#2:
Si le 'restituyen', cosa que dudo, sólo sería para evitar más vergüenzas en tribunales europeos que otra cosa...
...luego quedaría que encontraran una forma para que esta restitución sólo fuera de cara a sentencia pero no pudiera aplicarse realmente por 'otros factores'...
#7:
#2 No veo que le vayan a restituir en el cargo, ya que la pérdida del escaño no procede de la pena accesoria de inhabilitación para sufragio pasivo, sino del mero pronunciamiento de una pena de prisión aunque no sea ejecutable.
El tener una pena de prisión por sentencia firme produce incompatibilidad sobrevenida, cosa que hace perder el escaño. Esta interpretación parece consonante con la Sentencia del Tribunal Constitucional 166/1993, aunque no sea completamente simétrico el caso. En el asunto tratado en la STS mencionada la pena de prisión no era aplicable por suspensión, mientras que en el de Alberto Rodríguez es por sustitución obligatoria. Lo que dice la STS es lo siguiente, al menos en la parte relevante para esto:
conviene dejar bien sentado que la causa de inelegibilidad que afecta a "los condenados por Sentencia firme a pena privativa de libertad, en el período que dure la pena" [art. 6.2 a) L.O.R.E.G.] no está en función del cumplimiento efectivo de la condena, que también se produce formalmente cuando se suspende, sino por ese pronunciamiento cuya carga infamante, como máximo reproche social, es la razón determinante de que el así señalado sea excluído del proceso electoral.
Como se ve, el caso de Alberto Rodríguez es un follón importante, producido por la reducción de la pena de prisión debido a la circunstancia atenuante de dilaciones indebidas. De no haberse dado esa circunstancia atenuante ni siquiera habría habido debate sobre las consecuencias en derecho parlamentario de un pronunciamiento de pena de prisión, incluso aunque se suspendiese por ser leve.
En un auto, recogido por Europa Press y fechado el pasado 24 de enero, la Sala de lo Penal señala qu [...]
@PasaPollo Como de costumbre en temas jurídicos, preferiría tener tu opinión
#3:
Estas cosas solo pasan en España, que como el chaval sigue recurriendo a Europa alguien se ha dado cuenta que nuestra justicia va a quedar como el culo de cara a nuestros socios europeos y ahora se ponen a hacer esto, si le restituyen el escaño la señora presidenta del congreso debería ser destituida e inhabilitada para la función pública por habérselo quitado, ya que quitar un escaño a un diputado por tus cojones morenos debería ser considerado un ataque a la democracia.
Por supuesto habría que repasar bien la sentencia y los consejos del juez, no vaya a ser que también tenga que irse a su casa a recapacitar si ha cometido el error de pillarse los dedos en este asunto, cosa que dudo porque leí en su día la carta al Congreso y evitó hacerlo.
En cualquier caso, este chaval debería seguir recurriendo hasta Europa la sentencia, porque tiene bastantes cojones en si misma, y si le da la razón alguien debería asumir las consecuencias.
#14:
#11 Ya llegó el hater de guardia. Dijo que volvía a su trabajo y que recurriría a los tribunales, y eso ha hecho. Ha demostrado bastante más dignidad que tú soltando infundios y difamando desde tu cómodo anonimato. A ver si ahora hay que pedirle permiso a @Nitrous para buscar la tutela judicial efectva, o para tomarse una tapa de jamón.
#9:
#7 Pues... En este caso creo que lo has explicado magníficamente. Poco más tengo que añadir.
Si le 'restituyen', cosa que dudo, sólo sería para evitar más vergüenzas en tribunales europeos que otra cosa...
...luego quedaría que encontraran una forma para que esta restitución sólo fuera de cara a sentencia pero no pudiera aplicarse realmente por 'otros factores'...
#2 No veo que le vayan a restituir en el cargo, ya que la pérdida del escaño no procede de la pena accesoria de inhabilitación para sufragio pasivo, sino del mero pronunciamiento de una pena de prisión aunque no sea ejecutable.
