El alcalde de Segorbe (@rcalvocalpe) ha impedido que se puedan grabar imágenes del pleno municipal "en el que precisamente se iban a debatir mociones de la oposición sobre transparencia". Para dificultar la asistencia de vecinos a la sesión, convocó el pleno a las 8 de la mañana. Calvo ha aludido a la Ley de Protección de Datos y no autorizó dicha grabación por no garantizar su uso debido, pudiéndose trasgredir el art. 18.1 de la Constitución en materia de salvaguarda del derecho al honor, la intimidad y la imagen.
A expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción.
A la producción y creación literaria, artística, científica y técnica.
A la libertad de cátedra.
A comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión. La Ley regulará el derecho a la cláusula de conciencia y al secreto profesional en el ejercicio de estas libertades.
2. El ejercicio de estos derechos no puede restringirse mediante ningún tipo de censura previa.
3. La Ley regulará la organización y el control parlamentario de los medios de comunicación social dependientes del Estado o de cualquier ente público y garantizará el acceso a dichos medios de los grupos sociales y políticos significativos, respetando el pluralismo de la sociedad y de las diversas lenguas de España.
4. Estas libertades tienen su límite en el respeto a los derechos reconocidos en este Título, en los preceptos de las Leyes que lo desarrollan y, especialmente, en el derecho al honor, a la intimidad, a la propia imagen y a la protección de la juventud y de la infancia.
5. Solo podrá acordarse el secuestro de publicaciones, grabaciones y otros medios de información en virtud de resolución judicial.
A no ser que grabar atente contra su honor o su intimidad en un ACTO PÚBLICO como es un pleno, o puede que le robe el alma.
Y si, se puede saber quien lo ha subido.
#21:
#17 Hola Excelentísimo Alcalde, en adelante exce. Como veo que anda algo pez en esto del internete me permito la osadía de recomendarle a un buen comiunity manayer para manejar el tema que además pertenece a su mismo partido. De nada.
#35:
Se ve que no se conoce la ley completa, sólo la parte que le interesa...
Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de Protección Civil del Derecho al Honor, a la Intimidad Personal y Familiar y a la Propia Imagen.
CAPÍTULO II.
DE LA PROTECCIÓN CIVIL DEL HONOR, DE LA INTIMIDAD Y DE LA PROPIA IMAGEN.
Artículo Octavo
Dos. En particular, el derecho a la propia imagen no impedirá:
Su captación, reproducción o publicación por cualquier medio cuando se trate de personas que ejerzan un cargo público o una profesión de notoriedad o proyección pública y la imagen se capte durante un acto público o en lugares abiertos al público
#30:
#17 Ese blog tiene los comentarios restringidos. Es curioso que en ninguna otra noticia haya publicados mas que comentarios a favor de las políticas que usted plantea, y ninguna voz discordante. Espero que este pagado por usted o su partido, no por dinero público, porque se le puede caer el pelo, también por eso.
Grabar los plenos es un DERECHO CONSTITUCIONAL de los ciudadanos que usted debería conocer y defender. Y no puede ser interrumpido con la excusa de que puede dar lugar a un delito. Las acciones para prevenir delitos son ILEGALES, sobre todo cuando conculcan derechos fundamentales.
Sr. Alcalde, que sepa usted que puede usted ser denunciado por un delito de coacciones (de tres meses tres años de prisión) y otro de prevaricación (de tres a 10 años de inhabilitación para cargo público). Y espero que lo sea.
#8 Y tiene blog y perfil de facebook. Tampoco es tan raro, digo yo. Otra cosa es que intentara usar menéame sin haberse leído los primeros pasos y claro, le tumbaron todos los envíos por spam
Se ve que no se conoce la ley completa, sólo la parte que le interesa...
Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de Protección Civil del Derecho al Honor, a la Intimidad Personal y Familiar y a la Propia Imagen.
CAPÍTULO II.
DE LA PROTECCIÓN CIVIL DEL HONOR, DE LA INTIMIDAD Y DE LA PROPIA IMAGEN.
Artículo Octavo
Dos. En particular, el derecho a la propia imagen no impedirá:
Su captación, reproducción o publicación por cualquier medio cuando se trate de personas que ejerzan un cargo público o una profesión de notoriedad o proyección pública y la imagen se capte durante un acto público o en lugares abiertos al público
Será como la ley de transparencia a nivel estatal: se hace una ley que fija unas penas ridículas a quien desfalque en la administración y garantiza que se puedan esconder todos los papeles comprometedores que quiera el político de turno. Se rellena con un par de capítulos en que diga que las estadísticas oficiales se publican en la web y se le pone el nombre de "ley de transparencia", cuando mejor le podían haber puesto el de "Por ley, no os vamos a contar nada de nuestros tejemanejes, pringaos".
