Hace 5 años | Por xTrange a elespanol.com
Publicado hace 5 años por xTrange a elespanol.com

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha revocado una sentencia que condenaba a 8 años a un joven por agresión sexual, detención ilegal, lesiones y maltrato contra una mujer y ha acordado su absolución por contradicciones entre el relato de ella y conversaciones de WhatsApp entre ambos.

Comentarios

BobbyTables

#1 PPpffffjajajajajajajajajaajjajaajajaja, ¿tú te crees que esto funciona así?

againandagain

#1 #2 ¿Que quieres? ¿Que la fiscalía haga lo que debe y se busque una movida? Calla calla, que luego todo sale en las estadísticas oficiales del poder judicial y se nos revuelven ciertos grupos.

D

#1 ¿Cómo te atreves? Solo por mencionar eso te pueden catalogar de machista, misógino, delito de odio, machirulo, echarte la culpa de que muchas mujeres mueren a manos de hombres,..

D

#3 o "#señoros" como dijo en aquel programa la Leti (la "actriz" no la reina)
Y se te olvidó "pollaheridas"

D

#16 La actriz es también una reina del feminismo.

O lo era, que ahora parece que no está muy claro para las feministas, que están tan confundidas y se debaten entre defenderla (sin que afecte los logros feministas, lo que es imposible) o atacarla (a ella, que es una hermana y un ser de luz y está prohibido por sus propias reglas de sororidad, que los malos son los hombres)

D

#21 #44 Sabater?, me referia a Dolera, conocida por al "Salir de Clase", y luego demas mierdas como "Semen, una historia de amor" (enseño las tetas), y "Bellas durmientes" (enseñor tetas, culo y coño). Como actriz no se gano una mierda, como directora, otro tanto, pero en el feminismo pop de tercera ola parece que le va mejor, bueno, le iba, por que menuda ostia le han zumbado con Clotet.

mono

#16 ¿Sabater o Dolera? Tenemos 2 grandes actrices con este nombre

D

#40 ¿Dos grandes actrices con ese nombre?

Cuando Dolera interprete su personaje de mujer embarazada que es despedida por estar embarazada, cuando le salgan esas lágrimas de dolor y de rabia, frustración e impotencia, etc, con esa música de fondo de tristeza, hará que todas las feministas que la vean por TV lloren sin parar durante una hora. Entonces será la única gran actriz con ese nombre. Puede que hasta le den un Oscar por esa actuación.

mono

#44 Molaría que hiciesen una peli sobre el caso de Leticia Dolera, y ella hiciese el papel de Aina Clotet.

La otra Leticia también es muy buena actriz. En el video de la Salchipapa se sale

Olafson

#1 Chochopase.

S

#12 qué buena esa, tengo mil frases para usarla. Mis dieces.

ailian

#1 Para eso debe ser denuciada por ello.

Recordemos que absolución del delito no equivale a denuncia falsa, por mucho que alquilabas nos iletrados defiendan semeajnte barbaridad jurídica.

ailian

#27 ¿Como sabes que ha mentido?

D

#31 Sentencia.

againandagain

#34 Touche!

D

#80

j

#36 #66 #81 #80 #27 Lo que me parece más grave de este caso es que en primera instancia le habían condenado a 8 años sin ni siquiera analizar que en la versión de la chica había contradicciones y descartar directamente la versión del chico (cuando luego se ha demostrado ser mucho más coherente y más creíble).
Supongo que en eso consiste la "formación en violencia de género" que determinados grupos piden dar a los jueces.

g

#96 Creo que las contradicciones las descubrieron por causa de los mensajes de WhatsApp, no antes.

Al menos eso dice la noticia:

absolución por contradicciones entre el relato de ella y conversaciones de WhatsApp entre ambos

Lo que sí resulta llamativo y preocupante son otras cosas que aporta la noticia de #38:

La sentencia de instancia estimó que la única prueba de cargo de la acusación fue la declaración de la víctima, y mantuvo que no había contradicciones en su relato de los hechos, pero tampoco en el de los testigos de las partes y de los peritos. La sala del alto tribunal de la provincia tuvo en cuenta que la víctima no presentó denuncia de los hechos juzgados, de lo que se deducía que «no existía ánimo de venganza», y consideró que la chica aportó «dosis importantes de inseguridad» al relatar los hechos. También entendía que «no dejaba de ser significativo que después de lo sucedido ambos siguiesen manteniendo relaciones», y estimó que no parecía «lógico» que «después de un hecho tan traumático», como es una agresión sexual, no se asumiera «un comportamiento de distancia».

