Hace 5 años | Por el_loro a okdiario.com
Publicado hace 5 años por el_loro a okdiario.com

La norma andaluza, pese a asegurar que se limita a defender a la mujer, llega a regular hasta tratamientos psicológicos para los hombres sin el más mínimo control judicial, ni fiscal, ni policial.

Comentarios

Forni

#5 Si un hombre mata a su pareja y su hijo sabiéndolo no lo denuncia por "respeto" o "miedo" a su figura paterna... ¿qué te parece a tí que hace falta?

No te estoy diciendo que todo sea así, pero ni todo se soluciona con penas ni el papel psicológico es ningún mecanismo de creación de "campos de concentración"

el_loro

#15
> Si un hombre mata a su pareja y su hijo sabiéndolo no lo denuncia por "respeto" o "miedo" a su figura paterna... ¿qué te parece a tí que hace falta?

¿Que lo denuncie un fiscal, que para eso están? Joder pero cómo podéis estar justificando que se salten la separación de poderes a la torera

Forni

#18 No lo denuncia, no hay denuncia. El asunto no sale de casa porque el hijo no denuncia, y de hecho, está por ley protegido su derecho a "no declarar contra un familiar", si un 3º conocedor del caso lo tratara de obligar.

No es una cuestión de poderes, sino de las exigencias y normas del sistema judicial.

Cuando hablamos de educación y de psicología, es porque el sistema judicial no puede llegar hasta ahí, ni debe.

strike5000

#3 ¿Entonces esto que quiere decir?

"Once. Se añade un nuevo artículo 10 bis, con la siguiente redacción:

«Artículo 10 bis. Programas dirigidos a hombres para la erradicación de la violencia de género.

1. La Administración de la Junta de Andalucía promoverá programas y actuaciones de prevención de todas las formas de violencias y desigualdades de género, dirigidos específicamente a hombres, como forma de prevención.

2. Estos programas podrán incluir medidas para la reducción del riesgo de la violencia de género a través de la reeducación social, que podrá comprender tratamiento psicológico, mecanismos de readaptación, resocialización, rehabilitación y otros procedimientos técnicos aconsejables. En ningún caso, las cantidades destinadas por la Administración de la Junta de Andalucía a la elaboración, desarrollo, promoción o ejecución de dichos programas podrán suponer una minoración de las que tengan por objeto la protección integral de las víctimas.

3. Dichos programas se desarrollarán según criterios de calidad que garanticen una intervención profesionalizada en la que se incluya la perspectiva de género, para lo que podrán suscribirse convenios de colaboración con otras Administraciones públicas y organismos competentes, con capacidad y experiencia en la materia». "


https://www.juntadeandalucia.es/boja/2018/148/1

Dene

#27 bien, y dime ahi donde dice que te van a llevar a la fuerza si tu no quieres. y aunque lo diga, dime donde tiene competencias la junta para poder obligar a ello. que no, que no hay.
yo no lo veo, en serio. y que yo sepa, en este pais, salvo que te lleve la policia (que en este caso no lo va a hacer), no veo forma. en serio, esta no-noticia es mierda sensacionalista de KKdiario para hacerle el caldo gordo a los VOXeros de turno.
esta ley no puede ir mas alla de un tema voluntaria, si quieres, vas.

j

#27 Básicamente, harán cursos de los que cobrará gente, a los que irán alguien o no...pero el objetivo principal está cumplido, a saber: quedar bien con sus votantes y sacar más dinero de las arcas públicas para un destino cierto: el bolsillo de conocidos.

Gracias por el enlace.

MJDeLarra

#27 Quiere decir que hay hombres que necesitan ayuda para no ser maltratadores y que la junta está dispuesta a aportar los recursos necesarios para reducir el riesgo que ello supone.

