Hace 2 años | Por Dr.infierno a eldiario.es
Publicado hace 2 años por Dr.infierno a eldiario.es

Convocados por Meridiana Resisteix, la organización que diariamente se manifiesta en este eje viario barcelonés, los concentrados han ocupado la carretera puntualmente a las 20.00 horas y han impedido la circulación de vehículos. Se han escuchado cánticos a favor de la independencia, de la "libertad" y pidiendo la dimisión del presidente de la Generalitat, Pere Aragonès.

Comentarios

CarlosGoP

#2 han entrado en la más pura esquizofrenia

sorrillo

#15 Claro que puedes respetar el derecho a manifestación de forma indefinida, por eso es un derecho fundamental.

Garbns

#16 entonces, si los que estuvieron año y pico delante de casa de iglesias hubieran mandado la notificación de la manifestación te parecería bien?

sorrillo

#17 Desconozco los detalles pero sospecho que en situaciones donde haya posible acoso hay contraposición de distintos derechos fundamentales que en una manifestación en la Meridiana.

D

#17 no, pq si se lo hacen a alguien de izquierda está mal.
Pueden cerrar la calle, incluso sin comunicación, si lo hacen los nacionalistas o la izquierda.

frg

#17 Primero, que la manden, y luego hablamos.

Garbns

#52 No he dicho lo contrario, pero lo de defender a unos zumbaos y quejarse de otros zumbaos no está bien

sorrillo

#20 Ya sabían donde podían ir que es donde han ido hasta ahora, y eso forma parte del derecho a la manifestación.

Al ser un derecho fundamental solo están justificadas las alteraciones de ubicación por causas mayores como que sea una contramanifestación y haya riesgos de seguridad.

El hecho que lleven tanto tiempo manifestándose y en las condiciones en las que ha ocurrido desautoriza cualquier argumento de seguridad a estas alturas. Que la manifestación moleste no es una razón de causa mayor para no permitir su celebración en la ubicación comunicada.

Respetar el derecho de manifestación implica respetar lo anterior.

D

#23 que te vayas a Estrasburgo y le cuentes tu opelícula, a ver si te compran que es verdad que proponer una localización distinta, donde no jodan al resto, vulnera derechos lol lol lol lol

Es algo que se hace en toda Europa, debería haber ya jurisprudencia, a ver, sácala, ¿cuándo ha dicho el TEDH que no se puede modificar el lugar de realización de una manifestación?

sorrillo

#26 En España también se ha hecho cuando ha habido razones de causa mayor como en el caso de contramanifestaciones que puedan poner en riesgo la seguridad.

El hecho que lleven tanto tiempo manifestándose y en las condiciones en las que ha ocurrido desautoriza cualquier argumento de seguridad a estas alturas. Que la manifestación moleste no es una razón de causa mayor para no permitir su celebración en la ubicación comunicada.

Respetar el derecho de manifestación implica respetar lo anterior.

D

#27 ¿pero tienes ya la sentencia del TEDH que avala lo que dices?

sorrillo

#41 El TEDH es siempre el último recurso, desconozco si existe tal sentencia aunque dudo que exista para el caso de la Meridiana al no haberse recorrido aún la decisión a todas las instancias estatales y luego a la del TEDH. No sería la primera vez que España es condenada por el TEDH por vulneración de derechos fundamentales.

En cualquier caso al ser un derecho fundamental solo están justificadas las alteraciones de ubicación por causas mayores como que sea una contramanifestación y haya riesgos de seguridad.

El hecho que lleven tanto tiempo manifestándose y en las condiciones en las que ha ocurrido desautoriza cualquier argumento de seguridad a estas alturas. Que la manifestación moleste no es una razón de causa mayor para no permitir su celebración en la ubicación comunicada.

