Ionlyread

#2 Same here!
No lo hemos acabado todavía porque en ciertas etapas de la vida cuesta un huevo juntar tiempo y fuerzas

Treal

#3 a nosotros nos pilló de vacaciones a los dos y nos lo cepillamos en un pis pas! Hacía mal tiempo, los niños en el cole y nosotros en el sofá a carcajada limpia.

Nos encantaba cuando tocaba una prueba en la que tenías que sujetarle algo justo dejárselo caer cuando estaba llegando al final. Menudas tortas me daba en el mundo real la moza lol.

O

#5 Yoko Kanno se la sacó completamente con Stand Alone Complex. Yo creo que es una autora completamente infravalorada fuera del anime. Es mucho más talentosa que la inmensa mayoría de compositores de bandas sonoras de Hollywood.

Una pena la muerte de Origa 😢

The_Ignorator

#3 #6
Reconozco que, por nombre, no me sonaba. Pese a que no haya visto el anime, reconozco que la banda sonora de Cowboy Bebop me la suelo poner a veces y que "Tank!", "Rush" y "Bad dog, no biscuits" me parecen unos temazos, no sabía que eran composiciones suyas (pensé que eran de The Seatbelts, y resulta que ellos son los intérpretes)

O

#8

Y The Real Folk Blues, no te olvides.

Si quieres oir más de Seatbelts te recomiendo la banda sonora al completo de Trigun (ahora en Netflix, por cierto).



Puro Spaghetti Western.

The_Ignorator

#10 Me olvidaré seguramente de muchas cosas, ya te digo que esta mujer la conocía por parte de su obra sin saberlo y ni siquiera he visto los animes más famosos donde colabora en su banda sonora (lo reconozco, no soy muy de manga/anime).

No obstante, me lo apunto. Muchas gracias

D

#10 A ver, Trigun la compone Tsuneo Imahori, que es miembro de The Seatbelts, pero the Seatbelts no interpreta la banda sonora de Trigun.

Seguramente haya miembros que trabajen en ambas obras, pero oficialmente, Seatbelts solo ha trabajado para la banda sonora de Cowboy Bebop. A falta de información quiero pensar que al ser Trigun mucho menos ambiciosa económicamente que Cowboy Bebop, la parte de músicos de Nueva York y Yoko Kanno (que no cobra poco precisamente) se quedarían fuera de presupuesto, pero esto último son elucubraciones mías.

Cabre13

#6 La serie está bien pero se me atragantó. La banda sonora la sigo teniendo en mis listas de música.
Run rabbit junk.

Ionlyread

Yoko Kanno es una artistaza como la copa de un pino. GITS, Escaflowne, Cowboy Bebop, etc. Me entran escalofríos (en el buen sentido) sólo recordando algunas de sus composiciones.

Por lo menos, en el apartado musical hay esperanza para esta apuesta de Netflix...

O

#3 La banda sonora de Escaflowne no es ni medio normal:

Ionlyread

#4 Agree...

Y la de GITS - SAC descomunal:

O

#5 Yoko Kanno se la sacó completamente con Stand Alone Complex. Yo creo que es una autora completamente infravalorada fuera del anime. Es mucho más talentosa que la inmensa mayoría de compositores de bandas sonoras de Hollywood.

Una pena la muerte de Origa 😢

The_Ignorator

#3 #6
Reconozco que, por nombre, no me sonaba. Pese a que no haya visto el anime, reconozco que la banda sonora de Cowboy Bebop me la suelo poner a veces y que "Tank!", "Rush" y "Bad dog, no biscuits" me parecen unos temazos, no sabía que eran composiciones suyas (pensé que eran de The Seatbelts, y resulta que ellos son los intérpretes)

O

#8

Y The Real Folk Blues, no te olvides.

Si quieres oir más de Seatbelts te recomiendo la banda sonora al completo de Trigun (ahora en Netflix, por cierto).



Puro Spaghetti Western.

The_Ignorator

#10 Me olvidaré seguramente de muchas cosas, ya te digo que esta mujer la conocía por parte de su obra sin saberlo y ni siquiera he visto los animes más famosos donde colabora en su banda sonora (lo reconozco, no soy muy de manga/anime).

No obstante, me lo apunto. Muchas gracias

D

#10 A ver, Trigun la compone Tsuneo Imahori, que es miembro de The Seatbelts, pero the Seatbelts no interpreta la banda sonora de Trigun.