Liet_Kynes

#3 Tampoco hay mandato judicial en la mayoría de multas y otros procedimientos a los que te obliga el estado y pasas por el aro. Que sí, que una persona medianamente formada conoce sus derechos y se niega, pero siempre habrá alguien que por desconocimiento se someterá a esta barbaridad

D

#1 Se trata de programas de prevención,genéricos y enfocados a presentar como negativa la violencia doméstica y de género (será que a este medio no le parece necesario).

2. Estos programas podrán incluir medidas para la reducción del riesgo de la violencia de género a través de la reeducación social, que podrá comprender tratamiento psicológico, mecanismos de readaptación, resocialización, rehabilitación y otros procedimientos técnicos aconsejables.

D

#1, #9 y demás: No se habla de obligar a los hombres a asistir a estas cosas, como da a entender la expresión "sin el más mínimo control judicial, ni fiscal, ni policial", así que el titular de OKdiario es mentira. El contenido del artículo no lo sé, porque ahí no tengo pensado entrar.

Esa ley es la típica basura hembrista, pero OKdiario me da más asco todavía.

Artículo 10 bis. Programas dirigidos a hombres para la erradicación de la violencia de género.

1. La Administración de la Junta de Andalucía promoverá programas y actuaciones de prevención de todas las formas de violencias y desigualdades de género, dirigidos específicamente a hombres, como forma de prevención.

2. Estos programas podrán incluir medidas para la reducción del riesgo de la violencia de género a través de la reeducación social, que podrá comprender tratamiento psicológico, mecanismos de readaptación, resocialización, rehabilitación y otros procedimientos técnicos aconsejables. En ningún caso, las cantidades destinadas por la Administración de la Junta de Andalucía a la elaboración, desarrollo, promoción o ejecución de dichos programas podrán suponer una minoración de las que tengan por objeto la protección integral de las víctimas.

3. Dichos programas se desarrollarán según criterios de calidad que garanticen una intervención profesionalizada en la que se incluya la perspectiva de género, para lo que podrán suscribirse convenios de colaboración con otras Administraciones públicas y organismos competentes, con capacidad y experiencia en la materia.

el_loro

#10
> No se habla de obligar a los hombres a asistir a estas cosas
Tampoco se habla de que sea opcional.

PasaPollo

#13 Tampoco se habla de que no te los de un mago con chistera haciendo equilibrios sobre un monociclo.

el_loro

#23 #17 Podéis reducirlo al absurdo cuanto queráis, pero que el ámbito de aplicación de una ley sea ambiguo es un peligro para todos. Otra cosa es que tengáis una fe ciega en la buena intención de la persona que ostenta el poder, que lamento deciros que no comparto con vosotros. Como se ha mencionado por aquí, esa ambigüedad fue lo que hizo a la gente protestar ante otras leyes, como la Ley Mordaza...

diskover

#55 ¿Otra vez a vueltas con las mamandurrias?

Te lo he dejado bien claro aquí: #37

Espabila y deja de montarte películas en la cabeza.

el_loro

#56 Estás asumiendo que las leyes funcionan todas en perfecta armonía, que no se solapan unas a otras, que no ocurren cosas como que gente es mandada a prisión preventiva y posteriormente pierde parte de sus derechos fundamentales durante años, en los que se producen procesos de apelación, procesos legales con diferente interpretación de las leyes por parte de unos y otros jueces, posterior rectificación de las leyes, etc. En fin a mi edad estoy suficientemente espabilado y he sufrido suficientes mierdas por parte del sistema, que funciona de una forma mucho más imperfecta de lo que tú estás asumiendo, aún sin leyes tan absurdas como ésta. De verdad te deseo que no seas tú el que tenga que espabilar por padecer algo similar.

diskover

#57 Yo solo te pido que dejes de montarte películas en base a una "noticia" manipulada por OkDiario.

Te han puesto la Ley entera de la que hablan, te he explicado como funciona la legislación española.

Tu solo estas forzando a montarte películas raras y sensacionalistas que no se sostienen por ningun lado.