Respetar el derecho de manifestación implica respetar lo anterior.

sorrillo

#46 mover de sitio una concentración no vulnera absolutamente ningún y derecho

Sí vulnera el derecho de manifestación el moverla de sitio sin que exista una razón fundada de alteración del orden público para ello:

La Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Aragón n.º 324/2012, de 13 de junio de 2012, revocó la resolución del Subdelegado del Gobierno en Zaragoza de 4 de junio de 2012, que modificaba el lugar de celebración de una concentración prevista para el 10 de junio de 2012.
En el fundamento de derecho tercero de la citada sentencia se señalaba que la resolución recurrida establecía un cambio de ubicación no acorde con el artículo 21.2 de la Constitución, que solamente permite la prohibición o restricción del derecho de reunión y manifestación cuando existan razones fundadas de orden público que no se mencionan en la resolución recurrida, y sin que obre en las actuaciones documento anterior o coetáneo del que pueda colegirse dicha conclusión.

Fuente: https://www.defensordelpueblo.es/resoluciones/criterios-para-la-prohibicion-o-limitacion-del-ejercicio-del-derecho-fundamental-de-reunion-2/

Como referencia el artículo 21.2 de la Constitución Española al que hace referencia en relación a mover la manifestación de sitio de forma ilegal:

21.2. En los casos de reuniones en lugares de tránsito público y manifestaciones se dará comunicación previa a la autoridad, que sólo podrá prohibirlas cuando existan razones fundadas de alteración del orden público, con peligro para personas o bienes.

Fuente: https://app.congreso.es/consti/constitucion/indice/titulos/articulos.jsp?ini=21&tipo=2

D

#47 has puesto la prueba de que sí se puede mover una concentración acorde a la ley, enhorabuena lol

sorrillo

#c-49" class="content-link" style="color: rgb(227, 86, 20)" data-toggle="popover" data-popover-type="comment" data-popover-url="/tooltip/comment/3623324/order/49">#49 Si hubieras prestado atención sabrías que eso ya lo he hecho hace muchos comentarios, por ejemplo ya en # 23: Laura Borràs acude a una manifestación independentista prohibida por el Govern/c23#c-23

Al ser un derecho fundamental solo están justificadas las alteraciones de ubicación por causas mayores como que sea una contramanifestación y haya riesgos de seguridad.

Lo que hago en el comentario al que acabas de responder es demostrar que mentiste cuando afirmaste que: "mover de sitio una concentración no vulnera absolutamente ningún y derecho"

La sentencia que cito anula una orden de cambio de ubicación por ilegal, porque no responde a los estrictos criterios que marca la Constitución Española para ello, criterios que no aplican al caso de la manifestación de la Meridiana, ya que no existe ningún riesgo fundamentado de la alteración del orden público con peligro para personas o bienes, tal como llevan demostrando desde hace años.

21.2. En los casos de reuniones en lugares de tránsito público y manifestaciones se dará comunicación previa a la autoridad, que sólo podrá prohibirlas cuando existan razones fundadas de alteración del orden público, con peligro para personas o bienes.
Fuente: https://app.congreso.es/consti/constitucion/indice/titulos/articulos.jsp?ini=21&tipo=2

D

#51 ah bueno, que eres consciente hace rato de que mover esta concentración es perfectamente correcto.

Pues perfecto

sorrillo

#54 No, soy consciente que es ilegal ese cambio de ubicación en este caso como muestra la sentencia que he citado y como muestra el artículo constitucional en el que se fundamenta esa sentencia.

D

#55 has dicho que hacen falta motivos como que haya contramanifestaciones, alteraciones del orden, que lo justifiquen, te invito a leer en qué se basa la resolución y entiendas ya la conversación, me parece que no estas informado lol

sorrillo

#58 No encuentro el texto de la resolución, si tienes algún enlace y puedes aportarlo te lo agradecería.

En cualquier caso hace años que esta manifestación lleva demostrando en cada convocatoria que no supone una alteración del orden público, con peligro para personas o bienes, por lo que por mucho que lo quieran usar como excusa en la resolución, si es que lo hacen, no está fundamentado en la realidad constatada.

