La Junta falsea el curriculum de un alto cargo. La directora general de Investigación, Tecnología y Empresa es "convertida" en Funcionaria del Cuerpo Superior a pesar de suspender la oposición a la que se presentó siendo delegada de la Junta en Córdoba.
#4:
Se ve que creen que les queda poco tiempo y tienen que darse prisa en dejar a todos colocados...por si las moscas.
#13:
#11
Lo que es sensacional es que una directora general ni siquiera tenga que aprobar unas oposiciones que han aprobado sus subordinados. Pero bueno, esto es común incluso en ministerios (actuales ministros de exteriores, sanidad, fomento...).
#7:
Pero bueno y que coño pasa en este país, que todos los días salen noticias de este palo y no veo a ningún desgracio de estos entrar en la carcel, es que es para cagarse... vamos a dejar que reinstauren el derecho de pernada y ni aún así nos quejariamos.
Partiendo del concepto de “personal eventual” que se recoge en los apartados anteriores y que reproducimos a continuación, procedemos a analizar en profundidad las características esenciales que, junto con otras, otorgan a dicha figura su particular especificidad.
Definíamos al personal eventual como “... aquella persona que mediante un nombramiento libre se incorpora a la Administración Pública en una relación de naturaleza administrativa, ocupando puestos de trabajo no reservados a funcionarios de carrera, desempeñando con carácter temporal y en favor de determinados órganos o autoridades, funciones exclusivamente calificadas de confianza o asesoramiento especial, pudiendo en la Administración Local desempeñar también determinados puestos de trabajo de carácter directivo, siendo cesada libremente por la autoridad que le nombró y en todo caso de forma automática cuando se produzca el cese o expire el mandato de la autoridad a la que preste su funciones”.
A partir de esta premisa, las características más importantes que debemos señalar son las siguientes :
* Nombramiento y cese discrecional por la autoridad que los nombró.
* Cese automático cuando se produzca el cese o expire el mandato de la autoridad a la que presten su funciones de confianza o asesoramiento especial.
* Relación con la Administración de naturaleza administrativa.
* Los puestos ocupados por personal eventual son puestos de trabajos no reservados a funcionarios de carrera.
* Los puestos ocupados por personal eventual deben figurar con tal carácter en la Relación de Puestos de Trabajo.
* Desempeñan el puesto de trabajo con carácter temporal.
* El desempeño del puesto es en favor de determinados órganos o autoridades.
* Desempeño de funciones exclusivamente de confianza o asesoramiento especial.
* Desempeño en la Administración Local de puestos de carácter directivo.
* Son retribuidos con cargo a créditos presupuestarios consignados exclusivamente para este tipo de personal.
* Las funciones de personal eventual no constituyen mérito para el acceso a la función pública o promoción interna.
* Esta sujeto al régimen general de incompatibilidades
Por lo tanto, que esa persona sea interina o no, funcionaria de carrera o no, da igual: Es personal eventual y por tanto, nombrado a dedo, no hay más problema. #11 tiene razón (aunque frito a negativos), que sea funcionaria interina no falsea el CV.
#2 Cientuplicados son los casos que van a salir, parece que desde que se fué el amo del cortijo (Manuel Chaves) y el birrey (Gaspar Zarrías), algunos medios han dejado de silenciar las corruptelas.
#1 Mientras nosotros nos llenamos la boca y los dedos criticandoles ellos siguen haciendo lo que les sale de los huevos, hay que tomar medida drasticas YA!
Pero bueno y que coño pasa en este país, que todos los días salen noticias de este palo y no veo a ningún desgracio de estos entrar en la carcel, es que es para cagarse... vamos a dejar que reinstauren el derecho de pernada y ni aún así nos quejariamos.
"Si Yo os contará... he visto cosas que vosotros no creeríais... robar a manos llenas más allá de Triana, he visto dinero brillar en la oscuridad cerca de la puerta de Griñan.
Todos esos momentos se perderán en el tiempo como lágrimas en la lluvia.
Es hora de votar"
A mi estas noticias ya no me impresionan. Creo que a estas alturas ya ha quedado claro que estamos gobernados por unos putos chorizos. Lo cuestion es si vamos a hacer algo para echarlos o no.
