Hace 1 año | Por suzy a ultimahora.es
Publicado hace 1 año por suzy a ultimahora.es

La entrada en vigor de la Ley de Garantías de la Libertad Sexual, más conocida como la del ‘solo sí es sí’, promovida con gran alarde publicitario por el Ministerio de Igualdad, al frente del cual está Irene Montero, genera unas consecuencias inesperadas para sus promotores.

Comentarios

banyan

#7 te pusiste en evidencia, todas las leyes permiten interpretaciones, ale, si te jode Irene es porque el feminismo avanza. wall

D

#11 Por eso la mayoría de leyes españolas son una basura. La ley debe de ser clara. Lo interpretable solo deben de ser los hechos con las pruebas aportadas.

D

#13 Todas las leyes tienen margen de interpretación, para eso están los jueces. Nada más enterarme de las noticias yo me solivianté bastante y también cargué contra la redacción de la ley pero, en paralelo, me he estado informando de alguna de las sentencias de rebaja de condena.

En uno de los casos, por ejemplo, el juez considera la rebaja de 8 a 6 años para un padrastro que violó a su hijastra de 14 años por entender que no existía posición de poder...

Yo creo que hay que analizar tanto la ley como las sentencias. Posiblemente en otro país, con otra judicatura, la cosa estaría más clara... Pero en el país de la justicia secuestrada y controlada "por la puerta de atrás" hay que andarse con ojo.

A

#7 avanza hacia atrás en todo caso.

Todas las leyes tienen tramos, y luego dejan un pequeño margen a la interpretación.

Lo que ha hecho esta ley es quitar los tramos y hacer un único tramo donde entra desde una violación grupal hasta decirle un piropo a una chica.

Con una horquilla tan amplia, los jueces van a ir perdidos a la hora de decidir las penas, y estamos viendo las consecuencias.

banyan

A estos trogloditas se les va a obligar a asistir a cursos de reeducacion o a su puta casa. 🍃

Fralbin3

#15 No, técnicamente han cumplido su pena y no se les puede obligar a nada más.

banyan

#18 al judicariato contreras, que no te enteras. 🍃

Top_Banana

#18 Habla de los jueces.

Priorat

Por cierto, lo peor es que no se puede arreglar. La ley dice que siempre hay que aplicar el texto más favorable al condenado. Y el texto más favorable va a a ser este ya siempre.

Garbns

#10 No es exactamente así, si se saca una nueva ley con penas más duras, para los acusados nuevos se aplicará la ley aplicable en ese momento, no la anterior.

La retroactividad es solo aplicable si favorece al reo

Añado por si no queda claro: por ahora todos los presos antiguos y que estén siendo juzgados se pueden aprovechar de la ley actual, si sacan una nueva, ya no se pueden acoger a la reducción de penas porque la anterior está derogada.

m

#14 Sí que podrían:
- si hay una ley A
- sacan una ley B con menos penas
- y luego de nuevo otra ley C con mayores penas

los condenados bajo la ley A pueden acogerse a la ley B (creo, no 100% seguro pero creo que es así), aunque esté en vigor la ley C.

La ley C solo vale para los condenados con la ley C vigente.

Garbns

#20 Por eso he dicho "nuevos"

m

#22 En tu último párrafo hablabas de los condenados antiguos (ley A), y pensé que te referías a que esos no podrían solicitar la revisión en base a la ley B cuando esté vigente la ley C, y creo que sí que podrán.

Pero para los nuevos efectivamente, solo les vale la ley C.

Garbns

#27 Sí, vi que me lie con el añadido, pero sinceramente no sé si es como dices que se puedan acoger a una ley que ya ha sido revocada fuera de plazo :?

s

#14 lo único que añadiría, corrígeme si no es así, que también se pueden beneficiar de esta ley quienes cometan su delito con ella en vigor aunque cuando se les juzgue ya haya otra.

A

#14 si, pero mientras no se cambie, la ley a aplicar es esta, y muchos van a aprovechar esta ventana que les han puesto para salir

Priorat

#14 Para los nuevos, obviamente si. Pero para los ya condenados, no.

banyan

El Judicariato troglodita enseña la patita.

banyan

#2 mal interpretada, no confundas. 🍃

s

#5 mal interpretada excepto por rosell e irene

D

#9 Como he comentado más arriba hay que tener prudencia y analizar las sentencias (y también la ley). Una de las rebajas, por ejemplo, se da por entender que en una violación de un padrastro a su hijastra no hay relación de poder ni son familia. Así que ojo. No descartemos la interpretación torticera de la ley.

s

#32 Mira la de baleares

Fralbin3

#5 In dubio pro reo, principio básico de derecho, en caso de duda se interpretara a favor del acusado-reo.

D

#16 Si, pero ese principio básico exige interpretar la totalidad de la ley. Hay que analizar las sentencias y ver cual es el argumento utilizado. Si hay que enmendar, se enmienda pero, no se el resto, yo necesito contexto para entender porque se dan las rebajas y en que se están amparando los jueces.

La primera que he revisado ya apunta al uso torticero de la ley... a ver que sale con la siguiente.

Fralbin3

#33 Perdón, no conozco caso en que las partes no intenten usar la ley a su favor, y el uso torticero esta permitido siempre, otra cosa es que el juez acepte el argumento, por eso las leyes han de ser lo más claras posible.

En este caso se han reducido las penas mínimas. ¿cual es el uso torticero?

D

#34 No, en este caso se ha interpretado que no hay situación de poder por parte del agresor y no se le considera familiar (padrastro) para poder cambiar de abanico, aun así el abanico contempla penas de hasta 8 años y se ha interpretado que al cambiar de abanico había que interponerle la pena menor del abanico.

