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Entrevistamos a Carlos Sánchez Almeida, abogado, que nos da su visión sobre los potenciales cierres de páginas web que se esperan en marzo cuando la nueva legislación en materia de propiedad intelectual, entre en vigor. Su respuesta, deja a las claras que el cierre preventivo no parece la mejor solución. Ante la reciente aprobación del Real Decreto 1889/2011, de 30 de diciembre, por el que se regula el funcionamiento de la Comisión de Propiedad Intelectual, el Gobierno pretende poner coto al "tráfico" audivisual y literario.
menéame
Gran verdad.
I2P es una red anónima, que ofrece a las aplicaciones que requieren de protección de identidad una simple capa para la comunicación segura. Todos los datos son cifrados varias veces y la red misma es tanto distribuida como dinámica - sin parte ninguna en la que haya que confiar.
Hay una gran variedad de aplicaciones que funcionan con I2P, entre ellos dos sistemas de correo electrónico (el clásico, basado en servidores y clientes: SusiMail; y el otro basado en tecnología p2p: I2P-Bote), intercambio de ficheros (sistemas BitTorrent, Kad y Gnutella), mensajería instantánea, creación de sitios web anónimos en I2P, IRC y otros.
El proyecto se formó en 2003 para apoyar los esfuerzos de aquellos que tratan de crear una sociedad más libre, ofreciéndoles un sistema para la comunicación anónima, segura y no censurable. Tiene como objetivo entablar una red segura y anónima de baja latencia, que sea distribuida por completo, autónoma, escalable, flexible y dinámica. La meta es exitosamente facilitar la operación segura en un ambiente del todo hostil - también si una organización con mucho poder político y recursos financieros considerables lleva a cabo un ataque. Todas las partes de la red son libres - tanto las fuentes (que están disponible como código abierto bajo licencias libres), como es gratuito todo uso de la red. Sólo de esta manera cada uno de los usuarios puede comprobar el correcto funcionamiento y la ausencia de código espiador. A la vez esto facilita contribuir al proyecto, así mejorándolo para prevenir intentos agresivos de censurar las opiniones de ciudadanos libres.
www.i2p2.de/index_es.html
No serás el primero a quien yo vote negativo un comentario
"... El mayor reproche que se le puede hacer a esta normativa es que el juez solo actúa en el supuesto de ejecución forzosa de la orden de retirada de contenidos..."
Un saludo
Menos mal que álguien dice con claridad lo que ya saben las masas, si controlando la propiedad intelectual no se controlara de paso a las masas a nadie le preocuparía lo que intercambiamos.
Lo único que hace el juez es decir si la decisión de cerrar una página concreta atenta o no contra la libertad de expresión, pero la decisión sobre la "legalidad o no" de las páginas de enlaces, por el hecho de compartir enlaces, la toma la administración.
"Sr. juez, nosotros hemos decidido cerrar Series Yonkis ¿Usted cree que esto atenta contra la libertad de expresión?" No es lo mismo que "¿Usted cree que las páginas de enlaces son ilegales?" (Que es la pregunta a la que los jueces han venido respondiendo que NO)
Te aseguro que si a estos les pagaran las telefónicas los veríamos más en la tele en lugar de a la Etxebarria, al Sanz o al Wert de turno.
La figura del "juez" (jueces, son dos) se indrodujo cuando la gente vio la "trampa"...pero de "Aha" nada, no se puede obviar que cambiar la pregunta también cambiará en muchos casos la respuesta...el juez sólo tiene 4 días para decidir sobre el cierre y si tú le preguntas a un juez si cerrar una web de enlaces atenta contra un derecho constitucional como el de la libertad de expresión pues es muy posible que te diga que no.
Obviamente falta por ver cómo reaccionan los jueces y las decisiones que tomarán, todo lo que digamos ahora serán divagaciones.
Salu2