Lo que realmente da asco no es que la hayan nombrado D.G.,pues ese es un puesto político, sino que haya sido jefa de servicio, cosa que es técnico y se lo han dado por enchufismo político a una interina.
No se por que han tenido que falsear el curriculum si total hoy en dia se puede nombrar a los amigotes sin estudios a dedo y nadie se queja. Que derroche de esfuerzos...
Del post, y origen de esta denuncia: Cuando el 16 de noviembre de 2010 el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía hace público el nombramiento de Calzado como directora general, la identifica como “funcionaria”.
En la documentación que ofrece el post lo único que coincide con la denuncia es una nota de prensa en la que figuran 3 líneas de currículum reducido de la afectada y en la que figura que fue funcionaria; así, a secas.
#11
Lo que es sensacional es que una directora general ni siquiera tenga que aprobar unas oposiciones que han aprobado sus subordinados. Pero bueno, esto es común incluso en ministerios (actuales ministros de exteriores, sanidad, fomento...).
Que sea una vergüenza que los directores generales sean políticos y no funcionarios de carrera, creo que lo compartimos todos salvo los fanboys....pero este hecho no le quita la razón a #11 conque la noticia es algo sensacionalista.
Esta chica se presenta a unas oposiciones junto a miles de andaluces, se las da como admitida, pero luego no aparece en el censo de aprobados definitivos. Esa es la noticia. Que ponga funcionaria en un cv de tres líneas y no incluya lo de interina, tal y como reza en el enlace de Cordobapedia (http://wikanda.cordobapedia.es/wiki/Mar%C3%ADa_Sol_Calzado_Garc%C3%ADa), es lo que debe juzgarse.
Si queremos cambiar el país, seamos críticos con la información. La realidad específica de este caso que nos ocupa, el de Sol Calzado, es que la noticia, tal y como aparece, es sensacionalista
Partiendo del concepto de “personal eventual” que se recoge en los apartados anteriores y que reproducimos a continuación, procedemos a analizar en profundidad las características esenciales que, junto con otras, otorgan a dicha figura su particular especificidad.
Definíamos al personal eventual como “... aquella persona que mediante un nombramiento libre se incorpora a la Administración Pública en una relación de naturaleza administrativa, ocupando puestos de trabajo no reservados a funcionarios de carrera, desempeñando con carácter temporal y en favor de determinados órganos o autoridades, funciones exclusivamente calificadas de confianza o asesoramiento especial, pudiendo en la Administración Local desempeñar también determinados puestos de trabajo de carácter directivo, siendo cesada libremente por la autoridad que le nombró y en todo caso de forma automática cuando se produzca el cese o expire el mandato de la autoridad a la que preste su funciones”.
A partir de esta premisa, las características más importantes que debemos señalar son las siguientes :
* Nombramiento y cese discrecional por la autoridad que los nombró.
* Cese automático cuando se produzca el cese o expire el mandato de la autoridad a la que presten su funciones de confianza o asesoramiento especial.
* Relación con la Administración de naturaleza administrativa.
* Los puestos ocupados por personal eventual son puestos de trabajos no reservados a funcionarios de carrera.
* Los puestos ocupados por personal eventual deben figurar con tal carácter en la Relación de Puestos de Trabajo.
* Desempeñan el puesto de trabajo con carácter temporal.
* El desempeño del puesto es en favor de determinados órganos o autoridades.
* Desempeño de funciones exclusivamente de confianza o asesoramiento especial.
* Desempeño en la Administración Local de puestos de carácter directivo.
* Son retribuidos con cargo a créditos presupuestarios consignados exclusivamente para este tipo de personal.
* Las funciones de personal eventual no constituyen mérito para el acceso a la función pública o promoción interna.
* Esta sujeto al régimen general de incompatibilidades
Por lo tanto, que esa persona sea interina o no, funcionaria de carrera o no, da igual: Es personal eventual y por tanto, nombrado a dedo, no hay más problema. #11 tiene razón (aunque frito a negativos), que sea funcionaria interina no falsea el CV.
