Hace 23 días | Por shake-it a elperiodico.com
Publicado hace 23 días por shake-it a elperiodico.com

Se coló en su casa, la llamó más de medio centenar de veces en un mes, pero eso no significa que la estuviese acosando. Al menos es lo que estima el tribunal de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Murcia, que ha anulado la sentencia que condenó a un hombre a 80 días de trabajos en beneficio de la comunidad porque las 57 llamadas que hizo en un mes a su expareja y las dos visitas a su domicilio no constituyen pruebas bastantes para dar por acreditado el delito de acoso.

SMaSeR

Repetida, pero .... yo llevaría la noticia a ese juez, hasta que no la manden 399 veces no la consideraría repetida.