Y todos tan contentos.
Me recuerda a la frase de una peli: "Así es como muere la democracia: con un aplauso".
Ay esta gente del PP... qué vergonzosos se ponen a veces. Para difundir su foto por redes sociales y contar por ellas los "deshonores" de los partidos que le hacen oposición no se acuerda del derecho al honor y todas esas gilipolladas...
El alcalde está en la obligación de garantizar el uso debido y el cumplimiento de la ley, por lo tanto es el propio alcalde el que debe poner los medios adecuados para grabar las sesiones plenarias.
No vaya a ser que salga la mierda a flote. Mejor no ponemos cámaras, o si ponemos alguna, que enfoque siempre donde nosotros queramos, y por supuesto siempre evitando los ruegos y preguntas al final del pleno.
#17RcalvoCalpe, se puede saber porqué no dejas grabar el pleno hombre? Si eso luego te pixelamos la cara como a los menores en la tele y todos contentos.
#17 Hola Excelentísimo Alcalde, en adelante exce. Como veo que anda algo pez en esto del internete me permito la osadía de recomendarle a un buen comiunity manayer para manejar el tema que además pertenece a su mismo partido. De nada.
A expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción.
A la producción y creación literaria, artística, científica y técnica.
A la libertad de cátedra.
A comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión. La Ley regulará el derecho a la cláusula de conciencia y al secreto profesional en el ejercicio de estas libertades.
2. El ejercicio de estos derechos no puede restringirse mediante ningún tipo de censura previa.
3. La Ley regulará la organización y el control parlamentario de los medios de comunicación social dependientes del Estado o de cualquier ente público y garantizará el acceso a dichos medios de los grupos sociales y políticos significativos, respetando el pluralismo de la sociedad y de las diversas lenguas de España.
4. Estas libertades tienen su límite en el respeto a los derechos reconocidos en este Título, en los preceptos de las Leyes que lo desarrollan y, especialmente, en el derecho al honor, a la intimidad, a la propia imagen y a la protección de la juventud y de la infancia.
5. Solo podrá acordarse el secuestro de publicaciones, grabaciones y otros medios de información en virtud de resolución judicial.
A no ser que grabar atente contra su honor o su intimidad en un ACTO PÚBLICO como es un pleno, o puede que le robe el alma.
Y si, se puede saber quien lo ha subido.
#26 Precisamente le acabo de recomendar a un amigo especialista en temas relacionados con lo público para que le asesore, y si no recuerdo mal creo que en la asignatura "Actos Públicos" sacó matrícula.
#17 Ese blog tiene los comentarios restringidos. Es curioso que en ninguna otra noticia haya publicados mas que comentarios a favor de las políticas que usted plantea, y ninguna voz discordante. Espero que este pagado por usted o su partido, no por dinero público, porque se le puede caer el pelo, también por eso.
Grabar los plenos es un DERECHO CONSTITUCIONAL de los ciudadanos que usted debería conocer y defender. Y no puede ser interrumpido con la excusa de que puede dar lugar a un delito. Las acciones para prevenir delitos son ILEGALES, sobre todo cuando conculcan derechos fundamentales.
Sr. Alcalde, que sepa usted que puede usted ser denunciado por un delito de coacciones (de tres meses tres años de prisión) y otro de prevaricación (de tres a 10 años de inhabilitación para cargo público). Y espero que lo sea.
Comentarios
Irónico a más no poder, además de vergonzoso.
#1 Más que "irónico", yo diría "cínico".
#0 ¿El alcalde es usuario de menéame?
#8 Y tiene blog y perfil de facebook. Tampoco es tan raro, digo yo. Otra cosa es que intentara usar menéame sin haberse leído los primeros pasos y claro, le tumbaron todos los envíos por spam
#11 Es la falta de costumbre de poder ver referenciar a un usuario que es protagonista de una noticia.
#8 No sé de que te extrañas.Antonio_Peral_Villar es el responsable de Nuevas Tecnologías, y es una de sus aspiraciones desde ya el año pasado http://www.diarioinformacion.com/alicante/2012/05/13/ppcv-promovera-presencia-dirigentes-redes-sociales/1253249.html
Al menos ya no votan negativo las noticias que no les interesan.