En base al texto constitucional el cambiar de ubicación solo puede responder a que existan razones fundadas de alteración del orden público, con peligro para personas o bienes, no es el caso.

curiosopaseante

#15 Decíamos ayer...
La Comunidad de Madrid pide a la Fiscalía que investigue la marcha neonazi de Madrid/c13#c-13
"las manifestaciones en España no se autorizan, la CE reconoce el derecho sin autorización previa. Se pide comunicarlas para que las autoridades tengan conocimiento y puedan tomar medidas si es necesario."

D

#30 exacto, en este caso han determinado que hay que tomar medidas para compatibilizar el derecho de manifestación de estos individuos con los derechos del resto de ciudadanos, les han dado una localización donde pueden ejercerlo.

curiosopaseante

#43 Sorprende pues que no tengan planes alternativos para las emergencias... ¿será un medio de presión?

cosmonauta

#15 Correcto. Pero no siempre son 20. Lo habitual son unos 100, 200 y ayer el cruce estaba completamente lleno, hay informaciones de 800 o 1000.

Esa cifra de los 20 abuelos solo es un recurso para ridiculizarlos. Tiene mucho mérito estar ahí cada día, llueva o no durante dos años. Lógico que algún día pinchen y sean pocos.

D

Cortar una carretera es un acto vandálico que impide la libertad de circulación de los españoles.

D

Turquia del Oeste, camino al autoritarismo

D

#12 ¡Gracias!

u

#12, #37 Y añado, en las últimas semanas Laura Borràs está inmersa en una polémica (en mi opinión cansina ya) porque no ha desobedecido el mandato de la Junta Electoral de suspender a un diputado de las CUP (es decir, que lo ha suspendido, o al menos no ha impedido su suspensión).

Se da el caso que durante el mandato anterior, cuando la presidencia del Parlament estaba en manos de Roger Torrent, de ERC, Laura Borràs fue una de las que más dio la matraca contra este precisamente por no desobedecer a la Junta Electoral cuando esta suspendió a Quim Torra como presidente (o parlamentario, ya no me acuerdo).

Como ha quedado "ligeramente" en evidencia que su postura era pura hipocresía, ahora dice que claro, que si la dejan sola desobedeciendo pues que no sería efectivo, y entiendo que se deja ver en esta manifestación para recalcar cuán independentista es y qué ganas tenía de desobedecer, lástima que no la hayan dejado.

Lo que no entiendo es como cierta gente sigue aplaudiéndole las tonterías.

Pd. evidentemente es un análisis segado por mi cansancio de todo este circo, otra gente te lo explicará de otra forma.

D

#14 me puedes decir donde vives?
Vamos a cortar la calle durante 2 años, sin comunicación previa y pq si.
Eso si, ni mu de quejarte, no vayas a ser un fascista

sorrillo

#19 sin comunicación previa

[31/01/2020] fuentes de Interior han confirmado que los organizadores sí han realizado la comunicación previa necesaria para llevar a cabo sus concentraciones en febrero.
Fuente: https://cronicaglobal.elespanol.com/politica/generalitat-tolero-cortes-meridiana-forma-irregular_314366_102.html

D

#22 llevan 2 años largos? La han hecho de togas las manifestaciones?
Maccho, la noticia pone q se tolerar on de manera irregular m

sorrillo

#24 En el enlace que he indicado se explica que aparentemente al principio no lo comunicaron, a partir de entonces por lo visto sí, empezando por las fechas del medio que he citado.

Una vez hecho para un mes, febrero 2020, no hay razón para dejar de hacerlo.

D

#25 2 años de manifestaciones.
2 años cortando la carretera, a veces 20 personas.
2 años donde se le ha pegado a políticos del signo contrario pq iban a ver q pasa, con vecinos quejándose.

2 años cortando, no manifestándose (pueden hacerlo en la acera) cortando una calle.

Dime donde vives

sorrillo

#28 Es un derecho fundamental que no tiene ningún tipo de acotación temporal.

En un estado de derecho si se quiere que esa manifestación deje de producirse se deberían abordar las causas que la motivan.

Que moleste no es una justificación suficiente para vulnerar el derecho fundamental de manifestación.