Allá tu.

diskover

#13 Ni de que el sol salga por la noche.

De verdad...

diskover

#16 Te han colgado la Ley y no, no es verdad. #10

A no ser que tengas problemas de comprensión lectora.

el_loro

#24 Aclárame lo que no entiendo, por favor. ¿Dónde se delimita si son programas opcionales, o cuándo y cómo los aplicará el Gobierno, o bajo qué criterios?

diskover

#25 Léete la Ley entera y lo sabrás. Por ahora, todo lo que tienes es una noticia de un panfleto famoso por sus fake news.

Por lo pronto, no, no parece una obligatoriedad, pero puedes seguir insistiendo todo lo que te de la gana como cuando el sol sale por la noche.

el_loro

#26
> no parece una obligatoriedad
Curioso, para estarme rebatiendo, tú tampoco puedes afirmarlo con seguridad. ¿Ninguno aquí ha sufrido las consecuencias alguna vez de la aplicación de una ley ambigua?

diskover

#28 Antes he dicho que por ahora, tratándose de OkDiario, me mantengo esceptico y lo cojo con pinzas, dado que es un panfleto famoso por crear fake news.

Ahora, te han colgado la Ley y no pone nada de que sea obligatorio. Todo lo demás son conjeturas tuyas en base a esa noticia de OkDiario.

Aquí tienes la Ley completa. LEE: https://www.juntadeandalucia.es/boja/2018/148/1

el_loro

#30 La he leído y me ha dejado aún más preocupado, cualquiera de éstos organismos se indican como válidos para acreditar violencia de género, que como se dice, puede ser psicológica:

«Artículo 30. Acreditación de la violencia de género.

1. En los supuestos en que se exija la acreditación de la situación de violencia de género para el reconocimiento de los derechos regulados en la presente Ley y de aquellos que se deriven de su desarrollo reglamentario, esta acreditación se realizará, según lo establecido para cada caso, a través de los siguientes medios:

a) Certificación o informe de los servicios sociales y/o sanitarios de la Administración Pública competente.

b) Certificación o informe de los servicios de atención a víctimas de la Administración Pública competente.

c) Certificación o informe de los servicios de acogida de la Administración Pública competente.

d) Informe de la Inspección de Trabajo y de la Seguridad Social, en los casos de acoso sexual y por razón de sexo en el ámbito laboral.

e) Resoluciones judiciales por violencia de género: documento acreditativo de la orden de protección, medidas cautelares o sentencia condenatoria por violencia de género.

f) Informe del Ministerio Fiscal de cuyo contenido se desprenda que existen indicios de violencia de género.

g) Atestado de la autoridad policial que acredite la existencia de indicios razonables sobre la condición de víctima.

h) Cualquier otro que venga establecido por norma de rango legal.

diskover

#34 ¿Es obligatorio? ¿alguien va a apuntarte con una pistola o te va a llevar a la cárcel por que si? ¿Qué es realmente lo que te preocupa de esta Ley? Dilo todo.

el_loro

#35 Si cualquiera de éstas personas te puede acreditar como un maltratador, incluso psicológico, o sea sin más evidencias que lo que tu pareja cuenta que tú has dicho, sí,directamente sin la intervención de un juez, puedes ir esa misma noche al calabozo, y sí estarás obligado a hacer todo lo que te indiquen mientras dure tu privación de libertad.

diskover

#36 La Ley es bien clara. Una disposición de una CCAA no puede pasar por encima de la Constitución ni de las leyes que rigen España. No obstante, has plasmado el artículo 30, pasándote por el arco del triunfo todo el resto de la Ley y con desconocimientos total del funcionamiento legislativo de España.

¿Dónde pone que eso se realiza sin la intervención de un juez?

La paja mental que te estas haciendo en base a OkDiario es demasiado grande.

