Publicado hace 11 años por Fotoperfecta a fotografiaperfecta.wordpress.com

Hace unos días tuvimos noticia, por mediación de un artículo, de una sentencia que en principio parecía esperanzadora para todos los que practicamos la fotografía. Dicho artículo afirmaba que una sentencia sentaba precedente legal en el sentido de permitir fotografiar a miembros de las fuerzas del orden. Ya de entrada me sobresalté pensando “Es que la Ley ya permite fotografiar fuerzas del orden mientras desarrollan sus funciones”. Relacionada: Se sienta precedente legal de que cualquier persona puede sacar fotos, aunque salgan policías
Hace 11 años | Por Natum a kaosenlared.net
Publicado hace 11 años por Natum
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Tamara, fotógrafa de contrainfo, sale absuelta tras negarse a entregar la cámara,y el juez reconoce [...]

Comentarios

Fotoperfecta

#9 Repito. No hay precedente legal de nada cuando algo está legislado.
¿Has leído el comentario #4?
La Ley que permite fotografiar fuerzas del orden público ya está en vigor. Así que Kaosenlared no puede decir que esa sentencia sienta un precedente legal cuando es algo que ya está contemplado en una Ley.

natrix

#10 Yo entiendo (no sé de leyes) que en el lenguaje del pueblo algo sienta precedente legal cuando es la primera vez que se refiere a una ley concreta en una sentencia. Cosa que no sé si es cierto, pero no es lo que discutes en tu artículo.

Si hubiera hablado de jurisprudencia te habría dado la razón sin dudarlo, pero como no habla de eso, tengo algo más que dudas.

No sé si el artículo de kaosenlared es cierto o no, pero el tuyo seguro que no lo es, por asumir lo de la jurisprudencia.

Fotoperfecta

#11 Pero es que el problema lo tenemos porque en nuestra legislación el precedente legal (como lo llamamos los legos en la materia) no existe, ya que es una figura del sistema legal anglosajón. Common Law). Aquí la forma de denominarlo es jurisprudencia (Sistema romano francés).
Por eso en el titular puse jurisprudencia y no precedente legal. Porque no solo el artículo de Kaosenlared da por bueno que un juez de un juzgado ordinario siente un precedente (Cosa que es imposible puesto que eso solo lo hacen los tribunales superiores) sino que además es falso puesto que como he puesto en un comentario aquí, eso ya está legislado y los fotógrafo pueden captar imágenes de fuerzas de seguridad (por lo tanto no es ilegal y un juez no puede sentar jurisprudencia de algo que ya está en la Ley).

La confusión parte de las múltiples detenciones que sufren fotógrafos a manos de policías, o cuando a algún fotógrafo le quitan la cámara, etc.
Verás como el detenido siempre tendrá que defenderse por resistencia a la autoridad, agresiones, etc, pero no habrá un solo policía que denuncie por ver lesionado su derecho a la intimidad y a la propia imagen.
Si lo hicieran se encontrarían que la Ley no les ampara y que un fotógrafo puede fotografifarlos en la calle sin ningún tipo de problema.
Por lo tanto Kaosenlared no puede decir que una sentencia sienta precedente/jurisprudencia porque es una Ley ya escrita.

natrix

#12 No te empeñes en hablar de jurisprudencia, ya lo has dejado claro, y el artículo no dice nada de eso.

Es posible que cuando habla de precedente legal se refiera a que ninguna sentencia hasta ahora (no lo sé si es cierto o no) haya hecho referencia a esa ley para decidir su inocencia, tal como pone en la sentencia. En ese sentido, sentar precedente legal, significaría que sería la primera vez que se usa, sin más. Y por eso no dice que siente jurisprudencia. Y como no lo dice, no puedes usar ese argumento para refutarlo.
Podrías usar el argumento de que no sentara precedente si ya hubiera alguna sentencia en cualquier juzgado que argumente esa ley, cosa que desconozco.

Fotoperfecta

#13 Me empeño en hablar de jurisprudencia porque en el ordenamiento jurídico español no existe el precedente legal. Por eso, repito, puse jurisprudencia, porque en Kaosenlared se lían al usar un término que solo se usa en la legislación anglosajona.
Si hablo de jurisprudencia es porque intento corregir el error de Kaosenlared.
En realidad hay dos errores en esa noticia.
Primero por invocar un término, precepto legal, que en nuestra legislación no existe (existe la jurisprudencia y no el precedente legal) y segundo porque ya hay leyes que contemplan esos comportamientos.
Repito por enésima vez que la Ley 1/1982 artículo octavo permite la toma de imágenes de cualquier funcionario público (en este caso fuerzas del orden) en virtud de su trabajo y en la vía pública.
Por lo tanto lo que ha hecho este juez es simplemente aplicar una Ley que ya existe.
Y hablar de precedente legal (erróneo por los dos motivos que explico) es una metedura de pata de Kaosenlared.
Es como si a ti te acusan de algo, te absuelven basándose en una Ley ya escrita y alguien se congratula alegando que has sentado precedente.
Ni se ha inventado la Ley para ti, ni había base legal para condenarte.

natrix

#14 Vale, en el ordenamiento jurídico español no existe esa figura, pero en el lenguaje normal sí.