Seguramente haya miembros que trabajen en ambas obras, pero oficialmente, Seatbelts solo ha trabajado para la banda sonora de Cowboy Bebop. A falta de información quiero pensar que al ser Trigun mucho menos ambiciosa económicamente que Cowboy Bebop, la parte de músicos de Nueva York y Yoko Kanno (que no cobra poco precisamente) se quedarían fuera de presupuesto, pero esto último son elucubraciones mías.

Cabre13

#6 La serie está bien pero se me atragantó. La banda sonora la sigo teniendo en mis listas de música.
Run rabbit junk.

Cuñado

#4 Cada uno tiene sus gustos, ahí no voy a entrar, pero ésa es una colección de clichés de música orquestal de banda sonoras sin el menor interés melódico o armónico. Cualquier estudiante de composición puede crear una obra similar en una tarde. No conozo a la compositora pero imagino que, si es reconocida, será por alguna otra cosa.

Ionlyread

#2 Justo pensé en Adam Jensen cuando leí la noticia

El tío se autoproclama 'pionero' y creo que en cierta medida lo es. Porque es muy probable que en un futuro próximo todos acabemos recibiendo algunos de estos implantes (o parecidos).

Lo de los impulsos eléctricos en el cerebro me ha recordado a otra novela de Ciencia-Ficción. El Hombre Terminal creo que se llamaba...

Ionlyread

#3 Creo que tiene contenido de pago adicional disponible así que si te lo pillas gratis y te gusta siempre puedes devolver el karma pillando los paquetes que consideres

Ionlyread

#1 Sí, lo dice la noticia y la propia entradilla incluso. Pero en PC no lo es y esto puede servirle a quien quiera probarlo sin tener que pasar por caja

Además de que es un indicativo del esfuerzo de Epic en posicionar su tienda a base de regalar y regalar y regalar...

Dikastis

#2 Parece que esta mañana lo han actualizado y para PC también lo han puesto gratis... o al menos a mi roll

Wayfarer

#2 Les está funcionando: ayer abrí un par de cuentas en la Epic Store, una para cada uno de mis hijos, sólo para pillarles el dichoso Among Us.

#3 El precio normal es de 3,99€, cuando tienes dos críos tienes que duplicar cada cosa que compras y acabas mirando hasta el último céntimo.

Capitan_Centollo

#7 Supongo que en Europa le meten más impuestos. En EEUU son 1.99$ el juego base en la Epic Games Store

Wayfarer

#8 Puede ser, en Steam también son 3,99€:
https://store.steampowered.com/app/945360/Among_Us/

📷

Ionlyread

#35 Ja ja. Sí, tienes razón. Me refería a Servicio Público. Vamos, algo institucional

Ionlyread

#25 Gracias por tu comentario.

Mi recomendación es que denuncie, sí. Está consultando con abogados, creo.

Respecto al caso que comentas pues me parece bien por ella, por supuesto. Aunque habría sido incluso mejor si hubiese sido con juicio al final, multa y costes para la empresa de cara a que se le quiten las ganas de volverlo a hacer y otros potenciales infractores le vean las orejas al lobo

Saludos,

Ionlyread

#24 Muchas gracias por tu comentario. Así da gusto

Claro, esta semana iba a asesorarse profesionalmente pero quería poder sondear segundas opiniones. Los enlaces que pones los estuve viendo hace unos días junto al BOE y tal.

La verdad es que personalmente hecho de menos algún tipo de sitio público donde toda esta información estuviese recopilada de forma más sencilla (incluso con casos y supuestos concretos a modo de ejemplo) para que el común de los mortales pudiéramos acceder a ella sin tantos quebraderos de cabeza. Pero imagino que eso podría dejar sin trabajo a según qué sectores

Gracias de nuevo y saludos,

Jack.Griffin

#31 Coño, ese sitio "público" es la web de la noticia

Ionlyread

#35 Ja ja. Sí, tienes razón. Me refería a Servicio Público. Vamos, algo institucional

Ionlyread

#17 Gracias. Sí, sabía que era distinta la excedencia por cuidado de un menor a la "general". Seguiremos trabajando en los distintos frentes

Saludos,

Ionlyread

#14 Gracias por la respuesta. Tiene sentido lo que comentas.

