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Publicado hace 11 días por Hombre_de_Estado a pv-magazine.es

El Tribunal Constitucional de Portugal dictamina en la sentencia 338/2024 de 23 de abril que la Contribuição Extraordinária sobre o Setor Energética (CESE) aplicada a centros de producción de energías renovables es inconstitucional: viola el principio de igualdad, del artículo 13 de la Constitución. Este es el undécimo año consecutivo que se renueva el CESE tras su introducción en 2014 por el Gobierno del PSD, pese a que inicialmente se creó como una tasa extraordinaria. En 2019 se amplió a centros generadores de electricidad usando renovables.

Comentarios

Yonny

#1

Pues efectivamente, no vulnera el derecho de igualdad porque se aplica a TODOS los bancos por igual.
No como la tasa de renovables, que se aplica a unos generadores de electricidad si, y a otros no, por lo que no hay igualdad ni libre competencia.

Yonny

#3 no es cierto.

Yonny

#6 vuelve al cole anda

Yonny

Es que como va a ser igualdad si no compites? La igualdad es relativa a la competencia. Por eso es absurdo tu comentario.

ChatGPT

Me la se:

Gravamen especial a las eólicas mal, vulnera el derecho de igualdad.
Gravamen especial a los bancos bien. No vulnera el derecho de igualdad.

ChatGPT

#4 claro, por esa misma razón, podríamos decir que una tasa por calvo no vulnera la igualdad, porque se le aplica a todos los calvos...

ChatGPT

#7 vaya, ya salió el faltón. Suele ir de la mano...

V

Algunos jueces habran pillado algun gravamen ellos.

s

La Constitución se puede cambiar en 48 horas si es necesario.