Publicado hace 10 años por disconubes a gominolasdepetroleo.com

En el día de ayer al menos dos organizaciones de consumidores, Facua y la OCU, emitieron sendos comunicados en los que advertían de que el Gobierno ha introducido una enmienda en el proyecto de la llamada Ley de la cadena alimentaria, que viene a ser una "'ley mordaza' para impedir que se destapen fraudes alimentarios" y con la que "se pretende coartar el derecho a la información de los consumidores". Como puedes imaginar, esto causó un notable revuelo en las redes sociales, pero ¿es esto cierto? Como siempre, comencemos por el principio...

Comentarios

ailian

#9 Es que ya lo hacían con rigurosidad científica en laboratorios reconocidos. La ley no aporta nada nuevo al respecto.

Tampoco nadie impedía a las empresas hacer contraanálisis.

La ley lo que pretende es poner freno a los análisis independientes de las asociaciones de consumidores, darle tiempo a las empresas a cambiar sus productos si encuentran irregularidades y como que aquí no ha pasado nada. De esta manera las marcas ganan siempre y los consumidores pierden poder de decisión, porque les va a costar más saber qué marcas hacen trampas.

disconubes

#11 ¿Rigor científico de esa gente? lol lol lol

Son vendedores de humo y de revistas.

Prefiero a Pepe Gotera y Otilio lol

http://www.eitb.com/es/noticias/sociedad/detalle/1296338/carne-caballo--archivan-denuncia-hamburguesas-eroski/

ailian

#15 Con la normativa, lo que se hace es proteger a las empresas, pues ese "rigor" del que hablas no es más que darles margen para defenderse, en detrimento de los derechos del consumidor que tiene más difícil saber si una empresa comete irregularidades, ya lo explico en #11

Desde el punto de vista del consumidor, es preferible un exceso de celo (es decir, que se de alerta sobre un producto ante una sospecha y que ha posteriori la empresa demuestre que es correcto) que lo contrario (que no se advierta del producto mientras la empresa hace sus contraanálisis y el producto sospechosos siga en el supermercado). Desde el punto de vista de la salud, ídem, mejor un exceso de celo que un defecto del mismo.

Aquí hay dos intereses contrapuestos, el interés de las marcas, de preservar su nombre y prestigio, y el interés de los consumidores, de preservar su salud.

La nueva norma va en la dirección de proteger las marcas por encima de la salud. Esos plazos y contraanaálisis protegen a la marca, y sinceramente es mejor una alarma injustificada corregida después, que lo contrario: es decir, que no haya alarma mientras la burocracia ralentiza el proceso de control y un producto siga consumiéndose y vendiéndose con posibles riesgos para la salud.

Esto es de cajón, y dudo mucho que no seas capaz de entenderlo. Por eso creo que apoyas a la industria alimentaria por encima de los consumidores, y ya lo hiciste en tu análisis del programa "Salvados", dando por buena la versión de que todo está estupendo y criticando a los que mostraban que hay mucha manga ancha para la industria alimentaria a la hora de permitir aditivos ninguneando sin mucho argumento a científicos que alertaban de la poca rigurosidad de la normativa.

Y no es que la industria alimentaria sea "malvada", eso es una simplificación muy chorra, el típico intento de ridiculizar alquien que es crítico. La industria es como todas las industrias, busca el máximo beneficio al mínimo coste. Y por eso, como en todos los sectores y mucho más en este, necesita ser vigilado por los poderes públicos y por los consumidores pues está en juego la salud y la vida de las personas.

Estar en contra de que se controle y a favor de trabas y que estas labores de control sean más complejas y difíciles no tiene sentido. Y decir que la norma es buena porque se evitan "alarmas"... pppffff. Lo que hay que evitar es que hagan fraude y que atenten contra la salud de las personas. Mejor una alarma de más rectificada a posteriori que un una alarma tardía con un montón de víctimas... ¿recordamos el aceite de colza?

