El fiscal del Tribunal Supremo Manuel Jesús Dolz ha vaticinado que no habrá juicio oral a la Infanta Cristina, a la que el juez José Castro mantiene imputada en el caso Nóos, "porque no es posible abrir juicio oral solamente cuando lo pide la acusación popular y no lo pide el Ministerio Fiscal o la acusación particular, que es en la que se basa la 'doctrina Botín'".
#9:
Habrá que ir a Estrasburgo como en el caso la doctrina Parot....
#8:
Ya es casualidad que no aplicaran la Doctrina Atutxa.
La justicia española es la que más aportaciones ha hecho a su campo: la farsa. Después de la tragedia Botín, la farsa Cristina.
En los últimos años, la jurisprudencia española, en concreto el Tribunal Supremo, ha establecido dos excepciones o matizaciones en el procedimiento abreviado (el más habitual y el que conlleva penas menores de nueve años), bastante cuestionadas: la doctrina Botín y la doctrina Atutxa. La primera la estableció el Supremo cuando exoneró al banquero Emilio Botín de ser juzgado en un caso de cesiones de créditos. El Tribunal establecía que si el Fiscal y la acusación particular no acusan, no puede prosperar el proceso y no cabe abrir juicio oral.
Poco después, el Supremo volvió a hacer una excepción que matizaba la anterior doctrina. El ex presidente del Parlamento Vasco, Juan María Atutxa, fue condenado por el Supremo por un delito de desobediencia a la autoridad judicial por no disolver el grupo parlamentario Sozialista Abertzaleak. La defensa confiaba en la doctrina Botín, pero el Supremo estableció que ésta sólo era aplicable con delitos que dañaran a alguien concreto. Como era un caso de desobediencia y éste es contra los intereses colectivos, podía prosperar aunque sólo fuera con la acusación popular: es la conocida desde entonces como doctrina Atutxa.3 http://es.wikipedia.org/wiki/Acusaci%C3%B3n_popular
Ya es casualidad que no aplicaran la Doctrina Atutxa.
La justicia española es la que más aportaciones ha hecho a su campo: la farsa. Después de la tragedia Botín, la farsa Cristina.
En los últimos años, la jurisprudencia española, en concreto el Tribunal Supremo, ha establecido dos excepciones o matizaciones en el procedimiento abreviado (el más habitual y el que conlleva penas menores de nueve años), bastante cuestionadas: la doctrina Botín y la doctrina Atutxa. La primera la estableció el Supremo cuando exoneró al banquero Emilio Botín de ser juzgado en un caso de cesiones de créditos. El Tribunal establecía que si el Fiscal y la acusación particular no acusan, no puede prosperar el proceso y no cabe abrir juicio oral.
Poco después, el Supremo volvió a hacer una excepción que matizaba la anterior doctrina. El ex presidente del Parlamento Vasco, Juan María Atutxa, fue condenado por el Supremo por un delito de desobediencia a la autoridad judicial por no disolver el grupo parlamentario Sozialista Abertzaleak. La defensa confiaba en la doctrina Botín, pero el Supremo estableció que ésta sólo era aplicable con delitos que dañaran a alguien concreto. Como era un caso de desobediencia y éste es contra los intereses colectivos, podía prosperar aunque sólo fuera con la acusación popular: es la conocida desde entonces como doctrina Atutxa.3 http://es.wikipedia.org/wiki/Acusaci%C3%B3n_popular
Traducido: Fiscal del Supremo vaticina que no habrá juicio oral a la Infanta Cristina porque no les sale de los cojones ni a él ni a la casta que defiende.
En el caso de Botín no se llegó al juicio oral, se anuló la causa del posible delito porque no se reconocieron damnificados denunciantes... pero es que si en este caso se anula la causa, en el pack va también Urdanga, Torres y su mujer. No sé si se puede bucear tanto para batir el record de tocar fondo.
#11 El juicio oral es para todos los encausados. Se tendrán que inventar algo nuevo.
Comentarios
Habrá que ir a Estrasburgo como en el caso la doctrina Parot....
#9 eso digo yo.....no habra nadie que se rebote con tanto indulto y tanta estafa nadie pagara por nuestra ruina ?????
Ya es casualidad que no aplicaran la Doctrina Atutxa.
La justicia española es la que más aportaciones ha hecho a su campo: la farsa. Después de la tragedia Botín, la farsa Cristina.
En los últimos años, la jurisprudencia española, en concreto el Tribunal Supremo, ha establecido dos excepciones o matizaciones en el procedimiento abreviado (el más habitual y el que conlleva penas menores de nueve años), bastante cuestionadas: la doctrina Botín y la doctrina Atutxa. La primera la estableció el Supremo cuando exoneró al banquero Emilio Botín de ser juzgado en un caso de cesiones de créditos. El Tribunal establecía que si el Fiscal y la acusación particular no acusan, no puede prosperar el proceso y no cabe abrir juicio oral.
Poco después, el Supremo volvió a hacer una excepción que matizaba la anterior doctrina. El ex presidente del Parlamento Vasco, Juan María Atutxa, fue condenado por el Supremo por un delito de desobediencia a la autoridad judicial por no disolver el grupo parlamentario Sozialista Abertzaleak. La defensa confiaba en la doctrina Botín, pero el Supremo estableció que ésta sólo era aplicable con delitos que dañaran a alguien concreto. Como era un caso de desobediencia y éste es contra los intereses colectivos, podía prosperar aunque sólo fuera con la acusación popular: es la conocida desde entonces como doctrina Atutxa.3
http://es.wikipedia.org/wiki/Acusaci%C3%B3n_popular
¿La fiscalia acusando? Ni esta ni se la espera.
Mejor, esto va a la cuenta del PP. Y todo por una chorrada. Ya me dirás qué le importa al PP que caiga la Infanta.
Todos somos iguales ante la GUILLOTINA EN LA PUERTA DEL SOL.
#10 ¿Y en eso tendrán fuero los vascos y navarros?
Todos somos iguales antes la ley...
#2 Mentira: los navarros y los vascos tiene fueros.
#2 pero unos son más iguales que otros.
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los que tienen que aplicar juriprudencia ya se van retratando en contra de esta opinión.La Infanta a un paso de su impunidad.
la relacionada en #5 esta meneada Sólo una nueva doctrina jurídica podría librar a la infanta Cristina
Sólo una nueva doctrina jurídica podría librar a l...
publico.esMuy democrático todo.
Traducido: Fiscal del Supremo vaticina que no habrá juicio oral a la Infanta Cristina porque no les sale de los cojones ni a él ni a la casta que defiende.
En el caso de Botín no se llegó al juicio oral, se anuló la causa del posible delito porque no se reconocieron damnificados denunciantes... pero es que si en este caso se anula la causa, en el pack va también Urdanga, Torres y su mujer. No sé si se puede bucear tanto para batir el record de tocar fondo.
#11 El juicio oral es para todos los encausados. Se tendrán que inventar algo nuevo.
Son estas situaciones las que hacen que alguien con dos dedos de frente se niegue a considerar este régimen como una democracia.
Botín dando por culo incluso cuando el caso no es suyo...
#1 Eso sería juicio anal, no oral.