A pesar de todo esto, decidieron creerla a ella y no vieron motivo de duda suficiente como para no condenar al acusado.

Liet_Kynes

#31 Cuando te contradices es porque has mentido

desobediente

#27 En cuanto a las lesiones o arañazos que configuraban la palabra puta en el abdomen de la víctima, y asimismo, las que configuraban la palabra gorda -éstas últimas correspondientes al segundo de los episodios-, el TSJCyL entiende que «hay constatación objetiva de su existencia, pero, a tenor de los informes médico-forenses practicados, no puede descartarse que las mismas hubieran podido ser efectuadas por la propia víctima (por más que resulte difícil imaginarlo)».

http://cadenaser.com/emisora/2018/11/27/radio_palencia/1543296357_217738.html

g

#37 En #25 / #26 / #38 nos aportan más datos

ailian

#39 "la fiscalía tiene la obligación de actuar de oficio en estos casos".[CITA REQUERIDA]

ailian

#45 Pues en ninguno de los enlaces que salen dicen lo que afirmas. Tendrás que atinar más.

ailian

#51 Permite que te arregle las negritas, porque es obvio que no entiendes muy bien el lenguaje jurídico:

“No podrá procederse contra el denunciante o acusador sino tras sentencia firme o auto también firme, de sobreseimiento o archivo del Juez o Tribunal que haya conocido de la infracción imputada. Estos mandarán proceder de oficio contra el denunciante o acusador siempre que de la causa principal resulten indicios bastantes de la falsedad de la imputación, sin perjuicio de que el hecho pueda también perseguirse previa denuncia del ofendido.”

Sobreseimiento o archivo del juez. No absolución. Quiere decir que en caso de que no se acepte la acusación para el juicio. Si el juicio sigue adelante, independientemente del veredicto no es considerada denuncia falsa.

cc #54

J

#55 Tiene gracia que marques en negrita lo que parece que acaba de suceder en este caso

ailian

#61 No, en este caso no ha sido sobreseído el juicio. Lo que ha pasado es que han absuelto el acusado. Son dos cosas muy diferentes.

oso_69

#55 Añado de mi primer enlace:

"El Juez o Tribunal que dicte la sentencia o auto firmes mandará de oficio proceder contra el denunciante o acusador falsos, aunque únicamente cuando existan indicios suficientes respecto a la falsedad de la imputación."

A mí me parece, aunque no lo especifique el artículo, que está incluida la absolución. Y digo "me parece" porque no estoy licenciado en Derecho, así que no puedo interpretar infaliblemente las leyes.

ailian

#64 A ti te puede parecer misa. Las leyes no se interpretan así.

againandagain

#68 te da igual que venga la mismisima persona que redactó todos los puntos del código penal en cuestión a leertelos despacito, tu desmedido cinismo te haría llevarle la contraria y llamarle mentiroso.

D

#64

Por supuesto que la sentencia en firme incluye la absolución.

Te traduzco. Dice que sólo podrian considerarse denuncias falsas, cuando el juez de INSTRUCCIÓN hubiera archivado la querella SIN ABRIR JUICIO.

Obviamente, es un desproposito. Entre otras cosas, dejaría fuera de persecución el PERJURIO ANTE EL TRIBUNAL. Y se producirian circunstancias tan chocantes como que, UNA VEZ ABIERTO EL JUICIO ORAL, PODRIAS PRESENTAR TODAS LAS PRUEBAS FALSAS QUE QUISIERAS SIN MIEDO A SER ACUSADO DE DENUNCIA FALSA. O que tribunales superiores, como el T. SUPREMO, nunca podrian presentar acusaciines de denuncia falsa

Aún recuerdo a Gomez Bermudez, en el juicio del 11M, mandando a la Fiscalia que considerase si se debia deducir testimonio.

sagnus

#55 Permíteme arreglarte las negritas, que me da que se te ha olvidado una pequeña parte del texto, estoy seguro (segurísimo, vamos) que de forma inconsciente y sin ninguna mala intención:

“No podrá procederse contra el denunciante o acusador sino tras sentencia firme o auto también firme, de sobreseimiento o archivo del Juez o Tribunal que haya conocido de la infracción imputada."