Por último, tu blog es muy bueno cuando toca temas científicos, pero este es un tema político y ahí es donde tropezáis una y otra vez, mostrando una visión sesgada y favorable hacia un sector. No sé a quién pretendéis engañar, ese arrogarse objetividad es más falso que una moneda de tres euros. La objetividad brilla por su ausencia cuando tocáis estos temas. Y oye, no tiene nada de malo posicionarse, es legítimo defender a la industria, pero por favor, no insultéis a la inteligencia del lector.

MayoriaAbsoluta

#17 "y sinceramente es mejor una alarma injustificada corregida después(...)"

gominolasdepetroleo

#17 Soy el primer interesado en destapar fraudes y engaños en el ámbito alimentario, y no estoy ni mucho menos en contra de los controles, ni a favor de trabas a los mismos, como das a entender en tu comentario. Lo que digo es que los estudios deben ser rigurosos para no provocar perjuicios innecesarios a las empresas ni alarmismos infundados en el consumidor. A este respecto, creo que confundes "alarmismo" o "alarma social" con "alerta alimentaria", que es algo muy diferente.

Por otra parte, los responsables últimos de la seguridad alimentaria no son las organizaciones de consumidores (aunque puedan contribuir a ella a través de sus denuncias), sino las propias empresas productoras, a través de sus sistemas de autocontrol, y la Administración, a través de sus controles oficiales. Estos controles se realizan exactamente de la misma forma que se propone en la enmienda, estableciéndose los mismos plazos máximos: un mes para realizar un contraanálisis que permita contrastar los resultados obtenidos. Si fuera necesario llevar a cabo un tercer análisis dirimente, la legislación actual establece que debe realizarse con carácter de urgencia. En definitiva, en el peor de los casos, el proceso completo duraría algo más de un mes. Naturalmente, esto es lo que se hace en el caso de análisis rutinarios. En el caso de que después de realizar los primeros análisis se encontrara un riesgo manifiesto para el consumidor (o en el caso de que ya se hubieran producido perjuicios sobre el mismo), nos encontraríamos ante una alerta alimentaria. Como puedes imaginar, en ese supuesto el tiempo es fundamental, así que lo que se debe hacer (tanto si se trata de la Administración, como si se trata de una organización de consumidores), es comunicarlo rápidamente a los Organismos competentes para difundir esa información a través de la Red de Alerta Alimentaria y tomar urgentemente medidas al respecto. En otras palabras, si la OCU encontrara un riesgo manifiesto, no esperaría a redactar un artículo y publicarlo en la revista del mes siguiente (o no debería hacerlo), sino que debería comunicarlo cuanto antes a las Autoridades Sanitarias. Dicho esto, puedes ver que la enmienda no supone un riesgo para la salud del consumidor. Por cierto que sacar a colación el tema del aceite de colza está totalmente fuera de lugar, básicamente porque un caso de esas características es tremendamente difícil que se pueda producir hoy día, debido a los controles y la legislación alimentaria actual, que están a años luz de la que había en aquellos años.

¿Favorece esta enmienda a la industria? Ya mencioné en el comentario anterior que, según la enmienda, las muestras se tomarían por triplicado, al mismo tiempo y en el mismo lugar: una de ellas para la organización de consumidores, otra para la industria y la tercera para realizar un análisis dirimente en caso de que fuera necesario. Es decir, la industria no podría elegir una muestra específica que favoreciera los resultados de sus análisis, sino que estos deberían realizarse sobre una muestra similar a la analizada por la organización de consumidores (en todos los casos, a través de laboratorios debidamente acreditados y según una metodología adecuada). ¿Juega el tiempo en su favor? En el peor de los casos, todo el proceso se dilataría un mes y pico. ¿Qué medidas podría tomar la industria en ese tiempo? ¿Una campaña de márketing? Eso podría hacerlo igualmente a posteriori. ¿Retirar el producto del mercado para volver a sacarlo una vez modificado? Ese corto espacio de tiempo es a todas luces insuficiente para hacer todo eso, ya que para ello hay que seguir una serie de pasos (estudios de vida útil, diseño y fabricación de envases, etc.) y eso es algo que lleva mucho más tiempo. Además, el coste que eso supondría probablemente sería muy superior al posible perjuicio causado por un informe de una organización de consumidores. Por último, en el caso de que fuera posible hacerlo, es algo que se notaría "un poco", de modo que podría perjudicar aún más la imagen de la empresa.