Forni

#36 "personas"

Se dicen instituciones. Persona eres tú.
Un tratamiento no es una pena, por tanto no pinta un juez en ninguna parte, pero sí desde luego instituciones sociales y sanitarias.
En ningún lado habla de calabozo, ni de reclusiones, solo de tratamientos psicológicos.

¿Te han comentado antes lo de la comprensión lectora verdad?

el_loro

#39 Ay ay... hablando de comprensión lectora, a ver...

1) ¿Te has dado cuenta de que el párrafo que cito de la ley ya no está hablando de los tratamientos psicológicos, sino de algo mucho más grave, *Acreditación de la violencia de género* ?

2) ¿Podemos dejar ya las falacias ad hominem para no embarrar la conversación?

Forni

#40 Te has dado cuenta que la frase empieza con "en los supuestos qué se exija un informe..."... "se pedirá a las instituciones"¿?

Osea, te está diciendo de que en el caso de que se sospeche de que estás loco, se le va a pedir un informe a un psicólogo u otra institución competente para que lo compruebe. ¿¡Me explicas que cosa rara tiene eso?!

Es que nada más que me planteas dudas de fantasmas por cosas que no dice

Lamento mucho que te ofenda, pero no extraigo otra cosa de esta conversación que lo siguiente:
- Has leído de la ley lo que te parece
- No conoces la diferencia los papeles de cada uno de los agentes en estos casos, y me refiero a la administración, instituciones sanitarias, judicial, etc...

Y no es que quiera decir "tú eres un incompetente" es que lo que me estás contando (comentario) no se corresponde con lo que me estás enseñando (la ley), ni siquiera con lo que cuenta el intermediario (la noticia). Y a mí si me pierdo un detalle me puede pasar también, o si voy "cegado" por lo que me gustaría que dijera.

En serio te lo digo, esta noticia me recuerda a la noticia que sacaron en su día de Podemos: "hemos encontrado un papel que dice que Venezuela financia a Podemos". Tras la intervención judicial, el "papel" era falso, pero okdiario no mintió, ya que solo habían dicho que "encontraron un papel que decía que...".

Consejo: cuando veas una noticia destacando tantas cosas en negrita sin ser nombres propios, ciudades, u otros datos relevantes (aquí hay mucha opinión resaltada), sospecha

el_loro

#42
> Osea, te está diciendo de que en el caso de que se sospeche de que estás loco, se le va a pedir un informe a un psicólogo u otra institución competente para que lo compruebe. ¿¡Me explicas que cosa rara tiene eso?!

Eso no tiene nada de raro. Lo que se me hace raro y alarmante es que todas esas instituciones quedan autorizadas según esta ley para acreditar una situación violencia de género, que puede ser incluso de tipo psicológico, sin mediar la intervención de un juez. O sea que cualquier mujer puede acudir a un servicio sanitario, denunciar que su pareja la está maltratando psicológicamente, y si el profesional en cuestión lo acredita, eso sería causa suficiente para que el hombre sea declarado un maltratador y enviado a prisión.

Forni

#53 No, la ley sólo dice que le podrán sugerir tratamiento. Esta ley no es penal, ni nada similar.

D

#10 #22Artículo 30. Acreditación de la violencia de género.

a) Certificación o informe de los servicios sociales y/o sanitarios de la Administración Pública competente.

b) Certificación o informe de los servicios de atención a víctimas de la Administración Pública competente.

c) Certificación o informe de los servicios de acogida de la Administración Pública competente.

d) Informe de la Inspección de Trabajo y de la Seguridad Social, en los casos de acoso sexual y por razón de sexo en el ámbito laboral.

...


https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2018-11883

Pues va a ser que sí, que todo lo que dice esta ley se puede aplicar sin denuncia ni juez.