Respecto a lo de las pruebas. No sé si las tiene pero sería lo de menos. No llevaba tanto tiempo como para que la diferencia entre 20 ó 33 días sea excesivamente notable.

Jack.Griffin

#28 La pela es la pela...
En estos casos ya hay que ir a cuchillo ya que normalmente también irán a cuchillo contra ti

Ionlyread

Pregunto aquí por si alguien es entendido en el tema (perdón por el ligero off-topic). A mi cuñada, con contrato indefinido, le acaban de comunicar su despido por causas objetivas (pérdida de una cuenta importante y previsión de bajada de ingresos) mientras está en mitad de su baja por maternidad. En un primer momento nos quedamos todos bastante a cuadros.

Parece que técnicamente es posible pero investigando en el BOE creo haber llegado a entender que en su caso, para que no se pueda considerar despido nulo, la empresa tendría que despedir también a todos los miembros de la plantilla con un puesto/cargo equivalente. De lo contrario la empresa no podría justificar que las causas objetivas motivan el despido concreto de esta trabajadora en cuestión.

Además la empresa le ha ofrecido 33 días/año como indemnización en vez de 20 como gesto de "buena fe" lo cual desprende un tufillo curioso.

¿Esto es así?, ¿alguien ha estado en un caso similar o equivalente? Yo le he recomendado que denuncie por principios y porque imagino que tendrá bastantes probabilidades de ganar. Y leyendo el meneo imagino que si la readmiten y le quedan pocas ganas de volver a currar ahí (obvio después de la jugarreta) pues siempre puede pedir una excedencia e ir viendo con calma las diferentes opciones que pueda tener.

Gracias de antebrazo. Saludos,

Jack.Griffin

#9 Que demande y la procedencia o improcedencia la reconocerá el juez.
Si el juez considera el despido procedente poco más se puede hacer y solo "perderá" lo que cueste el abogado.
Si el juez lo considera improcedente entonces aplica la protección del despido y seria nulo con readmisión obligatoria.

¿De que puede depender esa procedencia? Pues por ejemplo que la principal carga de trabajo de tu cuñada sea esa cuenta perdida lo cual justificaría porque la despiden a ella. Si la cuenta la llevaba otro o estaba repartida entonces es más difícil que la empresa pueda demostrar porque la despide a ella y no a otra persona. Por lo que comentas, al estar de baja, parece difícil que este muy ligada a esa cuenta (a no ser que la lleve al que hayan contratado de interino para sustituir a tu cuñada).

¿Por cierto, tiene pruebas de esa oferta de 33 días por año? Lo pregunto por si se "retractan" si tu cuñada presenta demanda.

Y el ultimo punto entiendo que sí, que no habría problema en pedir la excedencia voluntaria (o mejor, por cuidado de menor) a la que se haga efectiva la readmisión. Pero básicamente tiene 2 opciones: o reincorporarse con una sentencia a su favor y cumpliendo estrictamente a lo que esta obligada (y seguir cobrando nominas) o dimitir. Imagino que podría forzar otro despido también si es crítico el poder cobrar el paro

Ionlyread

#14 Gracias por la respuesta. Tiene sentido lo que comentas.

Respecto a lo de las pruebas. No sé si las tiene pero sería lo de menos. No llevaba tanto tiempo como para que la diferencia entre 20 ó 33 días sea excesivamente notable.

Jack.Griffin

#28 La pela es la pela...
En estos casos ya hay que ir a cuchillo ya que normalmente también irán a cuchillo contra ti

h

#14 Perdon por meterme donde no me llaman pero esto no es exactamente asi.
Grosso modo, el juez tiene 3 opciones:
- Creer lo que dice la empresa, y que ademas la causa que alega la empresa sea realmente causa de despido procedente. En este caso, el despido seria procedente y la cunada se llevaria 20 dias por ano trabajado de indemnizacion.
- Que el juez estime que la causa de despido procedente no es cierta, o no cumple los requisitos para ser considerado procedente. En este caso, el despido seria improcedente y la cunada se llevaria 33 dias por ano.
- Que el juez estime que el despido ha sido debido a la situacion de maternidad. En este caso, hay una vulneracion de derechos fundamentales y la empresa estaria obligada a readmitir a la cunada, que no se llevaria ninguna indemnizacion. Lo que si se llevaria son los salarios de tramitacion, esto es, lo que la empresa deberia haberle pagado si no la hubiera despedido.

nando58

#36 Si hay vulneración de derechos fundamentales hay indemnizaciòn mínima de 6250€, siempre que la pidas en la demanda.
Yo estoy en este paso ahora mismo.

editado:
esta indemnización es a mayores de los salarios de tramitación, etc. Brujulea por laboro, que por ahí lo explica.

h

#39 No estoy convencido de que la indemnizacion sea obligatoria, la verdad (lo he consultado con una abogada). Aunque si que es posible que le toque algo.