Por último, en cuanto al programa de Salvados, creo que ya dije todo lo que tenía que decir y no es precisamente eso que apuntas: comemos-analisis-programa-salvados#c-83
http://www.gominolasdepetroleo.com/2013/05/que-comemos-analisis-del-programa.html


#16 Quizá esa sería otra opción: exigir una toma de muestras por triplicado y almacenar dos por si surgen conflictos. Sin embargo lo que se propone en la enmienda es realizar un contraanálisis para contrastar los resultados, del mismo modo que ya se hace en los controles oficiales. En cualquier caso, la norma no sólo hace referencia a este aspecto, sino que también trata otras cuestiones, como la necesidad de llevar a cabo los análisis en laboratorios acreditados siguiendo una metodología adecuada, realizar la toma de muestras de una forma determinada, etc. El reglamento no está aún redactado, así que habrá que esperar. Me alegro de que te guste el blog

michaelknight

#21 go to #19

Autarca

#22 No estoy de acuerdo, el responsable ultimo de lo que consumo soy yo, y para poder tomar mi decision, y discriminar entre la enorme oferta que se me presenta, quiero estar lo mejor informado posible.


Quiero poder estar informado incluso de los posibles indicios.

gominolasdepetroleo

#24 Si no vas a leer mis argumentos quizá sería mejor que no me molestara en responderte, ¿no crees?

Por enésima vez: no trato de defender a la industria alimentaria. Lo que defiendo es que los análisis y los estudios que publican las organizaciones de consumidores sean rigurosos. Si no lo son, de nada sirven. ¿Qué validez tiene un análisis realizado sobre una muestra que se ha mantenido en malas condiciones de conservación, por ejemplo? ¿O un control de pesos con una báscula que no ha sido debidamente calibrada?

Por otra parte, no digo que nos tengamos que fiar a ciegas de los controles de la industria ni de los controles oficiales. Lo que digo es que a día de hoy son los encargados de controlar la seguridad de los alimentos que consumimos. Y a la empresa le va mucho en ello. Por ejemplo, una intoxicación debida a un control deficiente, o un caso de fraude puede suponer duras sanciones económicas y penales, e incluso su cierre (aunque también es cierto que en ocasiones les sale más barato defraudar que cumplir la legislación).

Por supuesto que cuantos más controles mejor. Pero insisto: un control poco riguroso no sirve de nada.

¿En qué favorece esta norma al productor? ¿Por qué dices que le quita herramientas de control al consumidor?

#25 Te equivocas. Es ahora cuando puede suceder eso. Lo que se propone en esta enmienda es que los contraanálisis se realicen sobre muestras similares a las que han utilizado las organizaciones de consumidores para realizar el análisis original (se realizaría una toma de muestras inicial por triplicado en el mismo momento y el mismo lugar: una muestra para el análisis de la organización de consumidores, otra para el contraanálisis y una tercera para el análisis dirimente en caso de conflicto). Así se evitaría que una empresa elegiera la muestra más conveniente para realizar sus análisis. Tampoco le serviría de nada modificar sus productos para tratar de influir en el análisis porque éste se realizaría sobre aquella primera muestra, que permanecería sellada y custodiada desde su recogida hasta el momento del análisis para que no se pueda alterar ni modificar. #26 Te recomiendo la lectura de este artículo sobre el estudio de hamburguesas realizado por la OCU (no por Facua): http://www.gominolasdepetroleo.com/2013/01/la-colina-de-la-hamburguesa-la-ocu.html

#23 Creo que no me has entendido. Tú eliges lo que comes, por supuesto. Pero las empresas tienen la responsabilidad de cumplir la legislación en materia de sanidad y consumo, es decir, son los responsables de la seguridad alimentaria de los productos que fabrican.

e

#27 se realizaría una toma de muestras inicial por triplicado en el mismo momento y el mismo lugar: una muestra para el análisis de la organización de consumidores, otra para el contraanálisis y una tercera para el análisis dirimente en caso de conflicto.