D

#33 Mira que me gusta poco "defender" estas leyes, pero ese artículo se refiere a:

En los supuestos en que se exija la acreditación de la situación de violencia de género para el reconocimiento de los derechos regulados en la presente Ley y de aquellos que se deriven de su desarrollo reglamentario

Habla de reconocer derechos para las mujeres que según la administración han sido maltratadas, derechos que no tendrían si tuvieran polla. Eso está mal. Pero en ningún sitio se habla de imponer obligaciones a los supuestos maltratadores. Os daría la razón si la ley dijera algo como:

Una vez acreditada la violencia de género con arreglo al artículo 30, la Administración de la Junta de Andalucía impondrá a los maltratadores la asistencia obligatoria a programas y actuaciones de prevención de todas las formas de violencias y desigualdades de género. En caso de no lograrse su participación voluntaria, se empleará la compulsión directa sobre los maltratadores para asegurar su participación, en los términos establecidos en el art. 104 de la Ley 39/2015.

Y no puedo descartar que en el futuro lleguen a estas salvajadas, puesto que ya estamos en una fase en la que dar privilegios a las mujeres para compensar el "machismo" es el pan nuestro de cada día. Pero lo cierto es que esta ley no hace eso. Habla de programas (voluntarios) orientados a la "prevención", no a programas de reeducación con asistencia obligatoria.

D

#38Los derechos regulados en la presente ley” son todas las medidas punitivas y defensivas recogidas en el resto de artículos. Por si tienes problemas con el castellano.

D

#44 No se refiere a esas medidas "punitivas", que no las hay porque no están pensadas como castigo. Se refiere a derechos de las mujeres maltratadas, principalmente los definidos en el Capítulo I del Título II. Por ejemplo:

...deberán garantizar a las mujeres víctimas de violencia de género el derecho a:
a) La atención social integral.
b) La acogida en los centros especializados dependientes de la Junta de Andalucía.
c) La asistencia sanitaria y psicológica especializada.
d) La asistencia jurídica especializada.


En ningún momento se habla de obligar a los supuestos maltratadores a recibir tratamiento psicológico. No se establece que sea una obligación, no se fijan procedimientos para hacer valer esa supuesta obligación, no se hace nada. Solo se habla de promover la oferta de programas. Y no, que no diga que no es obligatorio no significa que sí lo sea, igual que el hecho de que no diga "Queda prohibida la ejecución de los maltratadores en la plaza del pueblo" no significa que contemple la pena de muerte. Me parece una ley sexista, como muchas otras, pero no hace falta inventarse cosas ni exagerar.

D

#45 Vamos, que la expresión ”la presente ley” se refiere a lo que digáis tú y tus cojones.

Pues quizá es porque sé contar, pero yo juraría que ”la presente ley” consta de muchos más artículos, con medidas tanto punitivas, como defensivas, como preventivas. Y todas ellas se aplican a pruebas o indicios de violencia de género que se pueden acreditar sin pasar por un juzgado o por la policía siquiera.

Tú crees que la ley tiene que expresar explícitamente cuándo y en qué caso se aplica cada medida. Espero que no tengas que aprender en carne propia que la realidad no es así. De verdad.

D

#47 Me he mirado "la presente ley" (la 7/2018 y la 13/2007) y no he encontrado ninguna medida que pueda considerar punitiva. ¿Me señalas alguna medida que limite los derechos de los supuestos maltratadores?

Supongamos que tienes razón, y que la ley permite que la Junta de Andalucía obligue a los supuestos maltratadores a someterse a "tratamiento psicológico". ¿Qué pasa si no lo hacen? ¿Los llevan a rastras? Eso sería compulsión sobre las personas, y tiene que autorizarlo expresamente la ley. ¿Les ponen una multa? Eso también tiene que autorizarlo la ley: las administraciones, afortunadamente, no pueden poner multas por el motivo que les dé la gana. Por tanto, la Junta no puede hacer absolutamente nada contra quien se niegue a acudir al "tratamiento".