El único detalle es el "firme", puesto que implica que no cabe más apelación. Pero dado que no hablamos del momento actual del caso, sino de la obligación del fiscal en este tipo de casos (o supuesta obligación, como se viene demostrando)... Pues si, aunque repito que con ese matiz, el de que sea sentencia firme.

Y añado algo personal: Por lógica cualquier absolución en sentencia firme debería dar lugar a una investigación posterior por denuncia falsa. No hablamos de falta de pruebas para enjuiciar al denunciado, estamos hablando de que ha habido pruebas que demuestran que es inocente (y, al ser firme, no cabe más duda judicialmente y no se le puede volver a denunciar por los mismos hechos), y en tal caso no cabe pensar otra cosa que la denuncia ha sido falsa y malentencionada.

desobediente

#51 pero es que no es firme. cabe recurso en casación ante el supremo.

editado:
en la propia noticia se informa de esto.
cc #54 #39 #46 #53

J

#63 A ver que me aclare... absuelven al tío. Pero la tía aun puede recurrir al supremo ¿no?
¿Me estás diciendo que si no recurre al supremo, nunca será sentencia firme? ¿Así que si ella no recurre nunca al supremo nunca podrán juzgarla por denuncia falsa? Debo de ser idiota, porque aquí hay algo que no entiendo y todos parecen saber de lo que hablan.

desobediente

#72 digo que no es firme ahora. todo lo demás viene de tu imaginación. lo de si eres idiota ni me compete ni me importa. ¿alguna otra consulta?

J

#75 No me has aclarado las dudas. Solo has repetido que la sentencia no es firme, y eso ya lo has dicho antes.

D

#72 Si no recurre en el plazo marcado, se convierte en firme. Y la Fiscalia deberia actuar por denuncia falsa (no se hará )

J

#90 Gracias, esa es la respuesta que necesitaba.

D

#63 Cierto. No es firme.

Cuando sea firme, podrá perseguirse y deberia perseguirse [no se hará ].

Lo que pasa es que hay usuarios que entienden que sobreseer y archivar de manera firme no es absolver. Y eso es ridículo

sagnus

#85 Lo que pasa es que hay usuarios que entienden que sobreseer y archivar de manera firme no es absolver. Y eso es ridículo

Es que, según he entendido después de informarme un poco, no lo es. Absolver es una sentencia, es decir, se ha llegado a una de las dos posibles conclusiones, que es inocente, en vez de culpable. Lo demás es "dejarlo en el aire" por falta de pruebas.

Que, como ya he dicho en otro mensaje, la sentencia, siendo firme, también entra en esos casos donde el fiscal debería actuar de oficio.

D

#88 He sido un poco ambiguo.

Queria decir que es ridiculo, considerar que un archivo o sobreseimiento por no haber caso puede dar una denuncia por falsa denjncia, y una absolución tras juicio, no.

De todos modos, los términos sobreseimiento y absolución no son correspondientes. Puede ser absuelto con sobreseimiento provisional o definitivo, y culpable supongo que parecido

Por ejemplo, una absolución por falta de pruebas generalmente dara lugar a un sobreseimiento provisional, pues pueden aparecer nuevas pruebas. el archivo definitivo se produce por la muerte del presunto culpable o la prescripcion del delito

sagnus

#93 Queria decir que es ridiculo, considerar que un archivo o sobreseimiento por no haber caso puede dar una denuncia por falsa denjncia, y una absolución tras juicio, no.

Ah si, por supuesto, es a todas luces ridículo y justo por eso mismo leí con más detalle lo que ese usuario no puso en negrita, porque ahí estaba la respuesta.

Según he estado leyendo, una absolución solo se da en caso de que haya certeza de la inocencia del denunciado. Es decir, si hay falta de pruebas, no habría absolución, habría archivo del caso o sobreseimiento, y más adelante se podría volver a enjuiciar en caso de que apareciesen más pruebas. Al menos eso he entendido, si quieres puedo tratar de buscar los sitios donde lo he leído.

Otra cosa que leí es que tras haber absolución firme (o sea, absolución tras sentencia firme, sin posibilidad de apelación), el ahora considerado inocente no puede ser acusado de nuevo por lo mismo.