P

#29 en algunos países se permiten las manifestaciones sólo en los manifiestrodomos para no interferir la circulación en la ciudad

sorrillo

#33 No es el caso de España, que es donde se ubica esta manifestación.

D

#35 si existe.
Capítulo segundo. Derechos y libertades
Sección 1.ª De los derechos fundamentales y de las libertades públicas
Ver sinopsis
Artículo 21
Se reconoce el derecho de reunión pacífica y sin armas. El ejercicio de este derecho no necesitará autorización previa.

En los casos de reuniones en lugares de tránsito público y manifestaciones se dará comunicación previa a la autoridad, que sólo podrá prohibirlas cuando existan razones fundadas de alteración del orden público, con peligro para personas o bienes.

Es lugar de tránsito público, puede prohibirse o modificarse.
Podrían manifestarse en la ha era y permitir el paso de vehículos sin problemas.

Pero no se está aceptando una manifestación, son 2 años, a veces sin comunicación.

Nadie vulnera haciendo una manifestación de 20 personas en la plaza de al lado, y no jodes la circulación.
Pero a los indepes se les premia saltarse las leyes, joder la convivencia y lo q quieran

sorrillo

#40 No sé de donde has sacado ese texto lleno de faltas como "Es lugar de tránsito público", "la ha era", etc.

Claro que vulneras el derecho a la manifestación comunicada si sin que existan razones de causa mayor, como la seguridad, impides la celebración de esa manifestación comunicada. Y la impides cuando allí donde se comunicó se impide que se produzca.

La duración de la manifestación no es de ninguna forma una causa mayor, el derecho no tiene ninguna limitación por tiempo ni duración.

Pero no se está aceptando una manifestación, son 2 años, a veces sin comunicación.

No es "a veces sin comunicación" sino en sus primeras semanas sin comunicación, que no se haya comunicado desde entonces está por demostrar.

D

#42 es lugar de pública concurrencia.
Puedes mover la manifestación a la plaza de al lado.
Yata, haces las 2 cosas.

Cataluña ha prohibido o modificado manifestaciones pq le salía de los cojones. Pero esta no.

Intereses políticos disfrazados de "derechos".

sorrillo

#62 Puedes mover la manifestación a la plaza de al lado.

Solo en el supuesto que existan razones fundadas de alteración del orden público, con peligro para personas o bienes, tal como indica el artículo 21.2 de la Constitución Española:

21.2. En los casos de reuniones en lugares de tránsito público y manifestaciones se dará comunicación previa a la autoridad, que sólo podrá prohibirlas cuando existan razones fundadas de alteración del orden público, con peligro para personas o bienes.
Fuente: https://app.congreso.es/consti/constitucion/indice/titulos/articulos.jsp?ini=21&tipo=2

Supuesto que no se cumple en el caso de la manifestación de la Meridiana que lleva años demostrando que no se da ese supuesto.

D

#63 llegar a tu puta casa tardando 2 putas horas más por culpa de 20 putos fascistas durante 2 putos años.

Espero q esas manifestaciones se hagan en las salidas a los pirineos y las casas de playa de las élites. Y en el centro. Y a muchas horas

sorrillo

#64 Esas manifestaciones que deseas que existan las puedes organizar tú si quieres, y en ellas puedes quejarte de las manifestaciones que hagan otros.

Estás en tu derecho.

D

#65 prohibieron en VIC poner un corner informativo...
Van a dejar una manifestación así. Si

sorrillo

#66 Desconozco ese caso que citas, yo me estoy refiriendo al derecho fundamental de manifestación y al marco constitucional que lo protege.

No veo motivo para que tus propuestas de manifestación fueran a ser prohibidas, a menos que tengas previsto que sean violentas, sobre lo cual no has dado ninguna indicación al respecto.

D

#67 se ha prohibido un corner informático en VIC, búscalo.

Y la manifestación no se informa con "va a ser violenta"
Pueden trasladarla a la plaza de la meridiana y dejar de dar por culo y joder la vida de la gente.
Las han hecho de manera ilegal, y no les han multado ni nada. Y sabiendo q la ANC esta detrás...

sorrillo

#68 No se dan las condiciones necesarias para prohibir la manifestación allí donde se ha comunicado que iba a producirse, en este caso lo ilegal es el cambio de ubicación al que haces referencia, ya que no se cumple el supuesto constitucional necesario de que existan razones fundadas de alteración del orden público, con peligro para personas o bienes.