El tener una pena de prisión por sentencia firme produce incompatibilidad sobrevenida, cosa que hace perder el escaño. Esta interpretación parece consonante con la Sentencia del Tribunal Constitucional 166/1993, aunque no sea completamente simétrico el caso. En el asunto tratado en la STS mencionada la pena de prisión no era aplicable por suspensión, mientras que en el de Alberto Rodríguez es por sustitución obligatoria. Lo que dice la STS es lo siguiente, al menos en la parte relevante para esto:
conviene dejar bien sentado que la causa de inelegibilidad que afecta a "los condenados por Sentencia firme a pena privativa de libertad, en el período que dure la pena" [art. 6.2 a) L.O.R.E.G.] no está en función del cumplimiento efectivo de la condena, que también se produce formalmente cuando se suspende, sino por ese pronunciamiento cuya carga infamante, como máximo reproche social, es la razón determinante de que el así señalado sea excluído del proceso electoral.
Como se ve, el caso de Alberto Rodríguez es un follón importante, producido por la reducción de la pena de prisión debido a la circunstancia atenuante de dilaciones indebidas. De no haberse dado esa circunstancia atenuante ni siquiera habría habido debate sobre las consecuencias en derecho parlamentario de un pronunciamiento de pena de prisión, incluso aunque se suspendiese por ser leve.
#37 Porque se impone de manera ordinaria con las condenas penales. A un amigo mío le cayó en su momento una pena pequeña por un delito de daños, y como accesoria la inhabilitación para sufragio pasivo por el tiempo de la pena.
Por así decirlo, está pensada para que los condenados a prisión no puedan presentarse a cargos públicos durante su condena, no para otra cosa. Piensa, por ejemplo, en alguien que haya cumplido dos tercios de su condena y ya esté fuera. Por mucho que goce de libertad, todavía es un condenado, y por tanto tendría esa "carga de infamia" que decía el ponente de la STC 166/1993.
En el caso de Alberto Rodríguez, la pena accesoria de inhabilitación para sufragio pasivo era más bien irrelevante, pero por alguna razón el debate se centró en ella en vez de en la pena principal.
#7 Creo que lo relevante en este caso no es la sustitución, sino lo que dice la ley que citas: en el período que dure la pena. Una vez cumplida la pena ya no aplica
Estas cosas solo pasan en España, que como el chaval sigue recurriendo a Europa alguien se ha dado cuenta que nuestra justicia va a quedar como el culo de cara a nuestros socios europeos y ahora se ponen a hacer esto, si le restituyen el escaño la señora presidenta del congreso debería ser destituida e inhabilitada para la función pública por habérselo quitado, ya que quitar un escaño a un diputado por tus cojones morenos debería ser considerado un ataque a la democracia.
Por supuesto habría que repasar bien la sentencia y los consejos del juez, no vaya a ser que también tenga que irse a su casa a recapacitar si ha cometido el error de pillarse los dedos en este asunto, cosa que dudo porque leí en su día la carta al Congreso y evitó hacerlo.
En cualquier caso, este chaval debería seguir recurriendo hasta Europa la sentencia, porque tiene bastantes cojones en si misma, y si le da la razón alguien debería asumir las consecuencias.
Cacicada de Batet que se cagó en las bragas cuando el prevaricador de Marchena le sugirió, entre líneas, porque el hijoputa sabía perfectamente que no se podía hacer, que debía retirarse el escaño.
#18@admin, otra cuenta de 2007 que permanece prácticamente inactiva hasta mayo de 2022 y que solo sirve para faltar el respeto y desviar la discusión hacia el fango.
Supongo que sabrás que un representante sindical normalmente trabaja en su puesto y solamente tiene una reducción de algunas horas semanales para tareas sindicales, ¿no?
No me puedo imaginar que estés confundiendo representante con liberado.
Acabarán devolviéndole el acta para no quedar en ridículo en los tribunales europeos una vez mas, pero van a esperar al final de la legislatura para que no sirva de nada.
Como siempre justicia formal pero injusticia real.
#15 A mí no me lo parece, le he visto caer en ciertas contradicciones que considero básicos.
Llegó a decirle a Ébole que no quería volver al Congreso y que cobraba más en la fábrica (porque no trabaja de currela precisamente es un sindicalista). Luego dijo que sí iba a volver al Congreso. Da la sensación que se ha acostumbrado a lo que dijo en el programa de Ébole que se acostumbran los diputados. Una decepción.