El uso torticero consiste en interpretar que un padrastro no tiene posición de poder frente a su hijastra y que tampoco se le considera familiar. De otra forma la pena mínima contemplada en la nueva ley para este caso sería de 10 años.

No estoy diciendo que el resto de los casos tengan la misma casuística, pero recomiendo prudencia y estudiar los casos... igual nos llevamos más sorpresas...

Fralbin3

#35 Depende, es padrastro realmente o pareja de su madre, padrastro significaria que adopto a esta niña. En segundo lugar, entendiendo que es un abuso sexual en toda regla al ser menor, el quid de la cuestión es si hubo consentimiento por parte de la menor, aún tratandose de abuso no se tipificaria como agresión.

Si es el caso, y fue condenado con la sentencia mínima, si esta se reduce en dos años para los mismos casos es lógica la decisión. Tratandose de un caso juzgado, lo único que se evalua es esta reducción, entiendo a petición del reo.

Vamos, que no se como podria argumentar el juez que el reo ya juzgado no puede aplicar la reducción solicitada en base a la nueva legislación vigente.

Ignoro si esta es una buena o mala ley, peró la reducción de penas es un efecto directo de su aprobación.

D

#37
No, no fue condenado por la pena mínima. Se ha hecho una pirueta con doble tirabuzón para reducir la condena.

No, la reducción de penas no es un efecto directo de la aprobación de la nueva ley. Si tú fuiste condenado N años y la nueva ley contempla penas para tu caso en la que entra N hay que justificar muy mucho porque se reduce la pena y el juez tiene que estimar que eso es así.

Desconozco si es una buena o una mala ley pero ha pasado por el ejecutivo, por el legislativo, por las manos de múltiples partidos, juristas y demás y no fue enmendada. Así que habrá que evaluar las sentencias (que curiosamente está siendo complicado ya que se informa de la reducción, pero no del motivo).

Y ya te digo que la primera que he revisado tiene tufo a interpretación torticera para atacar políticamente. Y rebajar la pena a un violador para eso me da bastantes náuseas

Fralbin3

#41 La reducción se hace entiendo a petición del reo en aplicación de esta nueva ley, si la interpretación de la misma lo permite. Otra cosa (solicitada por ERC por ejemplo) es que tuviese una disposición transitoria que lo impidiera.

Entiendo que esta nueva ley beneficia a algunos agresores y perjudicara a otros, cosa que me parece normal.

D

#42 No perjudica a ningún reo por la irretroactividad de las leyes y el principio "pro reo in dubio". Y no debería beneficiar tampoco a ninguno, tras revisar varios casos, lo que se está haciendo en el caso de las rebajas es retorcer la ley para atacar al ministerio aplicando rebajas a algunos presos que no deberían de estar ocurriendo. En algunos casos entra más dentro del campo del "rejuicio" porque en el nuevo ordenamiento ya no hay dos tipos delictivos, hay uno, y se está reformulando la sentencia para justificar el cambio de pena.

Y la verdad cuanto más me informo, más asco me da. Más cuando se da altavoz mediático a los casos en los que se ha reducido y no a los que NO lo han hecho.

Vuelvo a decirlo, que saquen información de las sentencias para que se generalice el asco que siento por favor.

A

#5 el poder legislativo legisla, y el poder judicial juzga.

Lo que siempre ha querido el Ministerio de igualdad y sobre todo las feministas de Montero, es legislar y también juzgar.

Con una ley bien hecha, con una tipificación bien hecha de delitos, quedarían claras las condenas.

Pero Irene Montero y amigas querian que todo fuera violación, desde una violación grupal hasta ponerle la mano en la rodilla a una chica, así que convirtieron la ley en un cajón de sastre donde poder meterlo todo, y dejar las penas a la interpretación del juez. Y eso es exactamente lo que ha pasado.

#5 No. No está mal interpretada. Está mal redactada.
Si hecho delictivo admite dos interpretaciones, se aplicará SIEMPRE en beneficio del reo. Y si eso no lo sabía Rosell, que le den una patada en el culo desde el CGPJ.
Si ante un cambio legislativo se produce un agravamiento de la pena, o una disminución de la misma, dicho cambio NUNCA podrá perjudicar al reo. Y si está cumpliendo condena, podrá pedir la rebaja correspondiente.
De Montero no me esperaba menos, pues su mayor aproximación al mundo jurídico fue cuando firmó el finiquito con Saturn.

D

#19 lo dicho, ve a poner denuncias por prevaricación

Supercinexin

#24 Lo dicho en mi comentario al cual respondes.

Y añado: tú me mandas a reclamar a quien es parte del problema. Si lo que has dicho tuviese un mínimo de realismo, escoria como García Castellón estaría despojada de su puesto funcionarial.

A muchos os querría ver yo en Rusia, Cuba o Corea del Norte. Reclamando al Sr. Juez. Quizá así entiendas el problema de España, por comparación.

Mubux

#1 Perdona pero una ley que rebaja el mínimo de las condenas por un tipo de delito, es que disminuye y ablanda las penas de toda manera.

No hay por donde cogerlo, incluso "bien" redactado y sin efecto retroactivo, un violador reconocido y condenado antes de la ley, se iba minimo 6 años. Ahora después de la ley un violador reconocido y condenado se puede ir minimo 4 años.

En 2021 un violador tenia como mínimo 6 años de pena.
En 2023 un violador tendrá como mínimo 4 años de pena.

¡Gobierno "femeninista", una mierda!

Priorat

Pero vamos, España es una pésima redactora de leyes. No hay ni una que se salve.

D

#4 Yo creo que se hace así a caso hecho. Dejan puertas abiertas por si les toca a ellos pasar por el tribunal.

A

Menuda sorpresa que no sean capaces se redactar una ley en condiciones.