D

#94 Eso creo yo. No soy abogado, pero creo que rige el principio non bis idem, no dos veces por lo mismo, que impide que sea juzgado o castigado dos veces por el mismo delito.

Por eso los jueces no suelen hacer absoluciones con archivo definitivo si no hay una seguridad a prueba de bomba.

El caso de la persecución por falsa denuncia se ha centrado excesivamente en la violencia de género, y así no hay quien piense con sensatez.

Imagina que eres acusado por un vecino con el que tienes un contencioso de robarle la bicicleta del garaje. Segun este usuario, si el juez de instrucción lo desestima antes de llegar a juicio, puedes acusarle de falsa denuncia. Pero si él consigue que el juez crea que hay indicios suficientes para llevarte a juicio (por ejemplo, con testigos falsos, fotos trucadas, etc) cuando te absuelvan no podrás acusarle de falsa denuncia.

Es tan absurdo que solo puede deberse a un sostenella y no enmendalla

Un abrazo, amigo

oso_69

#46 "En relación con su perseguibilidad, dispone el 456.2 ,CP que: “No podrá procederse contra el denunciante o acusador sino tras sentencia firme o auto también firme, de sobreseimiento o archivo del Juez o Tribunal que haya conocido de la infracción imputada. Estos mandarán proceder de oficio contra el denunciante o acusador siempre que de la causa principal resulten indicios bastantes de la falsedad de la imputación, sin perjuicio de que el hecho pueda también perseguirse previa denuncia del ofendido""

https://www.iberley.es/temas/delitos-acusacion-denuncia-falsa-simulacion-delitos-46921

"jurisprudencia
Artículo 456.

1. Los que, con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad, imputaren a alguna persona hechos que, de ser ciertos, constituirían infracción penal, si esta imputación se hiciera ante funcionario judicial o administrativo que tenga el deber de proceder a su averiguación, serán sancionados:

1.º Con la pena de prisión de seis meses a dos años y multa de doce a veinticuatro meses, si se imputara un delito grave.

2.º Con la pena de multa de doce a veinticuatro meses, si se imputara un delito menos grave.

3.º Con la pena de multa de tres a seis meses, si se imputara un delito leve.

2. No podrá procederse contra el denunciante o acusador sino tras sentencia firme o auto también firme, de sobreseimiento o archivo del Juez o Tribunal que haya conocido de la infracción imputada. Estos mandarán proceder de oficio contra el denunciante o acusador siempre que de la causa principal resulten indicios bastantes de la falsedad de la imputación, sin perjuicio de que el hecho pueda también perseguirse previa denuncia del ofendido."


https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1995-25444

J

#42 ¿Y le cascas un negativo antes de que te busque la "cita"? Eso es porque en realidad no la quieres.

ailian

#48 Es por mentir. Ya sé que no la va a encontrar. De hecho su defensa ha sido un cutre enlace a una busqueda de Google.

J

#52 No soy experto en jerga judicial, pero yo creo que aquí dice eso:
'En relación con su perseguibilidad, dispone el 456.2 ,CP que: “No podrá procederse contra el denunciante o acusador sino tras sentencia firme o auto también firme, de sobreseimiento o archivo del Juez o Tribunal que haya conocido de la infracción imputada. Estos mandarán proceder de oficio contra el denunciante o acusador siempre que de la causa principal resulten indicios bastantes de la falsedad de la imputación, sin perjuicio de que el hecho pueda también perseguirse previa denuncia del ofendido". '

Sacado de aquí:
https://www.iberley.es/temas/delitos-acusacion-denuncia-falsa-simulacion-delitos-46921

againandagain

#52 jajajaja madre mía cinismo nivel Dios

D

#52

Pues para no encontrarla, le ha puesto a usted varios enlades interesantes [Revisión de gafas requerida]

againandagain

#52 vaya vaya, a quién han pillado mintiendo? Al amo de las negritas que dejan fuera partes que no interesa que se lean de textos legales que no existen

againandagain

#42 se llama deducir testimonio, te iba a poner un par de documentos un poco farragoso, y un par de noticias sobre casos donde si se ha hecho correctamente, pero ya veo que te da igual y que sólo querías poder ponerme un negativo y crear dudas sobre este hecho...

oso_69

#17 Hay delitos, entre ellos las denuncias falsas, que pueden ser perseguidas de oficio. Otra cosa es que, como se ha denunciado aquí anteriormente, la Fiscalía tenga orden de no hacerlo salvo denuncia expresa.