#11 Ya llegó el hater de guardia. Dijo que volvía a su trabajo y que recurriría a los tribunales, y eso ha hecho. Ha demostrado bastante más dignidad que tú soltando infundios y difamando desde tu cómodo anonimato. A ver si ahora hay que pedirle permiso a@Nitrous para buscar la tutela judicial efectva, o para tomarse una tapa de jamón.
Comentarios
Si le 'restituyen', cosa que dudo, sólo sería para evitar más vergüenzas en tribunales europeos que otra cosa...
...luego quedaría que encontraran una forma para que esta restitución sólo fuera de cara a sentencia pero no pudiera aplicarse realmente por 'otros factores'...
#2 No veo que le vayan a restituir en el cargo, ya que la pérdida del escaño no procede de la pena accesoria de inhabilitación para sufragio pasivo, sino del mero pronunciamiento de una pena de prisión aunque no sea ejecutable.
El tener una pena de prisión por sentencia firme produce incompatibilidad sobrevenida, cosa que hace perder el escaño. Esta interpretación parece consonante con la Sentencia del Tribunal Constitucional 166/1993, aunque no sea completamente simétrico el caso. En el asunto tratado en la STS mencionada la pena de prisión no era aplicable por suspensión, mientras que en el de Alberto Rodríguez es por sustitución obligatoria. Lo que dice la STS es lo siguiente, al menos en la parte relevante para esto:
conviene dejar bien sentado que la causa de inelegibilidad que afecta a "los condenados por Sentencia firme a pena privativa de libertad, en el período que dure la pena" [art. 6.2 a) L.O.R.E.G.] no está en función del cumplimiento efectivo de la condena, que también se produce formalmente cuando se suspende, sino por ese pronunciamiento cuya carga infamante, como máximo reproche social, es la razón determinante de que el así señalado sea excluído del proceso electoral.
Como se ve, el caso de Alberto Rodríguez es un follón importante, producido por la reducción de la pena de prisión debido a la circunstancia atenuante de dilaciones indebidas. De no haberse dado esa circunstancia atenuante ni siquiera habría habido debate sobre las consecuencias en derecho parlamentario de un pronunciamiento de pena de prisión, incluso aunque se suspendiese por ser leve.
Aquí lo desarrollo con más detalle.
supremo-declara-extinguida-responsabilidad-criminal-alberto-tras/c08#c-8
El Supremo declara extinguida la responsabilidad c...
europapress.esPasaPollo Como de costumbre en temas jurídicos, preferiría tener tu opinión
#7 Pues... En este caso creo que lo has explicado magníficamente. Poco más tengo que añadir.
#7 "...carga infamante...", "...máximo reproche social...", "...señalado..." Jod, con la Justicia, qué raro me suena todo eso.
#7 Pero entonces hay algo que no casa.
Si cualquier condena inhabilita pero se para el cargo ¿Para que existe la pena accesoria de inhabilitación?
#37 Porque se impone de manera ordinaria con las condenas penales. A un amigo mío le cayó en su momento una pena pequeña por un delito de daños, y como accesoria la inhabilitación para sufragio pasivo por el tiempo de la pena.
Por así decirlo, está pensada para que los condenados a prisión no puedan presentarse a cargos públicos durante su condena, no para otra cosa. Piensa, por ejemplo, en alguien que haya cumplido dos tercios de su condena y ya esté fuera. Por mucho que goce de libertad, todavía es un condenado, y por tanto tendría esa "carga de infamia" que decía el ponente de la STC 166/1993.
En el caso de Alberto Rodríguez, la pena accesoria de inhabilitación para sufragio pasivo era más bien irrelevante, pero por alguna razón el debate se centró en ella en vez de en la pena principal.
#7 Creo que lo relevante en este caso no es la sustitución, sino lo que dice la ley que citas: en el período que dure la pena. Una vez cumplida la pena ya no aplica
Estas cosas solo pasan en España, que como el chaval sigue recurriendo a Europa alguien se ha dado cuenta que nuestra justicia va a quedar como el culo de cara a nuestros socios europeos y ahora se ponen a hacer esto, si le restituyen el escaño la señora presidenta del congreso debería ser destituida e inhabilitada para la función pública por habérselo quitado, ya que quitar un escaño a un diputado por tus cojones morenos debería ser considerado un ataque a la democracia.