Comentarios
Se ve que creen que les queda poco tiempo y tienen que darse prisa en dejar a todos colocados...por si las moscas.
El cortijo andaluz ... imparable
Duplicada y antigua ¿no?
#2 Cientuplicados son los casos que van a salir, parece que desde que se fué el amo del cortijo (Manuel Chaves) y el birrey (Gaspar Zarrías), algunos medios han dejado de silenciar las corruptelas.
NO TIENEN VERGÜENZA!!!
#1 Mientras nosotros nos llenamos la boca y los dedos criticandoles ellos siguen haciendo lo que les sale de los huevos, hay que tomar medida drasticas YA!
Pero bueno y que coño pasa en este país, que todos los días salen noticias de este palo y no veo a ningún desgracio de estos entrar en la carcel, es que es para cagarse... vamos a dejar que reinstauren el derecho de pernada y ni aún así nos quejariamos.
#nolesvotes
Solo puedo decir esto:
SOCIALISMO = arte de colocar a tus socios
"Si Yo os contará... he visto cosas que vosotros no creeríais... robar a manos llenas más allá de Triana, he visto dinero brillar en la oscuridad cerca de la puerta de Griñan.
Todos esos momentos se perderán en el tiempo como lágrimas en la lluvia.
Es hora de votar"
#30, ... hmmm ... no sé qué decir... he soltado una carcajada impresionante... genial.
Mientras tanto, al otro lado de la Galaxia Izquierda Unida de Getafe confirma en un comunicado que Javier Viondi no será candidato
Izquierda Unida de Getafe confirma en un comunicad...
que.es#nolesvotes
IU partido socio de gobierno del PSOE e implicado en Mercasevilla #18
Ya les podía dar a los andaluces por idependizarse...
Pff, estoy deseando que gane el Partido Popular de una vez para que haya una regeneración política en Andalucía.
#15 Eso es lo jodido que los que vienen detrás son esos...
lo importante es que no pase de 110, no os distraigais con tonterias.
#0 Las etiquetas son para encontrar la noticia por el buscador, no para que pongas tu opinión
Que raro andalucia no?
En terminos de corrupcion Andalucia = Comunidad Valenciana, o dicho de otra manera PSOE = PP.
#nolesvotes
Junta de Andalucía
A mi estas noticias ya no me impresionan. Creo que a estas alturas ya ha quedado claro que estamos gobernados por unos putos chorizos. Lo cuestion es si vamos a hacer algo para echarlos o no.
A mi me encanta leer estas noticias... Me hacen sentirme un perfecto IMBECIL por no haberme dedicado a robar, perdón, quería decir a la política
Todo esto lo arreglaría un electricista y un cura... uno quitando enchufes y el otro dando ostias
Me avergüenzo totalmente de que cosas como esta ocurran en el Partido Socialista. Pobres Pablo Iglesias y Tomás Meabe.
Pues si es por que no sea funcionaria, daros una vuelta por los altos cargos de Castilla y León y veréis.
http://www.nolesvotes.com/ #nolesvotes
Andalucía...
Andalucía Imparable
Por la Segunda Modernización
Lo que realmente da asco no es que la hayan nombrado D.G.,pues ese es un puesto político, sino que haya sido jefa de servicio, cosa que es técnico y se lo han dado por enchufismo político a una interina.
#Meneate
Los ERES falsos, los títulos falsos, los nombramientos a dedo... ¿Qué nos queda ya por ver?
No se por que han tenido que falsear el curriculum si total hoy en dia se puede nombrar a los amigotes sin estudios a dedo y nadie se queja. Que derroche de esfuerzos...
mañana mas
Hay corrupción, hay meneo.
Como dijo Matías... ¡¡¡¿PERO ESTO QUÉ ES?!!!
¡A la cárcel!
L@s ladron@s que nos gobiernan estan haciendo mucho y bien por la paridad. Ahora estamos mucho mejor.
¿Cuántos han dimitido ya?
Sensacionalista cuando no directamente errónea.
Del post, y origen de esta denuncia: Cuando el 16 de noviembre de 2010 el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía hace público el nombramiento de Calzado como directora general, la identifica como “funcionaria”.
