Hace 5 años | Por Quinqui a legaltoday.com
Publicado hace 5 años por Quinqui a legaltoday.com

El Juzgado de lo Social núm. 9 de Sevilla, ha dictado una Sentencia pionera en España, al declarar nulo el despido de un trabajador que fue grabado en su puesto de trabajo, considerando que las imágenes se han obtenido vulnerando derechos fundamentales, al no contar con causa que justificara las grabaciones ni tener el consentimiento del trabajador.

Comentarios

D

Obvio.

D

#2 La realidad adopta formas misteriosas. Nuestro deber es desvelarlo. Si es necesario mostrando la cara más amarga de la misma.

dphi0pn

#2 Me acuerdo de cierta cárnica donde intervino un sindicato por esto mismo, algunos jefes de zonas estaban encantados con la "medida" de sentirse los nuevos Gran Hermano e incluso hubo una noticia donde un empleado denunció que le hacían bromas y denunció y acabó también ganando.

Stash

Como está(ba) la ley hasta ahora:

1.- Es legal poner cámaras, está amparado por el mismísimo estatuto de los trabajadores.
2.- Pero es imprescindible notificar y por escrito/de forma acreditable al empleado que está en un entorno videovigilado. Ojo. No se trata de pedirle permiso, sino de informarle que se le va a grabar antes de que ocurra.
3.- Además se ha de notificar con la cartelería al efecto de que se está accediendo a un área videovigilada. No es necesario indicar la ubicación de las cámaras, pero si de advertir de su existencia.
4.- Grabar audio es ilegal en los espacios de trabajo, no así en las conversaciones específicas de teléfono.
5.- Los espacios asimilados a la intimidad (baños, estancias de cambio de ropa, etc) está terminantemente prohibido colocar cámaras.
5.- Antes había obligación de notificar el fichero de videovigilancia en la AEPD.

Si una de estas no se cumple la cámara no cumple la ley y por lo tanto las imágenes captadas lo son de forma ilegítima. Eso, en cuanto el abogado de la parte contraria impugne la legalidad de la obtención de la prueba lo tiene ganado de largo, como seguramente ha sido el caso.


Ahora voy a leerme la noticia.
#4 #5 #1

D

#9 Vale.

squanchy

#9 Tengo entendido que tampoco vale la grabación de cualquier cámara para un juicio y para el seguro, si no que debe llevar firma digital para asegurar que no ha sido manipulada. Eso me contó un amigo que tiene securitas direct y le dije que por lo que pagaba podía montarse su propio sistema y amortizarlo. La verdad es que no investigué si era cierto o no, aunque supongo que esto se deja al criterio del juez.

TocTocToc

#1 En este caso particular: "el puesto de trabajo coincidía con el espacio habilitado para los empleados para cambiarse de ropa al entrar y salir del trabajo, por lo que no sólo se vulneró su derecho a la protección de datos sino, especialmente, su derecho fundamental a la intimidad. "

domadordeboquerones

Soy instalador de CCTV, cuando llego a un negocio a empezar una instalación el primer empleado que empieza a protestar o enrabietarse, se que ese es el que esta cometiendo el delito, se delatan ellos solitos antes que el sistema empiece a funcionar y grabar, sobre todo en bares ocurre. Luego cuando tenemos que llevar las pruebas a juicio se confirma la sospecha.
Yo si tuviera un local con empleados no dudaria en poner camaras, es lo mejor, para el emplado y para el propietario, al trabajo se va a trabajar.

squanchy

#17 ¿Sabiendo que han puesto cámaras siguen delinquiendo? Menudos lumbreras.

domadordeboquerones

#20 En cuanto pasa unos meses y le pones un cebo y caen como moscas, no te lo puedes ni imaginar. Se encariñan de lo ajeno que es un primor.

squanchy

No se hubiese masturbado de saber que había cámaras grabando.

P

Pegatina en la puerta de la oficina, y email a todoslos empleados indicando que se están grabando imagenes por seguridad.
¿tanto cuesta hacer eso?

P.D. normalmente, para evitar conflictos no se graba enfocando directamente al puesto de trabajo, y sobre todo se evita grabar las pantallas...

squanchy

#4 Grabar las pantallas atenta contra la intimidad, porque grabarían tu correo electrónico, p.e., whatsapp web, etc. Además, puede ser contraproducente (que graben cómo haces una "factura" sin iva, etc.)

c

Pero leer su correo no... que cosas...

D

"...tener el consentimiento del trabajador"
- Creemos que estás robando. ¿Podemos grabarte?
- No

D

#12 Conocimiento, no consentimiento.

L

Asi nos luce el pelo en muchos casos

https://www.google.es/amp/s/amp.elmundo.es/economia/macroeconomia/2018/01/09/5a549b2d268e3eca5a8b45c0.html

Pd: luego esa gente de la noticia serán los primeros que se quejen de que los politicos se van de rositas en sus juicios por tecnicismos absurdos etc.

Aleurerref

Y al reves?

pepito.grillo.315

o sea que si un empleado mata a otro en un vestuario , la camara no se puede usar como prueba porque vulnera su derecho a la intimidad?

D

Lo que no es normal es que te graben cagando. A ver si Pedro Sánchez hace un decreto que lo impida

U

#5 Muchos PP la cagan a todas horas

j

#5 Esta absolutamente prohibido grabar en baños, duchas y vestuarios