Publicado hace 2 años por --617765-- a laboro-spain.blogspot.com

Todos sabemos que ayer finalizó el estado de alarma, pero que la pandemia COVID-19 no se lee en el BOE y por tanto continúa, ya que actualmente son muy pocas las personas vacunadas dentro de la poblaciíon activa laboralmente. Por lo que os estareís preguntando en que influye legalmente en vuestros trabajos el fin del estado de alarma.

Comentarios

heffeque

#7 Mismo caso aquí. En cuanto estemos vacunados... creo que proponen 1 día a la semana remoto (cuando eso ya lo hacíamos la mayoría antes de la pandemia).

#8 #10 Me interesa... Eso sí, quien entrara "1 día" antes de la cuarentena ya no podría atenerse?

l

#11 #7 es por que hay que fomentar el compañerismo, la creatividad, la integración en los equipos o cualquier otra mierda que se les ocurra con tal de justificar que quieren verte fichar por la mañana, que les pone cachondos, y que vayas a calentar la silla porque sí. Realmente, en la gran mayoría de trabajos que se han hecho en teletrabajo se puede hacer siempre sin ningún problema. Lo que pasa que no quieren dar su brazo a torcer. Así que a calentar la silla todo el mundo.

heffeque

#12 No, si las razones las conocemos. Lo que nos hace falta son herramientas para intentar pelearlo.

Tiberina

#11 Yo creo que aprenderán cuando vean que la gente se mueve a otros empleos con teletrabajo 100%, porque hay empresas que si han aprendido y lo ofrecen para siempre... Ellos verán, pero en mi caso si me ofrecen siempre teletrabajo frente a un puesto que no, lo tengo claro.

l

Me gustaría que laboro se pronunciara sobre los "derechos adquiridos de los trabajadores", es decir, si te contratan para hacer jornada partida y lo pone en tu contrato pero desde que entraste has hecho siempre jornada intensiva, si la empresa pretende cambiarte a horario partido, con el tiempo se supone que has adquirido el derecho a la jornada que normalmente realizas por mucho que lo ponga en tu contrato otra cosa. Esto aplica a las categorías también etc.

Con esto del teletrabajo, ¿si obligan a ir a los trajadores que llevan x meses, muchos, teletrabajando, no es un derecho adquirido también?

c

#8 No soy experto pero podría ser un caso de "modificación sustancial de las condiciones laborales".

klabervk

Hay laboro, hay meneo.

M

¿5 negativos ya?

Jajjajajjajaj

D

#2 votan siempre los mismos negativo a todas las noticias

llorencs

En mi empresa por suerte sigue el trabajo remoto por defecto y con capacidad máxima de un 40% de trabajadores. Si quieres ir a la oficina tienes que pedir permiso.

Así que con eso estoy contento.

Technics

"En resumen, los ERTE en las empresas siguen igual que estaban. En la que haya un ERTE vigente, seguirá vigente en sus mismos términos. La finalización del estado de alarma no produce cambio en el ERTE del que se trate."
"En caso de incumplimiento, procedería demanda individual por ERTE, por la que se podría conseguir recuperar los salarios perdidos, el trabajo a jornada completa y la indemnización de los daños y perjuicios sufridos."

D

Si ya estabamos quemados por el volumen de trabajo, ahora estaremos aun mas quemados viendo como los gañanes celebran el final del covid