La ley dice que me pueden cerrar el blog por “los contenidos que vulneren los citados derechos siempre que el prestador, directa o indirectamente, actúe con ánimo de lucro o haya causado o sea susceptible de causar un daño patrimonial”. Es decir, que no hace falta que los dueños de los derechos de autor de León Felipe demuestren que el prestador de este blog -o sea, yo- les causa un daño patrimonial, sino que basta con que se vea que el contenido que de él enlazo es “susceptible de causárselo“. “Susceptible”…pura poesía, ¿verdad?
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