Publicado hace 11 años por --257993-- a laboro-spain.blogspot.ie

Una reciente sentencia de un Tribunal Superior de Justicia ( sienta jurisprudencia ) ha declarado improcedente el despido disciplinario de un trabajador a pesar del informe de un perito que decía que durante un periodo de 3 semanas se habían registrado más de 300 visitas a webs pornográficas, de juegos, etc.

Comentarios

N

Pues me parece una causa de despido bastante razonable, la verdad.

D

#2 ya, pero si despides por bajo rendimiento, no puedes aportar de prueba que ve porno en la oficina, como bien dice la sentencia: el ver porno no es un indicador de bajo rendimiento

#3 sí, pero que digan esa causa... e imagino que al entrar te deben decir las condiciones de uso de los pcs.

Hay que atarlo todo en esta vida.

D

Imagino que el problema es que el despido ha sido con el motivo de bajo rendimiento, no por ver pornografía en el pc de empresa.

Y como el rendimiento no está reflejado, no se admite.

Campechano

#1 El motivo ha sido que se lo querían cargar porque, como dice la noticia, lo normal y lo lógico es que le amonesten antes. Supongo que para admitir el despido disciplinario debería haber un historial de sanciones y no era el caso. Ver porno en el ordenador de la empresa sólo era la excusa que andaban buscando.

D

En mi trabajo. un compañero estaba bastante más calificado que nuestro jefe, quien por cierto no le asignaba el trabajo correspondiente a su nivel. Resultado, le sobraba un montón de tiempo. Entonces se montó un negocio por internet que atendía sin problemas desde su escritorio. Por cierto lo despidieron, pero no por lo del negocio por internet, si no que porque dejó muchas veces en evidencia la incompetencia de su jefe.