Hace 10 años | Por Tupamaru a jotdown.es
Publicado hace 10 años por Tupamaru a jotdown.es

La sentencia ha decidido que el comportamiento de estos policías no es delito de colaboración terrorista, sino exclusivamente de revelación de secretos. En mi opinión, la sentencia no justifica suficientemente por qué, una vez declara probados esos hechos, no condena a los policías a las penas a las que les habría condenado si el «chivatazo» lo hubiese efectuado un taxista, un cura, un lector del Correo o un concejal de SORTU.

Comentarios

oriola

No entiendo qué aporta al titular añadir que viene de JotDown, cuando se puede ver en la url del enlace.

conversador

#1 Pues yo te lo voy a explicar. Desde que PP y PSOE hicieron aquel infame "Pacto por la Justicia" y enterraron a Montesquieu esta sólo sirve para "amparar a los políticos" y en esta noticia está estupendamente explicado

oriola

#2 No entiendo la relación que tiene tu comentario con la necesidad o conveniencia de poner JotDown en el titular.

conversador

#4 Vale, no había entendido tu comentario. Disculpa

oriola

#5 Nada

iramosjan

Este es un tema espinoso, pero.. bueno, el caso es que si aceptamos la interpretación del autor,

1) los condenados por "colaboración con banda armada" tendrían que ser muchos, pero que muchos... por ejemplo, los emisarios que envió González a negociar con ETA, y los que envió Aznar a negociar con el Movimiento de Liberación Nacional Vasco (no me miréis así, fue él quien los llamó así) y también todos los militares, policías y guardias civiles que alguna vez se infiltraran en ETA, y que evidentemente durante el tiempo que estuvieron infiltrados "pusieron a disposición de la banda armada determinadas aportaciones".

2) Por extensión, todos los agentes que se infiltrasen en una organización criminal, digamos que en una red de tráfico de drogas, serían culpables de asociación mafiosa, tráfico de drogas, etc, etc.

Porque la base de su argumentación, y cito, es "prescindiendo de la coincidencia de fines, pues lo que aquí se sanciona no es la adhesión ideológica ni la prosecución de determinados objetivos políticos o ideológicos, sino el poner a disposición de la banda armada determinadas aportaciones".

Sí, es una sentencia del Supremo, pero me parece aberrante de todas formas. Tanto que no puedo evitar sospechar que el autor tiene que haber pasado algo por alto. algún factor adicional, en esa sentencia del Supremo...

D

En mi opinion, lo que hicieron fue lo correcto: poner la posibilidad del final definitivo de ETA por encima de una detencion puntual.

Ahora bien, es para eso precisamente para lo que estan los indultos, y no para el banquero de turno. La obligacion de la justicia es condenarlos en cumplimiento de la ley, y dado que el juez no considera que su actuacion deba ser castigada desde un punto de vista moral, en la propia sentencia, y junto a la condena, recomendar el indulto. Pero no es funcion de un juez reescribir la ley o reinterpretarla a su manera.

perrico

Hay un montón de veces que la policia evita una detención porque tiene otra operación más importante en mente. Si quieres coger a uno gordo, es normal que dejes vía libre a los de abajo. A través de la red de financiación, siguiendo el hilo del dinero, se puede saber mucho acerca de una organización. Se les iba a desbaratar una operación de ese estilo y probablemente decidieron jugarsela.
Con el historial de los policias involucrados, no creo que sean sospechosos de complicidad con ETA.