de 10 millones de euros (excluida la vivienda habitual) y que ganan una renta de un millón al año, con la diferencia de que una lo percibe como rendimientos del trabajo, de actividades económicas e intereses de sus cuentas bancarias, y la otra, como plusvalías a más de un año de su sicav. La primera discriminación la tendríamos en renta, donde el primero tributaría al 45% por ese millón, es decir, 450.000 euros; el segundo, al tratarse de la base del ahorro, sólo pagaría 209.880 euros.
Pero la gran diferencia se da en Patrimonio. En ambos casos, una vez restado el mínimo exento de 700.000, tendríamos una base imponible de 9,3 millones. Esto supone un gravamen aproximado, según la escala que acaba de reinstaurarse, de 150.00 euros en ambos casos. Si lo sumamos a lo que estas dos personas han pagado de IRPF, nos salen 600.000 euros en el primer caso y 359.880 en el segundo.
Y ahí es donde entra el límite conjunto de Renta-Patrimonio. Para la primera, ese 60% del millón de euros que gana al año son 600.000 euros, justo lo que ha pagado de impuestos. Pero para la segunda, como las plusvalías no entran, la base imponible se reduce a cero. La Ley impone un mínimo para estos casos, que es el 20% de lo que le correspondería pagar en Patrimonio: 30.000 euros en este ejemplo. Eso es lo que pagaría por este impuesto. Sumado al IRPF, la segunda persona pagaría 239.880 euros, es decir, 360.120 euros menos que la primera con el mismo patrimonio y los mismos ingresos.
Una subvención del 80% del impuesto
"En el fondo, de lo que se trata es de una subvención del 80% del Impuesto del Patrimonio para las rentas del capital", explica un asesor fiscal de una firma internacional. Lógicamente, interesa que las rentas de otras actividades se perciban directamente por la sicav (u otras sociedades intermedias) y que el contribuyente se limite a ir sacando dinero de este vehículo. Con la única precaución de que ese dinero corresponda a plusvalías a más de un año, como se ha explicado antes.
Esta vía de escape es muy habitual entre los contribuyentes obligados a tributar por Patrimonio. De hecho, es la vía de escape de este tributo más utilizada, junto a la llamada exención de la empresa familiar, que deja fuera del impuesto las participaciones en empresas superiores al 5% del capital.
Creo que cualquier persona razonable de los que pertenecemos al 95% consideramos que el impuesto de patrimonio debería ser 0 hasta 150-200k€ por persona (léase, le dejo un piso a cada hijo), y a partir de ahí progresivo hasta, por ejemplo, un 75% para fortunas mayores de 2 millones de €.
Pero los medios y la casta nos ha convencido de que no es así, como bien les dictan los que les pagan sus mítines y sus anuncios.
#4#6 Pues encontré lo del SICAV por un vídeo que envié esta mañana a meneame, sino ni siquiera sabría de que se trata. El vídeo va de se puede hacer una reforma fiscal para que paguen más los mas ricos y que no todo el sacrificio recaiga sobre los que menos tienen. Tomar medidas sobre el fraude fiscal en España la SICAV, que es un instrumento financiero que tienen los poderosos para no pagar impuestos y el pp no ha querido tocarlos porque quiere que paguen la crisis precisamente los de abajo. El pesimismo reina en España
Que pelmada con las SICAVS... las SICAVS pagan más impuestos que un fondo de inversión de cuantía similar ya que pagan un 1% aual, la única diferencia con los fondos de inversión, o con las cuentas de ahorro que tienen los españoles de a pie es que no se reparten los beneficios año a año como si ocurre con las cuentas de ahorro, los beneficios se pagan cuando se extraen y es entonces cuando se pagan los impuestos.
La cantidad pagada en impuestos al extraer los beneficios es la misma que en cualquier otro producto de inversión, la única ventaja es que se retrasa el pago de los beneficios hasta que se extrae el dinero. Como contraprestación a eso se paga un 1% de impuestos año a año, cantidad que no se paga en un fondo de inversión.
Con una SICAV pagas más impuestos que con los fondos de inversión, solo que no los pagas año a año, los pagas al final cuando quieres disponer de tu dinero. Se paga más cantidad debido a que hay que pagar un 1% anual, cosa que no ocurre con otros vehículos de inversión.
Si solo os quedais con la cantinela del 1% os estan engañando.
Menudo engaño de artículo comparando el IRPF e IVA con una SICAV. Cualquier persona puede invertir pagando el 0% de impuestos por plusvalías mientras no retire el dinero. Las SICAV pagan el 1% y no el 0%. ¿Por qué les compensa a los ricos pagar el 1% y no el 0%? Pues supongo que porque por medio de las SICAV pueden gestionar el patrimonio directamente sin tener que utilizar gestoras externas o productos financieros de terceros.
