Hace 13 años | Por Zocato a larazon.es
Publicado hace 13 años por Zocato a larazon.es

El Tribunal Europeo prohíbe a las compañías que «discriminen» a sus clientes por razón de sexo. Imaginemos a un hombre y una mujer de unos 35 años que, cada uno por su lado, acuden al banco para meterse de lleno en una hipoteca. Para que se la concedan, es necesario que adquieran un seguro de vida-riesgo. Pues bien: en igualdad de condiciones, la mujer podía pagar hasta un 40 por ciento menos de prima del seguro con respecto al hombre.

Comentarios

D

No lo tengo claro. Si una parte bien definida de la sociedad (las mujeres, los que viven en pueblos pequeños, los que tienen trabajos que obligan a andar mucho... ¡yo qué sé!) vive sistemáticamente muchos más años, y hay evidencia estadística de ello, los aseguradores deben poder ofrecerles seguros de vida más baratos, y seguros de supervivencia o como se llamen (rentas perpetuas) más caros. No es discriminación por sexo, es discriminación por esperanza de vida. Los jóvenes (y puede que también los viejos) tienen seguros de siniestralidad más caros... ¡porque está comprobado que en general tienen más accidentes, no porque se les odie!

La alternativa es pedir a las mujeres que paguen la menor longevidad de los hombres, y su mayor propensión al accidente de tráfico. No sé qué es más discriminatorio.

D

#1 Ya estamos con el victimismo?