D

#49 No sé si podria considerarse a eso "de oficio"

D

#17 A ver si lo entiendo: las pruebas contradicen la versión de la denunciante y el fiscal no se toma la molestia de echar una mirada a ver si hay algo que investigar.

¿Es eso lo que estás defendiendo?

againandagain

#65 eso y que todos mentimos

D

#1 Ni de guasa. No vaya a ser que la condenen y nos joda la estadística.

h

#1 Me juego un euro a que no. Si pierdo te pago cien.

Sé que te estoy haciendo una oferta trampa.

neotobarra2

#1 A ver si lo entiendo:

- Condenan a un tipo por agresión sexual.
- Más tarde lo absuelven porque las pruebas presentadas no se consideran suficientemente sólidas y existen contradicciones, con lo cual este hombre podría ser inocente, y ante la duda, toca absolverlo.
- Tú inmediatamente pides que a la que denunció la agresión sexual, la juzguen por "denuncia falsa".

¿Tienes idea de la barbaridad que eso supondría? Mañana te puedo robar la cartera a punta de navaja y si no consigues reunir pruebas suficientes contra mí, irás tú a la cárcel por denunciarme en falso... Eso es una barbaridad. La presunción de inocencia existe en ambos sentidos.

D

#4 y si te preocupa que se ponga en duda la autenticidad de las grabaciones, hay aplicaciones que usan blockchain para darle un poco más de seguridad al asunto
https://scaapp.com/

D

#4 Si, por que una mujer por el hecho de tener vagina, nunca miente, y siempre dice la verdad. Una aberracion como es que se coja como tal el testimonio de un policia.

P

#4 y como sabes cuál es una situación tóxica? hay que grabar todas las interacciones con las mujeres?
Porque a toro pasado yo tb se que esta situación era tóxica, pero por lo que parece en el momento ( e incluso después) no lo era...

againandagain

#4 pos pa ser uste un abugao, nosta A sopesquete de lo que se cuece por estos lares.

Le pongo en antecedentes, en contra de lo que ocurre en cualquier país con un sistema legal SANO, aquí se aprobó una ley que elimina la presunción de inocencia de un acusado, siempre que esté sea varón, y de paso, se elimina la igualdad ante la ley, para castigar a unos más severamente que a otros por razón de sexo.

Poseso.

D

#43 En este caso lo que me preocupa es que no es necesario que exista dicha ley, cuando el criterior que se aplica es como en este caso.

h

#4 Eso es precisamente lo que más escuece de condenar sin pruebas supuestamente por la dificultad de obtener pruebas.

En primer lugar que el que fuera difícil obtener las pruebas no implica que eso justifique condenar sin pruebas. De ninguna de las maneras. Por difícil que fuera. Si no hay pruebas no se pueden simplemente suponer.

Pero tambien precisamente por esto. Por lo facil, simple, sencillo y barato que es obtener pruebas en caso de maltratos habituales. Para mi la ausencia de tales pruebas conlleva una muy fuerte sospecha de denuncia falsa. Si tan facil es obtener pruebas ¿por qué no se hizo? La única respuesta razonable es que se trata de una denuncia falsa.

g

#5 No sé cuándo interpuso ella la denuncia, pero el artículo da a entender que los hechos "sucedieron presuntamente" en 2015 y la sentencia condenatoria es del mes pasado, así que no creo que ella pudiera tener marcas de ataduras o algo por el estilo.

La cicatriz de un punzón, eso a lo mejor sí que debería durar más, pero no te sabría decir si tanto como 3 años. Imagino que dependerá de la profundidad.

D

#9 Yo entiendo que si te pasa algo así, no esperas 3 años a denunciar, no tiene sentido para mi hacer eso. No sé, todo puede ser, pero vamos yo habría ido corriendo al medico.

g

#14 100% de acuerdo. Es lo lógico. Por eso entiendo que la denuncia debe haber sido reciente*, en cuyo caso la respuesta a tu pregunta sería que: no, no hay pruebas; el tribunal se basa sólo en el testimonio de ella.
* y más teniendo en cuenta que, con la ley de viogen, los juicios suelen ser muy rápidos, con lo que dudo que la denuncia fuera de 2015 y la justicia haya tardado hasta ahora en procesar

D

#22 Pues si solo se basa en eso, es muy peligroso, a ver si consigo más información.
Gracias

D

#25 Da miedo.