Es que eso lo dices tú, no la enmienda. Eso lo dirá, si acaso, el reglamento, y a saber cuántos años tarda en aprobarse.

Leído tu artículo, en absoluto me parece que la OCU generara mayor alarma social de la debida.

Es que, no sé, pero a mí me parece estupendo que se diga con altavoces y a través de todos los medios de comunicación disponibles qué "preparados de carne" para hamburguesas llevan más sulfitos de lo normal (de lo que llevan otros), al margen de que lo ponga con letra minúscula en las etiquetas.

gominolasdepetroleo

#28 Pues sí, habrá que esperar a que se apruebe el reglamento, pero en la enmienda se habla de equiparar el protocolo al de los controles oficiales, así que previsiblemente será análogo al RD 1945/1983.

Por otra parte, también a mí me parece estupendo que se comparen artículos y se publiquen todo tipo de estudios sobre los alimentos que se comercializan. Lo que no me parece bien es que se haga de forma poco rigurosa, irresponsable y alarmista. Por ejemplo, volviendo al tema de las hamburguesas, la OCU publicó que en el caso de la marca Eroski se estaba cometiendo "un claro fraude al consumidor" porque contenían carne de caballo. Más tarde se supo que el análisis que realizaron fue cualitativo en lugar de cuantitativo, lo que quiere decir que no pudieron conocer la cantidad de caballo presente en la hamburguesa. Conocer este aspecto es fundamental para poder afirmar si se trata o no de un fraude: si la hamburguesa contuviera por ejemplo un 0,5% de carne de caballo, no sería obligatorio declararlo en el etiquetado y por lo tanto no consideraría fraude, mientras que si contuviera por ejemplo un 60% sí habría que declararlo, porque de lo contrario se estaría cometiendo un claro fraude al consumidor.
Posteriormente Eroski realizó sus propios análisis, obteniendo resultados negativos: según ellos no había presencia de ADN de caballo. Pero muchos dijeron entonces que habían elegido las muestras para que los resultados fueran favorables, o bien, que habían dejado de utilizar caballo cuando se publicó el informe de la OCU. Finalmente, el Instituto Vasco de Consumo archivó la denuncia de la OCU porque no había adjuntado sus análisis y lo hizo con posterioridad, incluyendo una foto de producto diferente al denunciado y con errores en el lote del producto analizado.

ailian

#19 Por otra parte, los responsables últimos de la seguridad alimentaria no son las organizaciones de consumidores (aunque puedan contribuir a ella a través de sus denuncias), sino las propias empresas productoras a través de sus sistemas de autocontrol, y la Administración, a través de sus controles oficiales.

Y ahí dejé d leer. Si nos tenemos que fiar a ciegas de las empresas productoras, apaga y vámonos. Y si nos tenemos que fiar de los controles gubernativos sin aceptar controles de terceras partes, idem. Al contrario, cuanto más controles, mejor.

La norma, por mucha parrafada que le quieras poner, favorece al productor y le quita herramientas de control al consumidor.

Punto. Lo que pones es marear la perdiz para llevar el ascua a tu sardina (y a la de la industria alimentaria).

Autarca

#17 Pues me tenian casi convencido. De hecho he meneado el artículo, hasta que te he leído a ti.

Tienes razón como consumidor quiero la máxima información, la quiero para ayer, no para dentro de un mes.

Os acordáis de un programa que había en la televisión pública de los ochenta llamado consumo. Era un programa magnífico; comparativas, denunciaba malas prácticas de la industria, informaba sobre los derechos. Que diferente esa época de esta, ahora parece que cuanto más desinformados mejor.

ailian

#7 Esta claro que es una medida proteccionista para la industria, no para el consumidor.