Por supuesto habría que repasar bien la sentencia y los consejos del juez, no vaya a ser que también tenga que irse a su casa a recapacitar si ha cometido el error de pillarse los dedos en este asunto, cosa que dudo porque leí en su día la carta al Congreso y evitó hacerlo.
En cualquier caso, este chaval debería seguir recurriendo hasta Europa la sentencia, porque tiene bastantes cojones en si misma, y si le da la razón alguien debería asumir las consecuencias.
#13 No lo sustituyó nadie. Hoy por hoy Podemos tiene 33 escaños
Cacicada de Batet que se cagó en las bragas cuando el prevaricador de Marchena le sugirió, entre líneas, porque el hijoputa sabía perfectamente que no se podía hacer, que debía retirarse el escaño.
no me creo nada...
#1 Yo tampoco, o igual los cachondos le devuelven el escaño al final de la legislatura, para que el próximo corrupto pueda volver a su escaño.
#12 El que lo susituyó era otro de Podemos
#13 ¿Quién lo ha sustituido?
#1 Si por una vez en la vida se hace justicia y restituyen en el cargo a un tipo inocente tampoco pasaría nada.
Batet: A la puta calle!!!!
#18@admin, otra cuenta de 2007 que permanece prácticamente inactiva hasta mayo de 2022 y que solo sirve para faltar el respeto y desviar la discusión hacia el fango.
#26 Perdón, quise decir hasta mayo de 2020.
#26 A llorar a la lloreria...
Inactiva hasta mayo de 2022... jajajajaja.
Debe escocer que no todos os bailen el agua a los sectarios del lugar... pero no te preocupes que si escuece, cura...
#6 restituir hombre, restituir. Eso sí, cuando haya acabado la legislatura, que ahora me da la risa
Spoiler: No somos competentes tampoco para eso.
#4 Spoiler 2: Restitu... que?
Lo de usar la palabra "acelera" es guasa ¿no?
Las prisas que se dan para lo que les interesa.
La gota que colma la cachimba.
bueno y luego habrá consecuencias de las cagadas, no ?
Van a restituir en el cargo a alguien que ha pedido el reingreso en su puesto de trabajo en la fabrica, claro, claro.
Supongo que sabrás que un representante sindical normalmente trabaja en su puesto y solamente tiene una reducción de algunas horas semanales para tareas sindicales, ¿no?
No me puedo imaginar que estés confundiendo representante con liberado.
Mas que restituir a Rodriguez lo que procede es destituir a Batet.
Podrá llevar las pintas que quiera, pero el poder es el poder, y por lo que se ve nadie lo suelta
Acabarán devolviéndole el acta para no quedar en ridículo en los tribunales europeos una vez mas, pero van a esperar al final de la legislatura para que no sirva de nada.
Como siempre justicia formal pero injusticia real.
… para desgracia de algunos de PODEMOS.
Este hombre es majo, la verdad.
#15 A mí no me lo parece, le he visto caer en ciertas contradicciones que considero básicos.
Llegó a decirle a Ébole que no quería volver al Congreso y que cobraba más en la fábrica (porque no trabaja de currela precisamente es un sindicalista). Luego dijo que sí iba a volver al Congreso. Da la sensación que se ha acostumbrado a lo que dijo en el programa de Ébole que se acostumbran los diputados. Una decepción.
#23 Ébola o Évole
O como cortina de humo para las siguientes elecciones, en plan "tenemos que luchar contra los tribunales progres".
Ya se ha cansado de ese trabajo al que volvía tan orgulloso...
Se ve que en el congreso se está más calentito...
#11 Ya llegó el hater de guardia. Dijo que volvía a su trabajo y que recurriría a los tribunales, y eso ha hecho. Ha demostrado bastante más dignidad que tú soltando infundios y difamando desde tu cómodo anonimato. A ver si ahora hay que pedirle permiso a@Nitrous para buscar la tutela judicial efectva, o para tomarse una tapa de jamón.
#14 Jajajajajajaja corre que llegas a que te den el bocadillo antes de que termine la jornada.
#11 Como les debe escocer a los de rojo que se señale a sus paguiteros... con lo que les gusta a ellos señalar a los demás...
#11 Se está más calentito en Canarias que en el Congreso.