Lo que seguro que no hay es indemnizacion por despido. Esto seria una indemnizacion por danos y perjuicios.

nando58

#44 eso es, es indemnización por daños y perjuicios, y se basa en una sentencia del supremo (creo) en la que indica que la indemnización no es sólo para resarcir los daños, sino como forma de "castigar" a la empresa para que no lo vuelva a hacer.

Jack.Griffin

#36 Interesante lo que dices pero como indica #24 el articulo 53.4 del ET dice que nanai. Que o es procedente o es nulo por estar embarazada.
Será también nula la decisión extintiva en los siguientes supuestos:
[...]
b) La de las trabajadoras embarazadas, desde la fecha de inicio del embarazo
[...]
Lo establecido en las letras anteriores será de aplicación, salvo que, en esos casos, se declare la procedencia de la decisión extintiva [...] Para considerarse procedente deberá acreditarse suficientemente que la causa objetiva que sustenta el despido requiere concretamente la extinción del contrato de la persona referida

h

#40 Si he entendido bien, la cunada no esta embarazada, sino de baja por maternidad, con lo cual este articulo no aplicaria.

Sinceramente, es harto dificil probar que has despedido a una mujer de baja por maternidad improcedentemente y no tiene nada que ver con la baja, pero no sabia que estaba recogido en el

editado:


En cualquier caso, es muy dificil que el despido sea improcedente. Con toda probabilidad sera nulo, y si tiene mala suerte, procedente.

Jack.Griffin

#42 Cierto, error mio, en este caso aplicaría el apartado a del mismo artículo:

a) La de las personas trabajadoras durante los periodos de suspensión del contrato de trabajo por nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento, riesgo durante el embarazo o riesgo durante la lactancia natural a que se refiere el artículo 45.1.d) y e), o por enfermedades causadas por embarazo, parto o lactancia natural, o la notificada en una fecha tal que el plazo de preaviso concedido finalice dentro de dichos periodos

r

#9 La excedencia por cuidado de hijos tiene incluso más garantías que la excedencia normal: https://www.cuestioneslaborales.es/excedencia-por-cuidado-de-un-hijo-o-familiar/

Basicamente tienes reserva de tu puesto por un año, en el momento en que quieras volver te tienen que aceptar, no tienes q esperar a que busquen personal para un puesto similar.

Ionlyread

#17 Gracias. Sí, sabía que era distinta la excedencia por cuidado de un menor a la "general". Seguiremos trabajando en los distintos frentes

Saludos,

g

#9 Evidentemente es una situación lo bastante importante como para que se asesore profesionalmente y que no se deje influenciar (o autoconvencer) por lo que pueda leer por internet, por que incluso de la teoría a la práctica fijo que va un trecho.

No obstante, esto es lo que he encontrado por internet (que seguro que ya lo has leído):
https://www.cuestioneslaborales.es/me-pueden-despedir-estando-embarazada-o-despues-de-la-baja-de-maternidad/

Además, en el despido objetivo la última reforma laboral del año 2019 obliga a la empresa no sólo a justificar la procedencia del despido, sino también justificar que el despido no sea motivado por el embarazo, y que lo procedente era despedir a esa trabajadora y no a otra.

Así, en el artículo 53 del Estatuto se indica que: “ Para considerarse procedente deberá acreditarse suficientemente que la causa objetiva que sustenta el despido requiere concretamente la extinción del contrato de la persona referida “.

Por último, las personas embarazadas no gozan de ninguna preferencia frente a otros trabajadores en caso de despido objetivo, ahora bien, la empresa tiene que acreditar que no se ha escogido a esa trabajadora por el hecho de estar embarazada o con reducción de jornada.


