Hace 12 años | Por Kobardo a abc.es
Publicado hace 12 años por Kobardo a abc.es

Desde 1927, estaba tipificada como delito cuando se cometía sobre una mujer. La Administración Obama ha ampliado este viernes la definición del delito de violación para incluir nuevas formas de agresión sexual, tales como la violación a los hombres y el sexo oral o anal, en la primera revisión importante del tipo en más de ochenta años.

Comentarios

D

#11 Hazle un favor a la sociedad y no te dediques al Derecho. Cambia de facultad, el mundo te lo agradecerá. Chaoff.

Jiboxemo

¿Ya me puedo quitar el corcho del culo?

D

Es un paso adelante en la igualdad para todos. Se que no viene al tema, pero al ver esta noticia he pensado en la película americana reciente de "Como acabar con tu jefe" donde Jennifer Aniston acosaba sexualmente a uno de los protagonistas varones de la película, en esencia la película daba el mensaje de que por ser mujer podías acosar a un hombre como y donde quisieras (y encima era una comedia). No os contare el final pero desde luego no es el mismo final que si fuera un hombre en España lol

D

¿Y hasta ahora si violaban a un hombre cómo lo llamaban, sexo duro?

c

#4 Las legislaciones no definen conceptos, que es lo que a mi me importa. Que un hombre o mujer sea violado/a pero no esté legislada la forma en la que se ha violado me parece una aberración.

monnik

Sólo se puede violar a un hombre por introducción de objetos o pene via anal, el resto como que una mujer viole a un hombre no es posible porque se necesita que el sujeto tenga su miembro en condiciones con lo cual influye la psique y si esta en condiciones está motivado, por tanto quiere y no hay violación.

c

#2 El acto de la violación no tiene nada que ver con quién introduce qué a quién.

Wikipedia:

La violación es un tipo de acceso carnal no consentido, mediante el cual se produce la profanación del cuerpo de una persona que no ha podido o no tenido el ánimo de prestar el consentimiento para ejecutar dicho acto, producto de lo cual su integridad mental y física ha sufrido o pudo haber sufrido un ultraje.

Según la ONU dice lo siguiente:

Una penetración física por coacción de la vulva o el ano, con un pene, otras partes del cuerpo o un objeto


Siempre me ha parecido una aberración la definición de la ONU.

monnik

#3 lee legislación europea y deja de tonterias como wikipedia, de buscar busca fuentes más fiables.
En España es como he dicho en #2 ,cualquier estudiante de Derecho incluso Medicina lo sabe:-)

D

#4 Más te vale leer a #5 sin pretender dar lecciones a los demás:

CÓDIGO PENAL (español)

Artículo 178.
El que atentare contra la libertad sexual de otra persona, utilizando violencia o intimidación, será castigado como responsable de agresión sexual con la pena de prisión de uno a cinco años.

Artículo 179.
Cuando la agresión sexual consista en acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal, o introducción de miembros corporales u objetos por alguna de las dos primeras vías, el responsable será castigado como reo de violación con la pena de prisión de seis a 12 años.

monnik

#6 Los consejos aplicatelos tú que buena falta te hace y antes de ir de listillo copiando y pegando artículos del CP dime en que mi comentario estaba equivocado.

D

#7 Estás equivocado aquí: (c&p) de #2 Sólo se puede violar a un hombre por introducción de objetos o pene via anal

También es posible la violación por vía bucal.

monnik

En efecto se me olvidó vía oral pero si has leído #3 el motivo del debate no era ese sino que ponía en duda que tanto la legislación como jurisprudencia no tienen en cuenta "quién introduce que a quién", así que a veces hay que leer y entender para hablar y recriminar con propiedad.

D

#9 Vale, veo que el debate se va encauzando a tonos más asumibles.

El comentario #3 va dirigido a tu aserción: "que una mujer viole a un hombre no es posible" del comentario #2. Exactamente con esta frase: "El acto de la violación no tiene nada que ver con quién introduce qué a quién".

Frase con la que tengo que estar de acuerdo. Es perfectamente posible la violación de una mujer a otra mujer (introducción de objetos por vía vaginal o anal) y también es posible la violación de una mujer a un hombre (introducción de objetos por vía anal).

monnik

#10 no es lo que tú estes de acuerdo es la legislación y lo que se enseña en las Facultades de Derecho,sin más acabó aquí a no ser que alguien con más conocimientos y que sepa de lo que habla rebata,chaoff.

D

#2 Sólo se puede violar a un hombre por introducción de objetos o pene via anal,

Pues no, como bien indica el artículo, "La penetración, por leve que sea, de la vagina o el ano con cualquier parte del cuerpo u objeto o penetración oral por un órgano sexual de otra persona, sin el consentimiento de la víctima."

Vamos, que a un hombre puedes violarle metiéndole un pene en la boca.

Además entra el "También contempla los abusos en los que la víctima ha sido violada bajo los efectos del alcohol o las drogas" Que por otra parte tiene sentido en cuanto a igualar la legislación. Si una chica va hasta arriba de extasis y aunque consienta la relación (es una droga que aumenta el apetito sexual) se puede considerar que es una violación porque la persona no estaba en "plenas condiciones mentales" es normal que ahora se "iguale" obviando el sexo. Otra cosa es lo justo/injusto que pueda parecer que una relación consentida a priori pueda ser denunciada como violación a posteriori "por aprovecharse de esa situación"

D

#2 Cada loc@ con su tema... que metido teneis el sexismo en el coco.

D

#2 Según la ley española violación es introducir cualquier cosa, pene, dedos o cualquier otro objeto. Así que una mujer puede ser una violadora perfectamente y no hace falta que un hombre use el pene para serlo.

D

#2 Desconozco si la definición penal es exactamente así, pero aunque no se me ponga dura, una mujer puede forzarme y para mi es igual de violación.