Por lo tanto lo que ha hecho este juez es simplemente aplicar una Ley que ya existe.
Y si lo ha hubiera hecho por primera vez, usando el lenguaje de la calle: sienta un precedente. Que no tiene valor legal porque no sienta jurisprudencia. Pues vale. Pero no es lo que dice ese artículo.

D

#15 Totalmente de acuerdo con lo que has dicho... y a mi me parece bien que promocione su blog, pero con algo cierto.
El articulo no habla de jurisprudencia, además no cojas Wikipedia y copies y pegues para rebatir una cosa, habla en un lenguaje normal, que no es nada personal, solo que para mi no tienes razón, de estas el momento que estas poniendo palabras que no pone el articulo y además en el titular, se puede considerar "tendencioso".
Si te limitarías a poner lo que pone, además de que me he leído el articulo, cuando en mi 2ª intervención te pongo parte de la sentencia, lo que podemos discutir, si para ti esta bien o no la sentencia, eso es discutible, para mi esta bien, pero desde luego es una sentencia que se acoge a derecho y que además la argumenta, no dice que "siempre se pueda" si no que especifica porque, y cuando, y además en un estado de derecho si creo que me están agrediendo en mis derechos de expresión, y de información( ya que este es lo mismo para un periodista, que para un ciudadano que no lo sea), y además creo que se esta cometiendo un delito, faltaría mas que no pudiera fotografiar y se me quite el derecho de la “prueba” .
Lo demás es dar vueltas alrededor de una mesa, jamás nos encontraríamos.

Fotoperfecta

#16 Lee tú de nuevo.

Titular: Se sienta precedente legal de que cualquier persona puede sacar fotos, aunque salgan policías
FALSO
¿Cómo que no hablo de lo que dice Kaosenlared?
Kaosenlared la caga al hablar de sentar precedente. Eso es un titular rotundamente falso. No voy a repetir a cada uno que me comente en esta noticia de nuevo porque es falso el titular.

Lo voy a explicar (de nuevo)

1- No se puede sentar precedente en esta sentencia por dos motivos
a-Si ya hay una Ley que contempla un hecho no puede haber precedente jurisprudencia.
b-SIEMPRE se ha podido fotografiar a fuerzas del orden público porque hay un artículo de una Ley que lo contempla y que la he puesto en el artículo y aquí en #7
c-Bonus track--> El término precedente legal no existe en nuestro ordenamiento jurídico. Es un término de la justicia anglosajona no de la nuestra.

Por lo tanto la noticia que llegó a portada es errónea.

Y fíjate si es errónea que incluso en Kaosenlared se contradicen ellos mismos en el segundo párrafo.
Dicen:

La sentencia del Juzgado de Instrucción argumenta que puede fotografiarse una actuación policial si la finalidad es legítima, entendiendo por tal según doctrina del Tribunal Constitucional, supuestos de relevancia pública o los casos en los que la grabación pretenda evitar o descubrir hechos delictivos, sin que “las limitaciones policiales a estos derechos por 'razones de seguridad ciudadana' sean tan amplias”, como esgrimió el oficial de la Guardia Civil denunciante.

Si ya hay doctrina ¿Cómo esta sentencia va a sentar precedente?
¿Lo entiendes ahora?

#17 Para ti también vale esta respuesta

¿Entiendes ya porqué algo que es doctrina del Constitucional no puede sentar precedente?
Algo legislado no puede ser tachado de pionero. Es erróneo el titular de Kaosenlared os pongáis como os pongáis.
Y no me vengas con autopromocinar mi web porque no cuela.
He enviado más de dos mil noticias, de las cuales cuatro han sido de mi blog. Tengo 1000 visitas diarias a ese blog ¿Crees que necesito promoción cuando mi blog no tiene publicidad?¿Qué ganaría con ello?

Fotoperfecta

#19 Será porque cuando os enrrocáis no sabéis aceptar el error.
Lo he explicado por activa y por pasiva. Kaosenlared se equivoca.
Confunde términos jurídicos y afirma algo que no es cierto.
Si tengo que explicar tanto aquí es porque me apetece y no me supone ningún problema.
Hasta ahora nadie ha argumentado sus comentarios. Yo si.
Yo me he remitido a Leyes, en el artículo hay enlazados links explicativos, he cortado y pegado el artículo concreto de la Ley que me da la razón, he explicado porqué el término que usa Kaosenlared es erróneo, he cortado y pegado el párrafo concreto del artículo de Kaosenlared en que ellos mismos se contradicen, etc, etc.
¿Qué argumentos he leído yo hasta ahora?
El de tus negativos en #2 por no entender que me voten spam, cuando he enviado cuatro noticias (sobre 2.254) en casi cinco años, o el de #18 por argumentar educadamente.

jacm

#0 con todos los respetos, mejor que leas de nuevo el artículo de Kaosenlared pero con algo más de atención.
En #14 hablas de lo que no dice Kaosenlared. Luego eso que tú dices y que no dice Kaosenlared indicas que es falso.
Uf, vaya lío
Estoy con #9. No te inventes lo que dicen otros para luego criticarlo.

brussels_photo

#9 El texto de kaosenlared dice, en el lead: "Se sienta así un precedente legal contra la pretensiones del gobierno..."