Y luego en cuanto a la prioridad de despido,
https://www.cuestioneslaborales.es/eleccion-de-trabajadores-despido-objetivo-y-prioridad-de-permanencia/#prioridad

¿Tienen preferencia las embarazadas o trabajadores con reducción de jornada?

La legislación en el caso de trabajadores embarazadas o con una reducción de jornada establece en su artículo 53 que: “Para considerarse procedente deberá acreditarse suficientemente que la causa objetiva que sustenta el despido requiere concretamente la extinción del contrato de la persona referida “

Es decir, que la empresa tiene que acreditar que existe una causa extintiva que justifique el despido de esa trabajadora y no de otra.

Es decir, no se puede decir que goce de una preferencia, pero si que exige una justificación extra por parte de la empresa


+ Extenso en los enlaces.

Tenga usted un buen día
#BeNormalChallenge

Ionlyread

#24 Muchas gracias por tu comentario. Así da gusto

Claro, esta semana iba a asesorarse profesionalmente pero quería poder sondear segundas opiniones. Los enlaces que pones los estuve viendo hace unos días junto al BOE y tal.

La verdad es que personalmente hecho de menos algún tipo de sitio público donde toda esta información estuviese recopilada de forma más sencilla (incluso con casos y supuestos concretos a modo de ejemplo) para que el común de los mortales pudiéramos acceder a ella sin tantos quebraderos de cabeza. Pero imagino que eso podría dejar sin trabajo a según qué sectores

Gracias de nuevo y saludos,

Jack.Griffin

#31 Coño, ese sitio "público" es la web de la noticia

Ionlyread

#35 Ja ja. Sí, tienes razón. Me refería a Servicio Público. Vamos, algo institucional

Tom__Bombadil

#9 Que denuncie, claramente. Las bajas por maternidad y la previsible reducción de jornada por cuidado de menores son de los pocos supuestos en que un puesto de trabajo es prácticamente intocable. Ahora que si la empresa se pone farruca va a tardar algo más de un año en obtener sentencia.

Conozco un caso similar, además, con la mujer de uno de mis mejores amigos. Era profe de guardería y la despidieron durante su segundo embarazo, alegando bajada de niños matriculados. Tardó como año y medio en llegar al juicio, y al final el juez iba a declarar el despido nulo. Como la chica tampoco ya tenía especial interés en volver a trabajar ahí, después de todo lo ocurrido, llegó a un acuerdo con la empresa de la guardería. Al final no volvió pero le pagaron algo más de 90mil euros a modo de indemnización. Y ella estaba ya trabajando en otra guarde, así que mal mal no le salió. Ahora bien, el estrés, enfado y tensión durante más de un año no se lo deseo a nadie, estuvo destrozada un tiempo.

Ionlyread

#25 Gracias por tu comentario.

Mi recomendación es que denuncie, sí. Está consultando con abogados, creo.

Respecto al caso que comentas pues me parece bien por ella, por supuesto. Aunque habría sido incluso mejor si hubiese sido con juicio al final, multa y costes para la empresa de cara a que se le quiten las ganas de volverlo a hacer y otros potenciales infractores le vean las orejas al lobo

Saludos,

Ionlyread

A saber cómo tiene el SAP esta gente y sobre todo quién se lo gestiona y mantiene... roll

D

#41 No creo que tenga que ver con el SAP en sí, en caso de que lo usen, claro. Tiene pinta a que los Jobs que planifican a fin de mes han cobrado a todos los clientes exceptuando los que tengan unas variables distintas. En cualquier caso tienen que ganar un pastizal para no darse cuenta de esa cantidad de facturas no emitidas

#43 quizá fue un Robin Hood que agrego una condicon para no cobrar a aquellos que tiene algún impago?? Por aquello de soñar..

#43 ay los jobs esos...

Ionlyread

#71 Lo ha comentado varias veces creo. Twitch y su canal de yt secundario donde cuelga algunos fragmentos son básicamente herramientas para mayor monetización de su actividad ya que no es posible vivir de un solo canal de yt con videos relativamente poco frecuentes por muy buen contenido que tengan éstos

Ionlyread

#0 Buenas, bro. Enhorabuena por tu trabajo. Te sigo en varias redes pero... ¿para cuando un onlyfans? roll

Ionlyread

#216 Y un diccionario también ya que estamos