D

#48 ¿Qué pasa si no lo hacen? Pues lo mismo que pasa si no le pasas la pensión a tu ex, si no cumples con tus impuestos, si no pagas una multa o si incumples cualquier otro mandado administrativo: que entonces viene un juez y te embiste de oficio.

Te estás montando una película mental muy simplona en la que ves estas medidas como si fuesen una sugerencia o un castigo de colegio que si quieres te lo saltas. Están recogidas en ley, chato, y eso significa que si no las cumples aparece un juez y te folla vivo.

Te aseguro que la rueda del sistema es mucho más compleja, mucho más grande y mucho más pesada de lo que tú pareces creer, y te apisona sin mirarte siquiera.

D

#49 Te aseguro que la rueda del sistema es mucho más compleja, mucho más grande y mucho más pesada de lo que tú pareces creer

Ya sé lo que es el sistema, soy consciente de que las garantías no se respetan, de que las administraciones dan asco y de que los jueces son en su mayoría unos burócratas con toga, sin escrúpulos y con muchas ganas de firmar lo que sus amigos les ponen delante para poder terminar cuanto antes.

ves estas medidas como si fuesen una sugerencia

No son una sugerencia. Son un mandato que obliga a la Junta a "promover" programas de ese tipo. Ni obligan ni autorizan a la Junta, ni por asomo, a imponer "tratamientos" a quien le dé la gana.

A ver si consigo explicarte la diferencia entre este caso y los ejemplos que pones:

si no le pasas la pensión a tu ex: Las pensiones se acuerdan por resolución judicial, no administrativa. Hay mecanismos para el caso de que se incumplan. Estos mecanismos están recogidos en la ley. No es que la ley diga "se promoverá que se paguen pensiones" y que el resto se lo inventen los jueces, ni mucho menos la administración.

si no cumples con tus impuestos: La consecuencia de no cumplir con los impuestos es su ejecución forzosa por el procedimiento de apremio, recogido en el art. 163 y siguientes de la Ley General Tributaria. Otra consecuencia pueden ser sanciones administrativas (también recogidas en la LGT) o penales (recogidas en el Código Penal). No es que la ley diga "se promoverá que se le pague dinero al Estado" y que entonces el Estado decida cobrar los impuestos que le dé la gana por los medios que le parezca.

si no pagas una multa: Parecido al caso anterior, apremio sobre el patrimonio: embargo sin pasar por un juez (salvo que para ejecutar el embargo necesiten entrar en un domicilio, o similar, pero eso no es lo habitual).

si incumples cualquier otro mandado administrativo: El incumplimiento de mandatos administrativos no tiene más consecuencias que las que la ley prevé.

En los ejemplos que pones, la ley impone una obligación, y unos mecanismos para que las administraciones aseguren su cumplimiento. En este caso lo único que se prevé es que la Junta de Andalucía organice programas de prevención dirigidos (exclusivamente) a los hombres. Eso me parece mal, pero ni por asomo dice la ley que sea obligatorio participar en tales programas. No existen mecanismos para que la Junta señale quiénes deben participar, ni existe nada que permita obligarles a asistir ni a hacer nada.

D

#50Ni obligan ni autorizan a la Junta, ni por asomo, a imponer "tratamientos" a quien le dé la gana”.

De hecho le ley deja bien claro que con un simple informe de Servicios Sociales (que ya te avanzo que se desviven por acusar de malos tratos a cualquiera que puedan) basta para que te caiga un mandato administrativo o incluso una denuncia de oficio con su correspondiente juicio y probable condena.

Que ese mandato no incluye tratamientos psicológicos es algo que te estás sacando tú de la chistera. La ley no dice nada de lo que dices tú, sino que incluye esa medida claramente entre las medidas contra la violencia machista.

