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conversador el 25-02-2013 17:39 UTC

Un juzgado de Bilbao ha condenado al exconcejal del PSE en Berriz y ex secretario general del sindicato de autónomos UPTA Euskadi, Koldo Méndez, a ocho meses de cárcel y una multa de más de 600 euros por un delito de desacato a la autoridad, tras insultar a la monarquía y ser detenido.. Complementaria de
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"Según ha precisado, la condena que le ha impuesto recientemente un juzgado de Bilbao ha sido por "desacato a la autoridad" en el momento de su arresto por la Ertzaintza, si bien ha añadido, no han sido juzgadas sus manifestaciones contra la monarquía."
"Me dieron el alto, me pidieron la documentación, me agarraron del cuello, me trataron de mala manera... Yo les denuncié, pero a ellos (por los ertzainas) les han sobreseído", ha apuntado Méndez, quien ingresó en el hospital tras su detención, a la que atribuyó más tarde un brazo en cabestrillo y lesiones en las rodillas.
Y la entradilla: a ocho meses de cárcel y una multa de más de 600 euros por un delito de desacato a la autoridad
El delito de "desacato (o resistencia) a la autoridad" consiste en desobedecer o en oponer resistencia a un funcionario público en ejercicio de sus funciones (en este caso a los agentes que le detuvieron).
es.wikipedia.org/wiki/Resistencia_contra_la_autoridad
es.wikipedia.org/wiki/Injurias_a_la_Corona_(Espa%C3%B1a)
noticias.juridicas.com/base_datos/Penal/lo10-1995.html
Hay dos opciones entre que un juez haya condenado a alguien por un delito que no existe o que la noticia sea falsa. Yo lo tengo claro.
Me remito a lo dicho, no es una cuestión semántica, es una cuestión jurídica. Ese delito no existe, fue abolido en 1995, los otros delitos son algo diferente.
Nos quedamos sin saber por qué delito lo han condenado. Por eso digo que es errónea.