La sentencia de instancia estimó que la única prueba de cargo de la acusación fue la declaración de la víctima, y mantuvo que no había contradicciones en su relato de los hechos, pero tampoco en el de los testigos de las partes y de los peritos. La sala del alto tribunal de la provincia tuvo en cuenta que la víctima no presentó denuncia de los hechos juzgados, de lo que se deducía que «no existía ánimo de venganza», y consideró que la chica aportó «dosis importantes de inseguridad» al relatar los hechos. También entendía que «no dejaba de ser significativo que después de lo sucedido ambos siguiesen manteniendo relaciones», y estimó que no parecía «lógico» que «después de un hecho tan traumático», como es una agresión sexual, no se asumiera «un comportamiento de distancia».


Es increible, si esto es verdad, es un te condeno por si acaso, lo contrario a eres inocente hasta que se demuestre lo contrario

D

#14

Las lesiones, arañazos, etc, existieron

Los tribunales consideran que pudo autolesionarse.

No es tan difícil como cree los tribunales hacerlo. Pudo hacerlos ella o algún amigo/a, si tenía gran ansia de venganza. Basta con aplicar una crema Anestésica como EMLA, y zas! el dolor no existe

D

#5 "consideró probado" no implica que estuviera demostrado

g

#10 ¿Puedes desarrollar eso con base legal? Tal como yo lo entiendo (soy ingeniero, no abogado) a efectos prácticos es lo mismo: una vez que algo se considera probado en un tribunal, se puede usar para dictaminar un fallo (a favor o en contra).

Que a ver, que estaría de acuerdo contigo si me dices que epistemológicamente no son lo mismo. Pero ... jurídicamente ... yo diría que sí son equivalentes ... a menos que tengas la suerte de tener unas conversaciones de WhatsApp que te exculpen. wall

D

#19 Nop, no puedo desarrollarlo con base legal.

Entiendo que se acepta que no se puede alcanzar una certeza absoluta y que no todo se puede demostrar, por lo que aquello de que es preferible "dejar mil culpables sueltos antes que encarcelar a un inocente" se queda más en una declaración de principios que en un objetivo realista.

Pero precisamente, porque se asume que existe un margen de error es incluso más necesario que las garantías procesales se vigilen de manera escrupulosa.

Si las demostraciones tuvieran que ser matemáticas, poco importaría que nos pasasemos la presunción de inocencia y el resto de garantías por los sobacos.

BobbyTables

#19 Supongo yo que será algo así como; No hay pruebas "reales" de que te lo hiciera, porque no tenemos las huellas en el punzón, no existen testigos salvo ellos dos, no hay vídeos ni nada por el estilo, peeeeero, es una versión verosímil y además las pruebas psicológicas dan a entender que esa persona tiene un trastorno que coincide que con el que pueda tener una persona que ha pasado por situaciones parecidas.

D

#5 A mi me gustaría pensar que sí, pero dada la sentencia y lo que pone el artículo me da escolofrios de pensar que nunca hubo pruebas de ello. Además, de que los mensajes de whatsapp tampoco son una prueba absoluta, aunque requiera algunos conocimientos técnicos se pueden manipular. Otra cosa es que ella reconociera esas conversaciones como propias.

D

#11 No sé, yo leo eso y me genera muchas dudas de que ha pasado.

D

Existen machistas, hembristas y feministas, no existen masculinistas. ¿Habrá que crear un movimiento masculinista para defenderse del feminismo extremo?, ¿debería ser racional o tan alocado como el de las feministas extremas?. ¿Cómo la llamamos, masculinista, masculiniste, masculinisti, masculinisto, masculinistu, masculinistx?

T

La joven le acusaba de haberla retenido en la habitación de la residencia, haberla atado y despojado de la ropa, agredirla sexualmente y haberle grabado la palabra "puta" en el vientre con un objeto punzante, algo que la Audiencia de Palencia consideró probado, siendo la declaración de la víctima la prueba fundamental en la que se basó su condena...

Premio a la Audiencia de Valencia. Doble panera esta Navidad.

h

#95 Para que luego digan que no hay denuncias falsas. Debo considerar denuncia falsa toda condena basada en la acusación de alguien sin más pruebas. ¿Por qué debería ser otra cosa? No tiene sentido. Si la acusación fuera real siempre es posible conseguir pruebas.