Y gominolas hace malabarismos para mostrar que no, que está bien o incuso mejor que antes

Pero es muy evidente que la norma pretende proteger a los productores de alimentos a toda costa muy por encima de a los consumidores que ahora tendrán más complicado publicar análisis.

v

#15 Pero entonces bastaba con exigir la disponibilidad de al menos 3 muestras para contraanalisis de la empresa y dirimente, para así poder derivar las posibles responsabilidades y compensaciones a quien publique un informe que se demuestre falso. Vamos, garantizar la repetitividad.

Lo de mantener la publicación del informe en "stand by" hasta que se confirme, me parece demasiado. Y podría dar lugar a obstaculización por parte de la administración y empresas que pudieran estar dentro del mismo círculo clientelar.

Lo correcto sería que eso quedara en manos de los jueces, y a posteriori, no? Vamos, esa es la forma habitual. Salvo que haya algún peligro de muerte o algo así "no compensable" (y como ya argumenté en #7, por ejemplo, ni con la protección del entorno esto es así)

E insisto. No me queda claro qué es lo que especifica el reglamento sobre los límites a los procedimientos.

Por cierto, me encanta tu blog. Sobre todo por lo informativo que es. Pero lo de meterse en política me temo que es inevitable, puesto que este tipo de temas en los que se dan puntos de vista sobre normativas nunca se es 100% objetivo, ya que siempre entran en juego intereses y motivaciones en conflicto.

gominolasdepetroleo

#16 Aclaro: supongo que con eso de se refiere a la legislación que regula el control oficial de alimentos (RD1945/1983) al que se hace referencia en la enmienda, aunque este punto tampoco a mí me queda muy claro (como menciono en el artículo la enmienda debería ser más específica).

e

Por cierto, me gustaría saber si alguna vez se ha dado la situación de que una organización de consumidores haya causado una alarma social en base a análisis falseados o poco rigurosos.

Esa situación que tanto preocupa a los que defieden la necesidad de esta enmienda y sobre la que argumentan su necesidad me temo que está todavía por verse.

¿#15? ¿Algún caso real en el pasado qde alarma social en base a análsis poco rigurosos que justifique la necesidad de esta enmienda?

Yelmo

Gominolas de Petróleo Vs. OCU

Menéame va a implosionar.

listocomics

Yo estoy esperando que Gominolas de Petróleo abra un restaurante para ir a cenar ahí cada noche.

powernergia

Creo que hay leyes de sobra para que las empresas se defiendan solitas, sin necesidad de que el gobierno legisle a su favor.
Si un análisis está mal hecho, es tan facil como demostrarlo, en ese caso, al final saldría perdiendo la organización que lo haya hecho, y si el analisis está mal hecho con ánimo de perjudicar a una empresa, ya hay leyes que la protegen.

disconubes

Lo siento mucho, pero los consumidores nos merecemos unas asociaciones que piensen más en nosotros que en ellos mismos.

Pongo lo que les respondí a uno de los tuits que salen en el post

D

Creo que el gobierno actual lleva mucho tiempo "retratándose" en materia legislativa, como para no suponer que aquí debajo hay gato encerrado.
No sólo hay grandes empresas en el sector eléctrico, y hay demasiados "amiguitos" para colocar.
Así que como consumidor, tampoco me fío.

ailian

Gominolas de petroleo barriendo para la industria alimentaria, como hace siempre.

disconubes

#2 Bloguero más profesional y correcto que gominolasdepetroleo yo nunca vi.

ailian

#3 Es tu opinión. La cual no comparto.

D

#3 Yoda, eres tú?

e

A mí me parece bien que se homogenicen y queden bien los procedimientos para los análisis, pero la obligación de esperar al contraanálisis del fabricante es claramente amordazante.

Después de ser detectada la carne de caballo en los productos de tenernera de diversas marcas habría sido extremadamente fácil para fabricantes y distribuidores conseguir un contraanálisis de resultado contrario antes de que FACUA publicara el suyo simplemente retirando los productos afectados.

Tal vez el rigor científico aumente, pero la enmienda, efectivamente, facilita vender gato por liebre con mayor impunidad que en la actualidad.