El SICAV es lo que hacen los jefes políticos y los amigos de nuestros jefes, para apostar por la marca España desviando grandes sumas de capital español a remotos paraisos fiscales. En 2 palabras, como diría el ex-ministro Josep Piqué: optimización fiscal.
Comentarios
Para los cansinos de siempre que votan sensacionalista a esta noticia: Pedro Almodóvar, Ana Rosa Quintana y Morientes sólo pagan el 1% de los impuestos
Pedro Almodóvar, Ana Rosa Quintana y Morientes sól...
diarioelaguijon.blogspot.com.esParece el mundo al revés. Si el Impuesto sobre el Patrimonio pretende gravar a las rentas más altas y a las grandes fortunas, no tiene mucho sentido que precisamente las rentas del capital sean las más beneficiadas ante Hacienda. Pero así es, por mucho que el Gobierno se diga "socialista". Una persona que obtenga únicamente plusvalías de su sicav pagará mucho menos por este tributo (si es que llega a implantarse) que un alto ejecutivo que reciba unos ingresos similares como rendimientos del trabajo o de actividades económicas.
Esta es una de las 'aberraciones' de este tributo que lo hacían "anacrónico, injusto e ineficaz", como dijo el presidente Rodríguez Zapatero cuando tomó la decisión de suprimirlo en 2008. La explicación reside en el llamado "límite conjunto de Renta-Patrimonio" establecido en el artículo 31 de la Ley de este impuesto, una norma que establece que la cantidad que uno paga por la suma del IRPF y el Impuesto de Patrimonio no puede superar el 60% de la base imponible del primero. Traducido, esto significa que a las personas con elevados patrimonios les interesa tener muy pocas rentas, es decir, bajar todo lo posible la base imponible del IRPF, porque eso rebajará su factura de Patrimonio. De ahí que muchos empresarios no se pongan un sueldo o lo cobren a través de una sociedad.
Pero aún hay más. Resulta que para el cómputo de esa base imponible no cuentan las plusvalías por inversiones, que, como es sabido, también tienen un trato privilegiado en el IRPF (tributación máxima del 21%). Por tanto, interesa generar toda la renta posible en forma de plusvalías, algo bastante sencillo a través del vehículo favorito de inversión de las fortunas españolas, las sicav. Hay una precisión: esas plusvalías deben ser generadas a más de un año, porque Patrimonio mantiene la antigua distinción del IRPF que desapareció con la llegada del PSOE al poder, pero que no se eliminó de este tributo. Y como ahora no se ha tocado su configuración, vuelve a ser relevante pese a estar obsoleta.
La mejor forma de verlo es un ejemplo. Supongamos dos personas que tienen un patrimonio de 10 millones de euros (excluida la vivienda habitual) y que ganan una renta de un millón al año, con la diferencia de que una lo percibe como rendimientos del trabajo, de actividades económicas e intereses de sus cuentas bancarias, y la otra, como plusvalías a más de un año de su sicav. La primera discriminación la tendríamos en renta, donde el primero tributaría al 45% por ese millón, es decir, 450.000 euros; el segundo, al tratarse de la base del ahorro, sólo pagaría 209.880 euros.
Pero la gran diferencia se da en Patrimonio. En ambos casos, una vez restado el mínimo exento de 700.000, tendríamos una base imponible de 9,3 millones. Esto supone un gravamen aproximado, según la escala que acaba de reinstaurarse, de 150.00 euros en ambos casos. Si lo sumamos a lo que estas dos personas han pagado de IRPF, nos salen 600.000 euros en el primer caso y 359.880 en el segundo.
Y ahí es donde entra el límite conjunto de Renta-Patrimonio. Para la primera, ese 60% del millón de euros que gana al año son 600.000 euros, justo lo que ha pagado de impuestos. Pero para la segunda, como las plusvalías no entran, la base imponible se reduce a cero. La Ley impone un mínimo para estos casos, que es el 20% de lo que le correspondería pagar en Patrimonio: 30.000 euros en este ejemplo. Eso es lo que pagaría por este impuesto. Sumado al IRPF, la segunda persona pagaría 239.880 euros, es decir, 360.120 euros menos que la primera con el mismo patrimonio y los mismos ingresos.
Una subvención del 80% del impuesto
"En el fondo, de lo que se trata es de una subvención del 80% del Impuesto del Patrimonio para las rentas del capital", explica un asesor fiscal de una firma internacional. Lógicamente, interesa que las rentas de otras actividades se perciban directamente por la sicav (u otras sociedades intermedias) y que el contribuyente se limite a ir sacando dinero de este vehículo. Con la única precaución de que ese dinero corresponda a plusvalías a más de un año, como se ha explicado antes.