Falso y erróneo. En términos jurídicos y de cara al futuro, la sentencia es irrelevante. Por lo que no merece ni ese titular ni ese tratamiento. Es lo que tratamos de explicar.

Fotoperfecta

#23 Joer. Menos mal alguien que entiende lo que pretendo decir lol

Fotoperfecta

#4 Mal empezamos si tu no lees los artículos.
En tema fotográfico no hay precedente legal ni jurisprudencia que valga. Y eso es lo que se critica.
Cualquier persona puede fotografíar a policías mientras están actuando en la vía pública, así que Kaosenlared hable de que algo siente precedente legal/jurisprudencia es falso.
En el artículo (que supongo que habrás leído) se remite a la Ley que protege a cualquier fotógrafo (sea profesional o aficionado) a realizar las fotografías que quiera.

Ley Orgánica 1/1982 y concretamente en el artículo octavo:

Uno. No se reputará, con carácter general, intromisiones ilegítimas las actuaciones autorizadas o acordadas por la Autoridad competente de acuerdo con la Ley, ni cuando predomine un interés histórico, científico o cultural relevante.

Dos. En particular, el derecho a la propia imagen no impedirá:

a. Su captación, reproducción o publicación por cualquier medio cuando se trate de personas que ejerzan un cargo público o una profesión de notoriedad o proyección pública y la imagen se capte durante un acto público o en lugares abiertos al público.

b. La utilización de la caricatura de dichas personas, de acuerdo con el uso social.

c. La información gráfica sobre un suceso o acaecimiento público cuando la imagen de una persona determinada aparezca como meramente accesoria.

Por lo tanto, dime a mi qué precedente legal/jurisprudencia va a haber para algo que ya está legislado.

brussels_photo

Hay gente comentando que Kaosenlared no ha metido la pata porque no hablaba de "jurisprudencia", sino de "precedentes legales".

Esto de los "precedentes legales" es fantástico. Resulta que en la legislación española no tienen absolutamente ninguna relevancia.

¿Quién dice que la tiene, mínimamente? Wikipedia. ¿Qué fuente aporta Wikipedia? Esta: http://www.precedente.es/precedentes/

Y esa es, curiosamente, la web de un abogado que asegura que los precedentes legales tienen "cierta relevancia jurídica". Y oh, sorpresa, ese abogado vende sus servicios como especialista en precedentes legales:

"Con este fin aparece esta página, el de orientar, con la rapidez y urgencia que permite la red-internet, y la fiabilidad y garantías que le ofrece un abogado especialista -colegiado en España- sobre los PRECEDENTES y jurisprudencia aplicables a la resolución de su caso".

D

¿ Pero no quedábamos que kaosenlared era un medio dedicado a propagar un cierto tipo concreto de ideas ?

Normal que no les importe mucho la objetividad.

D

Creo que kaosenlared no ha dicho una verdad en 3 años

andresrguez

¿Kaosenlared manipulando? La noticia es que hay gente que siga tragando con la basura que publican

D

La sentencia del Juzgado de Instrucción argumenta que puede fotografiarse una actuación policial si la finalidad es legítima, entendiendo por tal según doctrina del Tribunal Constitucional, supuestos de relevancia pública o los casos en los que la grabación pretenda evitar o descubrir hechos delictivos a mi me parece bien argumentada por el juez, otra cosa es que te guste o no. Para eso el derecho es Interpetable y ahora segun la Delegada de Gobierno "Modulable"

jacm

Mal vamos cuando el artículo requiere tantas explicaciones en meneame.

Al final el autor va a escribir más aquí que en el propio artículo. Podía terminarlo con ..

Continúa en meneame.net

No quiero quitarle méritos al blog y al autor, pero en este artículo francamente pienso que pincha, cosa que bueno pasa de vez en cuando y no invalida el resto del blog.

D

#19 Al revés .. Estoy de acuerdo.. No le he criticado el blog, al contrario.. Me parece bien si es una artículo bueno.. Que lo publique.. porque todos lo leeremos encantados… al menos yo… y estaré entusiasmado de votarlo, pero creo que esta vez no, ya lo he dicho, es el articulo, no el blog, y con esto acabo porque tienes razón, tantos comentarios para esto, sin ponerse de acuerdo.. Lo siento.. Por “pesao” otra vez si me gusta le votare, pero no es el caso... Además la mía solo es una opinión… Un saludo

ElCuraMerino

Lo de siempre: gente confundiendo sus deseos con la realidad en materia jurídica.