D

#0

Dios mío... ¿Cómo se atreve la defensa a presentar como pruebas wasaps de la víctima y episodios de la vida privada de la víctima, como que siguieron quedando juntos?

¿Dónde ha ido el #yositecreohermana ? ¿No habíamos quedado en aquello del Undécimo: "No investigarás a la Víctima"?

D

Mover cielo y tierra para demostrar tu inocencia y evitar entrar 8 años en la cárcel.

Es lo que le deseo a todos los que están a favor de las leyes VIOGEN

Vamos a noticia o dos diarias sobre este asunto. Y como sostienen los defensores de la ley de viogen son solo el 0’0016% supongo que ya habrán denunciado a toda la población mundial por lo menos.

BobbyTables

#50 Y eso que algunas seguro que no las ves porque las tiran antes de que puedas leeras, aquí hay gente que ha votado "sensacionalista" esta noticia pero en cambio otra que hay de una profesora que ha sido absuelta "aunque tras las pruebas practicadas ve indicios racionales de que entre ellos pudiese existir en su momento una relación de cercanía, ninguna de estas circunstancias serían suficientes para la acreditación del citado delito de abuso sexual a un menor." y la han votado.
Ese es el nivel que tenemos hoy en día

Nachete

Yo creo q hay mas en la noticia q se nos escapa porque "haberle grabado la palabra 'puta' en el vientre con un objeto punzante, algo que la Audiencia de Palencia consideró probado" es bastante grave a mi juicio.

y

#18 pero no probado que haya sido causado por el """""agresor""""
El sesgo sexista que has tenido parece es el mismo que tienen en la justicia.
Pero eh, las mujeres son siempre las victimas

Nachete

#29 Pero que cojones, quien te crees que eres tu para juzgarme? sesgo sexista dice, ahora te juzgo yo, vete a tu casa a llorar un rato que debes ser unos de esos acomplejados que les dejo la novia y ya no levantan cabeza

D

"la Audiencia de Palencia consideró probado, siendo la declaración de la víctima la prueba fundamental en la que se basó su condena." A mi lo que me preocupa de todo esto es que lo condenaron sin pruebas

LuSaifer

En la noticia del enlace que han puesto dice que no fue ella quien presento denuncia.

"La sala del alto tribunal de la provincia tuvo en cuenta que la víctima no presentó denuncia de los hechos juzgados, de lo que se deducía que «no existía ánimo de venganza», y consideró que la chica aportó «dosis importantes de inseguridad» al relatar los hechos"

BobbyTables

#58 Realmente no es así, luego dice: "La denunciante relata que en la noche del 29 de noviembre fue atada de pies y manos a una de las camas de la habitación por el denunciante. En sus declaraciones concretó que la ató con unas tiras de plástico o bridas, "

El trozo que has puesto tú creo que se refiere a que la chica no denunció los hechos al poco tiempo de producirse, que sería como algo así: "Este cabrón se ha ido con otra y por joderlo lo denuncio", pero que acabo denunciándolo al cabo del tiempo lo que "elimina" esa acción de venganza por algo que pasara, no sé si me explico.

LuSaifer

#67 Era raro, ya he encontrado lo que parece un relato hasta la denuncia

https://www.elnortedecastilla.es/palencia/acusado-niega-violara-20180319144242-nt.html

D

#67 Total.

Lo que viene a abrir la posibilidad de que la denuncia, varios meses después de ese 29 de Noviembre, sea porque entonces, varios meses tras el 29 de Noviembre, sea precisamente cuando él se fue con otra. Eso justificaría que siguieran en buenas relaciones al menos hasta Enero.

Lo cierto es que la cronologia de los hechos (29 de Noviembre: me tortura ➡ sigo en buen rollito con él ➡ rompo el contacto, o lo rompe él ➡ Denuncia) apunta más a venganza que a otra cosa.

La interpretación del Tribunal de Primera Instancia... manifiestamente mejorable, como ha considerado el T. Superior..

h

Lo que me dice esta notícia es que la condena anterior fué hecha sin pruebas suficientes para justificarla.

Mal. Muy mal. No se debe nunca condenar sin pruebas. Mejor soltar a un culpable que condenar a un inocente.

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