Esta vía de escape es muy habitual entre los contribuyentes obligados a tributar por Patrimonio. De hecho, es la vía de escape de este tributo más utilizada, junto a la llamada exención de la empresa familiar, que deja fuera del impuesto las participaciones en empresas superiores al 5% del capital.
http://www.elconfidencial.com/economia/2011/09/20/los-ricos-que-viven-de-las-rentas-del-capital-apenas-pagaran-el-impuesto-del-patrimonio-84500/
#2 Es que Esperanza Aguirre consiguió convencer al obrerete de turno de que el Impuesto de Patrimonio empobrece a las clases medias (http://hemeroteca.diariodealcala.es/content/view/1931/66/).
Creo que cualquier persona razonable de los que pertenecemos al 95% consideramos que el impuesto de patrimonio debería ser 0 hasta 150-200k€ por persona (léase, le dejo un piso a cada hijo), y a partir de ahí progresivo hasta, por ejemplo, un 75% para fortunas mayores de 2 millones de €.
Pero los medios y la casta nos ha convencido de que no es así, como bien les dictan los que les pagan sus mítines y sus anuncios.
#4 #6 Pues encontré lo del SICAV por un vídeo que envié esta mañana a meneame, sino ni siquiera sabría de que se trata. El vídeo va de se puede hacer una reforma fiscal para que paguen más los mas ricos y que no todo el sacrificio recaiga sobre los que menos tienen. Tomar medidas sobre el fraude fiscal en España la SICAV, que es un instrumento financiero que tienen los poderosos para no pagar impuestos y el pp no ha querido tocarlos porque quiere que paguen la crisis precisamente los de abajo. El pesimismo reina en España
El pesimismo reina en España
youtube.com#6 Pues si nos han convencido ... no nos podremos quejar, digo yo
Que pelmada con las SICAVS... las SICAVS pagan más impuestos que un fondo de inversión de cuantía similar ya que pagan un 1% aual, la única diferencia con los fondos de inversión, o con las cuentas de ahorro que tienen los españoles de a pie es que no se reparten los beneficios año a año como si ocurre con las cuentas de ahorro, los beneficios se pagan cuando se extraen y es entonces cuando se pagan los impuestos.
La cantidad pagada en impuestos al extraer los beneficios es la misma que en cualquier otro producto de inversión, la única ventaja es que se retrasa el pago de los beneficios hasta que se extrae el dinero. Como contraprestación a eso se paga un 1% de impuestos año a año, cantidad que no se paga en un fondo de inversión.
Con una SICAV pagas más impuestos que con los fondos de inversión, solo que no los pagas año a año, los pagas al final cuando quieres disponer de tu dinero. Se paga más cantidad debido a que hay que pagar un 1% anual, cosa que no ocurre con otros vehículos de inversión.
Si solo os quedais con la cantinela del 1% os estan engañando.
#8 Aquí la cosa es decir que es injusto y no mirar cuál fue su origen y qué pasaría si no estuvieran.
Relacionada:
En España seguimos sin tener ricos, "sólo" 5.186 personas ganan más de 600.000 euros al año
En España seguimos sin tener ricos, "sólo" 5.186 personas ganan más de 600.000 euros al año
En España seguimos sin tener ricos, "sólo&quo...
elblogsalmon.com¿Una pregunta? Supuestamente una Sicav tributa 1 % mientras es efectiva, al ser rescatada de un 19 % al maximo de un 21 %.
Que porcentaje tributa un plan de pensiones de 2.4 millones de euros al ser rescatado de una sola vez?
Por que por esas cantidades a mi al menos me sale un 44 % http://www.impuestosparaandarporcasa.es/2011/02/tarifa-general-de-la-renta-2011/
#3 Me autorespondo en esos casos es del 27 % como las sicav actualmente.
http://www.preguntasfrecuentes.net/2012/01/04/subida-de-impuesto-sobre-la-renta-de-capital-y-el-ahorro/
Menudo engaño de artículo comparando el IRPF e IVA con una SICAV. Cualquier persona puede invertir pagando el 0% de impuestos por plusvalías mientras no retire el dinero. Las SICAV pagan el 1% y no el 0%. ¿Por qué les compensa a los ricos pagar el 1% y no el 0%? Pues supongo que porque por medio de las SICAV pueden gestionar el patrimonio directamente sin tener que utilizar gestoras externas o productos financieros de terceros.
¿Cómo que de "Rambla"? El autor es Guillermo Rocafort.
¿si nos intervienen desde europa anularian lo de las SICAV?
El SICAV es lo que hacen los jefes políticos y los amigos de nuestros jefes, para apostar por la marca España desviando grandes sumas de capital español a remotos paraisos fiscales. En 2 palabras, como diría el ex-ministro Josep Piqué: optimización fiscal.
que publiquen la lista y exclusion social.
#12 Mejor: SAQUEO y exclusión social.