21.2. En los casos de reuniones en lugares de tránsito público y manifestaciones se dará comunicación previa a la autoridad, que sólo podrá prohibirlas cuando existan razones fundadas de alteración del orden público, con peligro para personas o bienes.
Fuente: https://app.congreso.es/consti/constitucion/indice/titulos/articulos.jsp?ini=21&tipo=2

En relación a comunicar la manifestación es algo que se corrigió a las pocas semanas de empezar, no es el caso en las manifestaciones convocadas y comunicadas en estos momentos.

D

#69 perfecto. Ojalá una empresa. Manifestándose delante de otra prohibiendo el paso.
O delante de las casas de los políticos.

Esta genial la legalidad esta.
Gracias x la ayuda, voy a empezar a promoverlo así.

sorrillo

#70 Desconozco si en los casos que citas se daría la contraposición con otros derechos fundamentales, en cualquier caso no aplica al caso de la Meridiana, que lleva produciéndose sin incidentes y sin vulneración alguna de derechos fundamentales desde hace años.

No se dan los supuestos legales necesarios para un cambio de ubicación en la manifestación comunicada.

D

#71 prohibir un corner informativo en Vic. Ultraviolencia

Si se producen incidentes pq los vecinos se han hartado, los manifestantes han agredido y las ambulancias no pueden pasar.
Pero, como los mossos están a 100m, pasan de registrar los incidentes, no pasa nada...

sorrillo

#72 Si hay violencia contra los manifestantes obviamente la policía sí debería actuar para proteger a quienes se manifiestan.

Es esperable que durante las manifestaciones haya vías que queden parcial o totalmente cortadas al tráfico y es tarea de los cuerpos de seguridad contemplar la gestión de las emergencias ante esas circunstancias, de ahí que se requiera que se comunique la manifestación, algo que se hace, para que se puedan gestionar esas circunstancias.

Si crees que los cuerpos de seguridad del estado no están cumpliendo con sus obligaciones en relación a las ambulancias deberías denunciarlo, quizá deberías manifestarte para reivindicar que sí cumplan con sus obligaciones.

Sería un despropósito abolir el derecho a manifestación usando como excusa que existen ambulancias.

D

#73 y dale con lo de abolir. Mover.
Estas prohibiendo el libre movimiento de personas. Y la denuncia... ¿A los mossos? Los mismos q no hacen nada pq si no, sus mandos y políticos indepes no les ascienden?
Ya se ha denunciado, no sirve para nada.
Incluso ayer, q estaba prohibida, fue la presidenta del parlament y los mossos no hicieron absolutamente nada.

sorrillo

#74 y dale con lo de abolir. Mover.

Estás prohibiendo la manifestación allí donde se ha comunicado sin que se cumplan los requisitos constitucionales para ello, que son que existan razones fundadas de alteración del orden público, con peligro para personas o bienes. No es el caso.

Si tiras adelante con esa prohibición estás aboliendo el derecho fundamental a la manifestación.

Incluso ayer, q estaba prohibida, fue la presidenta del parlament y los mossos no hicieron absolutamente nada.

Los derechos fundamentales hay que ejercerlos especialmente ante aquellos que pretendan impedirlos.

cosmonauta

#28 ¿A qué politicos han pegado?

n

Lauri y su rebaño

GuillermoBrown

#1 ¡¡¡ Los vecinos estamos hasta los COJONES !!!
¿ Alguien sabe la dirección de la Borrás esta ? (es para un amigo)

sorrillo

Como añoran algunos aquella época en la que no existía el derecho a manifestación.

D

#8 2 años largos haciendo "manifestaciones" sin comunicar al gobierno

Duke00

#9 Parece que si comunicaban, pero no llegaban a 20 personas para cortar 8 carriles de circulación.

sorrillo

#11 Como se puede ver en el propio tweet de Carrizosa son mucho más de 20 los que se manifiestan cuando se pone en entredicho el derecho fundamental a la manifestación.

