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Como despedir a alguien sin pagarle ni un duro

Pequeño post con consejos de como deshacerse de un empleado sin pagarle ni un duro. Buscate un buen profesional que te aconseje como tirar por tierra las alegaciones del empleado y así ahorrarte un dinero.

negativos: 11   usuarios: 26   anónimos: 2  
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  1. #1   Ummm justamente la información que más falta hace en este país...
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    el 28-02-2008 11:31 UTC por jedux jedux
  2. #2   Y tan pequeño: no cuenta nada.
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    el 28-02-2008 11:32 UTC por --57310-- --57310--
  3. #3   Esto es el ABC de todo buen empresario español. Notese la ironia...
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    el 28-02-2008 11:33 UTC por Rassy Rassy
  4. #5   Si por profesional se refiere a un abogado, no sé yo si te sale rentable la operación.
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    el 28-02-2008 11:36 UTC por otrobloginutil otrobloginutil
  5. #6   ¡Se debería menear pa' la papelera ya mismo!
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    el 28-02-2008 11:37 UTC por DaNieH DaNieH
  6. #7   Jajaja!!! Yo lo veo bastante acertado!!! ;)
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    el 28-02-2008 11:38 UTC por DPREDADOR DPREDADOR
  7. #8   A ver, el post no cuenta casi nada, es verdad. Pero me jode.
    Si quieres deshacerte de un empleado cuyo único motivo es que ya no lo necesitas, pero no quieres pagarle ni un duro, lo que tienes que hacer es pagarle lo que es suyo, nada más. bastante tiene con tener que buscarse la vida en otra empresa para que le quites los 4 duros de indemnización.
    Esto roza el mobbing, una gran lacra entre los que se quieren ahorrar un duro.
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    el 28-02-2008 11:39 UTC por Nabuko Nabuko
  8. #9   Náaaaaaaaaaaaaa...
    Ponle una zancadilla, que tropiece y te rompa un baldosín al caer. Le despides por causar daños en las instalaciones y voilá.
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    el 28-02-2008 11:51 UTC por LadyMarian LadyMarian
  9. #10   Por suerte no es tan facil.

    Os invito a todos a echarle un ojo al Estatuto de los trabajadores. Especialmente a los articulos 54, (listado de causas que permiten el despido disciplinario, causas que deben basarse en hechos graves y culpables), 55 (formalidades que deben cumplirse para que sea valido, supuestos de nulidad del despido disciplinario) y 56 sobre las consecuencias (graves para el empresario) en caso de despido disciplinario improcedente.

    A menudo, el tiro, le acaba saliendo por la culata al empresario...
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    el 28-02-2008 11:56 UTC por Bernard Bernard
  10. #12   #10 ¿Te digo lo que piensan (y cómo actúan) los empresarios con ese estatuto? Pues eso mismo.
    Ni p@#~ caso
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    el 28-02-2008 11:59 UTC por LadyMarian LadyMarian
  11. #13   Sólo necesitas una empleada que diga que le ha tocado el culo.
    Si eres deshonesto, siempre hay formas de salirte con la tuya.
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    el 28-02-2008 12:18 UTC por keren keren
  12. #14   El post no dice en ningún momento que sea fácil despedir, hace referencia a una de las formas de extinción del contrato de trabajo, y a que es la única que no conlleva el pago de indemnización alguna.

    Además hace referencia a que la corrección de la sanción tomada será revisada por los juzgados!

    Y obviamente no será tan fácil despedir a nadie, cuando todos los días vemos en la tele a los de la patronal pidiendo "flexibilidad" laboral!!!
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    el 28-02-2008 12:33 UTC por DPREDADOR DPREDADOR
  13. #15   Me parece vergonzoso este post, lo siento
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    el 28-02-2008 12:51 UTC por lydiabeat lydiabeat
  14. #16   #12 Te digo como actuan los tribunales (con ese estatuto)?
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    el 28-02-2008 18:19 UTC por Bernard Bernard
  15. #17   #10 Te puedo asegurar que no.
    Y ahora os hago yo una pregunta.:
    Si tienes un empleado que ha dejado de realizar correctamente su trabajo, que holgazanea, que descuida su higiene corporal etc... y después de muchas veces de repetir que se enmiende, no sólo no hace caso sino que pasa de ti. Amén de no realizar correctamente el cometido para el que se le contrató
    ¿Cual sería vuestra solución?,
    Recordad que el tipo tiene contrato en vigor, digamos de 10 meses y se comporta así al 2º...
    Que hay empresarios gentuza. SI, y muchos.
    Pero que el empresario se tiene que cubrir las espaldas, también.
    10  votos: 0   link
    el 28-02-2008 18:38 UTC por --70794-- --70794--
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