Publicado hace 11 años por --249168-- a riorevuelto2012.blogspot.com.es

Legalmente ante una situación de abuso de autoridad, el ciudadano que esta siendo detenido puede emplear la fuerza, intimidar gravemente al agente, ejercer una resistencia activa grave, sin que sea constitutivo de delito de atentado.

Comentarios

D

Me pregunto si las comisiones legales de los diferentes "15m" estan al corriente... Lo digo porque cuando aprueben la nueva ley van a ir a saco hasta provocar la mínima resitencia par que se coman de 4 a 6 años de cárcel...

Pero como en derecho, prima la vida y la integridad física, ante un abuso policial, estas solicitudes de condenas a años de cárcel podrian quedar en papel mojado

D

Esto es así porque, muchas veces (y no hablo solo de España) los funcionarios policiales pegan una paliza a un detenido y este le da por pegarles una patada, la cual le produce un hematoma, entonces empapelan al detenido por "atentado a la autoridad" (en muchos casos el detenido no había hecho absolutamente nada para que lo detuvieran)... Ante la cantidad de casos, la jurisprudencia dijo "basta".

Por tanto, si por ejemplo un agente de la autoridad te esta asfixiando, no solo debes quejarte, sino que defenderte, en caso de que le hagas un hematoma NO te condenarán por atentado si tu abogado repasa el articulo 550 (si no me equivoco es este)

cathan

Por tanto, la legítima defensa realizada por un particular ante un exceso policial, como causa de justificación sólo se admite cuando este exceso sea antijurídico. Pero no es cualquier acto antijurídico el que puede dar lugar a una legítima defensa; tiene que ser un acto antijurídico constitutivo de delito."

El problema entonces es que para que se admita que no ha habido "atentado a la autoridad", esa autoridad debe de ser condenada primeramente por esa misma violencia innecesaria, cosa que rara vez ocurre.

El tema también es que si consigues hacerle un ematoma a algún policía y te detienen por abuso de autoridad, ese policía tendrá que dar parte de lesiones y formará parte de la misma demanda, por tanto de esa forma consigues identificar al policía para poder demandarle, porque aquí el problema es que no puedes demandar a nadie cuando no sabes quién es.

Pero claro... es un riesgo que corres bastante grande.

D

realmente rebotarse significara huesos rotos asi funcionan

D

Luego tienes la presunción de veracidad de los agentes que probablemente se pondrán de acuerdo y más vale tener alguna prueba de que tu resistencia fue conforme a lo indicado en la jurisprudencia porque si no vas a estar muy jodido.

Hay que aconsejar las cosas con cuidado, a ver si ahora la gente por leer esto se va a pensar que puede darle de hostias a un antidisturbios sin que le pase nada luego porque estaba recibiendo palos. No os equivoquéis, o la situación es muy grave (varios policías dando patadas a alguien indefenso en el suelo, porrazos, etc) o cualquier otra cosa seguramente te lleve a prisión.

D

#5 no se trata de aconsejar, la gente lo puede leer, es más lo debe leer.

No se trata de pegar patadas a antidisturbios, bajo mi punto de vista, el tercer punto habla de resistencia activa grande... Por aquí van los tiros, esta permitida en este caso, ojo ante abuso de autoridad.

Con la nueva normativa van a forzar "atentados contra la autoridad" leyendo esto, al menos sabran que si los han forazo bajo abuso de autoridad NO van a ser condenados por atentado. Creo que es importante que la gente lo sepa

D

#6 #7 Completamente de acuerdo en informar a las personas. Simplemente quería matizar que el CNP cuenta con presunción de veracidad y no vale tu palabra contra la de ellos; hay que llevar pruebas.

Respecto a la foto de la patada, a mí me hace eso y no respondo de mi reacción. Soy pacífico, pero no imbécil y lo de ese agente es una salvajada.

WarDog77

#8 El otro dia estuve mirando lo de la presuncion de veracidad y solo la hay (y muy limitada) en faltas administrativas (trafico por ejemplo), en caso de delito practicamente desaparace y deben de presentar puebas (jurisprudencia del TC), debido a que sino, la presuncion de inocencia se va al carajo, pues bastaría con que un policia dijese que te vio matar a alguien para que fueses culpable aunque lo negases, y no es asi, si solo existe como prueba su palabra y no hay ninguna prueba material que te inculpa saldras en libertad (segurasmente ni vayas a juicio)."El Tribunal Constitucional, en la Sentencia 76/1990, de 26 de abril ha afirmado reiteradamente que no puede suscitar ninguna duda el que la presunción de inocencia rige sin excepciones en el ordenamiento sancionador, tanto en la imposición de sanciones penales como administrativas, puesto que el ejercicio del ius puniendi se halla condicionado por el art. 24 de la Constitución.
El derecho a la presunción de inocencia implica que la carga de la prueba corresponde a los acusadores y que toda acusación debe ir acompañada de probanzas de los hechos en que consiste. Lo esencial para determinar la no contravención de tal principio lo constituye la existencia de una mínima actividad probatoria.


Las paginas de estos enlaces son "un poquito sospechosas" ;), pero el tema juridico esta muy bien explicado y fundamentado
Presunción de Certeza vs. Presunción de Inocencia
http://www.cannabismagazine.es/digital/articulos/23/406
http://www.cannabismagazine.es/digital/index.php?option=com_content&task=view&id=60&Itemid=1

D

#5 si miras la foto, veras a un policia dando una patada en la cabeza a una persona... Esto es abuso de autoridad clarísimo y no solo debe cubrirse la cabeza, sino que debe hacer todo lo posible para que su integridad física no corra peligro, incluso agarrarse a la pierna del agente o... hacerle la zancadilla o incluso utilizar algún objeto.

Es duro, el derecho es duro, pero es así. Mejor un antidisturbios con herida leve, que un derrame cerebral. Aunque esta es mi humilde opinión

D

Por favor, vamos a necesitar voluntarios ocasionales para temas de legales everywhere

D

esta ley no tiene lógica alguna, pues las leyes deberían estar pensadas para proteger al más débil. Y como tú y no sabemos, nadie hay más frágil e indefenso que el pobre policía antidisturbios que acude a la manifestación a puerta gayola o los pobres mossos de escuadra que acorralan al sospechoso detenido mientras lo juzgan y le ejecutan condenan en los calabozos.

S

Eso es falso, como el que la policía no puede coger tu DNI con las manos.
Si una persona cree ser víctima de un abuso que se vaya a un juzgado a denunciar pero si se resiste lo único que va a conseguir es empeorar las cosas añadiendo nuevos cargos a su persona.
Consejos como estos son los que hacen que la gente se vea delante de un juez por creerse que "puede hacer tal cosa" y luego enterarse de lo que opina un juez pero lo malo es que no podrá agradecer personalmente a quien le brindó tal información.

D

#13 no es falso, es lo que dice la ley

S

#14 No, es una interpretación personal del art. 550 del Codigo Penal.