Duke00

#14 Si, habrán pasado de menos de 20 a unos 300. Tampoco es un logro tan grande en una área metropolitana de 4 millones de habitantes.
La cuestión es que cortar una avenida tan grande ya teniendo tan poca capacidad de convocatoria que apenas llegaban a 1 o 2 personas por carril, ya se convierte más en un abuso que en un derecho de manifestación cuando se repite durante tantos meses todos los días.
Curiosamente nadie se planteó hacer el corte en la zona alta de Barcelona, no vaya a ser que molesten a los señoritos en lugar de a los barrios obreros.

sorrillo

#31 El enlace con el vídeo que he puesto demuestra que sí tienen capacidad de convocatoria en caso que se ponga en riesgo ese derecho a manifestarse.

Curiosamente nadie se planteó hacer el corte en la zona alta de Barcelona, no vaya a ser que molesten a los señoritos en lugar de a los barrios obreros.

Eres libre de organizarlo tú, tienes ese derecho.

Duke00

#32 Algo anecdótico y tampoco consiguieron convocar mucho. Borras se fue a hacer la foto y se marchó. Ya se dió el baño de masas para quererse a sí misma aún más si es posible y después se olvidarán y darán carpetazo al asunto.
Que lo hayan permitido tanto tiempo se debe al lugar precisamente, si lo hubieran hecho en la zona alta de Barcelona no lo hubieran permitido más de una semana.

sorrillo

#34 O quizá se debe a que es un derecho fundamental.

Tu hipótesis es solo eso, organiza una manifestación en la zona alta de Barcelona y pásate años acudiendo y así sabremos si lo que has dicho es cierto o una burda mentira interesada por tu agenda ideológica.

sorrillo

#10 Esas manifestaciones están comunicadas y son conocidas, corresponde a los cuerpos de seguridad del estado gestionar el tráfico y canalizar las emergencias para que el impacto de ambos derechos se vea afectado lo mínimo posible.

Faltaría más que se aboliese el derecho a manifestación porque existen ambulancias. Que despropósito.

sorrillo

#38 Al ser un derecho fundamental solo están justificadas las alteraciones de ubicación por causas mayores como que sea una contramanifestación y haya riesgos de seguridad.

El hecho que lleven tanto tiempo manifestándose y en las condiciones en las que ha ocurrido desautoriza cualquier argumento de seguridad a estas alturas. Que la manifestación moleste no es una razón de causa mayor para no permitir su celebración en la ubicación comunicada.

Respetar el derecho de manifestación implica respetar lo anterior.

fareway

#39 Sí, si aquí hablamos de derechos y tal pero qué tal si hablamos de los derechos de los que ven afectada su vida semana tras semana? No sería más lógico manifestarse en un lugar que no dañara al vecino? Cuando en el no tan lejano 2011 se realizó un bloqueo en el Parlament de Cataluña Jordi Turull calificó la situación como "Golpe de Estado encubierto del siglo XXI". ¿Depende que protestas tienen sentido? ¿Depende que protestas no? Un poquito de civismo@sorrillo...

sorrillo

#48 pero qué tal si hablamos de los derechos de los que ven afectada su vida semana tras semana?

Disponen de exactamente los mismos derechos, pueden comunicar una manifestación y llevarla a cabo si así lo desean.

No sería más lógico manifestarse en un lugar que no dañara al vecino?

Eres libre de ir a los organizadores e intentarles convencer de lo que es más lógico.

fareway

#50 Dustin Hoffmann en Rainman era más receptivo que tú, de veras. Pareces un robot programado. ¿Eres real?

sorrillo

#53 Quizá no tengas suficiente confianza en tu "lógica" para intentar convencer a los organizadores de la manifestación, quizá estés reconociendo que quizá tu "lógica" no sea tal.

Puede que empieces a comprender lo que es el derecho a manifestación.

Ánimos.

D

lol lol