Se ve que no se conoce la ley completa, sólo la parte que le interesa...
Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de Protección Civil del Derecho al Honor, a la Intimidad Personal y Familiar y a la Propia Imagen.
CAPÍTULO II.
DE LA PROTECCIÓN CIVIL DEL HONOR, DE LA INTIMIDAD Y DE LA PROPIA IMAGEN.
Artículo Octavo
Dos. En particular, el derecho a la propia imagen no impedirá:
Su captación, reproducción o publicación por cualquier medio cuando se trate de personas que ejerzan un cargo público o una profesión de notoriedad o proyección pública y la imagen se capte durante un acto público o en lugares abiertos al público
El alcalde de Segorbe (PP de Castellón) impide grabar un pleno sobre transparencia
...alegando coherencia..."si no somos transparentes, no vayamos a parecerlo...
La transparencia es mia.
Entradilla complementada con la argumentación de la alcaldía tomada del blog oficial del Ayuntamiento:
http://tribunapopularsegorbe.blogspot.com.es/2012/05/el-psoe-de-segorbe-monta-un-circo-en-el.html
Estamos hablando de tiRCalvoCalpe
Será como la ley de transparencia a nivel estatal: se hace una ley que fija unas penas ridículas a quien desfalque en la administración y garantiza que se puedan esconder todos los papeles comprometedores que quiera el político de turno. Se rellena con un par de capítulos en que diga que las estadísticas oficiales se publican en la web y se le pone el nombre de "ley de transparencia", cuando mejor le podían haber puesto el de "Por ley, no os vamos a contar nada de nuestros tejemanejes, pringaos".
Y todos tan contentos.
Me recuerda a la frase de una peli: "Así es como muere la democracia: con un aplauso".
Problem, transparency?
Ay esta gente del PP... qué vergonzosos se ponen a veces. Para difundir su foto por redes sociales y contar por ellas los "deshonores" de los partidos que le hacen oposición no se acuerda del derecho al honor y todas esas gilipolladas...
Hacían talleres y todo: PPCV imparte talleres sobre el uso de las redes sociales ante las elecciones http://www.abc.es/agencias/noticia.asp?noticia=418854
Eso significa que el pleno no seria muy "transparente a la vista de los demás", o es que pensaban subirse el sueldo...otra vez.
El alcalde está en la obligación de garantizar el uso debido y el cumplimiento de la ley, por lo tanto es el propio alcalde el que debe poner los medios adecuados para grabar las sesiones plenarias.
¿Algo que decir,RCalvoCalpe ?
#12 Creo que no responde a una referencia por su nick berzasnon
Sino tu me lo confirmas.
#14 Como has hecho referencia a mi comentario no sé si me ha llegado la notificación por la referencia al comentario o al nick
Léase referencia: Transparencia opaca y cristales de hormigón armado.
#9 a juego con su cara de tungsteno...
http://es.wikipedia.org/wiki/Wolframio
Pues por que no existe la transparencia , pues eso
#31 De aquellos relacionados con lo que viene siendo la res pública, expresión que aunque poco utilizada hoy en día me gusta utilizar con delirio.
Vendo antorchas y horcas hoyga las tengo baratas nenas que me las quitan de las manos.
#28 Ya, pero es que el problema es que exce no les deja grabar los actos públicos de su pueblo a aquellos que desean hacerlo.
Por si la ironía no es suficiente, es el nuevo tesorero del PP de la Comunidad Valenciana.
http://www.elperiodic.com/segorbe/noticias/175186_alberto-fabra-elige-alcalde-segorbe-rafael-calvo-como-tesorero-ppcv.html
http://www.google.es/m/url?ei=QXa8T4DPOcji8AO7cg&hl=es&q=http://www.elperiodic.com/segorbe/noticias/175186_alberto-fabra-elige-alcalde-segorbe-rafael-calvo-como-tesorero-ppcv.html&tbs=nws:1&ved=0CDwQqQIwBg&usg=AFQjCNHIifohHx_RXlL4HpIUtUj088dAhQ
Podemos organizar una corrida de toros y con la recaudación ayudar a asociaciones contra el maltrato animal...
Brutal and 3pic at the same time
No vaya a ser que salga la mierda a flote. Mejor no ponemos cámaras, o si ponemos alguna, que enfoque siempre donde nosotros queramos, y por supuesto siempre evitando los ruegos y preguntas al final del pleno.