En la documentación que ofrece el post lo único que coincide con la denuncia es una nota de prensa en la que figuran 3 líneas de currículum reducido de la afectada y en la que figura que fue funcionaria; así, a secas.
En http://wikanda.cordobapedia.es/wiki/Mar%C3%ADa_Sol_Calzado_Garc%C3%ADa puede verse que pasa a ser miembro del Cuerpo Superior de Administradores Generales de la Junta de Andalucía (como interina, sin obtener plaza de funcionaria).
#11
Lo que es sensacional es que una directora general ni siquiera tenga que aprobar unas oposiciones que han aprobado sus subordinados. Pero bueno, esto es común incluso en ministerios (actuales ministros de exteriores, sanidad, fomento...).
#11 Sniff sniff huelo a fanboy!
#17 Si ser fanboy es cuestionar la información, tú misma.
Que sea una vergüenza que los directores generales sean políticos y no funcionarios de carrera, creo que lo compartimos todos salvo los fanboys....pero este hecho no le quita la razón a #11 conque la noticia es algo sensacionalista.
Esta chica se presenta a unas oposiciones junto a miles de andaluces, se las da como admitida, pero luego no aparece en el censo de aprobados definitivos. Esa es la noticia. Que ponga funcionaria en un cv de tres líneas y no incluya lo de interina, tal y como reza en el enlace de Cordobapedia (http://wikanda.cordobapedia.es/wiki/Mar%C3%ADa_Sol_Calzado_Garc%C3%ADa), es lo que debe juzgarse.
Si queremos cambiar el país, seamos críticos con la información. La realidad específica de este caso que nos ocupa, el de Sol Calzado, es que la noticia, tal y como aparece, es sensacionalista
Creo que mucho hablar, pero informarse poco. Me la trae un poco al pairo el tema, si PSOE, PP... mucha leña estos últimos tiempos, a lo que voy:
De http://noticias.juridicas.com/articulos/15-Derecho%20Administrativo/200707-22352525325321254.html
Partiendo del concepto de “personal eventual” que se recoge en los apartados anteriores y que reproducimos a continuación, procedemos a analizar en profundidad las características esenciales que, junto con otras, otorgan a dicha figura su particular especificidad.
Definíamos al personal eventual como “... aquella persona que mediante un nombramiento libre se incorpora a la Administración Pública en una relación de naturaleza administrativa, ocupando puestos de trabajo no reservados a funcionarios de carrera, desempeñando con carácter temporal y en favor de determinados órganos o autoridades, funciones exclusivamente calificadas de confianza o asesoramiento especial, pudiendo en la Administración Local desempeñar también determinados puestos de trabajo de carácter directivo, siendo cesada libremente por la autoridad que le nombró y en todo caso de forma automática cuando se produzca el cese o expire el mandato de la autoridad a la que preste su funciones”.
A partir de esta premisa, las características más importantes que debemos señalar son las siguientes :
* Nombramiento y cese discrecional por la autoridad que los nombró.
* Cese automático cuando se produzca el cese o expire el mandato de la autoridad a la que presten su funciones de confianza o asesoramiento especial.
* Relación con la Administración de naturaleza administrativa.
* Los puestos ocupados por personal eventual son puestos de trabajos no reservados a funcionarios de carrera.
* Los puestos ocupados por personal eventual deben figurar con tal carácter en la Relación de Puestos de Trabajo.
* Desempeñan el puesto de trabajo con carácter temporal.
* El desempeño del puesto es en favor de determinados órganos o autoridades.
* Desempeño de funciones exclusivamente de confianza o asesoramiento especial.
* Desempeño en la Administración Local de puestos de carácter directivo.
* Son retribuidos con cargo a créditos presupuestarios consignados exclusivamente para este tipo de personal.
* Las funciones de personal eventual no constituyen mérito para el acceso a la función pública o promoción interna.
* Esta sujeto al régimen general de incompatibilidades
Por lo tanto, que esa persona sea interina o no, funcionaria de carrera o no, da igual: Es personal eventual y por tanto, nombrado a dedo, no hay más problema. #11 tiene razón (aunque frito a negativos), que sea funcionaria interina no falsea el CV.
Saludos.