Por cierto, me parece muy innecesario que te explayes en mis ejemplos, que claramente no tienen nada que ver con este tema.

nemesisreptante

#1 Que alguien me demuestre que esto no es verdad

Demuestrame que los unicornios no existen. Digo yo que lo que hay que demostrar es que esto es verdad y viniendo de Ok Diario no creo que lo sea.

el_loro

#11 Pues mira, alguien ha citado la ley, y resulta que sí, es verdad.

PasaPollo

#1 Sensacionalista. OKDiario lo vende como que estás tranquilo en tu casa y te llega la Policía Susanista a meterte imágenes como en la Naranja Mecánica. No, lo que interpreto son fondos ("promover") para actos culturales, charlas, congresos y demás. La Junta no tiene potestad para incluirte porque sí en "tratamientos psicológicos" sin tu consentimiento y sin que no se meta el poder judicial de ninguna forma.

diskover

#1 Supongo que te habrás informado antes ¿o has leído el titular de OkDiario y ya te has creído todo?

Con la cantidad de fake news que ostenta actualmente OkDiario, por ahora yo lo cojo con pinzas y escepticismo.

D

#1 demuestra tu primero que es verdad. Okdiario no es prueba de nada.

D

Esto demuestra que siempre hay alguien más idiota, qué ocurrencias

NoseMenea

de locura lo del genaro de las narices , aqui hablais de opcional o no y eso que mas da , que lo hayan pensado ya es para echarse las manos a la cabeza pero que lo lleve la ley ....es para acojonarse. Se les va la pinza , pero vamos que esto me parece a mi que sera otra "excusa " para sacar mas pasta...cursos fantasma donde el "profesor" de turno se lleva una pasta por no hacer nada por que no ha ido nadie.

T

Bueno, esto lleva ya mucho tiempo haciéndose, y no solo en Andalucía... en mi empresa cada par de meses vienen a darnos charlas sobre la igualdad, los micromachismos, como no hay que comportarse... y no solo ahí, en las televisiones ya muchos programas tienen una franja para hablar del machismo del día, las comunidades autónomas y los ayuntamientos llenan de carteles y anuncios indicándonos como debemos comportarnos. No es que me moleste (bueno, me molesta la pasta que nos gastamos en mirarnos el ombligo), pero vamos, yo que nací en los 80 y he visto lo que era un ama de casa de aquella época, pensaba que habíamos evolucionado y mejorado en todos los temas de igualdad. Ahora con esto tengo la sensación de ser el único que no golpea a su esposa encadenada al llegar a casa.

Dene

intrepretación mas que sensacionalista de una ley.... que van a hacer? mandar a la policía a que un tio vaya al sicologo obligado?? pueden ser propuestas o planes voluntarios de atención, pero poco mas puede dar de sí.
en vez de destacar lo malamente hecha que está esa ley en términos de aplicacion practica se centran en ver mierda donde no la hay.... mucho se preocupan de la gente pero no les he visto esos modos con leyes que claramente reducen libertades, como las multas administrativas que pone la policia a troche y moche en manifestaciones, sin que un juez diga si hay o no hay delito.

m

#2 ¿No has visto esos modos con otras leyes? pues ha habido hasta manifestaciones contra ellas, como contra la llamada "ley mordaza".

Dene

#6 no es lo mismo. la policia es autoridad. a mi me parece totalmente ilegal, ojo, pero no es lo mismo.
la junta de andalucia no tiene forma de llevarte fisicamente ante un sicologo. la policia, si tiene forma de detenerte (aunque a mi juicio, sea ilegal y un abuso de autoridad)

el_loro

#12 Sí lo tiene, podrían detenerte a través de la policía municipal.

D

Incluso sin que se haya llegado a presentar una denuncia”.

¿Pero qué coño...? ¿Cómo te pueden acusar y condenar a tratamiento psicológico sin denuncia ni juez?

#2 ¡Pelotas fueraaa! roll

PasaPollo

#9 La ley no dice eso. La "condena" a tratamiento psicológico sin denuncia ni juez es una paja mental de OKDiario.