Yo le he dicho en un comentario, que era muy gracioso, que espero poder contratarlo para que actúe en el cumpleaños de mi hijo.
Loading Derecho al honor... Syntax error. Si tuvieran honor no habría motivo para impedir grabarlo.
Genial viñeta en la que se explica que es la transparencia para el sr Calvo http://segorbeencontrol.blogspot.com.es/2012/05/transparencia-segun-rafael-calvo.html
La ley sólo está obligada a cumplirla la plebe.
¡Gentuza!
Estos ladrones se pasan la ley por el arco de triunfo
¡Estos son como los curas!:
"Haz lo que yo digo y no lo que yo hago."
Dice "por no garantizar su uso debido", ¡olé la presunción de inocencia! No te vendo un cuchillo por lo que pudieras hacer con él
No se a que esperáis para trollear masivamente el blog que tiene en su perfil.
http://tribunapopularsegorbe.blogspot.com.es/2012/05/video-valoracion-pleno-martes-22-de.html
#17RcalvoCalpe, se puede saber porqué no dejas grabar el pleno hombre? Si eso luego te pixelamos la cara como a los menores en la tele y todos contentos.
#17 Hola Excelentísimo Alcalde, en adelante exce. Como veo que anda algo pez en esto del internete me permito la osadía de recomendarle a un buen comiunity manayer para manejar el tema que además pertenece a su mismo partido. De nada.
http://es.linkedin.com/in/pabloalvarezmeana
#17 Aqui el SPAM no gusta, chico listo.
Lo de listo es un decir, ya que tras 3 envios todavia no lo has captado.
#17 Artículo 20.
1. Se reconocen y protegen los derechos:
A expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción.
A la producción y creación literaria, artística, científica y técnica.
A la libertad de cátedra.
A comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión. La Ley regulará el derecho a la cláusula de conciencia y al secreto profesional en el ejercicio de estas libertades.
2. El ejercicio de estos derechos no puede restringirse mediante ningún tipo de censura previa.
3. La Ley regulará la organización y el control parlamentario de los medios de comunicación social dependientes del Estado o de cualquier ente público y garantizará el acceso a dichos medios de los grupos sociales y políticos significativos, respetando el pluralismo de la sociedad y de las diversas lenguas de España.
4. Estas libertades tienen su límite en el respeto a los derechos reconocidos en este Título, en los preceptos de las Leyes que lo desarrollan y, especialmente, en el derecho al honor, a la intimidad, a la propia imagen y a la protección de la juventud y de la infancia.
5. Solo podrá acordarse el secuestro de publicaciones, grabaciones y otros medios de información en virtud de resolución judicial.
A no ser que grabar atente contra su honor o su intimidad en un ACTO PÚBLICO como es un pleno, o puede que le robe el alma.
Y si, se puede saber quien lo ha subido.
#26 Precisamente le acabo de recomendar a un amigo especialista en temas relacionados con lo público para que le asesore, y si no recuerdo mal creo que en la asignatura "Actos Públicos" sacó matrícula.
#26 #27 Los plenos son del interés del Pueblo, lo estamos viendo cuando son retransmitidos por Tve desde el Congreso y el Senado.
#27 Así que sacó matrícula en la asignatura "Actos públicos" eh... ¿De qué tipo de "actos" estamos hablando?
#17 Ese blog tiene los comentarios restringidos. Es curioso que en ninguna otra noticia haya publicados mas que comentarios a favor de las políticas que usted plantea, y ninguna voz discordante. Espero que este pagado por usted o su partido, no por dinero público, porque se le puede caer el pelo, también por eso.
Grabar los plenos es un DERECHO CONSTITUCIONAL de los ciudadanos que usted debería conocer y defender. Y no puede ser interrumpido con la excusa de que puede dar lugar a un delito. Las acciones para prevenir delitos son ILEGALES, sobre todo cuando conculcan derechos fundamentales.
Sr. Alcalde, que sepa usted que puede usted ser denunciado por un delito de coacciones (de tres meses tres años de prisión) y otro de prevaricación (de tres a 10 años de inhabilitación para cargo público). Y espero que lo sea.
#17 ¡Ostias! Pero si hablas igual que tu líder Rajoy.
¿Os dan clases de pronunciación en el PP?
señor #17:
Se considera usted por encima de las leyes del Estado que le paga la nómina??
es una pregunta facilita